JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
POR
LUCIANO SEBASTIÁN GUARDIA
Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la Ciudad de Santa Fe, Dr. Carlos F. Marcolin, Secretaría de la Dra. Mariana Nelli, en los autos caratulados “Odasso, Marcelo Américo y otros el (D.N.I. 8.507.345, hoy sus herederos: D.N.I. 33.110.476 y 34.780.824) s/Ejecución Hipotecaria (CUIJ 21-00993580-8), se ha dispuesto que el Martillero Público Luciano Sebastián Guardia, matrícula 897, CUIT 20-24943130-4, proceda a vender en pública subasta el día 20 de diciembre de 2017 a las 10,00 horas o el día hábil siguiente a la misma hora si aquél resultare feriado, ante el Juzgado de Primera Instancia de Circuito N° 24 de la ciudad de San Carlos Centro, provincia de Santa Fe, el inmueble que, según título, se describe como “La manzana de terreno número doce y el solar con todo lo edificado, clavado y plantado, situados en el pueblo La Carlota, hoy San Carlos Norte, Departamento Las Colonias, de esta Provincia, compuesta de 86,60 metros de frente al Este, 86,60 metros de fondo, cuya manzana y solar en conjunto linda: al Norte, con la manzana 16 y 17; al Este, con la manzana N° 14 y el solar de don Jacobo Puritain; al Sud, con los Hermanos Rey y al Oeste, con el solar N° 4 y la manzana Nº 11. Todo de acuerdo a título”. Saldrá a la venta con la base de avalúo fiscal ($ 42.325,5) y se adjudicará al mejor postor; en caso de no haber postores se ofrecerá nuevamente con la retasa del 25%; y de no existir nuevamente postores, se ofrecerá sin base y al mejor postor. Informa el Registro General de la Propiedad (fs. 200/205): que el dominio del inmueble está inscripto a nombre del demandado (D.N.I. 8.507.345) al Tomo 366 Impar, Folio 2261, N° 111051, año 2009, Sección “Propiedades”, Depto. Las Colonias, que posee titularidad del dominio pleno, que no registra inhibiciones, que el inmueble registra un embargo: de fecha 21/11/12, Aforo 129139, monto: 42.601,00 dólares, el de autos, reinscripto s/oficio 170691 del 30/10/17, y una hipoteca: de fecha 02/11/09 N° 111.052, Folio 527, Tomo 86, Depto. Las Colonias, en primer grado, monto 32.770,00 U$S, la de autos. Informa la Administración Provincial de Impuestos (API) (fs. 131/146) que bajo el número de partida 09-30-00-092054/0000-2 se adeudan al 31/07/17, $ 1.432,81 (2017 cuotas 1, 2 y 3). Informa la Comuna de San Carlos Norte (fs. 154/155) que no adeuda tasas comunales, e. eléctrica y agua potable. Informa el Servicio de Catastro e Información Territorial (fs. 173) que no consta plano de mensura inscripto, deberá regularizar estado parcelario. De la Constatación (fs. 157/159) realizada el 05/07/2017 por el Sr. Oficial de Justicia, surge que: se trata de una manzana comprendida entre las calles 25 de Mayo, Mariano Moreno, Manuel Belgrano y 1ro. de Mayo. Dentro de dicho terreno existen tres construcciones, antiguas, precarias -una de mayor tamaño que se encuentran deshabitadas y a las que no se puede acceder por encontrarse cerradas.
Cuenta con los servicios de agua potable y corriente eléctrica. Se ubica a cinco (5) cuadras de calle San Martín que a vez se corresponde con la Ruta Provincial Nro. 6, 9 cuadras de la Escuela, 6 cuadras de la Iglesia y a 7 de la Comuna de San Carlos Norte.
Tanto el terreno como las construcciones se encuentran en total estado de abandono. En el portón de ingreso hay un cartel de venta del mismo. Condiciones: Quien resulte comprador deberá abonar en dinero efectivo y en el acto del remate el 10% del importe a cuenta del precio obtenido, más la comisión de ley (3%) del martillero, sin excepción. Con más los impuestos nacionales y provinciales que correspondan. El saldo del precio se abonará a la primera oportunidad de: A- al aprobarse la subasta, ó B- a los 40 días corridos desde la fecha del remate. En caso que no se ingrese el saldo en los momentos indicados, se apercibe el comprador de lo siguiente: a) si no deposita a los 40 días, el saldo devengará intereses con la aplicación de una vez y media la tasa que aplica el Banco de la Nación Argentina para sus operaciones de descuento de documentos a 30 días; y b) si no deposita a su intimación por aprobación del acta de subasta, se dará por decaído el derecho a su adjudicación, siendo responsable de los perjuicios que provoque, con pérdida de lo abonado a cuenta del precio. Hágase saber a los compradores que deberán conformarse con los títulos y demás constancias de autos, y que luego del remate no serán admisibles reclamación alguna por insuficiencia de ellos. Serán a cargo del comprador los impuestos, tasas, contribución de mejoras y servicios de aguas del inmueble a partir de la fecha del remate. Si el adjudicado compra en comisión, deberá denunciar su comitente para su constancia en el acta de la subasta; y el comitente deberá aceptar la compra formalmente bajo apercibimientos de tener al comisionado como adquirente. Se hace saber al que resulte adquirente que estarán a su cargo los trámites inherentes a la inscripción del dominio, y se le pondrá exigir la intervención de un letrado, de estimarlo pertinente o si así lo exige la índole del asunto art. 323 de la ley 10.160). Previo a inscribir se actualizará el informe del Registro General a los efectos del art. 506 del C.P.C.C., si correspondiere. Publíquense edictos por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y Hall de estos Tribunales. Autorízase la publicidad solicitada por el Martillero, con cargo de oportuna rendición de cuentas. Se recuerda al Martillero la responsabilidad emergente del art. 497 del C.P.C.C. Más informes en Secretaría del Juzgado y/o al martillero público (TE 0342-156131507). - Santa Fe, 24 de Noviembre de 2017 - Mariana Nelli, Secretaria.
$ 743 342454 Nov. 30 Dic. 4
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