picture_as_pdf 2004-12-30

REGISTRADA BAJO EL Nº 12384

 

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE

SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y :

 

ARTÍCULO 1.- Dónase a la Comuna de Villa Saralegui un inmueble propiedad del Estado Provincial, ubicado en el departamento San Cristóbal, con inscripción dominial al 49614, Tomo 104 P., Folio 612, del año 1961. según plano de Mensura 8847/61, Certificado de Registro 42.828, Lote Dieciséis de la Manzana Letra "Z", que cuenta con una superficie de cuatro mil novecientos setenta y dos metros ochenta decímetros cuadrados, Partida Impuesto Inmobiliario 539613/0038-0.

ARTICULO 2.- La donación dispuesta en el artículo precedente se efectúa con cargo de que la Comuna de Villa Saralegui lo destine a la construcción de viviendas.

ARTICULO 3.- Los gastos que demande la presente donación serán soportados por la Comuna de Villa Saralegui.

ARTICULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS TREINTA DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CUATRO.

Edmundo Carlos Barrera

Presidente

Cámara de Diputados

María Eugenia Bielsa

Presidenta

Cámara de Senadores

Marcos Corach

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

Ricardo Paulichenco

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores

 

SANTA FE, 27 de diciembre de 2.004

De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.

Jorge Alberto Obeid

Gobernador de Santa Fe

_________________________________________