REGISTRADA BAJO EL Nº 12409
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE
L E Y:
ARTICULO 1º.- Apruébase
la exención de la rendición de cuentas del subsidio que le fuera otorgado a la
señora Mónica Graciela Galván por medio del Decreto Nº 1378/04, en concepto de
compensación por los sufrimientos padecidos ante el fallecimiento por asfixia
de su hijo Lucas Gabriel Galván, tras la ingesta de leche materna, en
oportunidad de encontrarse evacuado en la Escuela Julio Bello Nº 618, como
consecuencia del fenómeno hídrico acontecido en nuestra ciudad los días 29 y 30
de abril de 2003.
La citada norma legal, se agrega como
anexo y forma parte de esta Ley.
ARTICULO 2º.- Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA
LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS CINCO DIAS DEL MES DE MAYO DEL
AÑO DOS MIL CINCO.
Edmundo Carlos Barrera
Presidente
Cámara de Diputados
María Eugenia Bielsa
Presidenta
Cámara de Senadores
Marcos Corach
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados
José Luis Gramajo
Subsecretario Legislativo
Cámara de Senadores
DECRETO Nº 0974
SANTA FE, 23 may 2005
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VISTO:
La aprobación de la Ley que antecede Nro. 12.409 efectuada por la H. Legislatura;
D E C R E T A :
Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de
Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por
todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-
OBEID
Julio Esteban Barberis
La presente Ley se publica sin la documentación anexa
quedando a disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica
Legislativa - Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto - 3 de Febrero 2649
2° Piso - Santa Fe Tel.
0342-4506607 - e-mail:ditecleg@arnet.com.ar
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