picture_as_pdf 2009-08-31

SECRETARIA DE TECNOLOGIA PARA

LA GESTION


RESOLUCION Nº 0062


Santa Fe, 25 de Agosto de 2009.

VISTO:

El Expediente N° 15120-0056952-2 del registro del Sistema de Información de Expedientes, mediante el cual la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia gestiona autorización para utilizar software propietario; y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Provincial N° 12.360, referida al uso de software libre, expresa en su Título IV - Excepciones -, Artículo 4° “La autoridad de aplicación será el encargado de establecer los casos en que podrá utilizarse software propietario...” atribución que fuera encomendada al Ministerio de Hacienda y Finanzas en el Título III - Autoridad de Aplicación - Artículo 3°;

Que la ley Nº 12.817, en su artículo 17°, incisos 30 y 31, asigna al Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado las competencias específicas de entender en la definición y gestión de los estándares tecnológicos, procesos y procedimiento aplicables a la mejora de la gestión y a la incorporación de las Nuevas tecnologías de la Información y de las Comunicaciones (TICS) y de entender en la formulación y desarrollo de políticas informáticas;

Que a los fines del desarrollo de las competencias que se le asignan al Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado se aprobó su organigrama funcional por Decreto N° 0038/07, creándose diversos órganos intraministeriales y entre ellos, la Secretaría de Tecnologías para la Gestión bajo la dependencia directa e inmediata de su titular;

Que el Decreto N° 0205/07 en su Artículo 1° transfiere a la órbita de la Secretaría de Tecnologías para la Gestión del Ministerio de Gobierno y Reforma del estado a la Dirección General de Informática dependiente del ex Ministerio de Hacienda y Finanzas;

Que la autorización solicitada por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia, esta relacionada a la adquisición de veintidós (22) computadoras personales con licencia de Sistema Operativo MS-Windows última versión en español, que se gestiona mediante este mismo expediente.

Que las computadoras personales estarán destinadas entre otras actividades, también a tareas directamente relacionadas al Sistema Presupuestario de Administración Financiera (SIPAF), en virtud de que este así lo requiere;

Que las aplicaciones ya existen, y al momento de la promulgación de la Ley 12360 ya se encontraban en uso desde hace años, realizadas en lenguaje de programación propietario (Power Buider) que requiere sistema operativo MS-Windows para su ejecución;

Que a los efectos de cumplimentar lo normado por la Ley 12360 y el Artículo 6° del Decreto 1820/2005, la Sectorial de Informática presentó en su inventario de sistemas el software que se utilizó oportunamente para desarrollar las aplicaciones y el Sistema Operativo requerido;

Que el Decreto 1820/2005 establece en el Art. 4° inciso -b- “En aquellas situaciones que se trate de sistemas heredados, cuya migración a un software que se ajuste a la presente Ley, requiera un esfuerzo desmedido....”, que es el caso en el que se encuentran estas aplicaciones;

Que conforme lo expuesto, se considera procedente autorizar a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia, en carácter de excepción, a adquirir y usar el software propietario peticionado;

POR ELLO:

EL SECRETARIO DE TECNOLOGIAS PARA LA GESTION

RESUELVE:

1º Autorizar a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia, a utilizar software propietario de conformidad al siguiente detalle:

- MS WINDOWS última versión en español, veintidós (22) Licencias.

2° Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

Ing. JAVIER ECHANIZ

Secretario de Tecnologías

Para la Gestión

S/C 3577 Ag. 31

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RESOLUCION N° 0063.


Santa Fe, 25 de Agosto de 2009.

VISTO:

El Expediente N° 16201-0540437-V del registro del Sistema de Información de Expedientes, mediante el cual la Gerencia de Desarrollo Tecnológico de la Empresa Provincial de la Energía gestiona autorización para utilizar software propietario; y -

CONSIDERANDO:

Que la Ley Provincial N° 12.360, referida al uso de software libre, expresa en su Título IV - Excepciones, Artículo 4° “La Autoridad de Aplicación será el encargado de establecer los casos en que podrá utilizarse software propietario...”, atribuciones que fuera encomendada al Ministerio de Hacienda y Finanzas en el Título III Autoridad de Aplicación - Artículo 3º;

Que la ley Nº 12.817, en su artículo 17°, incisos 30 y 31, asigna al Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado las competencias especificas de entender en la definición y gestión de los estándares tecnológicos, procesos y procedimiento aplicables a la mejora de la gestión y a la incorporación de las Nuevas Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones (TICS) y de entender en la formulación y desarrollo de políticas informáticas;

Que a los fines del desarrollo de las competencias que se le asignan al Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado se aprobó su organigrama funcional por Decreto N° 0038/07, creándose diversos órganos intraministeriales y entre ellos, la Secretaría de Tecnologías para la Gestión bajo la dependencia directa e inmediata de su titular;

Que el Decreto N° 0205/07, en su Artículo 1º transfiere a la órbita de la Secretaría de Tecnologías para la Gestión del Ministerio de Gobierno y Reforma del estado a la Dirección General de Informática dependiente del ex Ministerio de Hacienda y Finanzas;

Que la autorización solicitada por la Gerencia de Desarrollo Tecnológico de la Empresa Provincial de la Energía está relacionada a la adquisición de sesenta (60) licencias de software MS Windows última versión y sesenta (60) licencias de software MS Office Basic 2007 en español;

Que, la Gerencia de Desarrollo Tecnológico basa su requerimiento en cuestiones de costos de entrenamiento del personal, costos de compatibilidad y en la homogeneidad de productos;

Que el Decreto 1820/2005 que reglamenta a la Ley 12.360, establece en el Art. 4° inciso -f- “Razones de fuerza mayor debidamente justificadas”, que es el caso en el que se encuentra este pedido de excepción;

Que conforme lo expuesto, se considera procedente autorizar a la Empresa Provincial de la Energía, en carácter de excepción, a instalar y utilizar el software propietario peticionado;

POR ELLO:

EL SECRETARIO DE TECNOLOGIAS PARA LA GESTION

RESUELVE:

1º Autorizar a la Empresa Provincial de la Energía la instalación y uso del software propietario, gestionado a través del expediente 16201-0540437-V, de conformidad al siguiente detalle:

MS office Basic 2007 última versión, sesenta (60) licencias.

MS Windows última versión, sesenta (60) licencias.

2° Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

Ing. JAVIER ECHANIZ

Secretario de Tecnologías

Para la Gestión

S/C 3578 Ag. 31

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RESOLUCION Nº 0064


Santa Fe, 25 de Agosto de 2009

VISTO:

Por el Expediente N° 01801-0016394-1 del registro del Sistema de Información de Expedientes, la Sectorial de Informática del Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente gestiona autorización para utilizar software propietario por parte de la Secretaría de Aguas y de la Secretaría de Servicios Públicos de ese Ministerio; y

ONSIDERANDO:

Que la Ley Provincial N° 12.360, referida al uso de software libre, expresa en su Título IV - Excepciones, Artículo 4° “La Autoridad de aplicación será el encargado de establecer los casos en que podrá utilizarse software propietario...”, atribución que fuera encomendada al Ministerio de Hacienda y Finanzas en el Titulo III - Autoridad de Aplicación - Artículo 3°;

Que el Decreto N° 1820/05 en su Articulo 4° “Excepciones”, detalla los casos en los cuales el software puede exceptuarse;

Que la ley N° 12.817, en su artículo 17°, incisos 30 y 31, asigna al Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado las competencias especificas de entender en la definición y gestión de los estándares tecnológicos, procesos y procedimiento aplicables a la mejora de la gestión y a la incorporación de las Nuevas tecnologías de la Información y de las Comunicaciones (TICS) y de entender en la formulación y desarrollo de políticas informáticas;

Que a los fines del desarrollo de las competencias que se le asignan al Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado se aprobó su organigrama funcional por Decreto N° 0038/07, creándose diversos órganos intraministeriales y entre ellos, la Secretaría de Tecnologías para la Gestión bajo la dependencia directa e inmediata de su titular;

Que el Decreto N° 0205/07, en su Artículo 1° transfiere a la órbita de la Secretaría de Tecnologías para la Gestión del Ministerio de Gobierno y Reforma del estado a la Dirección General de Informática dependiente del ex Ministerio de Hacienda y Finanzas;

Que la autorización solicitada para la Secretaría de Aguas y la Secretaría de Servicios Públicos es para el uso de dos (2) licencias del sistema operativo WINDOWS y dos (2) licencias de Microsoft Office para ser utilizadas en dos computadoras portátiles realizándose la gestión de compra por Expediente N° 01801-0016282-7;

Que las computadoras portátiles (notebooks) en sus últimos modelos, se debe considerar que no existe certificación de los fabricantes de correcto funcionamiento bajo ambientes (Sistema Operativo) de software libres;

Que esto es contemplado por el Decreto 1820/2005, Articulo 4°, a) “....O aún cuando se haya podido encontrar un software en los términos del Artículo 1° de la Ley, no sea posible adquirir el necesario soporte y/o respaldo Técnico por parte del fabricante o de un tercero equivalente,...”;

Que respecto al software ofimático MS Office, los principales fundamentos incluyen el hecho que serán destinadas al cumplimiento de las actividades y tareas de los funcionarios de estas Secretarías posibilitando el acceso a Internet y a Correo Electrónico, facilitando el actuar de los funcionarios de esas áreas en los viajes que realizan a distintas localidades en cumplimiento de su gestión portando información específica de sus áreas utilizando en muchos casos planillas Excel para el relevamiento de información, a lo que podemos agregar la familiaridad en el uso de esta herramienta, la extensa curva de aprendizaje y la no disponibilidad de tiempo para actividades coyunturales de capacitación;

Que el Decreto N° 1820/2005 que reglamenta a la Ley N° 12360, establece en el Art. 4º inciso “f” Razones de fuerza mayor debidamente justificadas”, que es el caso en que se encuentra el pedido de excepción para la mencionado anteriormente;

Que conforme a lo expuesto, se considera procedente autorizar a la Secretaría de Aguas y a la Secretaría de Servicios Públicos del Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente en carácter de excepción, el uso del software propietario peticionado.

POR ELLO:

EL SECRETARIO DE TECNOLOGIAS PARA LA GESTION

RESUELVE:

1° Autorizar la gestión para que puedan utilizar software propietario de conformidad al siguiente detalle adquirido por Expediente N° 01801-0016282-7 a:

La Secretaría de Aguas del Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente a utilizar software propietario y de conformidad al siguiente detalle:

una (1) licencia de Sistema Operativo Windows última versión en español

una (1) licencia de Microsoft Office

La Secretaría de Servicios Públicos del Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente a utilizar software propietario y de conformidad al siguiente detalle:

una (1) licencia de Sistema Operativo Windows última versión en español

una (1) licencia de Microsoft Office

2° Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

Ing. JAVIER ECHANIZ

Secretario de Tecnologías

Para la Gestión

S/C 3579 Ag. 31

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FISCALIA DE ESTADO


LLAMADO A CONCURSO


Por Resolución 69-A/09 Fiscalía de Estado llama a concurso para cubrir un cargo de Asistente Profesional Ingresante (Título Abogado), en la Inspección General de Personas Jurídicas- Santa Fe, Categoría B 1, Clase 16.

Las inscripciones y antecedentes se recibirán en la Coordinación General Administración de Personal de Fiscalía de Estado, 2do. Piso de Casa de Gobierno (3 de febrero 2649 Santa Fe Tel. 0342-4506600-interno 1714), de lunes a viernes de 8 a 12 hs., por el término de diez (10) días hábiles contados a partir de la fecha de publicación.

S/C 3571 Ag. 31 Set. 1°

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H. TRIBUNAL DE CUENTAS


RESOLUCION N° 0048.09 PTCP.


SANTA FE, 14 de agosto de 2009

VISTO:

El expediente N° 00901-0033016-7 y agregado Nº 00901-0039020-6 del registro del Tribunal de Cuentas de la Provincia -SIE-; y,

CONSIDERANDO:

Que por expediente Nº 00901-0033016-7 TCP, las Fiscalías Generales Áreas I y II elevaron oportunamente el Programa Anual de Auditorías;

Que el Cuerpo Colegiado dictó la Resolución N° 044/08 TCP, por la cual dispuso la contratación de determinados profesionales para el desarrollo de tareas relacionadas con dicho Programa de Auditorías, aprobándose el modelo de contrato a suscribir;

Que, ante la necesidad de continuar con las tareas iniciadas y verificada la escasez de recursos humanos disponibles que reúnan la calificación profesional exigida por el artículo 198º de la Ley Nº 12.510 para llevar a cabo auditorías, por Resolución N° 008/09 TCP se convocó a concurso abierto para la incorporación a la Planta Permanente del Organismo de tres auxiliares profesionales;

Que, transitoriamente, y hasta tanto se apruebe el orden de mérito propuesto por el jurado de dicho concurso, esta Presidencia remitió a consideración del Plenario la propuesta de renovar la contratación -en los términos de la Resolución N° 044/08 TCP- de los siguientes profesionales: CPN Ana Carla Thomas (DNI 28.131.821), a partir del 18/08/09; CPN Betania Rogiano (DNI 29.722.536), a partir del 01/09/09; CPN Valeria Illescas (DNI 30.881.480), a partir del 01/09/09; CPN Débora Izquierdo (DNI 28.764.071), a partir del 01/09/09; CPN Gonzalo Braidot (DNI 31.486.801), a partir del 18/08/09 y CPN Darío Walpen (DNI 28.973.669), a partir del 25/08/09;

Que los profesionales citados, antes de la obtención del título de grado, fueron seleccionados y propuestos como pasantes por la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad Nacional del Litoral, en el marco del Convenio firmado con la citada Casa de Altos Estudios, habiendo demostrado en su desempeño en este Tribunal de Cuentas haber alcanzado los objetivos de la capacitación técnica específica de las tareas propias del Organismo, conocimiento de los métodos, técnicas, pruebas y demás procedimientos de auditoría a aplicarse y desempeño diligente en su labor; todo ello, en conjunto, permite apreciar que cuentan con probada especialización técnica y la experiencia particular que justificaría contratarlos, transitoriamente, para incorporarlos a grupos de trabajo a fin de ejecutar el referido plan de auditorías, encomendándoles el examen de la documental, registros y otras evidencias, y la producción de un informe, recomendación u opinión sobre los mismos, que serán posteriormente evaluados por los Contadores Fiscales designados por las Fiscalías Generales o Secretarías de Sala como jefes de grupo o equipo, sirva como antecedente de la conclusión que se debe producir;

Que en Reunión Plenaria llevada a cabo el 13/08/09 y registrada en Acta N° 1234, el Cuerpo Colegiado resolvió por unanimidad autorizar a la Presidencia a celebrar los contratos de locación de servicios con los referidos profesionales, en las condiciones establecidas en la Resolución N° 044/08 TCP;

Que por expediente Nº 00901-0040270-7 la Dirección General de Administración gestionó la modificación compensada del presupuesto vigente para posibilitar la existencia de crédito en la partida presupuestaria específica, para atender el gasto que demandará la presente gestión, dando origen a la Resolución Nº 018/09 TCP;

Por ello, de conformidad con la autorización plenaria conferida y en ejercicio de las facultades otorgadas por el artículo 32°, incisos a) y b), del Reglamento Interno aprobado por la Resolución N° 005/73 TCP,

EL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA PROVINCIA

Resuelve:

Artículo 1°: Apruébase la contratación de los siguientes profesionales: CPN Ana Carla Thomas (DNI 28.131.821), a partir del 18/08/09; CPN Betania Rogiano (DNI 29.722.536), a partir del 01/09/09; CPN Valeria Illescas (DNI 30.881.480), a partir del 01/09/09; CPN Débora Izquierdo (DNI 28.764.071) a partir del 01/09/09; CPN Gonzalo Braidot (DNI 31.486.801), a partir del 18/08/09 y CPN Darío Walpen (DNI 28.973.669), a partir del 25/08/09, en los términos de la Resolución N° 044/08 TCP, para realizar los trabajos que, en el marco del Plan Plurianual de Auditorías a desarrollar por el Organismo le asignen las Fiscalías Generales o las Secretarías de Sala a las que sean afectados, produciendo el examen de la documental, registros y otras evidencias y la producción de un informe, recomendación u opinión sobre los mismos; el que, evaluado por los Contadores Fiscales, Fiscalía General o las Secretarías de Salas como Jefes de Grupo o Equipo, sirva como antecedente de la conclusión que debe producirse con relación a las actuaciones llevadas a cabo en la Jurisdicción auditada.

Artículo 2°: Autorízase a la Dirección General de Administración a liquidar y pagar a los profesionales nombrados en el artículo 1°, el importe de $ 6.000.- (Pesos seis mil) por la presentación del informe, recomendación u opinión final a que refiere el artículo anterior. La retribución por los servicios profesionales se reconocerá periódicamente en función de la medición del grado de avance que registren las respectivas auditorías a la finalización de cada mes calendario, certificado por los Secretarios de Sala, Contadores Fiscales y Fiscalía General, según el caso, abonándoseles la contraprestación respectiva entre los días 1 y 10 del mes inmediato siguiente al que refiere la medición.

Artículo 3°: Impútese el gasto que demande la presente a: Sector 1, Subsector 1, Carácter 1, Jurisdicción 1, Subjurisdicción 81, Programa 16, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividades 1 y 2, Obra 00, Fuente de Financiamiento 111, Inciso 3, Partida Principal 4, Partida Parcial 9, Partida Subparcial 99, Ubicación Geográfica 82-63-0, Finalidad 1, Función 70 del Presupuesto vigente.

Artículo 4°: Regístrese, comuníquese a los interesados, publíquese en el Boletín Oficial y en la Página Web TCP y archívese.

Dr Mario C. Esquivel

Presidente

S/C 3573 Ag. 31 Set. 1

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H. TRIBUNAL DE CUENTAS


COMUNICADO


Por disposición de la Sala II del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe, se ha dispuesto publicar el presente Edicto a los fines de hacer saber a la ASOCIACION VECINAL JUANA AZURDUY Departamento La Capital, Provincia de Santa Fe, que en los autos caratulados: “Expediente Nro. 00901-0033235-0 del registro del SIE. S/Subsidio otorgado por Decreto Nro. 1834/07, por el importe de $ 15.000,00.-, se ha dictado al efecto la Resolución de Formulación de Cargo Nro. 0299 (de fecha 29/04/2009), la cual se transcribe en su parte pertinente: “VISTO:....CONSIDERANDO:...RESUELVE: Artículo 1ro.: Formular cargo a la ASOCIACION VECINAL JUANA AZURDUY, Departamento La Capital- Santa Fe, por suma de $ 15.118,80 (pesos quince mil ciento dieciocho con ochenta centavos) conforme surge del Anexo integrante de la presente resolución. “...”. Artículo 2do.: Intimar a la responsable para que, dentro de los treinta (30) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente resolución, proceda a reintegrar el importe correspondiente al cargo formulado en el artículo precedente, bajo apercibimiento de dar intervención a Fiscalía de Estado. Artículo 3ro.: Hacer saber, de conformidad a la Ley Nro. 12.071, que: “Contra los fallos y resoluciones dictados por las Salas en los Juicios de Cuentas y Responsabilidad, procederá el Recursos de Revocatoria ante la Sala que dictó la resolución y de Apelación ante el Tribunal de Cuentas en Acuerdo Plenario, los que deben interponerse dentro de los diez (10) días de notificada la resolución impugnada y fundamentarse en el mismo acto”. Artículo 4to: Regístrese, notifíquese y resérvese hasta el vencimiento del plazo acordado.“ Fdo.: CPN HORACIO R. ALESANDRIA - Presidente, CPN NORA RITA VALLEJOS – Vocal, Dr. MARIO C. ESQUIVEL - Vocal, C.P.N. SONIA MARÍA MONTEFERRARIO – C.F Secretaria de Sala II.”.

S/C 3574 Ag. 31 Set. 1

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COMUNICADO


Por disposición de la Sala II del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe, se ha dispuesto publicar el presente Edicto a los fines de hacer saber a la Sra. CELINA PEREYRA, D.N.I.: 25.276.484, que en los autos caratulados: “Expediente Nro. 00901-0019059-2 del registro del SIE. S/Subsidio otorgado por Decreto Nro. 3058/04, por el importe de $ 11.400,00.-”, se ha dictado al efecto la Resolución de Formulación de Cargo Nro. 0401 (de fecha 30/04/2009), la cual se transcribe en su parte pertinente: “VISTO:....CONSIDERANDO:...RESUELVE: Artículo 1ro.: Formular cargo a la Sra. CELINA PEREYRA, por suma de $ 11.719,69 (pesos once mil setecientos diecinueve con sesenta y nueve centavos) conforme surge del Anexo integrante de la presente resolución. “...”. Artículo 2do.: Intimar a la responsable para que, dentro de los treinta (30) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente resolución, proceda a reintegrar el importe correspondiente al cargo formulado en el artículo precedente, bajo apercibimiento de dar intervención a Fiscalía de Estado. Artículo 3ro.: Hacer saber, de conformidad a la Ley Nro. 12.071, que: “Contra los fallos y resoluciones dictados por las Salas en los Juicios de Cuentas y Responsabilidad, procederá el Recursos de Revocatoria ante la Sala que dictó la resolución y de Apelación ante el Tribunal de Cuentas en Acuerdo Plenario, los que deben interponerse dentro de los diez (10) días de notificada la resolución impugnada y fundamentarse en el mismo acto”. Artículo 4to: Regístrese, notifíquese y resérvese hasta el vencimiento del plazo acordado.“ Fdo.: CPN HORACIO R. ALESANDRIA - Presidente, CPN NORA RITA VALLEJOS – Vocal, Dr. MARIO C. ESQUIVEL - Vocal, C.P.N. SONIA MARÍA MONTEFERRARIO – C.F Secretaria de Sala II.”.

S/C 3575 Ag. 31 Set. 1

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COMUNICADO


Por disposición de la Sala II del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe, se ha dispuesto publicar el presente Edicto a los fines de hacer saber al Sr. RAUL ORTEGA, L.E: 6.231.161, que en los autos caratulados: “Expediente Nro. 00901-0018761-3 del registro del SIE. S/Subsidio otorgado por Decreto Nro. 2733/04, por el importe de $ 2.690,00.-”, se ha dictado al efecto la Resolución de Formulación de Cargo Nro. 0123 (de fecha 16/03/2009), la cual se transcribe en su parte pertinente: “VISTO:....CONSIDERANDO:...RESUELVE: Artículo 1ro.: Formular cargo al Sr. RAUL ORTEGA, por suma de $ 2.763,92 (pesos dos mil setecientos sesenta y tres con noventa y dos centavos) conforme surge del Anexo integrante de la presente resolución. “...”. Artículo 2do.: Intimar al responsable para que, dentro de los treinta (30) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente resolución, proceda a reintegrar el importe correspondiente al cargo formulado en el artículo precedente, bajo apercibimiento de dar intervención a Fiscalía de Estado. Artículo 3ro.: Hacer saber, de conformidad a la Ley Nro. 12.071, que: “Contra los fallos y resoluciones dictados por las Salas en los Juicios de Cuentas y Responsabilidad, procederá el Recursos de Revocatoria ante la Sala que dictó la resolución y de Apelación ante el Tribunal de Cuentas en Acuerdo Plenario, los que deben interponerse dentro de los diez (10) días de notificada la resolución impugnada y fundamentarse en el mismo acto”. Artículo 4to: Regístrese, notifíquese y resérvese hasta el vencimiento del plazo acordado.“ Fdo.: CPN HORACIO R. ALESANDRIA - Presidente, CPN NORA RITA VALLEJOS – Vocal, Dr. MARIO C. ESQUIVEL - Vocal, C.P.N. SONIA MARÍA MONTEFERRARIO – C.F Secretaria de Sala II.”.

S/C 3576 Ag. 31 Set. 1

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COMUNICADO


Por disposición de la Sala II del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe, se ha dispuesto publicar el presente Edicto a los fines de hacer saber a la ASOCIACION MUTUAL PASAJE GALISTEO Departamento La Capital, Provincia de Santa Fe, que en los autos caratulados: “Expediente Nro. 00901-0033336-0 del registro del SIE. S/Subsidio otorgado por Decreto Nro. 1927/07, por el importe de $ 3.000,00.-, se ha dictado al efecto la Resolución de Formulación de Cargo Nro. 0298 (de fecha 29/04/2009), la cual se transcribe en su parte pertinente: “VISTO:....CONSIDERANDO:...RESUELVE: Artículo 1ro.: Formular cargo a la ASOCIACION MUTUAL PASAJE GALISTEO, Departamento La Capital- Santa Fe, por suma de $ 3.021,53 (pesos tres mil veintiuno con cincuenta y tres centavos) conforme surge del Anexo integrante de la presente resolución. “...”. Artículo 2do.: Intimar a la responsable para que, dentro de los treinta (30) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente resolución, proceda a reintegrar el importe correspondiente al cargo formulado en el artículo precedente, bajo apercibimiento de dar intervención a Fiscalía de Estado. Artículo 3ro.: Hacer saber, de conformidad a la Ley Nro. 12.071, que: “Contra los fallos y resoluciones dictados por las Salas en los Juicios de Cuentas y Responsabilidad, procederá el Recursos de Revocatoria ante la Sala que dictó la resolución y de Apelación ante el Tribunal de Cuentas en Acuerdo Plenario, los que deben interponerse dentro de los diez (10) días de notificada la resolución impugnada y fundamentarse en el mismo acto”. Artículo 4to: Regístrese, notifíquese y resérvese hasta el vencimiento del plazo acordado.“ Fdo.: CPN HORACIO R. ALESANDRIA - Presidente, CPN NORA RITA VALLEJOS – Vocal, Dr. MARIO C. ESQUIVEL - Vocal, C.P.N. SONIA MARÍA MONTEFERRARIO – C.F Secretaria de Sala II.”.

S/C 3577 Ag. 31 Set. 1

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COMUNICADO


Por disposición de la Sala II del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe, se ha dispuesto publicar el presente Edicto a los fines de hacer saber a la Sra. PATRICIA CALICCHIO y Dr. JOSE CARLOS LOPEZ, integrantes del Consejo de Administración del Hospital Escuela “Eva Perón”, que en auto caratulado: “Expediente Nro. 00901-0034500-0 SIE-TCP. S/Resolución de Emplazamiento de Sala II Nro. 0302 de fecha 30 de Abril de 2009, la cual en su parte pertinente establece: “VISTO:... CONSIDERANDO:... RESUELVE: Artículo lro.: Emplazar a los Miembros del Consejo de Administración del Hospital Escuela “Eva Perón” de Granadero Baigorria: Dr. JOSE CARLOS LOPEZ, Dr. JUAN C. GÑIECO, Sr. GUILLERMO GASSMANN, Dr. MARCELO C. MASCIOTTA, Sra. PATRICIA CALICCHIO, Dra. ANALIA PERRULLI y Srta. MARIANA G. SOLIS, para que dentro del término de 15 (quince) días, a contar desde la fecha de publicación del presente edicto, procedan a presentar las rendiciones de las partidas detalladas en los listados que como ANEXO se agrega e integra la presente Resolución, por un total de $ 865.325,99.-, bajo apercibimiento de dictar resolución definitiva formulando el cargo y oportunamente ejecutarlo”: Artículo 2do.:.... Artículo 3ro.:.... Artículo 4to.: Regístrese, comuníquese y archívese”. “FDO.: C.P.N. HORACIO R. ALESANDRIA – Presidente, C.P.N. NORA R. VALLEJOS- Vocal, Dr. MARIO C. ESQUIVEL - Vocal, C.P.N. SONIA MARIA MONTEFERRARIO – C.F. Secretaria Sala II.”

S/C 3580 Ag. 31 Set. 1

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