picture_as_pdf 2004-12-30

REGISTRADA BAJO EL Nº 12389

 

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE

SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y :

 

ARTÍCULO 1.- Sustitúyese el Artículo 34 de la Ley 4908, el quedará redactado de la siguiente forma:

 

"Artículo 34 - Las Municipalidades y Comunas y los Consorcios Vecinales presentarán un plan de obras para la red comunal de coparticipación ante la Dirección Provincial de Vialidad. El aporte de la Dirección para la realización de las obras será de hasta un ochenta por ciento (80%) del costo total, tanto para las Municipalidades y Comunas como para los Consorcios Vecinales, la diferencia será cubierta proporcionalmente por las Municipalidades y Comunas y por los Consorcios con sus recursos propios.

La Dirección Provincial de Vialidad transferirá inicialmente, una vez aprobado el Plan de Obras, una parte de los recursos correspondientes y el saldo se irá transfiriendo de acuerdo con la certificación progresiva que realice la Dirección Provincial de Vialidad. Mientras no se haya concretado totalmente el plan de obras estipulado, la Municipalidad o Comuna no tendrá derecho a presentar nuevo plan de obras y a recibir nuevas asignaciones, con la excepción de aquellos casos en que razones técnicas y/o financieras aconsejen modificaciones con acuerdo de ambas partes."

ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS TREINTA DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CUATRO.

Edmundo Carlos Barrera

Presidente

Cámara de Diputados

               

María Eugenia Bielsa

Presidenta

Cámara de Senadores

               

Marcos Corach

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

               

Ricardo Paulichenco

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores

SANTA FE, 27 de diciembre de 2.004

De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.

Jorge Alberto Obeid

Gobernador de Santa Fe

 

 

 

_________________________________________