MINISTERIO
DE EDUCACION
JUNTA DE
DISCIPLINA PARA EL PERSONAL DOCENTE
COMUNICADO
La Junta de Disciplina para el Personal
Docente comunica a la Profesora Fideiro, Marcela D.N.I. N° 16.155.555, en 04 hs. titular en la Escuela de Educación Técnica N° 469, de la localidad de Rosario - Región VI-, que los
miembros titulares del Cuerpo: Sr. Rubén Domingo Greco, Sr. Roberto U. Nini, Srta. Margarita D’Angelo, Sra. María Virginia Torres
del Sel, Sra. Nora Marcela Giacomino
y Sra. Telma M. Alvarez,
tendrán a su cargo el tratamiento del Expte. N° 00416-0051585-1 Informe s/Inasistencia injustificadas de
la docente Fiderio Marcela, a los fines de cumplir
con lo establecido en el Art. 50 de la Ley 10290.
S/C 11759 May.
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MINISTERIO
DE SALUD
VISTO: El expediente N° 00501-0032905-5 del S.I.E.,
mediante el cual se gestiona la aplicación de la sanción disciplinaria de
cesantía al Sr. Marcelo Fernando López, Personal Administrativo (categoría 1)
en el Hospital Escuela “Eva Perón” de Granadero Baigorria,
que funciona en el ámbito del Ministerio de Salud y Medio Ambiente; y sus considerandos.
EL GOBERNADOR DE
LA PROVINCIA
DECRETA
ARTICULO 1°: Déjase
cesante, con retroactividad al 21/4/00, por abandono de servicio sin causa
justificada, de conformidad con lo establecido en los artículos 50, inciso c),
y 53, inciso c) de la Ley N° 8525, al Sr. MARCELO
FERNANDO LOPEZ (M.I. N°
21.885.461 - clase 1970), Personal Administrativo (categoría 1) en el Hospital
Escuela “Eva Perón” de Granadero Baigorria, que funciona
en el ámbito del Ministerio de Salud y Medio Ambiente (Carácter 1 -
Jurisdicción 50 - Programa 16 - Sub-Programa 2 -
Actividad Específica 1 - Fuente de Financiamiento 111 - Inciso 1 - Partida
Principal 1 - Finalidad 3 - Función 10 - Sub-Parcial
2 - Ubicación Geográfica 84.
ARTICULO 2°: Regístrese, comuníquese y
archívese.
Fdo. REUTEMANN -
Ing. Fernando Bondesio
S/C 11839 May.
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VISTO: El expediente N° 00501-0036279-5 del S.I.E., en
el cual se gestiona la aplicación de la sanción disciplinaria de cesantía de la
Sra. Loni Michel Frey, Personal de enfermería en el Hospital Centenario de
Rosario que funciona en el ámbito del Ministerio de Salud y Medio Ambiente; y
sus considerandos.
EL GOBERNADOR DE
LA PROVINCIA
DECRETA
ARTICULO 1°: Déjase
cesante, con retroactividad al 1/2/01, por abandono de servicio sin causa
justificada, de conformidad con lo establecido en el artículo 53, inciso c) en
concordancia con el 50, inciso c) de la Ley N° 8525,
a la Sra. LONI MICHEL FREY (M.I. N°
92.787.463 - clase 1958), Personal de Enfermería en el Hospital del Centenario
de Rosario, que funciona en el ámbito del Ministerio de Salud y Medio Ambiente
(Carácter 1 - Jurisdicción 50 - Programa 16 - Sub-Programa
02 - Fuente de Financiamiento 111 - Inciso 1 - Partida Principal 1 - Partida Sub-Parcial 10 - Finalidad 3 - Función 10 - Categoría 1 -
Ubicación Geográfica 84).
ARTICULO 2°: Regístrese, comuníquese y
archívese.
Fdo. REUTEMANN -
Ing. Fernando Bondesio
S/C 11840 May.
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VISTO: El expediente N° 00501-0044244-8 del S.I.E.,
mediante el cual se gestiona la cesantía del Sr. Miguel Angel
Wiedmer, quien revista en el agrupamiento
Hospitalario - Asistencial en el Hospital Escuela “Eva Perón” de Granadero Baigorria, que funciona en el ámbito del Ministerio de
Salud y Medio Ambiente; y sus considerandos.
EL GOBERNADOR DE
LA PROVINCIA
DECRETA
ARTICULO 1°: Déjase
cesante, con retroactividad al 8/5/01, por abandono de servicio sin causa
justificada, de conformidad con lo normado en el artículo 53, inciso c) en
concordancia con el 50, inciso c) de la Ley N° 8525,
al Sr. MIGUEL ANGEL WIEDMER (M.I. N°
10.727.940 - clase 1953), quien revista en el agrupamiento Hospitalario -
Asistencial en el Hospital Escuela “Eva Perón” de Granadero Baigorria,
que funciona en el ámbito del Ministerio de Salud y Medio Ambiente (Carácter 1
- Jurisdicción 50 - Programa 16 - Sub-Programa 02 -
Actividad Específica 1 - Fuente de Financiamiento 111 - Inciso 1 - Partida
Principal 1 - Partida Sub-Parcial 10 - Finalidad 3 -
Función 10 - Categoría 3).
ARTICULO 2°: Autorízase
a la Fiscalía de Estado a iniciar las acciones legales pertinentes, contra el
Sr. Miguel Angel Wiedmer (M.I. N° 10.727.940 - clase 1953),
tendientes al recupero de los importes percibidos indebidamente en concepto de
remuneraciones correspondientes a los meses de mayo y junio de 2001.
ARTICULO 3°: Regístrese, comuníquese y
archívese.
Fdo. REUTEMANN -
Ing. Fernando Bondesio
S/C 11841 May.
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VISTO: El expediente N° 00501-0044244-8 del S.I.E.,
mediante el cual se gestiona la cesantía de la Sra. Brígida del Carmen
Rodríguez de Boni, Auxiliar de Enfermería en el
Hospital Psiquiátrico “Dr. Emilio Mira y López” de Santa Fe, que funciona en el
ámbito del Ministerio de Salud y Medio Ambiente; y sus considerandos.
EL GOBERNADOR DE
LA PROVINCIA
DECRETA
ARTICULO 1°: Déjase
cesante, con retroactividad al 3/3/02, de conformidad con la causal establecida
en el artículo 53, inciso c), en concordancia con el 50, inciso c) de la Ley N° 8525, a la Sra. BRIGIDA DEL CARMEN RODRIGUEZ de BONI (M.I. N° 12.882.059 - clase 1959),
Auxiliar de Enfermería en el Hospital Psiquiátrico “Dr. Emilio Mira y López” de
Santa Fe, que funciona en el ámbito del Ministerio de Salud y Medio Ambiente
(Carácter 1 - Jurisdicción 50 - Programa 16 - Sub-Programa
03 - Fuente de Financiamiento 111 - Inciso 1 - Partida Principal 1 - Partida Sub-Parcial 10 - Finalidad 3 - Función 10 - Categoría 2 -
Ubicación Geográfica 63).
ARTICULO 2°: Regístrese, comuníquese y
archívese.
Fdo. REUTEMANN -
Ing. Fernando Bondesio
S/C 11842 May.
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VISTO: El expediente N° 00501-0023146-2 del S.I.E.,
mediante el cual se gestiona la aplicación de la sanción disciplinaria de
cesantía al Dr. Hugo César Garnero, Profesional
Ayudante, con funciones de Médico Director, interino, con 24 horas semanales de
labor en el Servicio para la Atención Médica de la Comunidad de Miguel Torres,
que funciona en el ámbito del Ministerio de Salud y Medio Ambiente; y sus considerandos.
EL GOBERNADOR DE
LA PROVINCIA
DECRETA
ARTICULO 1°: Déjase
cesante, con retroactividad al 1/1/99, por abandono de servicio sin causa
justificada, de conformidad con lo establecido en el artículo 53, inciso c), en
concordancia con el 50, inciso c) de la Ley N° 8525,
al Dr. HUGO CESAR GARNERO (M.I. N°
11.126.558 - clase 1954), Profesional Ayudante, con funciones de Médico
Director, interino, con 24 horas semanales de labor en el Servicio de Atención
Médica de la Comunidad de Miguel Torres, que funciona en el ámbito del
Ministerio de Salud y Medio Ambiente (Carácter 1 - Jurisdicción 50 - Programa
16 - Sub-Programa 04 - Fuente de Financiamiento 111 -
Inciso 1 - Partida Principal 1 - Partida Sub-Parcial
15 - Finalidad 3 - Función 10 - Ubicación Geográfica 42).
ARTICULO 2°: Regístrese, comuníquese y
archívese.
Fdo. REUTEMANN -
Ing. Fernando Bondesio
S/C 11843 May.
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VISTO: El expediente N° 00501-0045262-9 del S.I.E.,
mediante el cual se gestiona la aplicación de la sanción disciplinaria de
cesantía a la Sra. Doris Lazo Ramos, Personal de
Enfermería en el Hospital del Centenario de Rosario, que funciona en el ámbito
del Ministerio de Salud y Medio Ambiente; y sus considerandos.
EL GOBERNADOR DE
LA PROVINCIA
DECRETA
ARTICULO 1°: Déjase
cesante, con retroactividad al 23/4/02, por abandono de servicio sin causa
justificada, de conformidad con lo normado en los artículos 50, inciso c), y
53, inciso c) de la Ley N° 8525, a la Sra. DORIS LAZO
RAMOS (M.I. N° 92.767.598),
Personal de Enfermería (categoría 1) en el Hospital del Centenario de Rosario,
que funciona en el ámbito del Ministerio de Salud y Medio Ambiente (Carácter 1
- Jurisdicción 50 - Programa 16 - Sub-Programa 02 -
Actividad Específica 01 - Fuente de Financiamiento 111 - Inciso 1 - Partida
Principal 1 - Partida Sub-Parcial 10 - Finalidad 3 -
Función 10 - Ubicación Geográfica 84).
ARTICULO 2°: Regístrese, comuníquese y
archívese.
Fdo. REUTEMANN -
Ing. Fernando Bondesio
S/C 11844 May.
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VISTO: El expediente N° 00501-0048291-8 del S.I.E.,
relacionado con el reclamo administrativo previo interpuesto con patrocinio
letrado, por la Sra. Cecilia Carla Ferrara, tendiente a obtener la
indemnización por daño moral sufrido a raíz del fallecimiento de su madre
Teresa Angélica Civitelli, ex - agente del Servicio
para la Atención Médica de la Comunidad de Rufino, que funciona en el ámbito
del Ministerio de Salud y Medio Ambiente; y sus considerandos.
EL GOBERNADOR DE
LA PROVINCIA
DECRETA
ARTICULO 1°: Recházase,
por improcedente, el reclamo administrativo previo interpuesto, con patrocinio
letrado, por la señora CECILIA CARLA FERRARA (M.I. N° 26.318.919), tendiente a obtener la indemnización por
daño moral sufrido a raíz del fallecimiento de su madre Teresa Angélica Civitelli, ex - agente del Servicio para la Atención Médica
de la Comunidad de Rufino, que funciona en el ámbito del Ministerio de Salud y
Medio Ambiente.
ARTICULO 2°: Regístrese, comuníquese y
archívese.
Fdo. REUTEMANN -
Ing. Fernando Bondesio
S/C 11845 May.
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VISTO: El expediente N° 00501-0017794-6 del S.I.E.,
relacionado con los recursos de revocatoria y apelación en subsidio
interpuestos, mediante apoderados, por la Sra. Alicia Antonia Tomes, con
funciones en el Centro de Salud “Evita” dependiente del Area
Programática del Hospital Provincial “Dr. José María Cullen”
de Santa Fe, que funciona en el ámbito del Ministerio de Salud y Medio
Ambiente, contra la Resolución Ministerial N°
1157/98; y sus considerandos.
EL GOBERNADOR DE
LA PROVINCIA
DECRETA
ARTICULO 1°: Recházase,
por improcedente, el recurso de apelación interpuesto, mediante apoderados, por
la señora ALICIA ANTONIA TOMES (M.I. N° 16.227.587 - Clase 1963), con funciones en el Centro de
Salud “Evita” dependiente del Area Programática del
Hospital Provincial “Dr. José María Cullen” de Santa
Fe, que funciona en el ámbito del Ministerio de Salud y Medio Ambiente, contra
la Resolución Ministerial N° 1157/98; y sus considerandos.
ARTICULO 2°: Regístrese, comuníquese y
archívese.
Fdo. REUTEMANN -
Ing. Fernando Bondesio
S/C 11846 May.
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