DECRETO N° 0425
SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”,
21 MAR 2011
VISTO:
el actual período de
Sesiones Extraordinarias de la H. Legislatura de la Provincia, convocado por
Decreto N° 2458 de fecha 06 de diciembre de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que este Poder
Ejecutivo considera necesario el tratamiento del asunto referido en el Artículo
1 del presente;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
ARTICULO 1º -
Inclúyese en el temario de Sesiones Extraordinarias de la H. Legislatura de la
Provincia, para su tratamiento, el siguiente asunto:
-.Expte. 24.883
C.C.S. – C. D.: Proyecto de ley que faculta a los municipios y comunas, en
forma excepcional para el año 2011, a afectar hasta el 50% del destino de los
ingresos provenientes del Fondo para la Construcción de Obras y Adquisición de
Equipamientos y Rodados (Ley N° 12.385), para ser aplicados a gastos
corrientes.
ARTICULO 2º -
Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese
BINNER
Dr. Antonio Juan Bonfatti
6197
________________________________________________________