Habilitación Instalación Equipamiento Destinado al Bronceado Artificial
Actualmente este trámite no está disponible para ser realizado online.
¿En qué consiste?
A través de este trámite podrá habilitar su equipamiento destinado al bronceado artificial, para así adecuarse a la normativa vigente en la Provincia de Santa Fe, desde el 17 de Diciembre de 2004 rige en nuestra provincia una Resolución del Ministerio de Salud (Resolución Provincial 3327) que fija las normas para la utilización de los equipos generadores de radiaciones ultravioletas e instalaciones para el bronceado de la piel en la provincia de Santa Fe.
¿Qué necesito para realizarlo?
En primer lugar necesita designar a un responsable de uso, el cual deberá poseer la Autorización Individual para el uso de equipos emisores de luz ultravioleta utilizados para el bronceado artificial. En caso que no la posea deberá completar el formulario F-15-RS Formulario UV Rev. 01 firmado en original o con firma digital1. Dicho formulario debe acompañarse de la copia del curso de Protección y Seguridad en Radiaciones Ultravioletas y la copia del DNI.
Se deberá cumplir con lo indicado en la legislación: ver Res. Prov. 3327-2010
Además se debe revisar la documentación disponible respecto de las posibles reacciones a medicamentos, tópicos, etc. Ver: Información Reacciones UV
También se debe informar el cliente de los posibles riesgos. Ver:Información Consentimiento Cliente UV y colocar un cartel en lugar visible informando los riesgos, ver: UV cartel
Además, deberá presentar la siguiente documentación:
- Fotocopia Autorización Individual del responsable de uso designado.
- Formulario (F-01-RS Formulario Institución Rev. 01.pdf) completo y firmado en original o firma digital1, por el responsable legal, director, apoderado, etc.
- Formulario (F-06-RS Formulario Ultravioleta Rev. 01.pdf), firmado en original o firma digital1, por el responsable de uso del equipo (el que posee la Autorización Individual).
- 1 (un) plano de la instalación donde se indique claramente la ubicación de cada equipo, respetando sus medidas y referenciado a al formulario F-06-RS Formulario Ultravioleta Rev. 01.pdf correspondiente.
¿Cuánto cuesta?
Gratuito.
¿Dónde se realiza?
Radiofísica Sanitaria. Dirección General de Auditoria Médica. Ministerio de Salud.
- Santa Fe: Dr. Manuel Zavalla 3361 1er. Piso. Santa Fe. CP: S3000GVW.Tel / fax: 0342-4572542. e-mail: radiofisica@santafe.gov.ar. Responsable: Bioingeniero Fernando Ferrari.
- Rosario: San Lorenzo 849/851 – Entrepiso. Rosario. Santa Fe. CP: 2000. 0341-4721107.e-mail: radiofisicarosario@santafe.gov.ar
- Reconquista: (03482) 420012/489100 – Interno 12192 radiofisicareconquista@santafe.gov.ar Bv. Hipólito Yrigoyen 2051 C.P. 3560, Ubicada en el Servicio de Diagnóstico por Imágenes "Nuevo Hospital de Reconquista (HCR)"
Observaciones:
La validez de la habilitación del equipo es de 3 (tres) años, debiendo solicitarse una nueva revisión transcurrido ese periodo presentando nuevamente los formularios antes mencionados. En caso de producirse alguna modificación en lo edilicio, cambio de responsable, cambio o baja de equipo, se deberá informar a nuestro Departamento y la habilitación anterior caducara automáticamente. Toda la documentación deberá ser enviada a cualquiera de las dependencias firmadas en original o por mail con firma digital.
Formularios relacionados:
F-01-RS Formulario Institución Rev. 01 - 324,87 kB
F-06-RS Formulario Ultravioleta Rev. 01 - 361,61 kB
F-12-RS Formulario Baja Rev. 01 - 332,00 kB
F-15-RS Formulario UV Rev. 01 - 387,21 kB
Informacion Consentimiento Cliente UV - 35,12 kB
Informacion Reacciones UV - 53,56 kB
UV_cartel - 92,93 kB