JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
POR
JORGE ALBERTO ROMERO
Por orden señor Juez Primera Instancia Distrito Civil y Comercial, Sexta Nominación Rosario, el secretario suscribiente hace saber que en autos caratulados: “ESPOSITO JULIETA y Otros c/Otros s/Ejecución Hipotecaria (Expte. 1230/13 CUIJ 21-01243558-1” se ha dispuesto que el martillero Jorge Alberto Romero (Mat. 161-R-6), venda en pública subasta al último y mejor postor el día Ocho de Junio de 2016 a las 16 hs en la Sala de Remates de la Asociación de Martilleros de Rosario (Entre Ríos 238 Rosario) el inmueble hipotecado a favor de la actora consistente en: Bajo el Régimen de Propiedad Horizontal, la parte proindivisa proporcional del terreno y las cosas comunes que le corresponden conforme al Reglamento de Copropiedad y Administración del edificio sito en esta ciudad en la calle Chubut N° 7245 designada en los Planos y Reglamento de Copropiedad y Administración y sus modificaciones como Unidad Dos, integrada por las parcelas 00-02 en P. Baja y 01-01 en Planta. 1er. piso tiene acceso a la calle Chubut por la entrada común señalada con el N° 7245 y consta la parcela 00-02 de dormitorio, living, baño, paso, estar cocina comedor y galería, todo de propiedad exclusiva de 57,53 mts2 y Parcela 01-01 de dos dormitorios, depósito y galería. Todo de propiedad exclusiva y dos terrazas y escaleras, bienes comunes de uso exclusivo con una sup. de prop exclusiva de 35,83 mts2. En conjunto asisten a ambas parcelas una sup. de proa exclusiva de 93,36mts2 (antes 45,64 mts2) y una sup de propiedad común de 52,49 mts2 (antes 35,96 mts2) y una sup. total general de 143,85 mts.2 (antes 83,60 mts2 y un porcentaje del 60% (antes 45%) con relación al conjunto del inmueble. Dominio Inscripto al T° 636, F° 190, N° 194866 P.H. Dep. Rosario registrándose la Hipoteca que se ejecuta al T° 588 B, F° 359, N° 408851 del 16/12/11 a favor de la actora por la suma de u$s 13.800 mediante escritora N° 355 de fecha 16/12/2011 pasada por ante escribana Registro 434 y Embargo al T° 125 E, F° 655 N° 318919 del 17/3/2016 por $109.552,20 por los autos que ejecutan. Saldrá a la venta en el estado de ocupación que da cuenta el acta de constatación de fs.121/125 de autos y con una base única de $ 25.116,06. El comprador deberá abonar en el acto del remate en dinero en efectivo y/o cheque certificado el 10% del precio de compra a cuenta con más el 3% de comisión al martillero. Para el caso que la suma ut supra mencionada supere el valor de $ 30.000, no podrá realizarse en efectivo, pudiendo optar por cheque certificado o en su defecto se deberá depositar previo al día de la subasta dicha monto en el Banco Municipal sucursal Colegio de Abogados a la orden de este Juzgado y para estos autos conforme con lo dispuesto por la comunicación “A” 5147 del B.C.R.A. El saldo de precio deberá ser depositado dentro de los cinco días de notificada la aprobación de la subasta, y si intimado el adquirente no efectuare el pago, se dejará sin efecto la misma, con el apercibimiento del art. 497 CPCC. Los impuestos, tasas, contribuciones, gastos centrales y/o servicios que se adeudaren, gastos de transferencia e IVA sobre el precio de compra, si correspondiere, son a cargo del comprador. El saldo se depositará una vez aprobada la subasta judicialmente en los términos de los arts.497 y 499 CPCC. De comprarse en comisión debe indefectiblemente comunicarlo en el acto del remate haciendo saber los datos personales de aquel por quien compra, quien deberá además aceptar la misma en el plazo de tres días a partir de la fecha de subasta, bajo apercibimiento de tener al comprador en comisión como adjudicataria definitivo. A los fines de la exhibición del inmueble a subastar, desígnense los dos días hábiles anteriores a la fecha de subasta en el horario de 10 a 12 hs. El adquirente del inmueble subastado deberá acudir a escribano público para confeccionar la escritura pública que instrumentará la transferencia de dominio a su favor, por lo que se excluye en la especie la opción prevista en el art. 505, 2° párr. del CPCC. En autos se encuentra copia de la escritura de hipoteca y en donde se relaciona el titulo de propiedad, advirtiéndose que luego de la subasta no se atenderá reclamo alguno por falta y/o insuficiencia de títulos. Conforme resolución AFIP 745 CUIT martillero 20-11270660-8 y D.N.I. Nº propietarios 18.043.658; 18.043.657, y 20.174.328 respectivamente. Todo lo que se hace saber a los efectos legales. Rosario, 20 de Mayo de 2.016 – María Belén Baclini, Secretaria.
$ 763 292560 May. 31 Jun. 2
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