picture_as_pdf 2008-07-31
JUZGADO FEDERAL

El Juez Federal a cargo por subrogación legal del Juzgado Federal Nº 1 de Rosario, Dr. R. Felix Angelini (Bvard. Oroño 940 de Rosario), Secretaría de la Dra. Adriana Netri, de conformidad con la Ley 346, texto 24.951, hace saber que en el Expte. Nº 2329, el Sr. DUILLO OSWALDO CASTRO ARANIBAR, de nacionalidad peruana, nacido el 26 de Enero de 1974, en Urcos, Provincia de Cuzco, República de Perú, D.N.I. Nº 92.882.778, domiciliado en calle Chacabuco 2070 de Rosario, Pcia. de Santa Fe, tramita su ciudadanía argentina, así cualquier persona queda facultada para deducir oposición fundada contra la concesión del beneficio y hacer llegar las consideraciones que pudiesen obstar a su concesión. Secretaría, 01 de Julio de 2008. Adriana Netri, secretaria suplente.
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El Juez Federal a cargo por subrogación legal del Juzgado Federal Nº 1 de Rosario, Dra. Sylvia Aramberri (Bvard. Oroño 940 de Rosario), Secretaría de la Dra. Adriana Netri, de conformidad con la Ley 346, texto 24.951, hace saber que en el expediente Nº 2364, la Sra. HSU JUNG WEN, de nacionalidad China, nacido el 15/04/1955, en la ciudad de Maioli, Provincia de Taiwan, República de China, D.N.I. Nº 93.782.293, domiciliada en calle Mendoza 923 de Rosario, Pcia. de Santa Fe, tramita su ciudadanía argentina, así cualquier persona queda facultada para deducir oposición fundada contra la concesión del beneficio y hacer llegar las consideraciones que pudiesen obstar a su concesión. Secretaría, 25 de Junio de 2008. Adriana Netri, secretaria suplente.
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El Juez Federal a cargo por subrogación legal del Juzgado Federal N° 1 de Rosario, Dr. Félix Angelini (Bvard. Oroño 940 de Rosario), Secretaría de la Dra. Adriana Netri, de conformidad con la Ley 346, texto 24.951, hace saber que en el expediente Nº 2.364, a la Sra. VICENTINA SABINA CCORAHUA AYTE, de nacionalidad peruana, nacida el 27 de octubre de 1972, en la ciudad de Lima, Provincia de Lima, República de Perú, D.N.I. N° 93.632.075, domiciliada en calle Chacabuco 2070 de Rosario, Pcia. de Santa Fe, tramita su ciudadanía argentina, así cualquier persona queda facultada para deducir oposición fundada contra la concesión del beneficio y hacer llegar las consideraciones que pudiesen obstar a su concesión. Secretaría, 03 de Julio de 2.008. Adriana Netri, secretaria suplente.
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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA

El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Décimo Primera Nominación de Rosario, a cargo de la Dra. Delia M. Giles, Juez; Secretaría del Dr. Sergio González, dentro de los autos caratulados: CAPANNA, JOSE ROMEO s/Declaratoria de herederos, Expte. Nº 598/08, llama a los herederos, acreedores y/o legatarios de Don José Romeo Capanna, por el término de diez, días para que comparezcan ante este Tribunal para hacer valer sus derechos. Rosario, Julio de 2008. Sergio A. González, secretario.
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 9na. Nominación de Rosario, a cargo del Dr. Marcelo Bergia, Secretaria de la Dra. Patricia Glencross, de conformidad con lo ordenado por el art. 67 de la Ley 11.287, se hace saber que en los autos caratulados: SUAREZ, OSCAR RAMON s/Sucesión, Expte. Nº 652/2008, se cita y emplaza a los herederos y legatarios de Oscar Ramón Suárez, por el término de 10 días para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Rosario, 2 de julio de 2008. Patricia N. Glencross, secretaria.
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RUFINO
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y del Trabajo N° 9 de la ciudad de Rufino sito en las calles Dr. Emilio Carballeira y Primitivo Galán de la ciudad de Rufino a cargo del Dr. Víctor H. Pautasso, Secretaría del Dr. Jorge Meseri, comunica por cinco días que con fecha 30/04/2008 se ha decretado la apertura del concurso preventivo de Adriana Marisa Martina, DNI 17.758.343 mediante la siguiente resolución: N° 696 Rufino, 30 de abril de 2008. Y Vistos:... Resulta:... y Considerando:... Resuelvo: 1) Declarar la apertura del Concurso Preventivo de Adriana Marisa Martina, argentina, mayor de edad, transportista, D.N.I. N° 17.758.343, CUIT 27-17758343-5, con domicilio real en calle Manuel Roca 689 de esta ciudad de Rufino, Dpto. General López, Provincia de Santa Fe y legal constituido en Primitivo Galán 279 de Rufino. 2) Designar el día catorce (14) de Mayo de Dos mil ocho (2008) a las diez (10) horas como fecha de audiencia para proceder al sorteo de Síndico (unipersonal) de la lista de Contadores Públicos Nacionales por ante la Excma. Cámara de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral de Venado Tuerto, oficiándose a la Alzada y al Colegio de Graduados de Ciencias Económicas. 3) Anotar la Inhibición General de la Concursada, librándose oficios al Registro General de la Propiedad Inmueble y Registro Nacional del Automotor que corresponda. 4) Oficiar a los fines de la anotación del presente al Registro de Procesos Concursales. 5) Notificar a la Administración Federal de Ingresos Públicos (A.F.I.P.) y a la Administración Provincial de Impuestos (A.P.I.). 6) Intimar a la deudora para que deposite judicialmente la suma de Pesos Cuatrocientos ($ 400) para gastos de correspondencia, dentro del término de tres días de notificada la presente, sin perjuicio de elevarse la suma si correspondiere. 7) Calificar al presente como “Pequeño Concurso” (Arts. 288/289 LCQ). 8) Designar para publicación de edictos el BOLETIN OFICIAL y diario El informe de Venado Tuerto, los que estarán a cargo de la Concursada, difiriéndose la publicación exigida por el artículo 27 de la LCQ, para la oportunidad que acepte el cargo el Síndico a sortearse en autos. 9) Atento la apertura del Concurso que se ordena y lo dispuesto por el artículo 21 de la Ley 24.522, sustituido por el artículo 4° de la Ley 26.086, ordénase la suspensión del trámite de los juicios de contenido patrimonial contra la Concursada por causa o título anterior a su presentación y su radicación ante este Organo Jurisdiccional, suspendiéndose los actos de ejecución forzada sobre sus bienes, con las excepciones previstas en los incisos 1), 2) y 3) del mencionado artículo, librándose oficios a los Juzgados donde tramitan y tomando razón el Actuario en lo que refiere a los tramitados en este Juzgado. Las ejecuciones de garantías reales (hipoteca, prenda) se interrumpen hasta tanto se haya presentado el pedido de verificación ante el Juez del Concurso, suspendiéndose en consecuencia los actos de ejecución forzada derivados de los mismos hasta tanto se cumplimente con tal requisito, oficiándose a sus fines a los Juzgados respectivos y/o tomando razón el Actuario de existir juicios en trámite. 10) En virtud de la apertura del presente Concurso Preventivo, cabe dejar sin efecto la medida cautelar tal como fuera despachada a fs. 53/54 con contracautela previa y librar oficios directamente al Nuevo Banco de Santa Fe S.A. y Banco de Galicia y Buenos Aires, Sucursales Rufino, informando la apertura del presente Concurso en el día de la fecha, la suspención de los pagos de cheques de pago diferido librados con anterioridad a la fecha de apertura y cuyo vencimiento fuere posterior, según listado de fs. 43 (fs. 41 legajo de copias), debiendo los Bancos girados abstenerse de efectuar dichos pagos y comunicar su rechazo por tal motivo al BCRA, según Comunicación “A” 3075 del BCRA, ratificada por Comunicación “A” 3899 de dicho organismo. Protocolícese, déjese copia en el legajo previsto por el art. 279 de la LCQ y hágase saber. Martes y viernes notificaciones en Secretaría y/o el día hábil siguiente. Notifíquese. Fdo. Dr. Víctor H. Pautasso (Juez) - Dr. Jorge Meseri (Secretario), Fíjase hasta el día 29 de agosto de 2008 para que los acreedores soliciten la verificación de sus créditos ante el síndico Raúl Alfredo García, con domicilio en la calle España 170 de la ciudad de Rufino. El síndico presentara los informes previstos por los art. 35 y 39 de la ley 24.522 los días 10/10/2008 y 21/11/2008, respectivamente. El período de exclusividad vence el 29/05/2009. La audiencia informativa se celebrara el día 05/06/2009. Rufino, 11 Julio de 2008.
$ 13,20	40380	Jul. 31 Ag. 6
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