picture_as_pdf 2013-10-31

CAJA DE ASISTENCIA SOCIAL-LOTERIA


RESOLUCION DE DIRECCION GENERAL N° 158


Ref.: APROBANDO LA PROGRAMACION DE CONCURSOS DEL JUEGO DEL “QUINI-6” PARA EL MES DE NOVIEMBRE DE 2013.-

VISTO:

Las actuaciones obrantes en el Expte. N° 00302-0109137-4 del Sistema de Información de Expedientes, y;

CONSIDERANDO:

Que por las mismas el Departamento Quini-6 eleva para su aprobación la Programación de Concursos del mes de NOVIEMBRE de 2013.

Que dicha Programación se ajusta a pautas de comercialización oportunamente establecidas.

Que la misma prevé la realización de los Concursos de QUINI-6 en sus modalidades “TRADICIONAL”, “REVANCHA” y “SIEMPRE SALE” Nros. 2094, 2095, 2096, 2097, 2098, 2099, 2100 y 2101 sortearse los días 03, 06, 10, 13, 17, 20, 24 y 27 de NOVIEMBRE de 2013, a las 21,15 horas.

Que el precio de venta al público de cada apuesta del “QUINI-6 TRADICIONAL” para todos los Concursos del mes de NOVIEMBRE de 2013, se ha establecido en PESOS OCHO ($ 8,00), mientras que los adicionales optativos para participar con la misma apuesta en el “QUINI-6 REVANCHA” en PESOS CUATRO ($ 4,00) y en el “QUINI-6 SIEMPRE SALE” se fija en PESOS TRES ($ 3,00).

Que se estima importante establecer la condición que el Primer Premio de las modalidades Quini-6 Tradicional (Primer Sorteo y La Segunda del Quini) y Quini-6 Revancha, otorgarán como mínimo un premio de Pesos Cinco millones ($ 5.000.000) cuando se registren ganadores con seis (6) aciertos, caso contrario, el Pozo para Premios seguirá la acumulación de acuerdo a los porcentajes correspondientes a la recaudación por venta de apuestas. El Premio Estimulo Agenciero seguirá el mismo tratamiento que el primer premio. La suma necesaria para alcanzar el monto mínimo para premios, será tomada del Fondo de Reserva para Premios Especiales del Quini-6.

Que se considera conveniente seguir otorgando en todos los concursos del mes de NOVIEMBRE de 2013, un PREMIO EXTRA cuyo importe ascienda a la suma de PESOS DOS MILLONES ($ 2.000.000.-) de acuerdo a lo previsto en el artículo 30° del Reglamento del Juego.

Que en lo que respecta a la modalidad “BRINCO” se prevé la realización de los concursos Nros. 712, 713, 714 y 715 cuyos sorteos se realizarán los días 03, 10, 17 y 24 de NOVIEMBRE de 2013 a las 21,00 horas.

Que el precio de venta al público de cada apuesta será de Pesos Cinco ($ 5.-).

Que a fin de mantener el interés de los apostadores en esta modalidad, se estima conveniente asegurar como mínimo la suma de Pesos Dos millones ($ 2.000.000.-) para el Primer Premio, en el caso de registrarse ganador o ganadores con seis (6) aciertos, caso contrario, el Pozo para Premios seguirá la acumulación de acuerdo a los porcentajes correspondientes por venta de apuestas. Igual tratamiento seguirá el Premio Estímulo Agenciero. La suma necesaria para alcanzar el monto mínimo para premios, será tomada del Fondo de Reserva para Premios Especiales del Quini-6.

Que además, en esta modalidad denominada BRINCO se ha dispuesto otorgar en cada concurso del mes de NOVIEMBRE de 2013, DIEZ (10) PREMIOS ADICIONALES ESPECIALES, que serán asignados mediante un sorteo electrónico a realizarse a continuación del sorteo habitual, en el que participarán todos aquellos tickets del respectivo concurso.

Que cada Premio Adicional Especial será de PESOS VEINTICUATRO MIL ($ 24.000.-), los que serán abonados a los ganadores en doce (12) cuotas mensuales y consecutivas de PESOS DOS MIL ($ 2.000.-) cada una, libre de los gravámenes establecidos por las Leyes Nros. 20.630, 23.351 y 24.800.

Que los fondos necesarios para el pago de los cuarenta (40) premios mencionados anteriormente, más los importes que correspondan a los gravámenes antes referidos, serán tomados del Fondo de Reserva para Premios Especiales del Quini-6.

Que la partida presupuestaria correspondiente cuenta con saldo suficiente para hacer frente a los premios establecidos en esta programación.

Por ello y atento a lo dispuesto por la Ley N° 8269 y modificatorias, como así también la Resolución de Vicepresidencia Ejecutiva Nº 134/2001 y sus modificatorias Nros. 045/2003 y 350/2005 aprobatoria del Reglamento del juego;

EL DIRECTOR GENERAL DE LA CAJA DE ASISTENCIA SOCIAL

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Aprobar la Programación de Concursos de “QUINI-6” en sus modalidades “TRADICIONAL”, “REVANCHA” y “SIEMPRE SALE” correspondiente al mes de Noviembre de 2013, la que como ANEXO I forma parte integrante de la presente y que prevé la realización de los Concursos Nros. 2094, 2095, 2096, 2097, 2098, 2099, 2100 y 2101 a sortearse los días 03, 06, 10, 13, 17, 20, 24 y 27 de Noviembre de 2013, a las 21,15 horas.

ARTICULO 2°.- Establecer el precio de venta al público de cada apuesta para los Concursos cuya realización se aprueba en el artículo 1° en PESOS OCHO ($ 8,00) para participar del “QUINI-6 TRADICIONAL”, mientras que los adicionales para participar con la misma apuesta en el “QUINI-6 REVANCHA” en PESOS CUATRO ($ 4,00) y en el “QUINI-6 SIEMPRE SALE” se fija en PESOS TRES ($ 3,00).

ARTICULO 3°.- Otorgar un PREMIO EXTRA DE PESOS DOS MILLONES ($ 2.000.000.-) en cada uno de los concursos de QUINI-6 aprobados en el artículo 1° de la presente, de acuerdo a lo previsto en el artículo 30° del Reglamento del Juego.

ARTICULO 4°.- Asegurar en todos los concursos del mes de Noviembre de 2013, como mínimo PESOS Cinco Millones ($ 5.000.000.-) para el Primer Premio de las modalidades Quini-6 Tradicional (Primer Sorteo y La Segunda del Quini) y Quini-6 Revancha, sólo en caso de registrarse ganador o ganadores con seis (6) aciertos, caso contrario, el Pozo para Premios seguirá la acumulación de acuerdo a los porcentajes de Recaudación por venta de apuestas. El Premio Estimulo Agenciero seguirá el mismo tratamiento en cuanto al aseguramiento de Pozo para Premios.

ARTICULO 5°.- Aprobar la Programación de Concursos de la modalidad “BRINCO”, la que como ANEXO II forma parte integrante de la presente y que prevé la realización de los Concursos Nros. 712, 713, 714 y 715 a sortearse los días 03,10, 17 y 24 de Noviembre de 2013 a las 21,00 horas.

ARTICULO 6°.- Establecer el precio de venta al público de cada apuesta para los concursos cuya realización se aprueba en el artículo anterior en PESOS CINCO ($ 5,00).

ARTICULO 7°.- Asegurar en los todos concursos de BRINCO, como mínimo la suma de PESOS DOS MILLONES ($ 2.000.000.-), sólo en el caso de registrarse ganador o ganadores con seis (6) aciertos, caso contrario, el Pozo para Premios seguirá la acumulación correspondiente a los porcentajes establecidos por venta de apuestas. El Premio Estímulo Agenciero seguirá el mismo tratamiento en cuanto al aseguramiento del Pozo para Premios.

ARTICULO 8°.- Otorgar en cada Concurso de BRINCO del mes de Noviembre de 2013, DIEZ (10) PREMIOS ADICIONALES ESPECIALES, que serán asignados mediante un sorteo electrónico a realizarse a continuación del sorteo habitual y en el que participarán todos los tickets de apuestas del respectivo concurso.

ARTICULO 9°.- Cada Premio Adicional Especial será de PESOS VEINTICUATRO MIL ($ 24.000.-), los que serán abonados a los ganadores en doce (12) cuotas mensuales y consecutivas de PESOS DOS MIL ($ 2.000.-) cada una, libre de los gravámenes establecidos por las Leyes Nros. 20.630, 23.351 y 24.800.

ARTICULO 10°.- La suma necesaria para alcanzar el mínimo para premios establecido en los artículos 4° y 7°, como los importes destinados para premios más gravámenes a que refieren los artículos 8° y 9°, serán tomados del Fondo de Reserva para Premios Especiales del Quini-6.

ARTICULO 11°.- El gasto que demande la presente gestión deberá imputarse al Carácter 2 - Organismos Descentralizados, Jurisdicción 36 - Ministerio de Economía, S.A.F. 353 - Caja de Asistencia Social - Lotería, Programa 16, Actividad 04 - Art. 3° Ley 25917, Fuente de Financiamiento 214, Finalidad 04, Función 07, Inciso 8 - Otros Gastos, Partida Principal 04 - Otras Pérdidas, Partida Parcial 06 - Pérdidas Operativas - Premios.

ARTICULO 12.- Regístrese, comuníquese y archívese.

Santa Fe, 21 de Octubre de 2013.

Dra. MONICA CALDERON

a/c Dirección General

Caja de Asistencia Social


ANEXO I


PROGRAMACION DE LAS MODALIDADES DE “QUINI-6” “TRADICIONAL”,

REVANCHA” Y “SIEMPRE SALE”

MES: NOVIEMBRE DE 2013


CONCURSO FECHA FECHA DE PRECIO DE APUESTAS

NUMERO DE PRESCRIP. TRADIC. CON CON S. SALE

SORTEO REVANCHA

2094 03/11/13 18/11/13 $ 8,00 $ 12,00 $ 15,00

2095 06/11/13 21/11/13 $ 8,00 $ 12,00 $ 15,00

2096 10/11/13 26/11/13 $ 8,00 $ 12,00 $ 15,00

2097 13/11/13 28/11/13 $ 8,00 $ 12,00 $ 15,00

2098 17/11/13 02/12/13 $ 8,00 $ 12,00 $ 15,00

2099 20/11/13 05/12/13 $ 8,00 $ 12,00 $ 15,00

2100 24/11/13 09/12/13 $ 8,00 $ 12,00 $ 15,00

2101 27/11/13 12/12/13 $ 8,00 $ 12,00 $ 15,00


PREMIO EXTRA: En todos los concursos del mes de NOVIEMBRE de 2013 se ha establecido otorgar un PREMIO EXTRA de PESOS DOS MILLONES ($ 2.000.000.-).

HORARIOS DE CIERRE DE RECEPCION DE APUESTAS:

SORTEO DIAS MIERCOLES: MIERCOLES 19,30 horas.

SORTEO DIAS DOMINGO: SABADO 20,45 horas.

SANTA FE, 21 de Octubre de 2013.-


ANEXO II


PROGRAMACION DE CONCURSOS DE LA MODALIDAD DE QUINI-6 “BRINCO”

MES: NOVIEMBRE DE 2013


CONCURSO FECHA DE FECHA DE PRECIO DE APUESTA

NUMERO SORTEO PRESCRIP.

712 03/11/13 18/11/13 $ 5,00

713 10/11/13 26/11/13 $ 5,00

714 17/11/13 02/12/13 $ 5,00

715 24/11/13 09/12/13 $ 5,00


En todos los Concursos del mes de NOVIEMBRE de 2013 se otorgarán diez (10) Premios Adicionales Especiales (Sueldos) de PESOS VEINTICUATRO MIL ($24.000-) cada uno, los que se abonarán a los ganadores en doce (12) cuotas mensuales y consecutivas de PESOS DOS MIL ($ 2.000.-) cada una.

HORARIOS DE CIERRE DE RECEPCION DE APUESTAS:

SISTEMA ON LINE: SABADO 20,45 horas.

SANTA FE, 21 de Octubre de 2013.-

S/C 10343 Oct. 31

__________________________________________


MINISTERIO DE GOBIERNO

Y REFORMA DEL ESTADO


RESOLUCION N° 0550


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”

10 de Octubre de 2013.

VISTO :

la gestión iniciada a través del Expediente Nº 00101- 0235041-7 del registro del Sistema de Información de Expedientes, mediante el cual se propicia el llamado a concurso interno para la cobertura de cuatro (4) cargos categoría 06 del Agrupamiento Administrativo y un (1) cargo categoría 04 del Agrupamiento Servicios Generales de la Dirección Provincial de Relaciones Públicas y Ceremonial dependiente del Poder Ejecutivo - Gobernación; y

CONSIDERANDO:

que por Comisión Paritaria Central Acta Acuerdo N° 05 de fecha 30 de Julio de 2.009, homologada por Decreto Nº 1729/09, se reemplazó el Capítulo XIV “Régimen de los Concursos” del Decreto-Acuerdo Nº 2695/83 “Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública Provincial”, derogando además las restricciones impuestas en la materia por el Decreto Nº 3924/87, facultándose así al titular de la Jurisdicción a efectuar llamados a concursos;

que los mencionados cargos correspondientes a los tramos supervisión y superior de la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE RELACIONES PUBLICAS Y CEREMONIAL, se encuentran vacantes y responden a una necesidad manifiesta, donde las funciones son esenciales para el normal funcionamiento de la citada repartición, como así también de la Jurisdicción 06: PODER EJECUTIVO-GOBERNACION;

que a los efectos de la cobertura definitiva de los mismos, corresponde llevar a cabo el llamado a los Concursos Internos, los cuales se efectivizarán bajo el nuevo Régimen de Concursos establecido por el citado Decreto;

que ha tomado intervención la Subsecretaría de Recursos Humanos y la Función Pública del MINISTERIO DE ECONOMIA, no oponiendo reparos para la continuidad del mismo;

POR ELLO:

EL MINISTRO DE GOBIERNO Y REFORMA

DEL ESTADO

RESUELVE:

ARTICULO 1º – Llámese a concurso interno para cubrir los cargos en la DIRECCION PROVINCIAL DE RELACIONES PUBLICAS Y CEREMONIAL dependiente de la Jurisdicción 06: PODER EJECUTIVO-GOBERNACION, en los términos del Decreto Nº 1729/09 – Anexo “A”- Capítulo XIV “Régimen de Concursos”, que a continuación se detallan:

Categoría 06 – JEFE DEPARTAMENTO SECRETARIA - Agrupamiento Administrativo.

Categoría 06 – JEFE DEPARTAMENTO RELACIONES PUBLICAS - Agrupamiento Administrativo.

Categoría 06 – JEFE DEPARTAMENTO SUBHABILITACION - Agrupamiento Administrativo.

Categoría 06 – JEFE DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO-CONTABLE - Agrupamiento Administrativo.

Categoría 04 – JEFE DIVISIÓN CHOFERES - Agrupamiento Servicios Generales.

ARTICULO 2 º – Establécese que la descripción del puesto y determinación

del perfil solicitado así como las condiciones generales y particulares exigibles se encuentran detallados en el “Anexo I”. La composición del Jurado, el procedimiento de inscripción, las etapas de la selección, fecha, lugar y hora en que se llevará a cabo cada una de ellas y la ponderación relativa correspondiente para la determinación del orden de mérito según la categoría a concursar, se explicitan en el “Anexo II” de la presente, ambos formando parte integrante de la misma.

ARTICULO 3º – Determínese que en caso de existir inconvenientes con las fechas

estipuladas para las evaluaciones de antecedentes, evaluación técnica, evaluación psicotécnica y entrevista personal, el jurado del concurso mediante acta podrá cambiar la misma, con notificación fehaciente a los postulantes.

ARTICULO 4º – Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese

RUBEN D. GALASSI

Ministro de Gobierno

y Reforma del Estado


ANEXO I:


Jurisdicción 06: PODER EJECUTIVO-GOBERNACIÓN.

Sector: DIRECCIÓN PROVINCIAL DE RELACIONES PÚBLICAS Y CEREMONIAL

Cargo a cubrir: Categoría 06 -JEFE DEPARTAMENTO SECRETARÍA – Agrupamiento Administrativo.

Lugar de prestación de servicios: 3 de Febrero 2649 de la Ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe. (Casa de Gobierno 1er. piso)

Horario de trabajo: según reglamentación vigente

Prestación horaria: 41 horas semanales

DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES DEL PUESTO

1- MISIÓN:

Entender en la organización de la agenda diaria del señor Gobernador y de la Dirección Provincial de Relaciones Públicas y Ceremonial y en el diligenciamiento del despacho privado.

2- FUNCIONES:

Atender al público y confeccionar la agenda de audiencias de la repartici

Recepcionar la correspondencia que ingrese a la Dirección dirigida al Director Provincial de Relaciones Públicas y Ceremonial y proveer a su respuesta conforme a las indicaciones recibidas por la Superioridad.

Organizar, clasificar y archivar ordenadamente toda la documentación, comunicaciones y correspondencia que ingrese a la Dirección.

3- CONOCIMIENTOS:

TÉCNICOS:

Decreto Acuerdo Nº 2695/83 – Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública Provincial.

Ley Nº 8525 – Estatuto del Personal de la Administración Pública Provincial.

Decreto Nº 1919/89 – Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias.

Decreto Acuerdo Nº 10.204 – “Reglamentación para el trámite de actuaciones administrativas”

Decreto Nacional Nº 2072/93 y su modificatorio Decreto Nº 655/99 – Ordenamiento General de Precedencia Protocolar y su aplicación en la Provincia de Santa Fe.

Decreto 1169/98, y sus modificatorios 0385/99, 2511/07, 0827/08 y 1466/08 – Establece que los actos centrales conmemorativos de distintas efemérides se realizará todos los años en diversas localidades provinciales.

Usos y costumbres Bandera Nacional y Provincial. Decreto1032/77. Ley 23.208/85. Reglamento Ceremonial del Ejercito Argentino. Reglamento Ceremonial del Ministerio de Cultura y Educación. Decreto 824/11. Ley 9889/86. Ley 12471/05. Ley 12484/05.

Conocimiento teórico y bibliográfico sobre la creación y desarrollo de actos públicos. Bibliografía sugerida: Berisso, María (2008) “Protocolo y Ceremonial” 6º Edición – Bs As, Espasa Calpe; Blanco Villalta, Jorge (1996)” Ceremonial, Filosofía, Ciencia y Arte de la Convivencia- Bs. As. Lugar Editorial S.A.; Bugallo Mirta Cristina (2009) “Ceremonial, protocolo, cortesía y buenos modales” Bs. As. Andrómeda.

Decreto Nacional Nº 333/85 - "Normas para la elaboración, redacción y diligenciamiento de los proyectos de actos y documentación administrativo".

TÉCNICOS NO ESPECIFICOS:

Experiencia en el manejo de herramientas informáticas y de comunicación: procesadores de texto – Internet - correo electrónico – faxes – scanner

Excelente nivel de redacción y manejo del idioma español.

Experiencia en el manejo de las relaciones interpersonales y de contacto y trato con personas, instituciones, funcionarios y trabajadores de otras áreas gubernamentales.

4- COMPETENCIAS APTITUDINALES Y PERSONALES :

Disponibilidad Horaria

Trato amable y respetuoso.

5- REQUISITOS:

Poseer estudios secundarios completos (excluyente).

Poseer título universitario en la carrera de Licenciatura en Comunicación Social (preferentemente).

Jurisdicción 06: PODER EJECUTIVO-GOBERNACIÓN.

Sector: DIRECCIÓN PROVINCIAL DE RELACIONES PÚBLICAS Y CEREMONIAL

Cargo a cubrir: Categoría 06 - JEFE DEPARTAMENTO RELACIONES PÚBLICAS – Agrupamiento Administrativo.

Lugar de prestación de servicios: 3 de Febrero 2649 de la Ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe. (Casa de Gobierno 1er. piso)

Horario de trabajo: según reglamentación vigente

Prestación horaria: 41 horas semanales

DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES DEL PUESTO:

1- MISIÓN

Asistir en forma directa a la Superioridad en el desarrollo de las actividades inherentes al área de las Relaciones Públicas.

2- FUNCIONE

Colaborar en la atención de las distintas audiencias solicitadas a la Dirección, principalmente por parte de las Municipalidades, Comunas y Organizaciones Intermedias.

Instruir sobre las respuestas a otorgar a las solicitudes de información enviadas por otras provincias, y por organismos nacionales y provinciales.

Coordinar la entrega de trofeos, premios, obsequios y distinciones a llevar a cabo por el Señor Gobernador.

Coordinar la realización de viajes a localidades y ciudades del interior, para organizar la visita del titular del Ejecutivo Provincial.

Asesorar a los agentes designados en los distintos Ministerios y Secretarías de Estado, para la atención de las relaciones públicas en dichas áreas.

3- CONOCIMIENTOS:

TÉCNICOS:

Decreto Acuerdo Nº 2695/83 – Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública Provincial.


Ley Nº 8525 – Estatuto del Personal de la Administración Pública Provincial.

Decreto Nº 1919/89 – Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias.

Decreto Nacional Nº 2072/93 y su modificatorio Decreto Nº 655/99- Ordenamiento General de Precedencia Protocolar y su aplicación en la Provincia de Santa Fe

Decreto 1169/98 y sus modificatorios 0385/99, 2511/07, 0827/08 y 1466/08- Establece que los actos centrales conmemorativos de distintas efemérides se realizarán todos los años en diversas localidades provinciales

Decreto 0612/97 declara día de las Municipalidades, Comunas y Pueblos de la Provincia de Santa Fe

Composición del Organigrama del Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Provincia de Santa Fe.

Conocimiento y aplicación de conceptos teóricos y bibliográfico sobre ceremonial, protocolo y etiqueta tanto en el ámbito público como privado. Bibliografía sugerida: Berisso, María (2008) “Protocolo y Ceremonial” 6º Edición – Bs As, Espasa Calpe; Blanco Villalta, Jorge (1996)” Ceremonial, Filosofía, Ciencia y Arte de la Convivencia- Bs. As. Lugar Editorial S.A.; Bugallo Mirta Cristina (2009) “Ceremonial, protocolo, cortesía y buenos modales” Bs. As. Andrómeda.

Usos y costumbres Bandera Nacional y Provincial. Decreto1032/77. Ley 23.208/85. Reglamento Ceremonial del Ejercito Argentino. Reglamento Ceremonial del Ministerio de Cultura y Educación. Decreto 824/11. Ley 9889/86. Ley 12471/05. Ley 12484/05.

TÉCNICOS NO ESPECIFICOS:

Experiencia en manejo de herramientas informáticas y de comunicación: procesadores de texto – internet – correo electrónico – faxes – scanner.

Excelente nivel de redacción y manejo del idioma español.

4-COMPETENCIAS APTITUDINALES Y PERSONALES

Disponibilidad Horaria

Trato amable y respetuos

5-REQUISITOS:

Poseer estudios secundarios completos (excluyente).

Jurisdicción 06: PODER EJECUTIVO-GOBERNACIÓN.

Sector: DIRECCIÓN PROVINCIAL DE RELACIONES PÚBLICAS Y CEREMONIAL

Cargo a cubrir: Categoría 06 - JEFE DEPARTAMENTO SUBHABILITACIÓN – Agrupamiento Administrativo.

Lugar de prestación de servicios: 3 de Febrero 2649 de la Ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe. (Casa de Gobierno 1er. piso)

Horario de trabajo: según reglamentación vigente.

Prestación horaria: 41 horas semanales.

DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES DEL PUESTO

1 – MISIÓN:

Asistir a la Habilitación Centralizada en sus funciones específicas asumiendo toda misión que se le encomiende al respecto.

2 – FUNCIONES:

Controlar las rendiciones de gastos y sueldos para luego darles curso.

Supervisar los registros contables.

Atender en general el pago de acreedores y todo trámite de compra que canalice por conducto de esa repartición, previa revisión de la nota de pedido respectiva.

Controlar el cumplimiento de las normas impositivas en la emisión de los comprobantes (facturas y / o recibos) entregados por los proveedores receptores de los pagos menores realizados a través de la Habilitación.

Ordenar un archivo actualizado de las normas que regulan el pago de viáticos al personal y a sus funcionarios jurisdiccionales.

Asesorar convenientemente a los beneficiarios, sobre la rendición de cuentas de los viáticos recibidos.

Reemplazar al habilitado en caso de ausencia o impedimento de éste.

3- CONOCIMIENTOS:

TÉCNICOS:

Decreto Acuerdo Nº 2695/83 – Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública Provincial.

Ley Nº 8525 – Estatuto del Personal de la Administración Pública Provincial.

Decreto Nº 1919/89 – Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias.

Ley Nº 1757 – Ley de Contabilidad y Leyes Complementarias.

Ley Nº 12510 y sus Decretos reglamentarios– Ley de Administración, Eficiencia y Control del Estado. Parte pertinente contenida en el Título III, Capítulo I, Sección IV, (artículos Nº: 116, 117, 127 y 128) y Título VI, Capítulo I, Sección IV (artículos Nº: 213 y 218)

Decreto Nº 1247/08 – Manual de procedimiento para la gestión de contrataciones directas.

Resoluciones Nº 008/06 y Nº 021/07 del Tribunal de Cuentas de la Provincia.

Decreto Nº 0274/08 – Reconocimiento al Gobernador, Vicegobernador, Ministros y Secretario de Estado Gastos de Cortesía y Homenaje realizados por ellos.

Decreto 0259/08 y modificatorios Decreto Nº 0512/08 y Nº 0911/08 – Régimen de reconocimiento de gastos para las autoridades superiores del Gobierno Provincial.

Decreto Nº 0267/08 y su modificatorio Decreto Nº 0511/08 – Reconocimiento de gastos para autoridades superiores y personal de gabinete no incluidas en el Decreto Nº 0259/08.

Decreto N° 1745/89 y actas paritarias vigentes – Régimen de Comisiones de Servicios dentro del país.

Decreto Nº 2112/06 – Régimen de misiones oficiales y comisiones de servicio al exterior.

Resolución General Nº 1415/03 - Norma emitida por la Administración Federal de Ingresos Públicos relativas al control de la validez de comprobantes.

Ley Nº 24452, sus modificatorias y actualizaciones y decretos reglamentarios – Ley de Cheque.

TÉCNICOS NO ESPECIFICOS:

Experiencia en manejo de herramientas informáticas y de comunicación: planillas de cálculo – procesadores de texto – internet – correo electrónico – faxes – scanner.

Excelente nivel de redacción y manejo del idioma español.

4-COMPETENCIAS APTITUDINALES Y PERSONALES:

Disponibilidad Horaria.

Trato amable y respetuoso.

5-REQUISITOS:

Poseer estudios secundarios completos (excluyente)

Jurisdicción 06: PODER EJECUTIVO-GOBERNACIÓN.

Sector: DIRECCIÓN PROVINCIAL DE RELACIONES PÚBLICAS Y CEREMONIAL

Cargo a cubrir: Categoría 06 - JEFE DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO-CONTABLE – Agrupamiento Administrativo.

Lugar de prestación de servicios: 3 de Febrero 2649 de la Ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe. (Casa de Gobierno 1er. piso)

Horario de trabajo: según reglamentación vigente.

Prestación horaria: 41 horas semanales.

DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES DEL PUEST

1 -MISIÓN:

Entender en la organización del servicio de apoyatura administrativa contable a la Dirección.

2-FUNCIONES:

Elevar a consideración del Superior toda actuación que a él viene dirigida y todo asunto que en razón de su competencia, deba ser resuelto por aquel.

Elaborar aquella documentación que le sea encomendada por la Superioridad.

Controlar el pronto despacho de las actuaciones tramitadas en la Dirección.

Gestionar la asignación de las partidas necesarias para atender los gastos de funcionamiento de la Dirección.

3-CONOCIMIENTOS:

TÉCNICOS:

Decreto Acuerdo Nº 2695/83 – Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública Provincial.

Ley Nº 8525 – Estatuto del Personal de la Administración Pública Provincial.

Decreto Nº 1919/89 – Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias.

Ley Nº 1757 – Ley de Contabilidad y Leyes Complementarias.

Ley Nº 12510 y sus Decretos reglamentarios – Ley de Administración, Eficiencia y Control del Estado. Parte pertinente contenida en el Título III, Capítulo I, Sección IV, (artículos Nº: 116, 117, 127 y 128) y Título VI, Capítulo I, Sección IV (artículos Nº: 213 y 218)


Decreto Nº 1247/08 – Manual de procedimiento para la gestión de contrataciones directas.

Resoluciones Nº 008/06 y Nº 021/07 del Tribunal de Cuentas de la Provincia.

Decreto Nº 0274/08 – Reconocimiento al Gobernador, Vicegobernador, Ministros y Secretario de Estado Gastos de Cortesía y Homenaje realizados por ellos.

Decreto 0259/08 y modificatorios Decreto Nº 0512/08 y Nº 0911/08 – Régimen de reconocimiento de gastos para las autoridades superiores del Gobierno Provincial.

Decreto Nº 0267/08 y su modificatorio Decreto Nº 0511/08 – Reconocimiento de gastos para autoridades superiores y personal de gabinete no incluidas en el Decreto Nº 0259/08.

Decreto N° 1745/89 y actas paritarias vigentes – Régimen de Comisiones de Servicios dentro del país.

Decreto Nº 2112/06 – Régimen de misiones oficiales y comisiones de servicio al exterior

Decreto Acuerdo Nº 10.204 – “Reglamentación para el trámite de actuaciones administrativas”

Resolución General Nº 1415/03 - Norma emitida por la Administración Federal de Ingresos Públicos relativas al control de la validez de comprobantes.

Ley Nº 24452, sus modificatorias y actualizaciones y decretos reglamentarios – Ley de Cheque.

TÉCNICOS NO ESPECIFICOS:

Experiencia en manejo de herramientas informáticas y de comunicación: planillas de cálculo – procesadores de texto – internet – correo electrónico – faxes – scanner.

Excelente nivel de redacción y manejo del idioma español.

4-COMPETENCIAS APTITUDINALES Y PERSONALES:

Disponibilidad Horaria.

Trato amable y respetuoso.

5-REQUISITOS:

Poseer estudios secundarios completos (excluyente).

Jurisdicción 06: PODER EJECUTIVO-GOBERNACIÓN.

Sector: DIRECCION PROVINCIAL DE RELACIONES PÚBLICAS Y CEREMONIAL

Cargo a cubrir: Categoría 04 - JEFE DIVISIÓN CHOFERES – Agrupamiento Servicios Generales.

Lugar de prestación de servicios: 3 de Febrero 2649 de la Ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe. (Casa de Gobierno 1er. piso)

Horario de trabajo: según reglamentación vigente.

Prestación horaria: 41 horas semanales.

DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES DEL PUESTO:

1 -MISIÓN:

Actualizar la documentación habilitante para conducir los vehículos, supervisar y controlar el funcionamiento de los rodados, como así también coordinar las actividades para un servicio efectivo de las movilidades afectadas a la Dirección Provincial de Relaciones Públicas y Ceremonial.

2 - FUNCIONES:

Entender en la actualización permanente de la documentación habilitante para conducir los vehículos, como así también la documentación de los rodados.

Entender en las actividades conducentes a un efectivo servicio de la movilidad afectada a la Dirección Provincial de Relaciones Públicas y Ceremonial, coordinando las necesidades de la Dirección Provincial con la Jefatura del Garage Oficial de la Provincia para la atención de los vehículos.

Custodiar la documentación relacionada al rodado que le afecte, instrumentando las medidas pertinentes en caso de extravío y/o robo.

Atender todo cuanto la Superioridad le requiera en el cumplimiento de sus funciones.

3-CONOCIMIENTOS:

TÉCNICOS:

Ley Nº 24.449- Ley de tránsito de la República Argentina.

Ley Nº 11.583- Adhesión de la Provincia de Santa Fe, a las disposiciones de la Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449.

Resolución Nº 129/85 de la Secretaría General de la Gobernación.

Nociones básicas de mecánica ligera.

Ideas elementales de primeros auxilios.

TÉCNICOS NO ESPECIFICOS:

Uso de herramientas de informática, Word, Excel, correo electrónico, Internet, mapas virtuales e interactivos de toda la República y países aledaños.

4-COMPETENCIAS APTITUDINALES Y PERSONALES:

Dedicación full-time.

Trato amable y respetuoso.

5-REQUISITOS:

Poseer estudios secundarios completos (excluyente).

Licencia de conductor provincial para profesionales (clase D). Vehículos Servicio de Transporte Provincial de más de 8 pasajeros y Licencia de conductor municipal para profesionales (clase D). Transporte de Pasajeros – Camión/eta, Auto, Casa Rodante mot., c/acoplado h/750 kg (excluyente).


ANEXO II:


COMPOSICION DEL JURADO:

El jurado estará integrado de la siguiente manera:

Presidente: Ministro de Gobierno y Reforma del Estado, Sr. GALASSI, RUBEN DARIO o quien se designe en su lugar.

Titulares :

1) Director Provincial de Innovación de Gestión, Lic. RODRIGUEZ, EDUARDO GASTON.

2) Directora Provincial de Relaciones Públicas y Ceremonial GIAMMARIA, ANDREA.

3) Subdirector Económico Financiero de la Dirección Provincial de Relaciones Públicas y Ceremonial C.P.N. PEÑA, LUIS RAIMUNDO.

4) Coordinador General de Auditoría y Control de Gestión de la Dirección General de Administración del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado, Sr. INGIGNOLI, ANGEL RUBEN .

5) Tres (3) representantes de UPCN titulares: MARIA CRITINA OLMEDO, OMAR MONSERRAT, LEONARDO CARRERAS.

6) Un (1) representante de ATE titular: ARNOLDO TIBALDO, DNI: 14.111.972;

Suplentes:

1) Subsecretaria de Administración, C.P.N. FONTANA, MARCELA BEATRIZ.

2) Director Provincial de la Secretaría Privada del Señor Gobernador Sr. DIMARTINO, FRANCO.

3) Subdirector General Contable e Impositiva de la Dirección General de Administración del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado, C.P.N. SIMEZ, MARCELO ANTONIO.

4) Jefa Departamento Informes Sra. GASSMANN, MARIA C RISTINA, de la misma Dirección.

5) Tres (3) representantes de UPCN suplente: LAURA PAYA, HUGO RODRIGUEZ, NESTOR AUDERO.

6) Un (1) representante de ATE suplente: ANTONIO RODRIGUEZ

LUGAR Y FECHA DE INSCRIPCIÓN

Dirección Provincial de Relaciones Públicas y Ceremonial – sita en la calle 3 de Febrero Nº 2649 – Primer piso - Ciudad de Santa Fe. Desde el 28/10/2013 al 18/11/2013 en el horario de 8 hs. a 12 hs

Para acceder al Formulario de Inscripción podrá ser retirado en el lugar mencionado, en el horario de 8 hs. a 12 hs o bajarlo de la página web oficial.

Esta Jurisdicción tendrá a su cargo la difusión del concurso, y enviará copia del llamado, dentro de las veinticuatro (24) horas de aprobado, a la Subsecretaría de Recursos Humanos y Función Pública y a las entidades sindicales con personería Gremial – con ámbito de actuación provincial – precisados en la Ley Nº 10.052 y modificatorias.

Los llamados a concursos se difundirán del 28/10/2013 al 08/11/2013, y la inscripción permanecerá abierta hasta cinco (5) días posteriores al fin de su difusión. Se realizará por los medios más idóneos que aseguren el conocimiento del mismo por parte de los interesados, debiendo publicarse a su vez, en cartelera instalada en la sede de la Jurisdicción y en la Página Web Oficial de la Provincia.

Los postulantes deberán acompañar al formulario de inscripción (adjunto), una copia impresa de su Currículum Vitae, una fotocopia de las dos primeras hojas de su D.N.I. o documento equivalente, con las constancias del último cambio de domicilio realizado; y de todos los antecedentes relativos a los datos consignados en el referido formulario (ejemplo: certificados de estudios, diplomas, constancias de título en trámite, certificados de trabajo desempeñados y demás comprobantes pertinentes). Las fotocopias requeridas deberán encontrarse debidamente certificadas por la Institución Emisora respectiva, por la Oficina de Certificaciones de los Tribunales Provinciales o por Escribano Público. La documentación deberá presentarse en sobre cerrado que contenga la leyenda: “CONCURSO”, seguido de la identificación del puesto a concursar, apellido, nombre y número de D.N.I. del postulante, todas las hojas deberán estar numeradas y firmadas, indicándose la totalidad de las hojas que componen la presentación (ejemplo: 1 de 10 ó 1/10). No serán considerados los antecedentes respecto de los cuales no se acompañe documentación probatoria.

Los aspirantes, en ocasión de registrar su inscripción, deberán constituir domicilio legal y dirección de correo electrónico a todos los efectos emergentes de la convocatoria, en el que se tendrán válidas todas las notificaciones que se efectúen.

Se emitirá una constancia firmada y sellada por la Dirección Provincial de Relaciones Públicas y Ceremonial en la que se consignará la fecha de recepción, siendo ésta la única documentación admitida a los efectos de acreditar la inscripción.

No se admitirá la invocación de nuevos títulos, antecedentes o trabajos con posterioridad al cierre del plazo de inscripción.

Todos los datos denunciados por los aspirantes tendrán carácter de Declaración Jurada.

Cualquier falsedad incurrida en ellos será causal inmediata de eliminación del Concurso, de lo que será debidamente notificado el postulante alcanzado, con mención de la causal.

No constituirá causal de nulidad del procedimiento la ausencia de alguno de los integrantes del órgano de selección durante el desarrollo de las etapas establecidas, pudiendo ser reemplazado por otro funcionario que se designe oportunamente.

La presentación de la solicitud de inscripción en la convocatoria importa el pleno conocimiento y aceptación de los aspirantes de las bases establecidas en el presente procedimiento, como asimismo la modalidad de designación resultante, el área en que han de prestar servicios y las tareas exigidas.

La falta de documentación debidamente certificada, que acredite la posesión de los requisitos exigidos en la convocatoria para la inscripción, invalidará la presentación al concurso.

ETAPAS DEL LLAMADO A CONCURSO INTERNO:

ETAPA I: Evaluación de Antecedentes:

Fecha: desde 19/11/2013 al 22/11/2013.

La calificación de antecedentes será numérica de 0 a 100 puntos, discriminándolos en la forma que se presenta en el cuadro que continúa; siendo la valoración particular de cada ítem y componente las dispuestas en la Guía de Valoración de Antecedentes para Concursos Internos que forma parte del Anexo I del Decreto Nº 1729/09.


PUNTAJE TOTAL 40

ÍTEM 1. Estudios y Capacitación

COMPONENTES PUNTAJE

1.1 Educación Formal 20

1.2. Capacitación específica

1.2.1. Cursos 20

1.2.2. Jornadas, Seminarios, Congresos

PUNTAJE TOTAL 60

ÍTEM 2. Antecedentes Laborales

2.1. Posición escalafonaria

2.1.1. En el organismo 25

2.1.2. En la Administración Provincial

2.2. Desempeño específico

2.2.1.Actual 20

2.2.2. Últimos 5 años

2.3 Antigüedad en la

Administración Provincial 5

2.4 Otros 5

2.5 Docentes y de investigación 5


ETAPA II: Evaluación Técnica:

Fecha: desde 28/11/2013 al 29/11/2013.

La calificación será numérica de 0 a 100 puntos. Indagará con mayor profundidad el ajuste de los aspirantes a los requerimientos de conocimientos y competencias técnicas del puesto, determinando si el postulante puede aplicar sus conocimientos, habilidades y

formación a situaciones concretas según los requerimientos típicos del puesto. Será elaborada por el Jurado, teniendo como base los requerimientos establecidos en el perfil del puesto.

Las evaluaciones escritas deberán ser anónimas, mediante la utilización de claves convencionales de identificación que permitan identificar a cada uno de los postulantes sólo después de su evaluación. Los aspirantes que se hubieran identificado en los exámenes escritos serán excluidos del proceso de concurso.

Para acceder a la siguiente etapa se deberá obtener un mínimo de 60 puntos.

Articulo 9º: Incorpórase como último párrafo del artículo 103º del Decreto – Acuerdo Nº 2695/1983- modificado por Decreto Nº 1729/2009-, el siguiente:

El Jurado comunicará en forma fehaciente a los postulantes que no hubieran superado esta etapa tal situación, dentro de las 72 hs. de labrada el acta correspondiente donde se registra la puntuación. Dentro de los tres (3) días de practicada dicha notificación, los aspirantes podrán solicitar aclaratoria tendiente a suplir eventuales omisiones, corregir errores materiales o aclarar conceptos.”

ETAPA III: Evaluación Psicotécnica:

Fecha: desde el 12/12/2013 al 13/12/2013.

Exceptúese de esta etapa al cargo Jefe División Chóferes Personal Supervisión- Categoría 04 Agrupamiento Servicios Generales- . Se calificará de 0 a 100 puntos. Estará a cargo de profesionales con amplio conocimiento en la temática, y obtendrá a partir de herramientas psicométricas un conocimiento más profundo sobre las capacidades cognitivas y de relación propias de la personalidad del concursante, en relación a las exigencias del puesto específico que se concursa y al ámbito en que deberá prestar sus servicios. El resultado de estos exámenes tendrán carácter reservado. Cada postulante, cuando así lo solicite, podrá conocer los resultados que le conciernan personalmente.

ETAPA IV: Entrevista Personal:

Fecha: 27/12/2013.

Se calificará de 0 a 100 puntos. Se orienta a conocer a los candidatos y a establecer el grado de ajuste global – experiencia, comportamientos, características de personalidad si así se requiriese y motivación – de los mismos a los requerimientos y condiciones del cargo. El Jurado del Concurso elaborará una Guía de Entrevista, pautando las

características a observar y evaluar en el postulante. Deberá permitir obtener información que complemente la apreciación de los antecedentes académicos, la experiencia laboral y las competencias laborables específicas o generales, exigidas por el cargo al cual se postula, distribuyendo entre esas características los cien (100) puntos previstos para la etapa. Este puntaje deberá ser resuelto al finalizar cada entrevista o, en su defecto, en el mismo día que se efectuara

ORDEN DE MERITOS:

El Jurado tendrá un plazo de diez (10) días hábiles computados a partir de la Entrevista

Personal para elaborar el Orden de Méritos.

En esta fase, se deberá calcular el puntaje bruto ponderado de cada Etapa.

Para ello se multiplicará el puntaje bruto de cada Etapa por la ponderación relativa establecida previamente. Se sumarán los puntajes brutos ponderados y se obtendrá el puntaje global ponderado. Con este puntaje global se realizará el Orden de Mérito.

El Orden de Mérito se confeccionará con los puntajes globales ponderados cuyo valor sea igual o mayor a 60 puntos para los cargos concursados de las categorías 06 e igual o mayor a 50 puntos para el cargo concursado de la categoría 04. En el caso de que ninguno de los concursantes alcance este puntaje, el concurso quedará desierto, debiendo procederse a convocar a concurso abierto.

Cada etapa tendrá el siguiente peso relativo porcentual para la conformación del Orden de Méritos:

Para las categorías 06:

Evaluación de Antecedentes 30 %

Evaluación Técnica 40%

Evaluación de Personalidad 20%

Entrevista Personal 10%

Total 100%


Para la categoría 04:

Evaluación de Antecedentes 30 %

Evaluación Técnica 50%

Entrevista Personal 20%

Total 100%


La participación de los concursantes en todas las etapas previstas es obligatoria, excepto el cargo de Jefe División Chóferes Personal Supervisión- Categoría 04 Agrupamiento Servicios Generales, que no realizará la etapa de examen psicotécnico, pudiendo ser causal de exclusión del concurso la no concurrencia a alguna de ellas. La dependencia en que reviste el agente que se presente a concurso, autorizará y facilitará su participación en todas las etapas del concurso, debiendo el mismo presentar al efecto las constancias pertinentes.

Con respecto a cada una de las etapas del proceso, se informará en la Página Web Oficial www.santafe.gov.ar, el listado de postulantes admitidos en cada una, con determinación del lugar, fecha y hora.

Al finalizar, cada una de ellas, se labrará un acta en la que se listarán los candidatos que pasarán a la etapa siguiente, en vista del puntaje obtenido en las diversas instancias.


Artículo 10º: Modificase el segundo párrafo del artículo 110º del Decreto- Acuerdo Nº 2695/1983- modificado por Decreto Nº 1729/2009-, el que quedará redactado de la siguiente manera:

Los recursos podrán fundarse en la violación por parte del Jurado de lo normado en el presente capítulo, en el apartamiento manifiesto por parte del mismo de las bases y requisitos establecidos en la convocatoria respectiva, o en la omisión de formalidades sustanciales que no puedan ser suplidas con posterioridad, y tornen el procedimiento anulable.”

S/C 10363 Oct. 31 Nov. 4

__________________________________________


RESOLUCION N° 578


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional” 22 de Octubre de 2013.

VISTO:

la gestión iniciada a través del Expediente Nº 00101- 0235041-7 del registro del Sistema de Información de Expedientes, mediante el cual se propicia el llamado a concurso interno para la cobertura de cuatro (4) cargos categoría 06 del Agrupamiento Administrativo y un (1) cargo categoría 04 del Agrupamiento Servicios Generales de la Dirección Provincial de Relaciones Públicas y Ceremonial dependiente del Poder Ejecutivo - Gobernación; y

CONSIDERANDO:

que por Comisión Paritaria Central Acta Acuerdo N° 05 de fecha 30 de Julio de 2.009, homologada por Decreto Nº 1729/09, se reemplazó el Capítulo XIV “Régimen de los Concursos” del Decreto-Acuerdo Nº 2695/83 “Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública Provincial”, derogando además las restricciones impuestas en la materia por el Decreto Nº 3924/87, facultándose así al titular de la Jurisdicción a efectuar llamados a concursos;

que los mencionados cargos correspondientes a los tramos supervisión y superior de la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE RELACIONES PUBLICAS Y CEREMONIAL, se encuentran vacantes y responden a una necesidad manifiesta, donde las funciones son esenciales para el normal funcionamiento de la citada repartición, como así también de la Jurisdicción 06: PODER EJECUTIVO-GOBERNACION;

que a los efectos de la cobertura definitiva de los mismos, corresponde llevar a cabo el llamado a los Concursos Internos, los cuales se efectivizarán bajo el nuevo Régimen de Concursos establecido por el citado Decreto;

que ha tomado intervención la Subsecretaría de Recursos Humanos y la Función Pública del MINISTERIO DE ECONOMIA, no oponiendo reparos para la continuidad del mismo;

POR ELLO:

EL MINISTRO DE GOBIERNO Y REFORMA DEL ESTADO

RESUELVE:

ARTICULO 1º – Rectifíquese el Anexo II de la Resolución Nº 0550/2013, en referencia a las fechas estipuladas de las etapas del concurso. Para el caso de existir inconvenientes con las fechas estipuladas para las evaluaciones de antecedentes, evaluación técnica, evaluación psicotécnica y entrevista personal, el jurado del concurso mediante acta podrá cambiar la misma, con notificación fehaciente a los postulantes.

ARTICULO 2º – Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese

RUBEN D. GALASSI

Ministro de Gobierno

y Reforma del Estado

ANEXO II:

COMPOSICION DEL JURADO:

El jurado estará integrado de la siguiente manera:

Presidente: Ministro de Gobierno y Reforma del Estado, Sr. GALASSI, RUBEN DARIO o quien se designe en su lugar.

Titulares :

1) Director Provincial de Innovación de Gestión, Lic. RODRIGUEZ, EDUARDO GASTON.

2) Directora Provincial de Relaciones Públicas y Ceremonial GIAMMARIA, ANDREA.

3) Subdirector Económico Financiero de la Dirección Provincial de Relaciones Públicas y Ceremonial C.P.N. PEÑA, LUIS RAIMUNDO.

4) Coordinador General de Auditoría y Control de Gestión de la Dirección General de Administración del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado, Sr. INGIGNOLI, ANGEL RUBEN .

5) Tres (3) representantes de UPCN titulares: MARIA CRITINA OLMEDO, OMAR MONSERRAT, LEONARDO CARRERAS.

6) Un (1) representante de ATE titular: ARNOLDO TIBALDO, DNI: 14.111.972;

Suplentes:

1) Subsecretaria de Administración, C.P.N. FONTANA, MARCELA BEATRIZ.

2) Director Provincial de la Secretaría Privada del Señor Gobernador Sr. DIMARTINO, FRANCO.

3) Subdirector General Contable e Impositiva de la Dirección General de Administración del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado, C.P.N. SIMEZ, MARCELO ANTONIO

4) Jefa Departamento Informes Sra. GASSMANN, MARIA C RISTINA, de la misma Dirección

5) Tres (3) representantes de UPCN suplente: LAURA PAYA, HUGO RODRIGUEZ,

NESTOR AUDERO.

6) Un (1) representante de ATE suplente: ANTONIO RODRIGUEZ

LUGAR Y FECHA DE INSCRIPCIÓN

Dirección Provincial de Relaciones Públicas y Ceremonial – sita en la calle 3 de Febrero Nº 2649 – Primer piso - Ciudad de Santa Fe. Desde el 28/10/2013 al 18/11/2013 en el horario de 8 hs. a 12 hs

Para acceder al Formulario de Inscripción podrá ser retirado en el lugar mencionado, en el horario de 8 hs. a 12 hs o bajarlo de la página web oficial.

Esta Jurisdicción tendrá a su cargo la difusión del concurso, y enviará copia del llamado, dentro de las veinticuatro (24) horas de aprobado, a la Subsecretaría de Recursos Humanos y Función Pública y a las entidades sindicales con personería Gremial – con ámbito de actuación provincial – precisados en la Ley Nº 10.052 y modificatorias.

Los llamados a concursos se difundirán del 28/10/2013 al 08/11/2013, y la inscripción permanecerá abierta hasta cinco (5) días posteriores al fin de su difusión. Se realizará por los medios más idóneos que aseguren el conocimiento del mismo por parte de los interesados, debiendo publicarse a su vez, en cartelera instalada en la sede de la Jurisdicción y en la Página Web Oficial de la Provincia.

Los postulantes deberán acompañar al formulario de inscripción (adjunto), una copia impresa de su Currículum Vitae, una fotocopia de las dos primeras hojas de su D.N.I. o documento equivalente, con las constancias del último cambio de domicilio realizado; y de todos los antecedentes relativos a los datos consignados en el referido formulario (ejemplo: certificados de estudios, diplomas, constancias de título en trámite, certificados de trabajo desempeñados y demás comprobantes pertinentes). Las fotocopias requeridas deberán encontrarse debidamente certificadas por la Institución Emisora respectiva, por la Oficina de Certificaciones de los Tribunales Provinciales o por Escribano Público. La documentación deberá presentarse en sobre cerrado que contenga la leyenda: “CONCURSO”, seguido de la identificación del puesto a concursar, apellido, nombre y número de D.N.I. del postulante, todas las hojas deberán estar numeradas y firmadas, indicándose la totalidad de las hojas que componen la presentación (ejemplo: 1 de 10 ó 1/10). No serán considerados los antecedentes respecto de los cuales no se acompañe documentación probatoria.

Los aspirantes, en ocasión de registrar su inscripción, deberán constituir domicilio legal y dirección de correo electrónico a todos los efectos emergentes de la convocatoria, en el que se tendrán válidas todas las notificaciones que se efectúen.

Se emitirá una constancia firmada y sellada por la Dirección Provincial de Relaciones Públicas y Ceremonial en la que se consignará la fecha de recepción, siendo ésta la

única documentación admitida a los efectos de acreditar la inscripción.

No se admitirá la invocación de nuevos títulos, antecedentes o trabajos con posterioridad al cierre del plazo de inscripción.

Todos los datos denunciados por los aspirantes tendrán carácter de Declaración Jurada.

Cualquier falsedad incurrida en ellos será causal inmediata de eliminación del Concurso, de lo que será debidamente notificado el postulante alcanzado, con mención de

la causal.

No constituirá causal de nulidad del procedimiento la ausencia de alguno de los integrantes del órgano de selección durante el desarrollo de las etapas establecidas, pudiendo ser reemplazado por otro funcionario que se designe oportunamente.

La presentación de la solicitud de inscripción en la convocatoria importa el pleno conocimiento y aceptación de los aspirantes de las bases establecidas en el presente procedimiento, como asimismo la modalidad de designación resultante, el área en que han de prestar servicios y las tareas exigidas.

La falta de documentación debidamente certificada, que acredite la posesión de los requisitos exigidos en la convocatoria para la inscripción, invalidará la presentación al concurso.

ETAPAS DEL LLAMADO A CONCURSO INTERNO:

ETAPA I: Evaluación de Antecedentes:

Fecha: desde 19/11/2013 al 22/11/2013.

La calificación de antecedentes será numérica de 0 a 100 puntos, discriminándolos en la forma que se presenta en el cuadro que continúa; siendo la valoración particular de cada ítem y componente las dispuestas en la Guía de Valoración de Antecedentes para Concursos Internos que forma parte del Anexo I del Decreto Nº 1729/09.


PUNTAJE TOTAL 40

ÍTEM 1. Estudios y Capacitación

COMPONENTES PUNTAJE

1.1 Educación Formal 20

1.2. Capacitación específica

1.2.1. Cursos 20

1.2.2. Jornadas, Seminarios, Congresos

PUNTAJE TOTAL 60

ÍTEM 2. Antecedentes Laborales

2.1. Posición escalafonaria

2.1.1. En el organismo 25

2.1.2. En la Administración Provincial

2.2. Desempeño específico

2.2.1.Actual 20

2.2.2. Últimos 5 años

2.3 Antigüedad en la

Administración Provincial 5

2.4 Otros 5

2.5 Docentes y de investigación 5


ETAPA II: Evaluación Técnica:

Fecha: desde 28/11/2013 al 29/11/2013.

La calificación será numérica de 0 a 100 puntos. Indagará con mayor profundidad el ajuste de los aspirantes a los requerimientos de conocimientos y competencias técnicas del puesto, determinando si el postulante puede aplicar sus conocimientos, habilidades y

formación a situaciones concretas según los requerimientos típicos del puesto. Será elaborada por el Jurado, teniendo como base los requerimientos establecidos en el perfil del puesto.

Las evaluaciones escritas deberán ser anónimas, mediante la utilización de claves convencionales de identificación que permitan identificar a cada uno de los postulantes sólo

después de su evaluación. Los aspirantes que se hubieran identificado en los exámenes escritos serán excluidos del proceso de concurso.

Para acceder a la siguiente etapa se deberá obtener un mínimo de 60 puntos.

Articulo 9º: Incorpórase como último párrafo del artículo 103º del Decreto – Acuerdo Nº 2695/1983- modificado por Decreto Nº 1729/2009-, el siguiente:

El Jurado comunicará en forma fehaciente a los postulantes que no hubieran superado esta etapa tal situación, dentro de las 72 hs. de labrada el acta correspondiente donde se registra la puntuación. Dentro de los tres (3) días de practicada dicha notificación, los aspirantes podrán solicitar aclaratoria tendiente a suplir eventuales omisiones, corregir errores materiales o aclarar conceptos.”

ETAPA III: Evaluación Psicotécnica:

Fecha: desde el 12/12/2013 al 13/12/2013.

Exceptúese de esta etapa al cargo Jefe División Chóferes Personal Supervisión- Categoría 04 Agrupamiento Servicios Generales- . Se calificará de 0 a 100 puntos. Estará a cargo de profesionales con amplio conocimiento en la temática, y obtendrá a partir de herramientas psicométricas un conocimiento más profundo sobre las capacidades cognitivas y de relación propias de la personalidad del concursante, en relación a las exigencias del puesto específico que se concursa y al ámbito en que deberá prestar sus servicios. El resultado de estos exámenes tendrán carácter reservado. Cada postulante, cuando así lo solicite, podrá conocer los resultados que le conciernan personalmente.

ETAPA IV: Entrevista Personal:

Fecha: 27/12/2013.

Se calificará de 0 a 100 puntos. Se orienta a conocer a los candidatos y a establecer el grado de ajuste global – experiencia, comportamientos, características de personalidad si así se requiriese y motivación – de los mismos a los requerimientos y condiciones del cargo. El Jurado del Concurso elaborará una Guía de Entrevista, pautando las

características a observar y evaluar en el postulante. Deberá permitir obtener información que complemente la apreciación de los antecedentes académicos, la experiencia laboral y las competencias laborables específicas o generales, exigidas por el cargo al cual se postula, distribuyendo entre esas características los cien (100) puntos previstos para la etapa. Este puntaje deberá ser resuelto al finalizar cada entrevista o, en su defecto, en el mismo día que se efectuara.

ORDEN DE MERITOS:

El Jurado tendrá un plazo de diez (10) días hábiles computados a partir de la Entrevista

Personal para elaborar el Orden de Méritos.

En esta fase, se deberá calcular el puntaje bruto ponderado de cada Etapa.

Para ello se multiplicará el puntaje bruto de cada Etapa por la ponderación relativa establecida previamente. Se sumarán los puntajes brutos ponderados y se obtendrá el puntaje global ponderado. Con este puntaje global se realizará el Orden de Mérito.

El Orden de Mérito se confeccionará con los puntajes globales ponderados cuyo valor sea igual o mayor a 60 puntos para los cargos concursados de las categorías 06 e igual o mayor a 50 puntos para el cargo concursado de la categoría 04. En el caso de que ninguno de los concursantes alcance este puntaje, el concurso quedará desierto, debiendo procederse a convocar a concurso abierto.

Cada etapa tendrá el siguiente peso relativo porcentual para la conformación del Orden de Méritos:

Para las categorías 06:

Evaluación de Antecedentes 30 %

Evaluación Técnica 40%

Evaluación de Personalidad 20%

Entrevista Personal 10%

Total 100%


Para la categoría 04:

Evaluación de Antecedentes 30 %

Evaluación Técnica 50%

Entrevista Personal 20%

Total 100%


La participación de los concursantes en todas las etapas previstas es obligatoria, excepto el cargo de Jefe División Chóferes Personal Supervisión- Categoría 04 Agrupamiento Servicios Generales, que no realizará la etapa de examen psicotécnico, pudiendo ser causal de exclusión del concurso la no concurrencia a alguna de ellas. La dependencia en que reviste el agente que se presente a concurso, autorizará y facilitará su participación en todas las etapas del concurso, debiendo el mismo presentar al efecto las constancias pertinentes.

Con respecto a cada una de las etapas del proceso, se informará en la Página Web Oficial www.santafe.gov.ar, el listado de postulantes admitidos en cada una, con determinación del lugar, fecha y hora.

Al finalizar, cada una de ellas, se labrará un acta en la que se listarán los candidatos que pasarán a la etapa siguiente, en vista del puntaje obtenido en las diversas instancias.

Artículo 10º: Modificase el segundo párrafo del artículo 110º del Decreto- Acuerdo Nº 2695/1983- modificado por Decreto Nº 1729/2009-, el que quedará redactado de la siguiente manera:

Los recursos podrán fundarse en la violación por parte del Jurado de lo normado en el presente capítulo, en el apartamiento manifiesto por parte del mismo de las bases y requisitos establecidos en la convocatoria respectiva, o en la omisión de formalidades sustanciales que no puedan ser suplidas con posterioridad, y tornen el procedimiento anulable.”

S/C 10364 Oct. 31 Nov. 4

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AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL


RESOLUCIÓN Nº 0086


SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional, 23 OCT 2013

VISTO:

las actuaciones iniciadas bajo el Expediente Nº 00201-0155945-4 del Sistema de Información de Expedientes mediante el cual la empresa “TRANS-CONTROL S.R.L.” solicita la inscripción en el Registro de Proveedores de Sistemas Inteligentes de Tránsito;

CONSIDERANDO:

que la Resolución N° 0036/10 de la AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL estableció los requisitos a cumplimentar para la inscripción en el Registro de Proveedores de Sistemas Inteligentes de Tránsito que a tales efectos funcionará en el ámbito de la AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL, por parte de los fabricantes, importadores o representantes proveedores de instrumentos, equipos y/o dispositivos de constatación de infracciones de tránsito, sistemas y/o equipamiento aplicados a la evaluación de conductores, sistemas de revisión y evaluación de vehículos, sistemas inteligentes de control de tránsito y de protección vial, y en general, software, sistemas e instrumentos, que supongan la incorporación de tecnología al sector de seguridad vial, que se encuentren interesados en desarrollar su actividad en el ámbito provincial;

que asimismo, la necesidad de implementar un Sistema Provincial de Revisión Técnica Obligatoria (RTO) de vehículos automotores radicados en la Provincia de Santa Fe, que regule la instalación y funcionamiento de los Centros de Revisión Técnica en todo el territorio, así como la gestión y control integral de los procesos involucrados en el sistema, justificó el dictado del Decreto Provincial Nº 0869/09 modificado por el Decreto Provincial Nº 0409/13, que creó el Sistema de Revisión Técnica Vehicular Obligatoria de jurisdicción provincial, para todos los vehículos automotores, motovehículos, acoplados y semirremolques destinados a circular por la vía pública, de uso particular, comercial y oficial, y de transportes de pasajeros y de cargas, y de conformidad con las previsiones establecidas por Ley nacional Nº 24.449 y su Decreto Reglamentario Nº 779/95 y demás previsiones de la normativa provincial; Ley Nº 13.133 y Decreto Reglamentario Nº 2311/99, con excepción de los vehículos que presten servicio de transporte de naturaleza interjurisdiccional;

que el artículo 5 del Decreto provincial Nº 0869/09, establece que "la Agencia Provincial de Seguridad Vial, será la encargada de otorgar las habilitaciones para el funcionamiento de los Centros de Revisión Técnica Vehicular Obligatoria, sin perjuicio de los demás permisos que resultaren exigibles en cumplimiento de la normativa municipal, provincial o nacional correspondiente...";

que en cumplimiento de ello, la Empresa TRANS-CONTROL S.R.L., debe estar inscripta en el registro previsto por la Resolución Nº 0036/10 de la Agencia Provincial de Seguridad Vial, para poder brindar el servicio que ofrece;

que la Coordinación Técnica Jurídica del organismo, en concordancia con lo expresado por la Dirección Provincial de Gestión de Sistemas Técnicos y Administrativos, ha dictaminado a favor de la inscripción de la Empresa “TRANS-CONTROL S.R.L.”;

que en virtud de las facultades conferidas por la Ley de Tránsito Provincial N° 13.133;

POR ELLO:

El SUBSECRETARIO DE LA

AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°: Inscribir a la empresa “TRANS-CONTROL S.R.L.” con domicilio legal constituido en calle Juan de Garay Nº 4450, Ruta Nacional Nº 11, Km. 479,30, de la Localidad de Recreo, Provincia de Santa Fe, en el Registro de Proveedores de Sistemas Inteligentes de Tránsito creado por Resolución Nº 0036/10 de la AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL.

ARTÍCULO 2º: La Empresa “TRANS-CONTROL S.R.L.” prestará el servicio de Revisión Técnica Vehicular Obligatoria, en el marco de las disposiciones establecidas por la Ley Provincial Nº 13133 y el Decreto Provincial Nº 0869/09 y su modificatorio Decreto Provincial Nº 0409/13.

ARTICULO 3º: Toda modificación que se produjera en los requerimientos que dieran origen a la presente resolución de inscripción, deberán comunicarse en el término de cinco (5) días hábiles de producidos los mismos, bajo apercibimiento de caducidad de la inscripción realizada, conforme el artículo 7º de la Resolución Nº 0036/10 de la Agencia Provincial de Seguridad Vial.

ARTÍCULO 4º: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

MARIANO CUVERTINO

Susecretario

Agencia Provincial de Seguridad Vial

S/C. 10347 Oct. 31 Nov. 1

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MINISTERIO DE LA PRODUCCION


Notificaciones


Por el presente se hace saber al Sr. Alberto Ramón ROLDÁN, que en los autos caratulados: “Secretaría del Sistema Hídrico Forestal y Minero E/Acta de infracción Serie “A-I” N° 003641, Infractor ROLDÁN, Alberto, Ley 12212.-”, se ha dictado la Resolución Nº 778 de fecha 24 de junio de 2013, la cual en su parte pertinente establece: Visto el Expediente Nº 00701-0074427-2 del Sistema de Información de Expedientes, y CONSIDERANDO:...... Por ello “...EL MINISTRO DE LA PRODUCCIÓN RESUELVE: ARTICULO 1º.- Sancionar al señor Alberto Ramón ROLDÁN, D.N.I. Nº 27.891.225, con domicilio en calle Chaco N° 1011 de la Localidad de Rafaela, Departamento Castellanos, Provincia de Santa Fe, con una multa de un valor correspondiente a 6.000 M.T. (SEIS MIL MÓDULOS TRIBUTARIOS), equivalentes a la fecha, a la suma de $ 600 (PESOS SEISCIENTOS), y proceder al comiso definitivo de 1 red, por infracción a los artículos 19, 24 y 44 de la Ley Nº 12212, sin licencia habilitante para la pesca comercial y tenencia de artes de pesca prohibidos.- ARTICULO 2º.- La suma a que refiere el artículo 1° deberá depositarse a la orden del Ministerio de la Producción en la cuenta N° 9681/00 del Nuevo Banco de Santa Fe S.A., dentro de los quince (15) días contados a partir de la notificación fehaciente de la presente. Realizado el pago, deberá acreditarlo ante la oficina de Caza y Pesca, sita en Bv. Pellegrini 3100 de la ciudad de Santa Fe. Dicho acto será el comprobante válido para la finalización de las actuaciones administrativas.- ARTÍCULO 3º.- Establecer que en caso de no hacerse efectivo el pago de la multa dispuesta en el artículo 1º, se requerirá la intervención de Fiscalía de Estado, a los efectos de proceder a su cobro por vía judicial.- ARTÍCULO 4º.- Dejar constancia en el Registro de Infractores correspondiente la infracción que se sanciona, en orden a lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley Nº 12212, modificado por el artículo 1 de la Ley Nº 12482.- ARTÍCULO 5º.- Regístrese, comuníquese y archívese.- Firmado: C.P.N. Carlos Alcides FASCENDINI - Ministro de la Producción.-" Además se hace saber que, conforme lo dispuesto por Ley Nº 12071, le asiste el derecho a interponer recurso en los términos del artículo 42º y siguientes del Decreto Nº 10204/58, dentro del plazo de diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente.

S/C 10351 Oct. 31 Nov. 1

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Por el presente se hace saber a la Sra. Carolina LOBATO, que en los autos caratulados: “Secretaría del Sistema Hídrico Forestal y Minero E/Acta de infracción Ley Nº 12722 N° 004209 Lobato Carolina.-”, se ha dictado la Resolución Nº 1004 de fecha 16 de julio de 2013, la cual en su parte pertinente establece: Visto el Expediente Nº 00701-0079821-7 del Sistema de Información de Expedientes, y CONSIDERANDO:...... Por ello “...EL MINISTRO DE LA PRODUCCIÓN RESUELVE: ARTICULO 1º.- Sancionar a la señora Carolina LOBATO, D.N.I. Nº 30.985.985, con domicilio en calle Av. Carrasco Nº 3005 de la Localidad de Rosario, Departamento Rosario, Provincia de Santa Fe, con una multa de un valor correspondiente a 5.000 M.T. (CINCO MIL MÓDULOS TRIBUTARIOS), equivalentes a la fecha, a la suma de $ 500 (PESOS QUINIENTOS), y proceder al comiso definitivo de 2 dorados, por infracción al artículo 2 de la Ley Nº 12722, venta de especie de pescado de prohibición permanente (dorado).- ARTICULO 2º.- El pago de la multa deberá hacerse efectivo dentro de los quince (15) días a partir de recibida la notificación fehaciente, mediante depósito Bancario en la cuenta Nº 9681/00 del Nuevo Banco de Santa Fe S.A., a nombre del Ministerio de la Producción. Realizado el pago, deberá acreditarlo ante la oficina de Caza y Pesca, sita en Boulevard. Pellegrini 3100 de la ciudad de Santa Fe, y dicho acto será el comprobante válido para la finalización del acto administrativo.- ARTÍCULO 3º.- Establecer que en caso de no hacerse efectivo el pago de la multa dispuesta en el artículo 1º, se requerirá la intervención de Fiscalía de Estado, a los efectos de proceder a su cobro por vía judicial.- ARTÍCULO 4º.- Dejar constancia en el Registro de Infractores correspondiente la infracción que se sanciona, en orden a lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley Nº 12212, modificado por el artículo 1 de la Ley Nº 12482 y artículo 64º del Decreto Nº 2410/04.- ARTÍCULO 5º.- Regístrese, comuníquese y archívese.- Firmado: C.P.N. Carlos Alcides FASCENDINI - Ministro de la Producción.-" Además se hace saber que, conforme lo dispuesto por Ley Nº 12071, le asiste el derecho a interponer recurso en los términos del artículo 42º y siguientes del Decreto Nº 10204/58, dentro del plazo de diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente.

S/C. 10354 Oct. 31 Nov. 1

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Por el presente se hace saber a la Sra. Gladys Sabina MENA, que en los autos caratulados: “Mena, Gladys Sabina – Acta de Infracción N° 001912 Realizada a Mena, Gladys Sabina. Infractora a la Ley N° 4830.-”, se ha dictado la Resolución Nº 1130 de fecha 31 de julio de 2013, la cual en su parte pertinente establece: Visto el Expediente Nº 02101-0001643-4 del Sistema de Información de Expedientes, y CONSIDERANDO:...... Por ello “...EL MINISTRO DE LA PRODUCCIÓN RESUEL VE: ARTÍCULO 1º.- Sancionar a la señora Gladys Sabina MENA, L.C. Nº 4.416.956, con domicilio en calle Colonia Pujol s/n de la localidad de Esperanza, Departamento Las Colonias, Provincia de Santa Fe, con multa de PESOS SEISCIENTOS ($ 600), y proceder al comiso definitivo de 20 pájaros, por infracción al artículo 9 de la Ley Nº 4830, por comercializar pájaros no declarados plaga.- ARTÍCULO 2º.- El pago de la multa deberá hacerse efectivo dentro de los 15 (quince) días a partir de recibida la notificación fehaciente, mediante depósito Bancario en la cuenta Nº 9681/00 del Nuevo Banco de Santa Fe S.A., a nombre del Ministerio de la Producción. Realizado el pago deberá acreditarlo en la oficina de Caza y Pesca, sita en Boulevard Pellegrini 3100 de la ciudad de Santa Fe. Dicho acto será el comprobante válido para la finalización de las actuaciones administrativas.- ARTÍCULO 3º.- Establecer que en caso de no hacerse efectivo el pago de la multa dispuesta en el artículo 1º, se requerirá la intervención de Fiscalía de Estado, a los efectos de proceder a su cobro por vía judicial.- ARTÍCULO 4º.- Dejar constancia en el Registro de Infractores correspondiente la infracción que se sanciona, en orden a lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley Nº 4830.- ARTÍCULO 5º.- Regístrese, comuníquese y archívese.- Firmado: C.P.N Carlos Alcides FASCENDINI – Ministro de la Producción.-" Además se hace saber que, conforme lo dispuesto por Ley Nº 12071, le asiste el derecho a interponer recurso en los términos del artículo 42º y siguientes del Decreto Nº 10204/58, dentro del plazo de diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente.

S/C. 10355 Oct. 31 Nov. 1

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Por el presente se hace saber al Sr. Ramón RAMIREZ, que en los autos caratulados: “Ramirez, Ramón– Acta de Comprobación de Infracción 2179 a la Ley Provincial Nº 12212.-”, se ha dictado la Resolución Nº 781 de fecha 24 de junio de 2013, la cual en su parte pertinente establece: Visto el Expediente Nº 02101-0008796-0 del Sistema de Información de Expedientes, y CONSIDERANDO:...... Por ello “...EL MINISTRO DE LA PRODUCCIÓN R E S U E L V E: ARTÍCULO 1º.- Sancionar al señor Ramón RAMIREZ, con domicilio en Calle Patricio Diez y la cortada de la localidad de Reconquista, Departamento General Obligado, Provincia de Santa Fe, con multa de un valor correspondiente a 5.000 M.T. (CINCO MIL MÓDULOS TRIBUTARIOS), equivalentes a la fecha a la suma de $ 500 (PESOS QUINIENTOS), y proceder al comiso definitivo de 2 redes y 5 sábalos, por infracción a los artículos 10, 19, 24 y 44 de la Ley Nº 12212, tenencia de especies de pescado fuera de medida reglamentaria, sin licencia habilitante para la pesca comercial y artes prohibidas para la pesca.- ARTÍCULO 2º.- El pago de la multa deberá hacerse efectivo dentro de los 15 (quince) días a partir de recibida la notificación fehaciente, mediante depósito Bancario en la cuenta Nº 9681/00 del Nuevo Banco de Santa Fe S.A., a nombre del Ministerio de la Producción. Realizado el pago deberá acreditarlo en la oficina de Caza y Pesca, sita en Bv. Pellegrini 3100 de la ciudad de Santa Fe. Dicho acto será el comprobante válido para la finalización de las actuaciones administrativas.- ARTÍCULO 3º.- Establecer que en caso de no hacerse efectivo el pago de la multa dispuesta en el artículo 1º, se requerirá la intervención de Fiscalía de Estado, a los efectos de proceder a su cobro por vía judicial.- ARTÍCULO 4º.- Dejar constancia en el Registro de Infractores correspondiente la infracción que se sanciona, en orden a lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley Nº 12212 modificado por el artículo 1 de la Ley Nº 12482 y artículo 64º del Decreto Nº 2410/04.- ARTÍCULO 5º.- Regístrese, comuníquese y archívese.- Firmado: C.P.N Carlos Alcides FASCENDINI – Ministro de la Producción.-" Además se hace saber que, conforme lo dispuesto por Ley Nº 12071, le asiste el derecho a interponer recurso en los términos del artículo 42º y siguientes del Decreto Nº 10204/58, dentro del plazo de diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente.

S/C. 10356 Oct. 31 Nov. 1

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Por el presente se hace saber al Sr. Walter BARBERI, que en los autos caratulados: “Barberi, Walter – Acta de Comprobación de Infracción Ley 12212 de fecha 14/04/06 N° 00755.-”, se ha dictado la Resolución Nº 780 de fecha 24 de junio de 2013, la cual en su parte pertinente establece: Visto el Expediente Nº 02101-0002546-5 del Sistema de Información de Expedientes, y CONSIDERANDO:...... Por ello “...EL MINISTRO DE LA PRODUCCIÓN RESUELVE: ARTÍCULO 1º.- Sancionar al señor Walter BARBERI, D.N.I. Nº 24.722.895, con domicilio en Zona Rural de la localidad de Ángel Gallardo, Departamento La Capital, Provincia de Santa Fe, con multa de un valor correspondiente a 4.000 M.T. (CUATRO MIL MÓDULOS TRIBUTARIOS), equivalentes a la fecha a la suma de $ 400 (PESOS CUATROCIENTOS), y proceder al comiso definitivo de 3 redes, por infracción a los artículos 19 y 44 de la Ley Nº 12212, tenencia de artes de pesca prohibidos.- ARTÍCULO 2º.- El pago de la multa deberá hacerse efectivo dentro de los 15 (quince) días a partir de recibida la notificación fehaciente, mediante depósito Bancario en la cuenta Nº 9681/00 del Nuevo Banco de Santa Fe S.A., a nombre del Ministerio de la Producción. Realizado el pago deberá acreditarlo en la oficina de Caza y Pesca, sita en Bv. Pellegrini 3100 de la ciudad de Santa Fe. Dicho acto será el comprobante válido para la finalización de las actuaciones administrativas.- ARTÍCULO 3º.- Establecer que en caso de no hacerse efectivo el pago de la multa dispuesta en el artículo 1º, se requerirá la intervención de Fiscalía de Estado, a los efectos de proceder a su cobro por vía judicial.- ARTÍCULO 4º.- Dejar constancia en el Registro de Infractores correspondiente la infracción que se sanciona, en orden a lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley Nº 12212 modificado por el artículo 1 de la Ley Nº 12482 y artículo 64º del Decreto Nº 2410/04.- ARTÍCULO 5º.- Regístrese, comuníquese y archívese.- Firmado: C.P.N Carlos Alcides FASCENDINI – Ministro de la Producción.-" Además se hace saber que, conforme lo dispuesto por Ley Nº 12071, le asiste el derecho a interponer recurso en los términos del artículo 42º y siguientes del Decreto Nº 10204/58, dentro del plazo de diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente.

S/C. 10357 Oct. 31 Nov. 1

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