REGISTRADA BAJO EL Nº 13386
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1.- Créase la Comuna de Colonia Teresa, dentro de la actual jurisdicción de la Municipalidad de San Javier Departamento San Javier.
ARTÍCULO 2 .- Los límites jurisdiccionales de la Comuna que por ésta ley se crea, serán los siguientes: a) Al Norte: Distrito de Alejandra; b) Al Este: el río Paraná; c) Al Sur: Partiendo del límite con el distrito La Brava al Oeste, y en dirección Oeste-Este, por el camino comunal, límite norte de los lotes N, M, L y K, y línea divisoria norte de los lotes H y G, del plano de mensura y subdivisión N° 47391, en una distancia de 13970,48 metros límite hasta el río San Javier al Este, de allí y como límite natural la traza del río San Javier hasta la confluencia con el arroyo Las Cañas, continuando también como límite natural al arroyo Las Cañas hasta la línea de división de las partidas de impuestos inmobiliarios N° 04010211970000 N° 0404010211910000; de allí y en dirección Oeste- Este hasta el río Paraná; d) Al Oeste: Comuna de La Brava.
ARTÍCULO 3.- Modifícanse los límites de la Municipalidad de San Javier, Departamento San Javier de acuerdo a lo establecido en el artículo anterior.
ARTÍCULO 4.- El Poder Ejecutivo designará un Comisionado, el que quedará investido de las facultades otorgadas por la Ley 2439 a las Comisiones Comunales, necesitando previa autorización del Poder Ejecutivo para las atribuciones señaladas en los incisos 2 y 9 del artículo 45 de la Ley 2439 (T.O. según Decretos 66/85 y 823/86), hasta que se elijan sus autoridades.
El Poder Ejecutivo convocará a elecciones dentro del plazo de ciento ochenta días (180) de sancionada la presente ley.
ARTÍCULO 5.- Las autoridades de la Municipalidad de San Javier suministrarán al Comisionado de la Comuna de Colonia Teresa, todos los antecedentes y documentación que éste les requiera, relativos a las personas y/o cosas comprendidas en los límites de la Comuna que por esta ley se crea, a los fines de facilitar su administración.
ARTÍCULO 6.- Las deudas vencidas a la fecha de promulgación de la presente ley, vinculantes a las personas y/o cosas comprendidas en los límites de la Comuna que por esta ley se crea, corresponden a la Municipalidad de San Javier.
ARTÍCULO 7.- Dispónese a través del Poder Ejecutivo el otorgamiento de anticipos presupuestarios a la Comuna de Colonia Teresa, Departamento San Javier a cuenta de la participación de a misma en los gravámenes que recaude la Provincia y sobre los cuales corresponda dicha coparticipación.
ARTÍCULO 8.- Comuníquese al Poder Ejecutivo
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2013.
Luis Daniel Rubeo
Presidente Cámra de Diputados
Jorge Raúl Hurani
Secretario Parlamentario Cámara de Diputados
Jorge Henn
Presidente Cámara de Senadores
Ricardo H. Paulichenco
Secretario Legislativo Cámara de Senadores
DECRETO Nº 4337
SANTA FE, “Cuna de la Constitución
Nacional”, 17 DIC 2013
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VISTO:
La aprobación de la Ley que antecede Nº 13.386 efectuada por la H. Legislatura;
DECRETA:
Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-
BONFATTI
Rubén Darío Galassi
10774
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