SECRETARIA DE TECNOLOGIAS
PARA LA GESTION
RESOLUCION Nº 0055
Santa Fe, 28 de Julio de 2009.
VISTO:
Por el expediente Nº 00901-0039187-0 del registro del Sistema de Información de Expedientes, se gestiona para el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia, la autorización para utilizar software propietario; y;
CONSIDERANDO:
Que la Ley Provincial Nº 12.360, referida al uso de software libre, expresa en su Título IV - Excepciones -, Artículo 4° “La Autoridad de Aplicación será el encargado de establecer los casos en que podrá utilizarse software propietario.. “, atribución que fuera encomendada al Ministerio de Hacienda y Finanzas en el Título III - Autoridad de Aplicación - Artículo 3°;
Que el Decreto N° 1.820/05 en su Articulo 4° “EXCEPCIONES”, detalla los casos en los cuales el software puede exceptuarse;
Que la ley Nº 12.817, en su artículo 17°, incisos 30 y 31, asigna al Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado las competencias específicas de entender en la definición y gestión de los estándares tecnológicos, procesos y procedimientos aplicables a la mejora de la gestión y a la incorporación de las nuevas Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones (TICs) y de entender en la formulación y desarrollo de políticas informáticas;
Que a los fines del desarrollo de las competencias que se le asignan al Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado, se aprobó su organigrama funcional por Decreto Nº 0038/07, creándose diversos órganos intraministeriales y entre ellos, la Secretaría de Tecnologías para la Gestión bajo la dependencia directa e inmediata de su titular;
Que el Decreto N° 0205/07, en su Artículo 1° transfiere a la órbita de la Secretaría de Tecnologías para la Gestión del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado, la Dirección General de Informática dependiente del ex Ministerio de Hacienda y Finanzas;
Que la autorización solicitada para el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia, está incluida en el mismo expediente de compra, es decir, N° 00901-0039187-0, en el que se gestiona la adquisición de 1 (una) licencia del software de tratamiento PHPMYDATAGRID;
Que el Decreto 1.820/05 que reglamenta a la Ley 12.360, contempla en el Art. 4° Excepciones, inciso b), los sistemas heredados, que es la situación en la que se encuentra comprendida la presente solicitud de excepción;
Que dicho software es una facilidad que responde al entorno de trabajo actual del sector recurrente y del sistema provincial de informática, basado en tecnología LAMP, por lo que se cuenta con la experiencia y conocimiento necesarios;
Que la Dirección recurrente desarrolla sus sistemas basándose en el estándar de desarrollo LAMP, con anterioridad a la vigencia de la ley 12.360;
Que brinda una serie de mejoras que agilizan las actividades de desarrollo y las de operación por parte de los usuarios finales;
Que entre las herramientas que ofrece, se incluyen las que permiten construir fácilmente grillas de datos (DataGrids);
Que cumple plenamente con los estándares tecnológicos, que favorecen a su vez, la performance de las aplicaciones;
Que conforme a lo expuesto, se considera procedente autorizar al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia, en carácter de excepción, a utilizar el software propietario peticionado;
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE TECNOLOGIAS PARA LA GESTION
RESUELVE:
1°: Autorizar la gestión al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia para utilizar software propietario de conformidad al siguiente detalle, a adquirir a través del expediente N° 00901-0039187-0;
* phpMydataGrid, 1 (una) licencia.
2°: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
Ing. JAVIER ECHANIZ
Secretario de Tecnología
Para la Gestión
S/C 3444 Jul. 31
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ADMINISTRACION PROVINCIAL
DE IMPUESTOS
RESOLUCIÓN Nº 026/09 – GRAL. A.P.I.)
RESOLUCIÓN Nº 044/09 (S.C.I.T.)
SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”,
25 JUN 2009
VISTO:
El Expediente Nº 13301-0184167-3 del registro del Sistema de Información de Expedientes; y
CONSIDERANDO:
Que existen dentro del ámbito de la Administración Provincial de Impuestos y Servicio de Catastro e Información Territorial, ambos organismos bajo la superintendencia de la Subsecretaría de Ingresos Públicos, una serie de tramitaciones que implican actuaciones concatenadas, en razón de las competencias específicas de cada uno de ellos;
Que los Decretos Nros. 1919/95 y 3151/01 implementan el Certificado Catastral conforme los términos del Artículo 49° de la Ley N° 2996 y sus modificatorias;
Que una de las tramitaciones que vinculan a ambos, en los temas que se tratan en el presente, se relaciona con la inscripción/certificación de parcelas/partidas que constituyen el objeto imponible del Impuesto Inmobiliario;
Que se hace necesario profundizar el ejercicio coordinado e integrado de la función catastral y fiscal;
Que dentro de la normativa general, se establecen condiciones para que dicha inscripción/certificación resulte posible, en cumplimiento con las obligaciones dispuestas por el Artículo 30° del Código Fiscal;
POR ELLO
EL ADMINISTRADOR PROVINCIAL
DE IMPUESTOS Y
EL SUB ADMINISTRADOR DEL
SERVICIO DE CATASTRO E
INFORMACIÓN TERRITORIAL
RESUELVEN:
ARTICULO 1º - Establécese como requisito previo al inicio del trámite de pedido de “Certificados Catastrales” ante el Servicio de Catastro e Información Territorial, la presentación por parte de los interesados del “Estado de Cuenta” correspondiente a la partida en cuestión, la que no deberá registrar deudas. Caso contrario no se dará inicio al trámite.
ARTICULO 2º - A los efectos de lo dispuesto en el artículo anterior, establécese que el “Estado de Cuenta” mencionado en el artículo anterior, es el que puede obtenerse a través de la página web de la Administración Provincial de Impuestos.
ARTICULO 3º - La presente tendrá vigencia a partir del 1 de Diciembre de 2008.
ARTICULO 4° - Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
NICOLAS RUESJAS
Administrador Provincial de Impuestos
C.P. HORACIO S. PALAVECINO
Sub Administrador Provincial del
Servicio de Catastro e Información Territorial.
S/C 3445 Jul. 31
MUNICIPALIDAD DE
CAÑADA DE GOMEZ
CITACION
La Municipalidad de Cañada de Gómez, cita por este único medio a los fines de que hagan valer sus derechos posibles legitimados, a el o los propietarios y/o herederos del predio ubicado en zona de acceso a Autopista, en calle Castelli entre Pringles y San Lorenzo, respecto a lo dispuesto por ordenanza N° 6678, promulgada con fecha 13 de Julio de 2009, cuya parte resolutiva se transcribe a continuación: Ref. Exp. C.M. n° 7588 Letra: “M” Año 2009. Visto: El informe producido por el Secretario de Obras Públicas; y Considerando: La necesidad de proceder a la extracción de Arboles en el predio correspondiente a la zona de acceso a Autopista, calle Castelli entre Pringles y San Lorenzo. Que...
POR TODO ELLO:
EL CONCEJO MUNICIPAL DE
CAÑADA DE GOMEZ
SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA Nº 6678
Art. 1º: Autorizar al D.E. Municipal, disponga por intermedio de las dependencias municipales respectivas, la realización de los trabajos necesarios destinados a la extracción de hasta diez (10) árboles de la especie “Eucaliptos”, ubicados en zona de acceso a Autopista, en calle Castelli entre Pringles y San Lorenzo; conforme el croquis y fotografías que adjuntas forma parte de la presente ordenanza; por estrictas razones de seguridad vial. Art. 2°: Procédase por intermedio de la Subsecretaría de Gestión Jurídica a publicar edictos en el BOLETIN OFICIAL de la Pcia. de Santa Fe por el término de tres (3) días, a los efectos de que hagan valer sus derechos posibles legitimados, intimándose al retiro y/o extracción de las especies de mención, bajo apercibimiento de que si en 48 hs. no se procede al retiro, procederá a la extracción el Municipio a costa y cargo de quien corresponda.
Art. 3º: Autorizar al D. E. Municipal a solicitar por ante el Juzgado competente, la correspondiente orden de allanamiento y de resultar ello necesario a los fines de cumplimentar con lo dispuesto en el art. 1° precedente.
Art. 4°: Notifíquese a los interesados y tomen conocimiento todas aquellas dependencias municipales a las que incumba la aplicación de la presente ordenanza.
Art. 5°: La presente ordenanza tendrá vigencia a partir de su promulgación.
Art. 6°: Cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al R.M. Cañada de Gómez, 8 de julio de 2009. Fdo. Sebastián Caggiano, Presidente, María I. Arnolfo, Secretaria. Intendencia, 13 de Julio de 2009.
Por tanto: téngase por ordenanza municipal, cúmplase, publíquese, comuníquese y dése al R.M. Fdo. Dra. Stella M. Clerici, Intendente Municipal; Carina Mozzoni, Secretaria Gobierno y Cultura. Transcurridos tres días hábiles de publicación de este edicto en el BOLETIN OFICIAL de la Pcia. de Santa Fe, se procederá en consecuencia.
$ 153 74036 Jul. 31 Ag. 4
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ADMINISTRACION FEDERAL
DE INGRESOS PUBLICOS
REMATE POR
GUSTAVO ARIEL MONTEFERRANTE
Por disposición de la Administración Federal de Ingresos Públicos AFIP-DGI dentro de los autos caratulados: Fisco Nacional AFIP-DGI c/LAGORIO OMAR ROMALDO (cuit n° 20130849580) s/Ejec. Fiscal, Expte. Nº 54687 (Ley 11.683 modif ley 25.239), que tramitan por ante el Juzgado Federal de 1° Instancia N° 1A de Rosario a cargo del Dr. Héctor Zucchi, Secretaría a cargo de la Dra. Adriana Netri hace saber a sus efectos que ha dispuesto que el Martillero Gustavo Monteferrante (cuit n° 20-16491315-6), venderá en pública subasta el jueves, 27 de agosto de 2009 a las 15 hs., en la Sala de remates de la Asociación de Martilleros, Entre Ríos 238 de Rosario, o el día hábil siguiente a la misma hora y lugar si aquel resultare inhábil la mitad indivisa del siguiente bien inmueble: Una fracción de campo, ubicada en la Pcia. de Santa Fe, departamento Constitución, Distrito Arroyo del Medio Abajo, señalado como Lote Uno en el plano de subdivisión practicado por el Ingeniero Civil Antonio D. Peluso, compuesto de una superficie de 117 hectáreas 67 áreas 19 centiáreas, lindando por el Nord-Este con Pedro Bava, por el Sud-Oeste con la Sucesión Cardoso, por el Nord-Oeste con camino que va de San Nicolás a Melincué y por el Sud-Este con lote n° Dos del mismo plano de subdivisión del señor Héctor Alberto Subiza y Sánchez, todo de acuerdo a título conforme al plano n° 4357, año 1935 agregado a la inscripción citada precedentemente las medidas lineales del inmueble objeto de la presente son los siguientes: Nord-Oeste sobre camino de San Nicolás a Villa Constitución 582 metros línea PG; al Nord-Este 2030 metros 6.236 décimas de milímetros línea G-F; al Sud-Este 555 metros 94 centímetros línea O-F y al Sud-Oeste 2202 metros 6.236 décimas de milímetros línea P-O; su frente forma con el costado Nord-Este: un ángulo de 105° 4025” y con el costado SO un ángulo de 74° 1935” Dominio inscripto a T° 222 F° 52 Nº 222184 del Departamento Constitución. Informe del Registro General de la Propiedad: El dominio consta a nombre del demandado. Embargos: al T° 113E F° 5377 Nº 360851 de fecha 01/07/04 por $ 5.185,25. Fisco Nacional DGI c/Lagorio Roberto Pedro Omar Romaldo S.H. s/Ejec Fiscal, al T° 116E F° 7106 Nº 403727 de fecha 16/11/07 por $ 37.449,49 embargo por el que se ejecuta. Hipotecas: no se registran. Inhibiciones: al T° 118I F° 4384 Nº 342269 de fecha 19/05/06 por $ 11.501,01. Fisco Nacional DGI c/Lagorio Omar Romaldo s/Ejec Fiscal. Dicho inmueble se venderá con la base de $ 1.948.050 y de no haber postores por dicha base seguidamente con la retasa del 25% y de persistir la falta de oferentes la subasta se declarará desierta adjudicándose al último y mejor postor, quien deberá abonar en el acto de la subasta el 10% del precio de su compra y como a cuenta del mismo, más el 3% de comisión de Ley al martillero, todo en dinero en efectivo y/o cheque certificado, el saldo deberá depositarse en el Banco de la Nación Argentina a la orden del tribunal y para estos autos al aprobarse la subasta y bajo los apercibimientos previstos por el art. 580 del CPN. Se vende en las condiciones de ocupado según constancias del acta de constatación efectuada. Y con la condición especial que las deudas por impuestos, tasas, y/o contribuciones adeudadas, son a cargo exclusivo del comprador, como así los impuestos que graven la venta y correspondiente transferencia de dominio en IVA si correspondiere. Copia de títulos se encuentra a disposición de los interesados, adjunto al expediente, con acta de constatación e informes de deudas en el juzgado interviniente y/o en la oficina del Agente Fiscal AFIP Santa Fe 1261 P 2 of. 210, haciéndose saber que no se aceptaran reclamos una vez realizada la subasta. De conformidad con lo normado por el art. 598 inc. 7° del C.P.C.C.N., no procederá la compra en comisión. El inmueble podrá ser visitado en el horario de 10 a 12 hs. los días 25 y 26 de agosto de 2009. Todo lo que se hace saber a los efectos legales. Rosario, lunes, 22 de junio de 2009 Fdo: Dr. Fernando Quaranta. Agente Fiscal.
S/C 74087 Jul. 31 Ag. 3
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REMATE POR
GUSTAVO ARIEL MONTEFERRANTE
Por disposición de la Administración Federal de Ingresos Públicos AFIP-DGI dentro de los autos caratulados: Fisco Nacional AFIP-DGI c/BARRIONUEVO OSCAR CARLOS (Cuit n° 20060666017) s/Ejec. Fiscal, Expte. N°43010 (Ley 11.683 modif ley 25.239), que tramitan por ante el Juzgado Federal de 1° Instancia N° 1A de Rosario a cargo de El Dr. Héctor Zucchi, Secretaría a cargo de la Dra. Adriana Netri hace saber a sus efectos que ha dispuesto que el Martillero Gustavo Monteferrante (Cuit n° 20-16491315-6), venderá en pública subasta el jueves, 20 de agosto de 2009 a las 15 hs. en la Sala de remates de la Asociación de Martilleros Entre Ríos 238 de Rosario, o el día hábil siguiente a la misma hora y lugar si aquel resultare inhábil la mitad indivisa del siguiente bien inmueble: Dos lotes de terreno baldíos, situados en la zona suburbana de Funes, Departamento Rosario, de esta provincia, con lo alambrado y clavado, designados como lotes “29 A” y “29 B” en el plano de mensura y subdivisión confeccionado por el Ingeniero Civil Juan José Stecca, archivado bajo el n° 73.623 del año 1973 a saber Primero; Lote 29 A: ubicado en la esquina que mira al Sur y al Oeste, formada por dos calles Públicas, se compone de 22 metros de frente al Oeste por 39,08 metros de fondo y frente al Sud, encerrando una superficie de 859,76 metros cuadrados. Linda al Oeste y al Sud con calle Pública, al Este con el lote 29 B del plano citado y al Norte con parte de propiedad de Osvaldo Mondini y otros. Segundo: Lote 29 B: ubicado en una calle Pública entre dos calles Públicas, a los 39,08 metros de calle Pública hacia el Este, se compone de 39,08 metros de frente al Sud por 22 metros de fondo, encerando una superficie de 859,76 metros cuadrados. Linda al Sud con calle Pública, al Norte con parte de propiedad de Osvaldo Mondini y otros, al Oeste con el lote 29 A y al Este con lote 29 C, ambos del mismo plano citado. Dominio inscripto a T° 534 F° 263 Nº124250 del Departamento Rosario. Informe del Registro General de la Propiedad: El dominio consta a nombre del demandado. Embargos: al Tº 117E F° 6608 Nº 404397 de fecha 05/11/08 por $ 158.365,51. embargo por el que se ejecuta, al T° 115E Fº 7335 Nº 386924 de fecha 27/09/06 por $ 24.658,35. Fisco Nacional AFIP c/Barrionuevo Oscar Carlos s/Ejec. Fiscal, al T° 117E F° 5680 Nº 390434 de fecha 25/09/08 por $ 58.730,05. Fisco Nacional AFIP c/Barrionuevo Oscar Carlos s/Ejec Fiscal, al T° 117E F° 6607 Nº 404396 de fecha 05/11/08 por $ 158.365,51 embargo por el que se ejecuta, al Tº 117E F° 5272 Nº 384330 de fecha 09/09/08 por $ 7.111,12. Fisco Nacional DGI c/Barrionuevo Oscar Carlos s/Ejec Fiscal, al T° 117E F° 5679 Nº 390433 de fecha 25/09/08 por $ 2.779,87. Fisco Nacional DGI c/Barrionuevo Oscar Carlos s/Ejec Fiscal, al T° 115E F° 7336 Nº 386925 de fecha 27/09/06 por $ 24.658,35. Fisco Nacional AFIP c/Barrionuevo Oscar Carlos s/Ejec. Fiscal, al T° 117E F° 5271 Nº 384329 de fecha 09/09/08 por $ 7.111,12. Fisco Nacional DGI c/Barrionuevo Oscar Carlos s/Ejec Fiscal, al T° 114E F° 10173 Nº 411069 de fecha 27/12/05 por $ 21.063,16. Fisco Nacional DGI c/Barrionuevo Oscar Carlos s/Ejec Fiscal, al T° 115E F° 2032 Nº 327523 de fecha 05/04/06 por $ 579. Municipalidad de Funes c/Barrionuevo Oscar s/Apremio Fiscal, al T° 114E F° 10174 Nº 411070 de fecha 27/12/05 por $ 21.063,16. Fisco Nacional DGI c/Barrionuevo Oscar Carlos s/Ejec Fiscal. Hipotecas: no se registran. Inhibiciones: al T° 119I F° 10592 Nº 407799 de fecha 26/11/07 por $ 143.265,51. Fisco Nacional DGI c/Barrionuevo Oscar Carlos s/Ejec Fiscal, al T° 119I F° 5669 Nº 355648 de fecha 28/06/07 por $ 12.043,40. Fisco Nacional AFIP c/Barrionuevo Oscar Carlos s/Ejec Fiscal, al T° 116I F° 9097 Nº 385961 de fecha 14/09/04 por $ 39.037,61. Fisco Nacional AFIP c/Barrionuevo Oscar Carlos s/Ejec Fiscal. Dicho inmueble se venderá con la base de $ 187.500 y de no haber postores por dicha base seguidamente con la retasa del 25% y de persistir la falta de oferentes la subasta se declarará desierta adjudicándose al último y mejor postor, quien deberá abonar en el acto de la subasta el 10% del precio de su compra y como a cuenta del mismo, más el 3% de comisión de Ley al martillero, todo en dinero en efectivo y/o cheque certificado, el saldo deberá depositarse en el Banco de la Nación Argentina a la orden del tribunal y para estos autos al aprobarse la subasta y bajo los apercibimientos previstos por el art. 580 del CPN. Se vende en las condiciones de ocupado según constancias del acta de constatación efectuada. Y con la condición especial que las deudas por impuestos, tasas, y/o contribuciones adeudadas, son a cargo exclusivo del comprador, como así los impuestos que graven la venta y correspondiente transferencia de dominio en IVA si correspondiere. Copia de títulos se encuentra a disposición de los interesados, adjunto al expediente, con acta de constatación e informes de deudas en el juzgado interviniente y/o en la oficina del Agente Fiscal AFIP Santa Fe 1261 P 2 of. 210, haciéndose saber que no se aceptarán reclamos una vez realizada la subasta. De conformidad con lo normado por el art. 598 inc. 7º del C.P.C.C.N., no procederá la compra en comisión. El inmueble podrá ser visitado en el horario de 10 a 12 hs., los días 18 y 19 de agosto de 2009. Todo lo que se hace saber a los efectos legales. Rosario, lunes, 22 de junio de 2009. Fdo. Dr. Fernando Quaranta. Agente Fiscal.
S/C 74086 Jul. 31 Ag. 3
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