MINISTERIO DE EDUCACION
SANTA FE, 17 de mayo de 2002
V I S T O:
La existencia de cargos vacantes de Directores y Vicedirectores en Escuelas de Nivel Medio dependientes de la Dirección Provincial de Educación Media y Técnica de la Subsecretaría de Educación de este Ministerio; y
CONSIDERANDO:
Que se estima conveniente proceder a su cobertura con personal titular en beneficio de los intereses escolares y del buen funcionamiento del sistema;
Que, a los fines expresados, la Ley N° 8927 prevé el procedimiento de concurso para cubrir, con personal titular, cargos del Sistema Educativo Provincial, encuadrándose la presente gestión en el Decreto N° 0089/02 Régimen de Concurso para Ascenso en Cargos Directivos y de Supervisión del Personal Docente;
Que por Decreto Nº 0730/02 se reglamenta la utilización, en tanto permanezcan en vigencia, de los resultados de este tipo de concursos cuando contemplen antecedentes y oposición para el cubrimiento de suplencias;
Que la continuidad institucional adquiere valor en el marco de la situación particular de los establecimientos educativos provinciales, que se encuentran en plena transformación Curricular e Institucional, producto de la aplicación de la Ley Federal de Educación y del Pacto Federal Educativo y de los Acuerdos Interjurisdiccionales correspondientes;
Que, asimismo, ameritan ser consideradas las situaciones en cuanto a derechos de los docentes que estén en funciones directivas para evitar que se conculquen ciertos derechos de pertenencia consagrados por las costumbres y los usos;
Que para ello es menester considerar la situación particular tanto de docentes como de las Instituciones y de las particulares relaciones entre ellos, en medio de la transformación educativa en curso;
Que, como consecuencia de la substanciación de este concurso, será posible contar con un recurso humano que ha validado su calificación específica por oposición, por lo que es merecedor de la consideración prioritaria para aspirar a conducir, incluso como suplente, las instituciones educativas, por sobre aquel que no accedió a dicha calificación;
Que, por lo tanto se considera que esta convocatoria debe ser útil no sólo a los efectos de cubrir vacantes actuales, sino, en igual medida, contribuir a proveer a las instituciones de docentes habilitados para cubrir los cargos directivos que queden vacantes en el futuro;
Que ha tomado intervención la Dirección General de Asuntos Jurídicos de esta Jurisdicción emitiendo Dictamen N° 115/2002;
Atento a ello y a los antecedentes obrantes en Expediente N° 00401- 0119609-9 del registro de este Ministerio;
EL MINISTRO DE EDUCACION
R E S U E L V E:
1°) Convocar a concurso de ascenso de títulos, antecedentes y oposición, en las Instituciones Escolares dependientes de la Subsecretaría de Educación que contengan el Nivel Polimodal, con años de EGB3, que se determinan en el Anexo II -catorce (14) fojas- de este decisorio, de conformidad con las normas establecidas en la Ley N° 8927, el Decreto N° 0089/02 y las facultades acordadas por Decreto Nº 1596/85, para:
a) Cubrir vacantes de cargos directivos (Directores y Vicedirectores), mediante titularización;
b) Habilitar los escalafones resultantes del mismo para cubrir suplencias de cargos directivos (Directores y Vicedirectores) de acuerdo con lo establecido en el Decreto N° 730/02.
2°) Aprobar la Reglamentación para este Concurso de Ascenso a Cargos de Dirección y Vicedirección que se establece en el Anexo I que en diecisiete (17) fojas forma parte de la presente resolución.
3°) Aprobar los Anexos III, IV, V y VI que integran la presente en tres (3), una (1), tres (3) y tres (3) fojas, respectivamente, y que se referencian en el texto del reglamento pertinente aprobado por el apartado precedente.
4°) Disponer la participación de las Juntas de Calificación Profesional de las Zonas Norte y Sur (Decreto Nº 0636/97 y su modificatorio Nº 0089/02) a los efectos que se establecen en esta reglamentación.
5°) Facultar a la Subsecretaría de Educación para entender en todas las situaciones o casos no previstos y todo asunto o aspecto específico no contemplado en la presente resolución.
6°) Hágase saber y archívese.
Grupo 3
Convoc.Ascenso
Resolución
(Se publica sin los Anexos)