picture_as_pdf 2012-08-31

ADMINISTRACION PROVINCIAL

DE IMPUESTOS


RESOLUCION GENERAL N° 010/12


SANTA FE “Cuna de la Constitución Nacional”, 28 de agosto de 2012.


V I S T O :

El Expediente Nº 13301-0221487-2 del registro del Sistema de Información de Expedientes, mediante el cual se tramita la implementación de un servicio web que permita a las Municipalidades y/o Comunas consultar las deudas en concepto del Impuesto Patente Única sobre Vehículos en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones; y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 12306 y modificatorias establece que la administración del Impuesto Patente Única sobre Vehículos estará íntegramente a cargo de las Municipalidades y Comunas, facultando a las mismas a establecer distintas pautas para la gestión del tributo. Asimismo, la Ley 12305 las faculta para promover por su cuenta y cargo, acciones administrativas y de ejecución judicial para el cobro de la deuda;

Que dentro de los sesenta (60) días de haber finalizado cada ejercicio fiscal, esta Administración Provincial de Impuestos, conforme a lo dispuesto por el artículo 3º de la Ley 11105 y modificatorias comunica y pone a disposición de las Municipalidades y Comunas el padrón de contribuyentes con deuda al 31 de diciembre del año anterior;

Que por Resolución General Nº 28/07 –API – se aprobó la aplicación web “Servicios a Municipalidades y Comunas” mediante la cual pueden acceder a datos y material de su interés para la gestión del Impuesto Patente Única sobre Vehículos, entre los cuales se destaca lo dispuesto en el artículo 5º inc. b) donde se establece que el archivo de deuda al 31 de diciembre del año anterior se actualizará al mes de setiembre de cada año;

Que los adelantos tecnológicos han contribuido a la modernización de los distintos métodos y sistemas utilizados por las administraciones tributarias, por lo cual, en ese sentido, resulta oportuno implementar una nueva aplicación informática a través de la página web del Organismo, que permita a las Municipalidades y Comunas la consulta de la deuda mediante parámetros de búsqueda por tipo de vehículo, importe de deuda y modelo/año en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones; ello permitirá a su vez obtener el detalle de la deuda por contribuyente (hasta 15000 registros por consulta), discriminada en impuesto e intereses y exportarlo a hojas de cálculo, lo cual agilizará y facilitará la administración del tributo;

Que para lograr dicho objetivo, este Organismo ha desarrollado un sistema informático denominado "PATENTE ÚNICA SOBRE VEHÍCULOS - INFORME DE DEUDA";

Que el sistema informático mencionado estará disponible en la página web de la Administración Provincial de Impuestos, el acceso al mismo se realizará mediante la clave fiscal otorgada por la Administración Federal de Ingresos Públicos – AFIP – lo que permitirá la identificación y autenticación de cada Municipalidad y/o Comuna, dando seguridad al mismo;

Que además, para acceder al sistema cada Municipalidad o Comuna deberá habilitar en la página de la Administración Federal de Ingresos Públicos – AFIP- el servicio “API – Santa Fe – PATENTE - INFORME DE DEUDA";

Que, el desarrollo del sistema estuvo a cargo de la Sectorial de Informática, dependiente de la Dirección General de Coordinación General del organismo, habiendo tomado conocimiento la Subdirección de Seguridad de Información;

Que esta modalidad cuenta con un entorno para operar con la seguridad que corresponde a la información a la cual accederán los responsables de las Municipalidades y Comunas, cumpliendo a su vez con el encuadramiento de secreto fiscal previsto en el Art. 99 del Código Fiscal;

Que ha tomado la intervención que le compete la Dirección General Técnica y Jurídica de este organismo mediante Informe Nº 486/12 de fs. 33, no encontrando observaciones de índole técnica que formular;

POR ELLO:

EL ADMINISTRADOR PROVINCIAL

DE IMPUESTOS

R E S U E L V E:

ARTICULO 1º - Apruébese la aplicación informática denominada "Patente Única

sobre Vehículos – Informe de Deuda " que permitirá a las Municipalidades y Comunas consultar y obtener el detalle de deuda correspondiente a contribuyentes del citado tributo en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones.

ARTICULO 2º - A través del sistema aprobado en el Artículo 1º se pondrá a dispo-

sición la información correspondiente a la deuda del Impuesto Patente Única sobre Vehículos existente en la base de datos de la Administración Provincial de Impuestos correspondiente a los últimos cinco años fiscales anteriores al corriente, adicionándose en cada una de las actualizaciones del archivo de deuda, la del año corriente en la medida que se produzca su devengamiento y exigibilidad. El archivo de deuda compuesto por impuesto e intereses resarcitorios será generado en forma bimestral por este Organismo indicándose en el mismo la fecha a la cual se calcularon los mencionados intereses.

ARTICULO 3º - Dicho servicio se encontrará disponible en la página Web de la Provincia de Santa Fe www.santafe.gov.ar/api - Patente Única sobre Vehículos

Servicios de API para Municipios y Comunas – Servicios con Clave Fiscal - "Patente Única sobre Vehículos - Informe de Deuda".

ARTICULO 4º - El Administrador de Relaciones de Clave Fiscal designado por la

Municipalidad o Comuna como sujeto responsable ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) para actuar en nombre y por cuenta de éstas, deberá ingresar y habilitar el servicio. Para acceder a la aplicación informática, los sujetos autorizados, deberán utilizar para ser identificados su Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) y Clave Fiscal otorgada por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), la cual será autenticada por dicho organismo en cada oportunidad que ingresen a la misma, todo conforme al Anexo I que forma parte de la presente resolución.

ARTICULO 5º - La presente Resolución tendrá vigencia desde el 3 de septiembre

de 2012.-

ARTICULO 6º - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial, comuníquese a través de la Dirección General de Coordinación a las Municipalidades y Comunas y por la Subdirección de Secretaría General a la Secretaría de Regiones, Municipios y Comunas. Oportunamente archívese.

C.P.N. JOSE DANIEL RAFFIN Administrador Provincial de Impuestos.


ANEXO I


Para acceder al servicio en la página web de la Provincia el Administrador de Relaciones de la Municipalidad o Comuna deberá:

Ingresar en la página de AFIP www.afip.gov.ar y seguir la siguiente secuencia:

Ingresar la CUIT y Clave Fiscal

Ingresar en Administrador de Relaciones de Clave Fiscal

Seleccionar “Nueva Relación”Buscar Administración Provincial de Impuestos – Servicios Interactivos - “API – Santa Fe – Patente – Informe de Deuda” Descripción: Informe de Deuda para Municipios y Comunas.Confirmar e incorporar la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del sujeto autorizado para trabajar con este servicio.

Confirma y obtiene un formulario con habilitación del servicio.

El sujeto designado deberá ingresar con su Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) y Clave Fiscal en la página de la Administración Federal de Ingresos Públicos – AFIP- en el servicio Aceptación de Designación para que acepte la delegación efectuada.

Hecho esto, podrá luego acceder en la página www.santafe.gov.ar/api y seleccionar la aplicación dentro de los Servicios suministrados por API a Municipios y Comunas.

La Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) y la Clave Fiscal de acceso corresponderán al sujeto responsable designado por las Municipalidades y Comunas como administrador de relaciones de clave fiscal quien actuará en nombre y por cuenta de éstas. Dichas CUIT y Clave Fiscal estarán vinculadas con la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del Municipio o Comuna que representa. El trámite de designación como administrador de relaciones se debe realizar en la dependencia de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

Los que no posean Clave Fiscal deberán gestionarla en la Administración Federal de Ingresos Públicos -AFIP- aplicando los procedimientos establecidos por ese Organismo a través de la Resolución General Nº 1345/02 (AFIP) y modificatorias y la Resolución General Nº 2239/07.

S/C. 9132 Ag. 31

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