JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
POR
CLAUDIA VENTURA
Por disposición Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 8° Nom. de Rosario, Secretario que suscribe en autos caratulados: “SPINI FLORENTINO c/ Otros s/Apremio” Expte. 718/03, se ha dispuesto que la Martillera Claudia Ventura proceda a la venta en pública subasta judicial el día Martes 12 de Noviembre de 2013 a las 17 Horas en la sala de remates de la Asociación de Martilleros de Rosario de calle Entre Ríos 238, del inmueble ubicado en Mister Ross 1724 de Rosario, que se deslinda: “Un lote de terreno de su propiedad con todo lo edificado clavado y plantado situado en esta ciudad designado con el número 220 B. en el plano número 46.185 del año 1966 y de acuerdo al mismo se encuentra ubicado en la calle R. M. Ross entre las de Italia y España a los 29,44 m. de esta última hacia el Oeste compuesto de 1,38 m. de frente al Sud por 38,13 m. de fondo en su costado Este, 8,93 m. en su contrafrente al Norte, en línea inclinada estando formado su costado Oeste por una línea quebrada de cinco tramos, el primero de los cuales parte del extremo Oeste de la línea de su frente Sud hacia el Norte y mide 10,70 m., a su terminación y hacia el Oeste parte el segundo tramo que mide 3,32 m., a su terminación y hacia el sud parte el tercer tramo que mide 1,52 m., a su terminación y hacia el Oeste parte el cuarto tramo que mide 3,96 m. y a su terminación y nuevamente hacia el norte parte el quinto y último tramo que al unirse con el extremo Oeste del contrafrente Norte, cierta la figura y mide 27,65 m. encerrando una superficie de 248,89 m2. Y linda al Sud con calle R. M. Ross, al Este en parte con don Hugo Ciancaglini, en parte con don Saverio Malgeri y en el resto con don José Petroniti, al Norte con Echesortu y Casas Sociedad Anónima y al Oeste en sus primeros cuatro tramos, con el lote 220 A. del mismo plano y en su quinto tramo con Alberto Paleo. El deslindado precedentemente se halla afectado en parte a centro de manzana según así resulta del prealudido plano de subdivisión, situación esta de la que se impone a la compradora. Igualmente se hace constar que sobre el inmueble descripto se halla construida la instalación y cañerías de cloacas y en consecuencia sobre el lote designado con el número 220 B. como predio sirviente, se construyó servidumbre de cloacas a favor del lote número 220 A. del plano ya citado colindante al Oeste como predio dominante.” Inscripto el Dominio al Tomo 367 A Folio 93 N° 171094 Dto. Rosario a nombre de la demandada. Informa el Registro General: Medidas Cautelares: Hipotecas e inhibiciones: no registra. Embargos: tomo 119 E folio 332 nº 312809 $ 23.000.- del 17-02-10 para estos autos. Bases: $ 300.000.- de no haber postores, con una retasa del 25% $ 225.000.- y de persistir la falta de ellos se retirará de la venta. Condiciones: de resultar inhábil el día fijado y/o por razones de fuerza mayor se realizará el día hábil posterior. Saldrá a la venta en el estado de ocupación según constancia de autos.
Quien resulte comprador deberá abonar el 10% del precio de su compra en el acto de remate con más el 3% de comisión todo en dinero efectivo pesos y/o cheque certificado, se deja aclarado que no integran a los fines de determinar el porcentaje de la comisión del martillero los importes de las deudas que posea el inmueble. Con relación al saldo de precio deberá ser depositado por el adquirente una vez aprobada la subasta en el término de cinco días mediante depósito en cuenta judicial del Banco Municipal Sucursal Colegio de Abogados para estos autos y a la orden de este juzgado, caso contrario deberá abonarse por el retraso en concepto de interés la tasa activa que cobra el Banco Nación Argentina en las operaciones de descuento de documentos a 30 días desde la fecha de la subasta y bajo el apercibimiento contenido en el art. 497 CPCC. Dejándose constancia que respecto del saldo de precio deberá asimismo cumplimentarse con lo dispuesto por la comunicación “A” 5147 del BCRA por lo cual de superar el importe de $ 30.000.- deberá realizarse por transferencia interbancaria. En caso de incumplirse dicha disposición se hace saber de manera expresa que la infracción a la normativa será comunicada por este tribunal y/o el martillero actuante a la AFBP. Déjese constancia que el comprador en remate podrá solicitar la inscripción del mismo en el Registro de la Propiedad inmueble respectivo con copia certificada del acta de remate, a fin que tome razón de la misma sin que implique transferencia a favor del adquirente. Se hace saber asimismo que los títulos del inmueble se encuentran agregados a autos no siendo admisible planteo alguno por falta o insuficiencia de ellos en el acto de remate o con posterioridad. El oferente deberá encontrarse presente en el remate bajo apercibimiento de tenerlo por desistido en ese mismo acto. Los impuestos, tasas, contribuciones y/o cualquier otro gravamen que pesen sobre el bien inmueble adeudados (nacionales, provinciales, municipales o comunales) IVA si correspondiere y gastos como asimismo los gastos, sellados y honorarios producidos por la transferencia dominial del inmueble subastado, serán exclusivamente a cargo del comprador en subasta. También estarán a su cargo los que puedan resultar por nuevas mensuras, regularización de planos y/o medianerías en su caso. Entre los impuestos a cargo del comprador inclúyese entre otros que corresponda los siguientes: Impuesto nacional a la transferencia de inmuebles de personas físicas y sucesiones indivisas (ley 23.905) o ganancias, impuesto provincial sobre los ingresos brutos en caso de corresponder su aplicación (artículo 125 inc. f. código fiscal). El adquirente del inmueble subastado deberá acudir a escribano público para confeccionar la escritura pública que instrumentará la transferencia de dominio a su favor, consecuentemente se excluye en autos la opción prevista en el art. 505 2° párrafo del CPCC. Exhibición: 11/11/13 de 10 a 12 horas acompañados de la martillera actuante. Mayores Informes y Volantes: Martillera Claudia Ventura, Bv. Oroño 551 (1° A), TE: 156809645, Rosario, todo lo que se hace saber a sus efectos legales. Secretaría, 25 de Octubre de 2013. Santiago M. Malé Franch, secretario.
$ 980 214364 Oct. 31 Nov. 4
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POR
ELIANA G. MARTIN
Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1° Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 14º Nominación de Rosario, a cargo del Dr. Marcelo Quaglia, Secretaria de la Dra. Jorgelina Entrocasi, se hace saber que en los autos caratulados “CANTEROS ANDRES ADRIAN c/ OTROS s/ DESPIDO – OFICIO LEY 22.172”, Exp. N° 1112/2011, la Martillera Eliana G. Martin subastará el día 14 de Noviembre de 2013, a las 11 hs. en el Juzgado Comunitario de las Pequeñas Causas de Oliveros, Pcia. de Santa Fe, donde se encontrara expuesta la bandera de remate, lo siguiente: Los lotes designados con los Nros. 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25 y 26 de la manzana Letra C, del Plano Nº 109.714 del año 1982, de la ciudad de Oliveros, Dpto. Iriondo, Pcia. de Santa Fe. Cuyas medidas y linderos son: ubicados haciendo frente a 4 calles Publicas, y compuestos unidos como están de: 100 m. en su lado Norte, lindando con calle Publica; 94,45 m. en su lado Oeste, lindando con calle Publica; 80 m. en su lado Sud, lindando con calle Publica; y el lado Este, la forma una línea quebrada que arrancando del Norte, hacia el Sud, tiene en su 1er. tramo 62,20 m. a su terminación otra línea hacia el Oeste que tiene 20 m. y a su terminación otra hacia el Sud, que tiene 32,25 m. y cierra la figura, lindando con calle Publica en parte y en parte con lotes 14 y 15. Encierra en total una superficie de 8.800 m2.- INSCRIPCION DOMINIO Tº 199 Fº 292 Nº 104.556 DPTO. IRIONDO.- Informe del Registro Gral. de Propiedades: Consta inscripto el dominio a nombre de uno de los demandados: no registrándose hipotecas ni inhibiciones, pero si lo siguiente: 27 embargos dentro de los autos Rodriguez Gustavo Ariel y Ot. c/Otros s/Despido, Exp.Nº 16.667/2002, por $ 106.703,32 del 28.09.2011 o/Trib.de Trab.Nº 3 Quilmes (Bs.As.); 7 embargos dentro de los autos Comuna de Oliveros c/Otro s/Apremio, Exp.Nº 238/2013 por $2.245,20 del 31.07.2013 o/Juz.C.C.C.y L. Nº 2 San Lorenzo (Sta.Fe); 22 embargos dentro de los autos Escobar Ramon Ignacio y Otro c/Otros s/Despido, Exp.Nº 23.289 por $ 349.756.- del 31.05.2013 o/Trib.de Trab.Nº 2 Quilmes (Bs.As.); 24 embargos o/los presentes autos por $ 450.921,82 del 03.04.2013, nota anterior del 06.05.2008, ampliación por monto $ 696.204,87 del 08.08.2013(prov.180 dias); 24 embargos dentro de los autos Riffel Hugo Alejandro y Otro c/Otros s/Despido, Exp.Nº 29.187/2002 por $ 304.470,02 del 13.12.2010 o/Juz.Lab.Nº 1 Quilmes; y 1 embargo dentro de los autos Riffel Hugo A. y O. c/Otros s/Despido, Exp.Nº 16.667/2002 por $ 106.703,32 del 28.09.2011 o/J.C.C.y L. Nº 1 Quilmes (Bs.As.).- Los 24 lotes de terrenos saldrán a la venta en conjunto con la Base de $ 389.500.- Si por la Base no hubiere postores, inmediatamente se pondrá nuevamente en venta con una Retasa del 25 % de la Base o sea $ 292.125.- y de no haber tampoco oferentes por la Retasa, la subasta se declarará desierta.- Quien resulte comprador abonara en el acto de la subasta el 3 % del precio de compra en efectivo o cheque certificado de plaza por comisión a la martillera actuante, con mas el 10 % del precio de compra como seña, si superara el valor de $ 30.000.- el pago no podrá realizarce en efectivo, pudiendo optarse por cheque certificado o cancelatorio o en su defecto se deberá depositar previo al día de la subasta dicho monto en el Banco Municipal, Sucursal Colegio de Abogados a la orden de este Juzgado y para estos autos, en la Cuenta Judicial abierta al efecto Nº 5043696/0, CBU Nº 0650080103000504369602, conforme disposición del Banco Central de la República Argentina según comunicación “A” 5147 de fecha 23.11.2010, dejándose constancia que respecto del saldo de precio también deberá asimismo con lo dispuesto por la comunicación “A” 5147 del B.C.R.A. Por lo cual, de superar el importe de $ 30.000.-, deberá realizarse por transferencia interbancaria. En caso de incumplirse esta disposición se hace saber de manera expresa que la infracción a la normativa vigente será comunicado por este Tribunal y/o el martillero actuante a la AFIP. Son a cargo del comprador si lo hubiere lo adeudado en concepto de impuestos, tasas, contribuciones, servicio de agua y cloaca, gastos y honorarios por reclamos judiciales y/o extrajudiciales, pago de liquidación de mejoras, gastos de escrituracion y toda otra deuda fiscal relacionada al inmueble. Son también a cargo del comprador la regularización y/o confección de planos y/o medianerías si fuere necesario, toma de posesión, levantamiento de gravámenes, gastos, sellados y honorarios correspondientes a la transferencia, e I.V.A. si correspondiere. En caso de cesión de los derechos y acciones de la subasta la misma deberá realizarse por escritura publica. Solo se admitirá la compra en comisión cuando se denunciare nombre, domicilio y numero de documento del comitente en el acta de remate. El inmueble saldrá a la venta en el estado de ocupación que consta en autos.- El adquirente del inmueble subastado deberá acudir a escribano publico para confeccionar la escritura publica que instrumentara la transferencia de dominio a su favor, consecuentemente se excluye en autos la opción prevista en el articulo 505 2º párrafo del CPCC. Obran agregados en autos actas de constatación de los inmuebles y fotocopias del titulo de propiedad, acotándose que luego de la subasta no se admitirán reclamaciones por insuficiencias o faltas de cualquier naturaleza. Informes a la Martillera Tel. 4402392 de tarde.- Se deja constancia que el diligenciamiento del presente goza del beneficio de gratuidad establecido en el Art. 20 de la Ley L.C.T. y Art. 22 de la Ley 11.53.- Todo lo que se hace saber a los efectos que por derecho hubiere lugar.- Rosario, 25 de Octubre de 2013.Fdo.: Dra. Jorgelina Entrocasi. Secretaria.-
S/C 214448 Oct. 31 Nov. 4
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