picture_as_pdf 2015-07-31

UNIDAD EJECUTORA

CORREDOR VIAL Nº 4

RUTA PROVINCIAL Nº 18


NOTIFICACION


Por disposición de la UNIDAD EJECUTORA CORREDOR VIAL N° 4 RUTA PROVINCIAL Nº 18 PROVINCIA DE SANTA FE CONSORCIO PUBLICO, se notifica a DIANGELO SEDANI CRISTIAN ANIBAL, DNI Nº 27.689.951, con domicilio en calle San Martín S/N de la localidad de Acebal, Provincia de Santa Fe, en carácter de Conductor y a BELANKEN BOREAL S.A. con domicilio en Zona Rural de la localidad de Carmen del Sauce, Provincia de Santa Fe en carácter de Cargador, por edicto en el BOLETIN OFICIAL que se publica a sus efectos por un (1) día, la Resolución N° CC 030/14 de fecha 02 de Octubre de 2014: “Y VISTOS ... Y CONSIDERANDO: ... Por todo lo expuesto el COMITE DE ADMINISTRACION RESUELVE: 1) Condenar a DIANGELO SEDANI CRISTIAN ANIBAL al pago de una multa equivalente a la cantidad de 15612 UF, en virtud de lo prescripto por Ley Nacional N° 24449 Decreto Reglamentario 779/95 y Mod. N° 79/98, Ley Provincial N° 13133 Decreto Prov. Nº 2311/99, Ley Prov. Nº 12354/04, Decreto 1314/05 siendo solidariamente responsable al cumplimiento de la misma en carácter de conductor y en consecuencia de los daños ocasionados por la extralimitación en el peso permitido según lo establecido por la ley 12.354 (artículo N° 12). 2) Ordenar la inclusión de los responsables de la carga dentro del Registro de Infractores de la Dirección Provincial de Vialidad.- 3) Hágase saber.- Firmado Diego Battilana (Secretario U.E.C.V N° 4 Ruta 18 CP) - Mónica Villegas (Presidente) y Resolución Nº CC 052/14 de fecha 06 de Noviembre de 2014: “Y VISTOS ... Y CONSIDERANDO: ... Por todo lo expuesto el Comité de Administración Resuelve: 1) Ratifíquese la condena emitida mediante Resolución Nº CC 030/14 de fecha 02 de Octubre de 2014 a Diángelo Sedani Cristian Aníbal y condénese a Belanken Boreal S.A., en carácter de transportista, al pago de una Multa equivalente a la cantidad de 15612 UF, en virtud de lo prescripto por Ley Nacional N° 24449 Decreto Reglamentario 779/95 y Mod. N° 79/98, Ley Provincial Nº 13133 Decreto Prov. N° 2311/99, Ley Prov. N° 12354/04, Decreto 1314/05 en consecuencia de los daños ocasionados por la extralimitación en el peso permitido según lo establecido por la ley 12.354 (artículo N° 12). 2) Ordénese la inclusión de los responsables de la carga dentro del Registro de Infractores de la Dirección Provincial de Vialidad.-3) Hágase saber.-“Firmado Diego Battilana (Secretario U.E.C.V. N° 4 Ruta 18 CP) - Mónica Villegas (Presidente).

$ 70 267025 Jul. 31

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