picture_as_pdf 2016-10-31

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS


RESOLUCIÓN Nº 0289


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional

11 de Octubre de 2016.

VISTO:

El Expediente Nº 00115-0005606-4 y su agregado Nº 02004-0000552-8, del Registro del Sistema de Información de Expedientes, en virtud del cual se tramita la solicitud de la Sra. Ilda Silvia Ferraretto, tendiente a que se haga efectivo el pago de las licencias no gozadas; y

CONSIDERANDO:

Que, la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos ha intervenido mediante Dictamen Nº 297 de fecha 4 de Julio de 2016, aconsejando rechazar el reclamo administrativo interpuesto;

POR ELLO:

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y

DERECHOS HUMANOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Rechácese por improcedente por encontrarse prescripto el Reclamo presentado por Ilda Silvia Ferraretto DNI: 5.664.599.-.-

ARTÍCULO 2º: Regístrese, comuníquese y archívese.-

Ricardo I. Silberstein

Ministro de Justicia y Derechos Humanos

Decreto Acuerdo 4174/15

Artículo 42º “El recurso de revocatoria podrá interponerse contra cualquier decisión dictada por autoridad pública, en ejercicio de función administrativa, por aquel que acreditare ser titular de derechos subjetivos públicos, intereses legítimos o derechos de incidencia colectiva. El recurso deberá interponerse ante la autoridad administrativa que dictó el acto objeto de impugnación. El plazo para interponer el recurso será de diez (10) días contados a partir de la notificación del decisorio. (…)”

Ley Nº 12.071: ARTÍCULO 1º: En las notificaciones de decretos y resoluciones dictados en los expedientes o actuaciones administrativas, o en general, de cualquier decisión dictada por autoridad administrativa que niegue un derecho, imponga obligaciones o no haga lugar a un recurso de revocatoria interpuesto, se hará saber el derecho a interponer recursos y el plazo para hacerlo, conforme la normativa vigente.-

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MINISTERIO DE

DESARROLLO SOCIAL


COORDINACION EJECUTORA

PROVINCIAL PARA LA

REGULARIZACION DOMINIAL


Por disposición de la COORDINACION EJECUTORA PROVINCIAL para la REGULARIZACION DOMINIAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL - Ley Nacional 24.374 y su modif. Dto. Prov. Nº. 1178/09 se cita, llama y emplaza para que comparezca/n por ante esta dependencia sita en calle Salta 3211 de la ciudad de Santa Fe ; en 27 de Febrero 2289 de la ciudad de Rosario; en Centro Cívico –H. Irigoyen 1415, de la Ciudad de Reconquista; en Perusia 50 – Delegación Oeste Bº Barranquitas de la ciudad de Rafaela; dentro del término de 30 días hábiles y bajo los apercibimientos de ley, a fin de que deduzcan formal oposición si correspondiere, en los términos del art. 6 inc. d) de la Ley mencionada, lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y los Diarios El Litoral y Uno de la ciudad de Santa Fe, en fecha MARTES 1 de NOVIEMBRE de 2016, a las siguientes personas:


REGION I I - NODO RAFAELA

DEPARTAMENTO: CASTELLANOS - LOCALIDAD: RAFAELA.

1 RATIO S.A., Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: C. GARDEL 1355 ,de la ciudad de: RAFAELA, identificado como: Lote 24 Manzana 4 Plano Nº 129910/1999: Partida Inmobiliaria Nº 08-24-02-548409/0041-9 y cuyo dominio obra inscripto en: Matricula Nº 2030258 Departamento: CASTELLANOS, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0074828-2, Iniciador :CHAVEZ ALBERTO ALFREDO.


REGION I I - NODO RAFAELA

DEPARTAMENTO: CASTELLANOS - LOCALIDAD: SUNCHALES.

2 ASOCIACION MUTUAL DE AYUDA - COPROVI, Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: J.V. GONZALEZ Nº 875 ,de la ciudad de: SUNCHALES, identificado como: Lote 16 Manzana 52 A Plano Nº 126345/1997: Partida Inmobiliaria Nº 08-11-00-060529/0260-2 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 383 Impar Fº 2050 Nº 102219/1997 Departamento: CASTELLANOS, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0079292-8, Iniciador :HEIT MARIA LAURA.


REGION I – NODO RECONQUISTA

DEPARTAMENTO: GENERAL OBLIGADO – LOCALIDAD : VILLA ANA

3 FELIX ACEVEDO, Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: Bº BELGRANO ,de la ciudad de: VILLA ANA, identificado como: Lote S Manzana 49 (según titulo) Lote 2 Manzana 15 (según Catastro) Plano Nº 6962/1949: Partida Inmobiliaria Nº 03-09-00-015105/0000-2 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 81 Par Fº 528 Nº 262636/1953 Departamento: GENERAL OBLIGADO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0058041-5, Iniciador :MARTINEZ JUAN RAMON.


REGION I – NODO RECONQUISTA

DEPARTAMENTO: VERA –

LOCALIDAD : TARTAGAL

4 BEATRIZ SOLIS VIUDA DE GIMENEZ/JIMENEZ, Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: RADIO URBANO ,de la ciudad de: TARTAGAL, identificado como: Lote E Manzana 72 (según Titulo) Lote 1 Manzana 68 (según Catastro) Plano Nº 5236/1947: Partida Inmobiliaria Nº 02-13-00-015776/0000-8 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 060 Par Fº 150 Nº 25280/1935 Departamento: VERA, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0075394-1, Iniciador :ARANDA CELIA EMILCE.


REGION II I - NODO SANTA FE

DEPARTAMENTO: LA CAPITAL -

LOCALIDAD: SANTA FE

5 MANUEL HAYIPANDELLI, ELECTRA BERSABET TISSERA DE HAYIPANDELLI, Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: JUAN PABLO LOPEZ Nº 3351 ,de la ciudad de: SANTA FE, identificado como: Lote 5 Manzana 6433-O Plano Nº 6331/1962: Partida Inmobiliaria Nº 10-11-06-131586/0171-6 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 426 Par Fº 3237 Nº 43290/1983 Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0074039-4/01501-0075024-3, Iniciador :CIUFFO MONICA BEATRIZ.

6 HILDA DELIA MARCONETTI, Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: BERUTTI 6388 ,de la ciudad de: SANTA FE, identificado como: Lote 6 Manzana A Plano Nº 22989/1973 (según Titulo) Lote 6 A Manzana 958 Plano Nº 69276/1973 (según Catastro): Partida Inmobiliaria Nº 10-11-06-133664/0240-2 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 314 P Fº 1819 Nº 15018/1973 Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0068187-3, Iniciador :AVALOS MARIA ROSA.


REGION II I - NODO SANTA FE

DEPARTAMENTO: LA CAPITAL -

LOCALIDAD: SANTO TOME

7 IGNACIO MIGUEL DOMINGO COSTA, ANA MARIA FONTANARROSA DE COSTA, Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: ROVERANO Nº 903 Y JOSE MARMOL ,de la ciudad de: SANTO TOME, identificado como: Lote 6 Manzana 80 (conf. Catastro) 4809 E (Municipal) Plano Nº D 818/1959: Partida Inmobiliaria Nº 10-12-00-742384/3929-9 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 218 Impar Fº 1943 Nº 7406/71, Tomo 218 Impar Fº 1945 Nº 47798/59 Tomo 300 Impar Fº 2082 Nº 14939/1971 Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0058760-3, Iniciador :BARRAGUIRRE ANGELICA PATRICIA.

8 MARIA MERCEDES VIDAL DE QUINTEROS , DELIA GUADALUPE QUINTEROS VIDAL, Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: MORENO Nº 1640 ,de la ciudad de: SANTO TOME, identificado como: Lote DIEZ Manzana XXVI (veintiseis) Plano Nº 956/1939: Partida Inmobiliaria Nº 10-12-00-1409040000-2 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 154 Impar Fº 180 Nº 1537/1949 - Nº 10274 /1957 Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0059065-2/01501-0054131-3, Iniciador :SANCHEZ ELVIRA MARIA ANTONIA.

9 PEREZ JUAN CARLOS, Matrícula Individual L.E. Nº 6.251.649, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: SANTA FE Nº 3548 ,de la ciudad de: SANTO TOME, identificado como: Lote 15 Manzana sm 4 Plano Nº 10953/1952: Partida Inmobiliaria Nº 10-12-00-142683/0030-3 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 243 Par Fº 2015 Nº 17018/1963 Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0074042-0, Iniciador :MOLINA MERCEDES VILMA.


REGION II I - NODO SANTA FE

DEPARTAMENTO: SAN JAVIER -

LOCALIDAD: SAN JAVIER

10 MARTIN GENARO VERA, Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: ALVEAR 1346 ,de la ciudad de: SAN JAVIER, identificado como: Lote 2 Manzana 5 (según titulo) Manzana 117 (según Municipalidad) Plano Nº Dup 231/1961: Partida Inmobiliaria Nº 04-04-00-020613/0001-7 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 99 Fº 498 Nº 26621/1973 Departamento: SAN JAVIER, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0031500-6, Iniciador :OROÑO, ELDA S Y OTROS.

S/C 18264 Oct. 31 Nov. 2

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DIRECCION PROVINCIAL

DE PROMOCION DE LOS

DERECHOS DE LA NIÑEZ,

ADOLESCENCIA Y FAMILIA


EDICTO NOTIFICATORIO


Por Resolución de la Sra. Delegada Regional, Delegación San Lorenzo de la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia -2da Circunscripción- hago saber a la Sra. Claudia Maria de Lujan Orellano, DNI 31.074.357, que dentro del legajo administrativo referenciado administrativamente como “Belkis Orellano s/ medida Excepcional de protección de derechos”, “Angeles Orellano s/ medida excepcional de protección de derechos” ley 12.967” que tramita por ante la Delegación San Lorenzo de la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia, se dirige a Ud. el presente a fin de NOTIFICAR la siguiente Disposición que a continuación se transcribe: Disposición nro 23/16, “San Lorenzo, 12/05/2016, Visto, Considerando, Dispone: 1- La Resolución Definitiva de la situación de las niñas Orellano Belkis Soledad, DNI N° 46.294.742, con fecha de nacimiento 13/12/2004 y Angeles Natalia Orellano, DNI 47.780.376 hija de la Sra. Claudia Maria de Lujan Orellano, DNI 31.074.357 con domicilio en calle Leopoldo Lugones 244 de Capitán Bermudez.- , de conformidad a lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley 12.967 y su respectivo decreto reglamentario; solicitando al órgano jurisdiccional se designe tutor para las niñas, sugiriendo para ejercer el cargo a su tía, la sra Lidia Orellano. 2) NOTIFIQUESE a la progenitora de la joven en el domicilio por ella denunciado.-

3) NOTIFIQUESE al Juzgado de Familia interviniente, una vez agotado el trámite recurso previsto por el art. 62 Ley 12967.-4)OTORGUESE el trámite correspondiente, regístrese, comuníquese y notifíquese a las partes interesadas y al órgano jurisdiccional correspondiente y oportunamente ARCHIVESE.- Fdo. Ma Fernanda Sauvanet – Delegada Regional - Direccion Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia – Delegacion San Lorenzo. Se hace saber de los Arts. 60, 62 y 61 Ley 12.967 y su Dto. 619/10, y de que cuenta con el derechos a ser asistida por un abogado/a de su confianza.ART 60: RESOLUCIÓN. La autoridad administrativa del ámbito regional y la autoridad de aplicación provincial son los únicos funcionarios con competencia para dirigir el procedimiento y para declarar y disponer por resolución administrativa debidamente fundada, alguna Medida de Protección Excepcional.- ART 61: NOTIFICACIÓN. La resolución administrativa por la que se adopta una Medida de Protección Excepcional debe notificarse debidamente a los representantes legales, familiares o responsables de la niña, niño o adolescente.- ART 62: RECURSOS. Contra la resolución de la autoridad administrativa del ámbito regional o la autoridad de aplicación provincial que decide la aplicación de una Medida de Protección Excepcional, puede deducirse recurso de revocatoria en audiencia oral y actuada producida dentro del plazo de 12 horas de interpuesto el recurso.- Este no tiene efecto suspensivo de la medida recurrida.- Finalizada la sustanciación del recurso, éste debe ser resuelto en un plazo de (3) tres horas, sin apelación administrativa y con notificación a las partes.- Las Medidas de Protección Excepcional son de aplicación restrictiva.- ART 60: RESOLUCIÓN. Por resolución administrativa debe entenderse el acto administrativo emanado de la autoridad que el articulo que se reglamenta declara competente, el cual debe cumplir los requisitos formales de un acto administrativo. Las prórrogas de las medidas excepcionales deberán dictarse con idéntico procedimiento y formalidades que la adopción de las medidas. ART 61: NOTIFICACIÓN. La notificación de la resolución por la que se adopta una medida de protección excepcional y sus prórrogas serán practicadas conforme a lo preceptuado en el Decreto N°10204 de la Provincia de Santa Fe y/o la norma que la reemplazara y lo preceptuado por la Ley 12.071. En todos los casos deberá hacerse entrega o acompañarse copia certificada de la resolución administrativa que se notifica y deberán transcribirse los artículos 60,61 y 62 de la Ley y de este decreto reglamentario. La cédula podrá ser diligenciada por cualquier agente público previamente autorizado para ello. La Autoridad Administrativa podrá requerir a la autoridad policial más cercana al domicilio del notificado el diligenciamiento de la cédula cuando lo considere necesario. Las actuaciones administrativas se pondrán a disposición de los notificados y sus abogados en la sede de la autoridad administrativa sin que puedan ser retiradas. ART 62: RECURSOS. El plazo de interposición del recurso de revocatoria será de (10) diez días hábiles contados a partir de la notificación de la adopción de la medida de protección excepcional y sus prórrogas, conforme a lo preceptuado en el Decreto N°10204 de la Provincia de Santa Fe. En el acto de recepción del recurso se fijará la audiencia, la que no podrá exceder el plazo de 12 horas hábiles administrativas y quedará notificada en el mismo acto. Dicho plazo podrá duplicarse cuando el domicilio de los recurrentes no se encuentre en el lugar de la sede de la autoridad administrativa que dictó la resolución y podrá prorrogarse conforme a lo dispuesto en el Decreto N°10204 de la Provincia de Santa Fe. La notificación de la resolución del recurso de revocatoria deberá practicase conforme a lo preceptuado en el artículo anterior.

S/C 18265 Oct. 31 Nov. 2

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TRIBUNAL ELECTORAL

DE LA PROVINCIA


PARTIDO: JUNTA VECINAL

LAS ROSAS


AUTO N° 0204


SANTA FE, 06 OCT 2016

VISTO:

El expediente N°002069-J-1990 del registro del Tribunal Electoral de la Provincia, caratulado “PDO. 'JUNTA VECINAL LAS ROSAS' LAS ROSAS – DPTO. BELGRANO S/ RECONOCIMIENTO”; y;

CONSIDERANDO:

I) Que, en autos a fs. 482, la División Partidos Políticos de este organismo informa, en relación al partido denominado JUNTA VECINAL LAS ROSAS que “...la última elección interna de las autoridades partidarias fue realizada el 24 de septiembre de 2011, habiendo vencido el mandato el 24 de septiembre de 2013...”

Con fundamento en aquel informe, y dictamen del señor Procurador Fiscal Electoral a fs. 484 de autos, la presidencia de este Cuerpo resuelve “...promover la declaración de caducidad [...] la que será sustanciada con intervención de partes por el trámite del juicio sumario establecido por el Código Procesal Civil y Comercial...” (Auto N° 152/30.06.2016); y, conforme a ello, se cita al partido mencionado a estar a derecho y contestar la requisitoria formulada por el señor Procurador Fiscal Electoral (fs. 496), sin respuesta alguna de parte de los encartados.

En ese estado, le es otorgada nueva intervención al señor Procurador Fiscal Electoral, quien a fs. 500 evacúa el traslado corrido, y, alegando de bien probado, solicita a esta presidencia “...tener por operada la caducidad en base a lo preceptuado por el artículo 44 inc. a) de la ley 6808...”.

II) Ingresando al análisis de la cuestión sometida a consideración de este Cuerpo, ha de realizar su labor a la luz de lo dispuesto por el artículo 44 de la ley 6808 que dispone que “...son causa de caducidad de los partidos: a) la omisión de elecciones partidarias internas durante el plazo de cuatro años; b) la falta de presentación en dos elecciones provinciales consecutivas; c) No alcanzar, en dos elecciones sucesivas, el tres por ciento del padrón electoral de la Provincia; y d) la violación de lo dispuesto en los artículos 9 y 32, previa conminación a su cumplimiento de la autoridad de aplicación...”.

Ello así, se advierte en las constancias de autos, y así lo informa la División Partidos Políticos que la situación de la agrupación política denominada “JUNTA VECINAL LAS ROSAS” se encuadra en la previsión efectuada por el legislador en el apartado a) del artículo 44 (ley cit.).

Por lo expuesto y conforme lo normado en la ley 6808,

EL TRIBUNAL ELECTORAL DE LA PROVINCIA DE SANTA FE

R E S U E L V E

ARTÍCULO 1°. DECLARAR LA CADUCIDAD del partido político denominado “JUNTA VECINAL LAS ROSAS”, reconocido por Auto N°0019 del 10.04.1991, con ámbito de actuación circunscripto a la localidad de Las Rosas, departamento Belgrano, y cuyo número de identificación fuera ochocientos catorce (814).

ARTÍCULO 2°. ORDENAR la cancelación de la inscripción del partido JUNTA VECINAL LAS ROSAS en el registro respectivo.

ARTÍCULO 3°. Regístrese, Notifíquese y Archívese.

Dr. Rafael F. Gutierrez, Presidente;

Dr. Avelino J. Rodil, Vocal;

Dra. Martha M. Feijóo, Vocal;

Dr. Roberto P. Pascual, Pro Secretario Electoral.

S/C 18257 Oct. 31

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SUBSECRETARÍA DE LOS

DERECHOS DE LA NIÑEZ,

ADOLESCENCIA Y FAMILIA


NOTIFICACIÓN


Por disposición de la Dra. Susana Romero, Jueza de Tramite del Tribunal Colegiado Nº 3, Segunda Secretaría, sito en calle Tucumán Nº 2846 de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados: SUBSECRETARÍA DE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA c/RIQUELME CRISTIAN PATRICIO, RETAMOZO ANDREA SILVINA S/CESE DE LA MEDIDA PROTECCIÓN EXCEPCIONAL” Expte. Nº 530/2015 y su acumulado “SUBSECRETARIA DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA c/RIQUELME CRISTIAN y RETAMOZO ANDREA S/MEDIDA EXCEPCIONAL URGENTE” Expte. Nº 1019/2012, se notifica por edictos a la Sra. Andrea Silvina Retamozo, D.N.I. N° 33.829.508, que se ha ordenado lo siguiente Santa Fe, 3 de Junio de 2.015. Y VISTOS... RESULTA... CONSIDERANDO... RESUELVO: 1) Ratificar el Cese de la Medida de Protección Excepcional y Restitución adoptada por la Dirección Provincial de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de Santa Fe, respecto de la menor Marisol Elena Riquelme, mediante Resolución N° 000050, de fecha 13 de marzo de 2015. 2) Comuníquese a la Defensoría del Pueblo a los fines del art. 38 de la Ley 12. 967 3) Protocolícese el original, agréguese copia, notifíquese a la Defensoría General Nº 3. Notifíquese. Oportunamente archívese. - Dra. Susana Romero, Jueza, Dra. Silvina Loza, Secretaria.Santa Fe, 12 de septiembre de 2016.

S/C 18258 Oct. 31 Nov. 2

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NOTIFICACION


Por Disposición del Sr. Jueza del Trámite, Dr. Alejandro Azvalinsky, en los autos caratulados: “Expte. N° 39. Año 2.016. - S.D.N.A.F. (L.Y. GÓMEZ Y N.V. DÍAZ) s/CONTROL DE LEGALIDAD” y su acumulado “Expte. CUIJ Nº 21.10575264-1. S.D.N.A.F. (L.Y GÓMEZ Y N.V. DÍAZ) s/RESOLUCIÓN DEFINITIVA DE LA MEDIDA DE PROTECCIÓN EXCEPCIONAL” en trámite por ante el Tribunal Colegiado de Familia N° 5, 1ra. Secretaría se notifica a la Sra. Nanci Viviana Pérez, D.N.I. N° 23.264.343, de lo ordenado en autos: Santa Fe, 26 de agosto de 2016. Hágase saber que ha sido designado Juez de Trámite en la presente causa el Dr. Alejandro Azvalinsky (Art. 543 del C.P,C.C.) Notifíquese.” Fdos: Alejandro AZVALINSKY, Juez; Carlos MOLINARI, Secretario.

Santa Fe, 26 de agosto de 2016.- Con los autos “S.D.N.A.F. (L.Y. GÓMEZ y N.V. DÍAZ) s/CONTROL DE LEGALIDAD” - Expte. 39/2016- a la vista, provee: Por presentada, domiciliada y en el carácter invocado, acuérdesele la participación que por ley corresponde. Por promovido la presente notificación de resolución definitiva de medida de protección excepcional de derechos adoptada por la Subsecretaría de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la Provincia de Santa Fe respecto de Ludmila Yoana Gómez y Nanci Verónica Díaz. Córrase vista al Defensor General. Agréguese la documental acompañada. Al punto 5, cítase a la Sra. Pamela Isabel González (pretensa tutora), juntamente con las menores cuya tutela se solicita, a una audiencia para el día 26 de setiembre de 2016 a las 10,30 horas, bajo apercibimientos de ley. Al punto 3, concédase la autorización requerida. Acumúlense las presentes actuaciones a los autos conexos. Tome razón Mesa de Entradas. Notifiquen los empleados: Molinari, Bossio y/o Reynaudo. Notifíquese. - Fdo.: Alejandro Azvalinsky, Juez; Carlos Molinari, Secretario. - Santa Fe, 26 de Setiembre de 2016... Oído lo cual S.S. Dispone: Tener presente lo manifestado. Hágase lugar a lo solicitado, corriéndose traslado como se solicita. ...” Fdo.: Alejandro Azvalinsky, Juez; María Eugenia Rossetti, Secretaria. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Santa Fe, 13 de octubre de 2016 - Carlos Molinari, Secretario.

S/C 18259 Oct. 31 Nov. 2

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NOTIFICACION


Por disposición de la Dra. Susana Romero, Jueza de Trámite del Tribunal Colegiado N° 3, Segunda Secretaria, sito en calle Tucumán N° 2846 de la ciudad de Santa Fe, en autos caratulados: “SUBSECRETARÍA DE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA c/RIQUELME CRISTIAN PATRICIO, RETAMOZO ANDREA SILVINA s/CESE DE LA MEDIDA PROTECCIÓN EXCEPCIONAL” Expte. N° 530/2015 y su acumulado “SUBSECRETARÍA DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA c/RIQUELME CRISTIAN y RETAMOZO ANDREA s/MEDIDA EXCEPCIONAL URGENTE” Expte. N° 1019/2012, se notifica por edictos al Sr. Cristian Patricio Riquelme, DNI N° 18.808.862, que se ha ordenado lo siguiente: “Santa Fe 23 de junio de 2.015. Y VISTOS... RESULTA... CONSIDERANDO... RESUELVO: 1) Ratificar el Cese de la Medida de Protección Excepcional y Restitución adoptada por la Dirección Provincial de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de Santa Fe, respecto de la menor Marisol Elena Riquelme, mediante Resolución N° 000050, de fecha 13 de marzo de 2015. 2) Comuníquese a la Defensoría del Pueblo a los fines del art. 38 de la Ley 12.967. 3) Protocolícese el original, agréguese copia, notifíquese a la Defensoría General N° 3. Notifíquese. Oportunamente archívese.” Dra. Susana Romero, Jueza, Dra. Silvina Loza, Secretaria”.

Santa Fe, 12 de Setiembre de 2016. - Silvina Loza, Secretaria.

S/C 18261 Oct. 31 Nov. 2

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NOTIFICACION


Por disposición del Dr. Fabio Della Siega, Juez de Trámite del Tribunal Colegiado N° 3, Segunda Secretaria, sito en calle Tucumán N° 2846 de la ciudad de Santa Fe, en autos caratulados “Subsecretaría de los Dchos. de la Niñez, Adolescencia y Familia c/Sosa Romina; Espinosa, Víctor E. y otra s/Medida de Protección Excepcional - Control de Legalidad-“ Expte. N° 624/2016, se notifica por edictos al Sr. Fernando Gastón Sarasino, con DNI N° 27.600.114, con domicilio actualmente desconocido que se ha ordenado lo siguiente: “Santa Fe, 07 de julio de 2016. Y VISTOS... RESULTA... Y CONSIDERANDO... RESUELVO: 1) Ratificar la disposición administrativa Nº 000044 dictada el día 21.03.2016 en relación a los niños Gabriel Agustín Espinosa y Malena Ayelén Sarasino, oficiándose a la Subsecretaría de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la Provincia de Santa Fe para la aplicación de aquella continuando con el procedimiento administrativo. 2) Protocolícese, agréguese copia,

notifíquese y oportunamente archívese. - Dr. Fabio Della Siega, Juez, Dra. Silvina Loza.

Santa Fe, 13 de Setiembre de 2016. - Silvina Loza, Secretaria.

S/C 18260 Oct. 31 Nov. 2

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