COMUNA
DE CHABAS
LLAMADO A
CONCURSO
Llámase a concurso de
antecedentes y propuesta técnica y económica para la obra sistema de desagüe cloacales para la localidad de chabás.
Retiro de pliegos: Secretaría
Administrativa - Comuna Chabás.
Días y horarios: lunes a viernes de 8 a
12 horas.
Valor del pliego: $ 300.-
Apertura: 23 de enero de 2004 a las 10
horas.
$ 150 34439 Dic. 30 En. 13
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GOBERNACION
NOTIFICACION
En relación con los autos
administrativos Nº 00101-0120628-3 del registro del Sistema de Información de
Expedientes -GOBERNACION- y caratulados: “GUARDAFAUNA HONORARIO E/ACTA
INFRACCION Nº 0531/03 al señor BENITO LUIS CHIOSSO se procede a notificar
fehacientemente por este medio, conforme lo preceptuado en el Artículo 20º Inc. e) del Decreto-Acuerdo Nº 10.204/58, al señor BENITO
LUIS CHIOSSO, domiciliado en Bardo Aressi - Zona
Rural de la localidad de Recreo (Provincia de Santa Fe), de lo establecido en
la RESOLUCION Nº 0128 de fecha 27 de octubre de 2003, emitida por el señor
Secretario de Estado de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable, y que
textualmente en su parte pertinente expresa lo siguiente: “VISTO ... y
CONSIDERANDO: ... POR ELLO: ARTICULO 1º.- Sancionar al Señor BENITO LUIS
CHIOSSO, D.N.I. Nº 13.589.793, domiciliado en Barrio Aressi - Zona Rural de la localidad de Recreo (Provincia de
Santa Fe), con una multa cuyo valor dinerario asciende a PESOS CIENTO OCHENTA
($ 180.-), por la comisión de los hechos que, en perjuicio de la fauna
acuática, aluden los considerandos de la presente, en
infracción a los artículos 69º, 72º y 73º del texto reglamentario aprobado por
el artículo 1º del Decreto Nº 4.148/63, artículo 1º de la Resolución 090/99 y
artículo 1º inc. b) de la Resolución Nº 0021/98,
ambas Resoluciones emanadas de la ex Subsecretaria de Medio Ambiente y
Ecología, dictadas conforme a lo previsto por el artículo 2º del texto legal
antes mencionado, todo ello en función de lo preceptuado por los artículos 1º inc. b) 13º, l4º inc. b), 16 inc. a)
22º, 24º, 26º y 27º del Régimen establecido por el artículo 2º del Decreto-Ley
Nº 4218/58, ratificado por Ley Nº 4.830.- ARTICULO 2º.- Establecer que en caso
de no hacerse efectivo el pago de la multa dispuesta en el artículo primero de
la presente, dentro de los quince (15) días contados a partir de su
notificación fehaciente, se requerirá la intervención de Fiscalía de Estado, a
los efectos de proceder a su cobro compulsivo por vía judicial. ARTICULO 3º.-
Confirmar el comiso definitivo de seis (6) tramperos, dos (2) Maromas con un
total de dieciséis (16) anzuelos, una (1) Red de pesca tipo sabalera de 16 cms. de trama y 50 mts. de
longitud aproximadamente, las cuales quedan en depósito en el galpón de comisos
de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable, hasta su
disposición final.- ARTICULO 4º.- Confirmar el comiso y posterior
desnaturalización de cuatro (4) Surubíes, un (1) Dorado, tres (3) Armados
Chancho, cinco (5) Armados Laguneros, cuatro (4) Manduvíes,
un (1) Sábalo y un (1) Amarillo.- ARTICULO 5º.- Regístrese, comuníquese y
archívese.” Fdo. Dr. ANIBAL 0. VAZQUEZ - Secretario
de Estado de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable. Lo que se publica en el
Boletín Oficial a sus efectos y por el término y bajo apercibimientos legales. Fdo. Prof. Juan Carlos Copponi
Director General de Despacho y Decretos de a Gobernación, Santa Fe, diciembre
de 2.003.
S/c 34477 Dic
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NOTIFICACION
En relación con los autos
administrativos Nº 00101-0105820-6 del registro del Sistema de Información de
Expedientes -GOBERNACION y caratulados: “GUARDAFAUNA HONORARIO” E/ACTA
INFRACCION Nº 2434 al señor ISMAEL SEBASTIÁN VILLALBA se procede a notificar fehacientemente
por este medio, conforme lo preceptuado en el Artículo 20º Inc.
e) del Decreto-Acuerdo Nº 10.204/58, al señor ISMAEL SEBASTIÁN VILLALBA,
domiciliado en calle Avda. Dorrego
Nº 2.459 de la ciudad de San Lorenzo, (Provincia de Santa Fe), de lo establecido
en la RESOLUCION Nº 0114 de fecha 07 de octubre de 2003, emitida por el señor
Secretario de Estado de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable, y que
textualmente en su parte pertinente expresa lo siguiente: VISTO ... y
CONSIDERANDO:... POR ELLO: ARTICULO 1º.- Rechazar por improcedente e infundado
el recurso de revocatoria interpuesto contra la Resolución Nº 041/2002 de la
Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable, por el señor
ISMAEL SEBASTIÁN VILLALBA, D.N.I. Nº 26.517.672, con
patrocinio letrado del Dr. Cristian Tombolini,
domiciliado en calle Leandro Alem Nº 1687 de la
ciudad de San Lorenzo, Provincia de Santa Fe y habiendo constituido domicilio a
los efectos administrativos en calle Avda. Dorrego Nº 2.459 de la misma ciudad.- ARTICULO 2º.-
Regístrese, comuníquese y archívese.” Fdo. Dr. ANIBAL
0. VAZQUEZ - Secretario de Estado de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable.
Lo que se publica en el Boletín Oficial a sus efectos y por el término y bajo
apercibimientos legales. Fdo. Prof. Juan Carlos Copponi Director General de Despacho y Decre
s de la Gobernación-, Santa Fe, diciembre 2003.
S/c 34478 Dic
30
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