REGISTRADA BAJO EL Nº 13251
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE
L E Y :
ARTÍCULO 1.-
Declárese de interés general y sujeto a expropiación el inmueble ubicado en la
localidad de San José del Rincón, departamento La Capital, que se encuentra
identificado en el Registro General de la Propiedad bajo el dominio N° 22925,
tomo 79, folio 1277, número de Partida Inmobiliaria 10-16-00-734186/0000, con
destino a la ampliación del SAMCo local.
ARTÍCULO 2.-
Autorízase al Poder Ejecutivo Provincial a promover las acciones expropiatorias
contra quien en definitiva resulte ser propietario del inmueble descripto.
ARTÍCULO 3.- Las
erogaciones que se deban efectuar a los fines de la presente ley, serán a cargo
de la Provincia de Santa Fe.
ARTÍCULO 4.- Comuníquese
al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE
SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS TREINTA DÍAS DEL
MES NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL ONCE.
EDUARDO ALFREDO DI POLLINA
Presidente
Cámara de Diputados
GRISELDA TESSIO
Presidenta
Cámara de Senadores
LISANDRO RUDY ENRICO
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados
RICARDO H.
PAULICHENCO
Secretario
Legislativo
Cámara de
Senadores
SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional,
25-ENE-2012
De conformidad a lo
prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley
del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y
publíquese en el Boletín Oficial.
RUBEN D. GALASSI
Ministro de Gobierno y Reforma del Estado
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