picture_as_pdf 2005-05-31

REGISTRADA BAJO EL Nº 12409

 

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA

SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y:

 

ARTICULO 1º.- Apruébase la exención de la rendición de cuentas del subsidio que le fuera otorgado a la señora Mónica Graciela Galván por medio del Decreto Nº 1378/04, en concepto de compensación por los sufrimientos padecidos ante el fallecimiento por asfixia de su hijo Lucas Gabriel Galván, tras la ingesta de leche materna, en oportunidad de encontrarse evacuado en la Escuela Julio Bello Nº 618, como consecuencia del fenómeno hídrico acontecido en nuestra ciudad los días 29 y 30 de abril de 2003.

La citada norma legal, se agrega como anexo y forma parte de esta Ley.

 

ARTICULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS CINCO DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL CINCO.

 

Edmundo Carlos Barrera

Presidente

Cámara de Diputados

María Eugenia Bielsa

Presidenta

Cámara de Senadores

Marcos Corach

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

José Luis Gramajo

Subsecretario Legislativo

Cámara de Senadores

 

DECRETO Nº 0974

 

SANTA FE, 23 may 2005

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

VISTO:

La aprobación de la Ley que antecede Nro. 12.409 efectuada por la H. Legislatura;

D E C R E T A :

Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-

OBEID

Julio Esteban Barberis

La presente  Ley se publica sin la documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto -    3 de Febrero  2649    Piso -  Santa Fe Tel. 0342-4506607 - e-mail:ditecleg@arnet.com.ar

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