picture_as_pdf 2004-05-31

MINISTERIO DE EDUCACION

 

JUNTA DE DISCIPLINA PARA EL PERSONAL DOCENTE

 

COMUNICADO

 

La Junta de Disciplina para el Personal Docente comunica a la Profesora Fideiro, Marcela D.N.I. 16.155.555, en 04 hs. titular en la Escuela de Educación Técnica 469, de la localidad de Rosario - Región VI-, que los miembros titulares del Cuerpo: Sr. Rubén Domingo Greco, Sr. Roberto U. Nini, Srta. Margarita D’Angelo, Sra. María Virginia Torres del Sel, Sra. Nora Marcela Giacomino y Sra. Telma M. Alvarez, tendrán a su cargo el tratamiento del Expte. 00416-0051585-1 Informe s/Inasistencia injustificadas de la docente Fiderio Marcela, a los fines de cumplir con lo establecido en el Art. 50 de la Ley 10290.

S/C         11759    May. 31

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MINISTERIO DE SALUD

 

VISTO: El expediente 00501-0032905-5 del S.I.E., mediante el cual se gestiona la aplicación de la sanción disciplinaria de cesantía al Sr. Marcelo Fernando López, Personal Administrativo (categoría 1) en el Hospital Escuela “Eva Perón” de Granadero Baigorria, que funciona en el ámbito del Ministerio de Salud y Medio Ambiente; y sus considerandos.

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA

ARTICULO 1°: Déjase cesante, con retroactividad al 21/4/00, por abandono de servicio sin causa justificada, de conformidad con lo establecido en los artículos 50, inciso c), y 53, inciso c) de la Ley 8525, al Sr. MARCELO FERNANDO LOPEZ (M.I. 21.885.461 - clase 1970), Personal Administrativo (categoría 1) en el Hospital Escuela “Eva Perón” de Granadero Baigorria, que funciona en el ámbito del Ministerio de Salud y Medio Ambiente (Carácter 1 - Jurisdicción 50 - Programa 16 - Sub-Programa 2 - Actividad Específica 1 - Fuente de Financiamiento 111 - Inciso 1 - Partida Principal 1 - Finalidad 3 - Función 10 - Sub-Parcial 2 - Ubicación Geográfica 84.

ARTICULO 2°: Regístrese, comuníquese y archívese.

Fdo. REUTEMANN - Ing. Fernando Bondesio

S/C         11839    May. 31

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VISTO: El expediente 00501-0036279-5 del S.I.E., en el cual se gestiona la aplicación de la sanción disciplinaria de cesantía de la Sra. Loni Michel Frey, Personal de enfermería en el Hospital Centenario de Rosario que funciona en el ámbito del Ministerio de Salud y Medio Ambiente; y sus considerandos.

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA

ARTICULO 1°: Déjase cesante, con retroactividad al 1/2/01, por abandono de servicio sin causa justificada, de conformidad con lo establecido en el artículo 53, inciso c) en concordancia con el 50, inciso c) de la Ley 8525, a la Sra. LONI MICHEL FREY (M.I. 92.787.463 - clase 1958), Personal de Enfermería en el Hospital del Centenario de Rosario, que funciona en el ámbito del Ministerio de Salud y Medio Ambiente (Carácter 1 - Jurisdicción 50 - Programa 16 - Sub-Programa 02 - Fuente de Financiamiento 111 - Inciso 1 - Partida Principal 1 - Partida Sub-Parcial 10 - Finalidad 3 - Función 10 - Categoría 1 - Ubicación Geográfica 84).

ARTICULO 2°: Regístrese, comuníquese y archívese.

Fdo. REUTEMANN - Ing. Fernando Bondesio

S/C         11840    May. 31

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VISTO: El expediente 00501-0044244-8 del S.I.E., mediante el cual se gestiona la cesantía del Sr. Miguel Angel Wiedmer, quien revista en el agrupamiento Hospitalario - Asistencial en el Hospital Escuela “Eva Perón” de Granadero Baigorria, que funciona en el ámbito del Ministerio de Salud y Medio Ambiente; y sus considerandos.

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA

ARTICULO 1°: Déjase cesante, con retroactividad al 8/5/01, por abandono de servicio sin causa justificada, de conformidad con lo normado en el artículo 53, inciso c) en concordancia con el 50, inciso c) de la Ley 8525, al Sr. MIGUEL ANGEL WIEDMER (M.I. 10.727.940 - clase 1953), quien revista en el agrupamiento Hospitalario - Asistencial en el Hospital Escuela “Eva Perón” de Granadero Baigorria, que funciona en el ámbito del Ministerio de Salud y Medio Ambiente (Carácter 1 - Jurisdicción 50 - Programa 16 - Sub-Programa 02 - Actividad Específica 1 - Fuente de Financiamiento 111 - Inciso 1 - Partida Principal 1 - Partida Sub-Parcial 10 - Finalidad 3 - Función 10 - Categoría 3).

ARTICULO 2°: Autorízase a la Fiscalía de Estado a iniciar las acciones legales pertinentes, contra el Sr. Miguel Angel Wiedmer (M.I. 10.727.940 - clase 1953), tendientes al recupero de los importes percibidos indebidamente en concepto de remuneraciones correspondientes a los meses de mayo y junio de 2001.

ARTICULO 3°: Regístrese, comuníquese y archívese.

Fdo. REUTEMANN - Ing. Fernando Bondesio

S/C         11841    May. 31

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VISTO: El expediente 00501-0044244-8 del S.I.E., mediante el cual se gestiona la cesantía de la Sra. Brígida del Carmen Rodríguez de Boni, Auxiliar de Enfermería en el Hospital Psiquiátrico “Dr. Emilio Mira y López” de Santa Fe, que funciona en el ámbito del Ministerio de Salud y Medio Ambiente; y sus considerandos.

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA

ARTICULO 1°: Déjase cesante, con retroactividad al 3/3/02, de conformidad con la causal establecida en el artículo 53, inciso c), en concordancia con el 50, inciso c) de la Ley 8525, a la Sra. BRIGIDA DEL CARMEN RODRIGUEZ de BONI (M.I. 12.882.059 - clase 1959), Auxiliar de Enfermería en el Hospital Psiquiátrico “Dr. Emilio Mira y López” de Santa Fe, que funciona en el ámbito del Ministerio de Salud y Medio Ambiente (Carácter 1 - Jurisdicción 50 - Programa 16 - Sub-Programa 03 - Fuente de Financiamiento 111 - Inciso 1 - Partida Principal 1 - Partida Sub-Parcial 10 - Finalidad 3 - Función 10 - Categoría 2 - Ubicación Geográfica 63).

ARTICULO 2°: Regístrese, comuníquese y archívese.

 Fdo. REUTEMANN - Ing. Fernando Bondesio

S/C         11842    May. 31

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VISTO: El expediente 00501-0023146-2 del S.I.E., mediante el cual se gestiona la aplicación de la sanción disciplinaria de cesantía al Dr. Hugo César Garnero, Profesional Ayudante, con funciones de Médico Director, interino, con 24 horas semanales de labor en el Servicio para la Atención Médica de la Comunidad de Miguel Torres, que funciona en el ámbito del Ministerio de Salud y Medio Ambiente; y sus considerandos.

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA

ARTICULO 1°: Déjase cesante, con retroactividad al 1/1/99, por abandono de servicio sin causa justificada, de conformidad con lo establecido en el artículo 53, inciso c), en concordancia con el 50, inciso c) de la Ley 8525, al Dr. HUGO CESAR GARNERO (M.I. 11.126.558 - clase 1954), Profesional Ayudante, con funciones de Médico Director, interino, con 24 horas semanales de labor en el Servicio de Atención Médica de la Comunidad de Miguel Torres, que funciona en el ámbito del Ministerio de Salud y Medio Ambiente (Carácter 1 - Jurisdicción 50 - Programa 16 - Sub-Programa 04 - Fuente de Financiamiento 111 - Inciso 1 - Partida Principal 1 - Partida Sub-Parcial 15 - Finalidad 3 - Función 10 - Ubicación Geográfica 42).

ARTICULO 2°: Regístrese, comuníquese y archívese.

Fdo. REUTEMANN - Ing. Fernando Bondesio

S/C         11843    May. 31

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VISTO: El expediente 00501-0045262-9 del S.I.E., mediante el cual se gestiona la aplicación de la sanción disciplinaria de cesantía a la Sra. Doris Lazo Ramos, Personal de Enfermería en el Hospital del Centenario de Rosario, que funciona en el ámbito del Ministerio de Salud y Medio Ambiente; y sus considerandos.

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA

ARTICULO 1°: Déjase cesante, con retroactividad al 23/4/02, por abandono de servicio sin causa justificada, de conformidad con lo normado en los artículos 50, inciso c), y 53, inciso c) de la Ley 8525, a la Sra. DORIS LAZO RAMOS (M.I. 92.767.598), Personal de Enfermería (categoría 1) en el Hospital del Centenario de Rosario, que funciona en el ámbito del Ministerio de Salud y Medio Ambiente (Carácter 1 - Jurisdicción 50 - Programa 16 - Sub-Programa 02 - Actividad Específica 01 - Fuente de Financiamiento 111 - Inciso 1 - Partida Principal 1 - Partida Sub-Parcial 10 - Finalidad 3 - Función 10 - Ubicación Geográfica 84).

ARTICULO 2°: Regístrese, comuníquese y archívese.

Fdo. REUTEMANN - Ing. Fernando Bondesio

S/C         11844    May. 31

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VISTO: El expediente 00501-0048291-8 del S.I.E., relacionado con el reclamo administrativo previo interpuesto con patrocinio letrado, por la Sra. Cecilia Carla Ferrara, tendiente a obtener la indemnización por daño moral sufrido a raíz del fallecimiento de su madre Teresa Angélica Civitelli, ex - agente del Servicio para la Atención Médica de la Comunidad de Rufino, que funciona en el ámbito del Ministerio de Salud y Medio Ambiente; y sus considerandos.

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA

ARTICULO 1°: Recházase, por improcedente, el reclamo administrativo previo interpuesto, con patrocinio letrado, por la señora CECILIA CARLA FERRARA (M.I. 26.318.919), tendiente a obtener la indemnización por daño moral sufrido a raíz del fallecimiento de su madre Teresa Angélica Civitelli, ex - agente del Servicio para la Atención Médica de la Comunidad de Rufino, que funciona en el ámbito del Ministerio de Salud y Medio Ambiente.

ARTICULO 2°: Regístrese, comuníquese y archívese.

Fdo. REUTEMANN - Ing. Fernando Bondesio

S/C         11845    May. 31

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VISTO: El expediente 00501-0017794-6 del S.I.E., relacionado con los recursos de revocatoria y apelación en subsidio interpuestos, mediante apoderados, por la Sra. Alicia Antonia Tomes, con funciones en el Centro de Salud “Evita” dependiente del Area Programática del Hospital Provincial “Dr. José María Cullen” de Santa Fe, que funciona en el ámbito del Ministerio de Salud y Medio Ambiente, contra la Resolución Ministerial 1157/98; y sus considerandos.

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA

ARTICULO 1°: Recházase, por improcedente, el recurso de apelación interpuesto, mediante apoderados, por la señora ALICIA ANTONIA TOMES (M.I. 16.227.587 - Clase 1963), con funciones en el Centro de Salud “Evita” dependiente del Area Programática del Hospital Provincial “Dr. José María Cullen” de Santa Fe, que funciona en el ámbito del Ministerio de Salud y Medio Ambiente, contra la Resolución Ministerial 1157/98; y sus considerandos.

ARTICULO 2°: Regístrese, comuníquese y archívese.

Fdo. REUTEMANN - Ing. Fernando Bondesio

S/C         11846    May. 31

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