picture_as_pdf 2010-11-30

REGISTRADA BAJO EL Nº 13144

 

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE

SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y:

 

ARTICULO 1.- Dónanse los siguientes inmuebles, propiedad del Superior Gobierno de la Provincia, al Club de Regatas Rosario:

a) Lote D del Plano de Mensura para Adquisición de Dominio confeccionado por el agrimensor ingeniero Raúl Daniel Álvarez, Director General de Topografía y Catastro de la Municipalidad de Rosario, archivado como duplicado N° 3.056 Rosario en el Departamento Topográfico del Servicio de Catastro e Información Territorial (SCIT) de la provincia de Santa Fe el 21 de julio de 2003, empadronado bajo Partida Impuesto Inmobiliario N° 16-03-07-989126/0000. Según el referido plano, el lote se encuentra ubicado desde la intersección (punto M) del eje de calle Nansen y el antiguo eje de la Avenida Granel (hoy Avenida Presidente Arturo Frondizi), a una distancia MN de 47,68 m hacia el Sur medida sobre dicho eje donde se ubica el punto N; de dicho punto N y en dirección al Este a una distancia NY de 171,97 m se encuentra el punto Y, desde este punto en dirección al Norte a una distancia YE de 70,00 m se encuentra el punto E, vértice suroeste del Lote D a describir. Desde el punto E y en Dirección al Norte parte el lado EA de 30 m; desde el Punto A y en dirección al Este parte el lado AB de 165,78 m que forma con el lado EA un ángulo de 90°; desde este punto B y en dirección hacia el Sur parte el lado BC de 9,18 m que forma con el lado BA un ángulo de 78° 28' 34”; desde este punto C y en dirección al Sur parte el lado CD de 21,18 m y forma con el lado BC un ángulo de 184° 04' 12” y desde este punto D en dirección al Oeste, parte el lado DE de 161,20 m que forma con el lado CD un ángulo de 97° 27' 14” y con el lado EA un ángulo de 90° cerrando de este modo el polígono EABCDE. Encierra una superficie total de cuatro mil ochocientos noventa y siete con ochenta y cuatro metros cuadrados (4.897,84 m2) y linda por el Oeste con la Municipalidad de Rosario (Parque Alem), por el Norte, con el Superior Gobierno de la provincia de Santa Fe (Parque Alem), por el Este con el río Paraná y por el Sur con el Club de Regatas de Rosario.

b) Lote E del Plano de Mensura para Adquisición de Dominio confeccionado por el agrimensor Carlos G. Downes y el ingeniero geógrafo Daniel E. Campanini, archivado como duplicado 3.688 Rosario en el Departamento Topográfico del Servicio de Catastro e Información Territorial (SCIT) de la provincia de Santa Fe el 26 de enero de 2009, empadronado bajo Partida Impuesto Inmobiliario N° 16-03- 07- 266216/0002. Según el referido plano el lote E se encuentra ubicado desde la intersección (punto M) del eje de calle Nansen y el antiguo eje de la Avenida Granel (hoy Avenida Presidente Arturo Frondizi), a una distancia MN de 47,68 m hacia el Sur medida sobre dicho eje donde se ubica el punto N de dicho punto N y en dirección al Este a una distancia NC de 179,92 m se encuentra el punto C; desde este punto C y en dirección al Este parte el lado CA de 130,66 m; desde este punto A y en dirección al Sur parte el lado AB de 16,57 m que forma con el lado CA un ángulo de 75° 04' 00”; desde este punto B y en dirección al Oeste parte el lado BC de 127,40 m que forma con el lado AB un ángulo de 97° 42' 50” y con el lado CA un ángulo de 7° 13' 10”, cerrando de este modo el polígono CABC. Encierra una superficie total de 1045,95 m2 y linda al Norte con el Club de Regatas Rosario, por el Este con el río Paraná y al Sur con el Superior Gobierno de la provincia de Santa Fe.

ARTICULO 2.- La aceptación de la donación que se realiza conforme lo dispuesto por el artículo 1° de la presente ley, implicará que el Club Regatas de Rosario tenga por íntegramente cumplido por la Municipalidad de Rosario el acuerdo sobre dación en pago celebrado en los autos caratulados “Club Regatas Rosario c/ Municipalidad de Rosario s/ Apremio” (Expte. N° 876/98), que se tramitó ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 12ª Nominación de Rosario.

ARTICULO 3.- Las fracciones de terrenos que se donan por medio de la presente, serán destinadas por el Club de Regatas Rosario a actividades deportivas, de recreación y esparcimiento y no podrán ser enajenados.

ARTICULO 4.- Derógase la ley provincial N° 12.463.

ARTICULO 5.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTISEIS DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIEZ. .

EDUARDO ALFREDO DI POLLINA

Presidente Cámara de Diputados

GRISELDA TESSIO

Presidenta Cámara de Senadores

LISANDRO RUDY ENRICO

Secretario Parlamentario Cámara de Diputados

RICARDO H. PAULICHENCO

Secretario Legislativo Cámara de Senadores 

 

DECRETO N` 2256

 

SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”,

 9 NOV 2010

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

VISTO:

 La aprobación de la Ley que antecede Nº 13.144 efectuada por la H. Legislatura,

 

DECRETA

 

Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.

BINNER

Dr. Antonio J. Bonfatti

5494

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