ADMINISTRACION PROVINCIAL DE IMPUESTOS
Por disposición del Señor Administrador
Regional Rosario, se notifica a la firma Villa Berna S.A. con domicilio real en
calle Rivadavia 369 de la ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca y
domicilio legal en la calle San Luis 3568 de la ciudad de Rosario, Provincia de
Santa Fe, por Edicto en el BOLETIN OFICIAL, que se publica a sus efectos por
cinco días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 97 del Código Fiscal t.o. 1997, la Resolución Nº 096-7/05 dictada en autos
caratulados Expediente Nro. 13302-0404999-4 “ VILLA BERNA S.A.
Rosario, 7 de Febrero de 2005.
Visto:... Considerando:... Resuelve:
Art. 1º: Requerir a Villa Berna S.A.,
con domicilio real en calle Rivadavia 369 de la ciudad de San Fernando del
Valle de Catamarca y domicilio legal en la calle San Luis 3568 de la ciudad de
Rosario, el ingreso dentro de los plazos establecidos por los Arts. 49 y 54 del Código Fiscal (C.F.
t.o. 1997 y modif.) la suma de $ 14.116,76 (Pesos
Catorce mil ciento dieciséis con 79/100) en concepto de Impuesto de Sellos,
Intereses resarcitorios e Intereses punitorios
conforme al Anexo Nº 1, que forma parte de la presente.
Art. 2º: De acuerdo a las facultades
conferidas por el artículo 23 inc. 5 del mencionado
texto legal, se intima para que en el plazo de 15 (quince) días de efectuado el
ingreso del pago para cancelar la deuda exigida en el artículo que antecede,
exhiba o remita las constancias respectivas a la Subdirección de Planificación,
Selección y Control de Fiscalización Externa, sita en calle Tucumán Nº 1853,
Rosario, bajo apercibimiento de confeccionarse sin más trámite el Título Ejecutivo
respectivo, debiendo en consecuencia soportar la carga de los costos y costas
judiciales que se irroguen en el juicio de apremio a promoverse en su contra
por ante los Tribunales locales que por turno y/o competencia correspondan.
Art. 3º: Conforme a lo dispuesto en la
Ley 12071, se hace saber que le asiste el derecho de interponer formal Recurso
de Reconsideración en los términos del Art. 63 del Código Fiscal vigente, todo
dentro de los quince días hábiles contados a partir de la notificación de la
presente.
Art. 4º: Cúrsese a la Subdirección de
planificación, Selección y Control a efectos de su conocimiento, notificación y
demás efectos pertinentes.
RESOLUCION Nº 096-7/05
ANEXO Nº 1
IMPUESTO DE SELLOS
Fecha |
Fecha de |
Monto |
Alícuota |
Impuesto |
Int.Resarc. |
Int.Punitorios |
TOTAL |
Contrato |
Vto. Oblig. |
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Art.43 C.F. |
Art. 219 C.F. |
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Fisc. |
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05/09/03 |
20/09/03 |
$ 462.415,54 |
* 5%o |
$ 2.321,07 |
$ 924,20 |
$ 6.712,53 |
$ 9.957,80 |
05/10/03 |
20/10/03 |
$ 203.446,75 |
* 5%o |
$ 1.017,23 |
$ 376,90 |
$ 2.764,83 |
$ 4.158,96 |
|
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|
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|
|
TOTAL |
$ 14.116,76 |
Determinación calculada al 14/01/2005
Alícuota 10%o
divisible por la exención que corresponde al Club
Atlético Rosario Central
Valor de conversión de moneda
extranjera/cotización B.C.R.A. tipo vendedor al
cierre del día 04/09/03 $ 2,980 por U$S 1 y al cierre
del día 04/10/03 $ 2,950 por U$S 1.
Son Pesos: Catorce Mil Ciento Dieciséis
Con 76/100 Ctvs.
C.P.N. JACOBO MARIO COHEN
A/C Administración Regional Rosario
Administración Provincial De Impuestos
Resolución Interna Nº 030/04
S/C 6274 Mar.
31 Abr. 6
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Por disposición del Señor Administrador
Regional Rosario, se notifica a la firma DE FAZIO, SERGIO ALFREDO, DNI.
14.287.411, cuenta Nº 021-186779-1, con domicilio fiscal en calle Constitución
Nº 1698 y con domicilio real en calle Formosa Nº 248 Bis, ambos de la ciudad de
Rosario Provincia de Santa Fe, por Edicto en el BOLETIN OFICIAL que se publica
a sus efectos por cinco días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 97 del
Código Fiscal t.o. 1997, la Resolución Nº 919-5/04
dictada en autos caratulados Expediente Nro.
13302-0204472-0 “DE FAZIO SERGIO ALFREDO
Rosario, 26 de Julio de 2004.
Visto:... Considerando:... Resuelve:
Art. 1º: Establecer de oficio, sobre
base cierta los ajustes determinados en concepto de Impuesto sobre los Ingresos
Brutos por los períodos 01/1997 a 06/2001, practicados a la firma DE FAZIO,
SERGIO ALFREDO, cuenta Nº 021-186779-1, de acuerdo a las liquidaciones obrantes
a fs. 118, aplicar las penalidades aconsejadas por la
verificación de conformidad al siguiente detalle:
IMPUESTO |
PERIODOS |
DIF.IMPTO. |
RECARGOS |
MULTAS |
TOTALES |
|
|
ACTUALIZ. |
E INTS. |
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|
Ingresos Brutos |
1997/01 a 12 |
5.032,41 |
12.936,17 |
5.013,29 |
22.981,87 |
Ingresos Brutos |
1998/01 a 12 |
3.919,66 |
8.784,96 |
3.904,77 |
16.609,39 |
Ingresos Brutos |
1999/01 a 12 |
2.952,95 |
5.575,68 |
2.941,73 |
11.470,36 |
Ingresos Brutos |
2000/01 a 12 |
2.914,33 |
4.462,26 |
2.903,26 |
10.279,85 |
Ingresos Brutos |
2001/01-02-06 |
783,33 |
955,79 |
780,35 |
2.519,47 |
Ing. Brutos I.F.T. |
1997/01-02-06 |
|
0,98 |
|
0,98 |
Inf. a los Deberes |
|
|
|
300,00 |
300,00 |
Formales Art. 1º |
|
|
|
|
|
Inc. d) |
|
|
|
|
|
TOTALES |
|
15.602,68 |
32.715,84 |
15.843,40 |
64.161,92 |
Art. 2º: Requerir a la citada firma,
dentro del plazo de 15 (quince) días establecidos por los artículos 49 y 54 del
Código Fiscal vigente, el ingreso de la suma de $ 64.161,92 (Pesos: Sesenta y
Cuatro Mil Ciento Sesenta y Uno Con 92/100) conforme a lo detallado en el artículo
anterior, sin perjuicio de los recargos e intereses por falta de pago en
término y de lo establecido por el art. 156 del
citado cuerpo legal, en cuanto instituye que se trata de un pago provisorio y a
cuenta de la obligación que en definitiva resulte y sin que ello implique
enervar de modo alguno las facultades conferidas a este Organismo de
aplicación, y que si la estimación resultare inferior a la realidad, queda
subsistente la obligación de así denunciarlo y satisfacer la diferencia
resultante.
Art. 3º: De acuerdo a las facultades
conferidas por el artículo 23 inciso 5) del mencionado texto legal, se intima
para que en el plazo de 15 días de efectuado el ingreso del pago para cancelar
la deuda fiscal exigida en el artículo que antecede, exhiba y remita las
constancias respectivas a la Subdirección de Planificación, Selección y
Control, sita en calle Tucumán Nº 1853 Rosario, bajo apercibimiento de
confeccionarse sin más trámite el Título Ejecutivo respectivo, debiendo en
consecuencia soportar la carga de los costos y costas judiciales de apremio a
promoverse en su contra por ante los Tribunales locales que por turno y/o
competencia correspondan.
Art. 4º: Conforme a lo dispuesto en la
Ley 12.071, se les hace saber que le asiste el derecho de interponer formal
recurso de reconsideración en los términos del Art. 63º del Código Fiscal
vigente, dentro de los quince días hábiles contados a partir de la notificación
de la presente.
Art. 5º: Regístrese y pase a la
Subdirección de Planificación, Selección y Control a los fines de su
conocimiento, notificación y demás efectos pertinentes.
C.P.N. MANUEL A. VILLAABRILLE
Administrador
Administración Regional Rosario
Administración Provincial de Impuestos
S/C 6275 Mar. 31
Abr. 6
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