REGISTRADA BAJO EL Nº 13144
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE
SANCIONA CON FUERZA DE
L E Y:
ARTICULO 1.- Dónanse
los siguientes inmuebles, propiedad del Superior Gobierno de la Provincia, al
Club de Regatas Rosario:
a) Lote D del Plano
de Mensura para Adquisición de Dominio confeccionado por el agrimensor
ingeniero Raúl Daniel Álvarez, Director General de Topografía y Catastro de la
Municipalidad de Rosario, archivado como duplicado N° 3.056 Rosario en el
Departamento Topográfico del Servicio de Catastro e Información Territorial
(SCIT) de la provincia de Santa Fe el 21 de julio de 2003, empadronado bajo
Partida Impuesto Inmobiliario N° 16-03-07-989126/0000. Según el referido plano,
el lote se encuentra ubicado desde la intersección (punto M) del eje de calle
Nansen y el antiguo eje de la Avenida Granel (hoy Avenida Presidente Arturo
Frondizi), a una distancia MN de 47,68 m hacia el Sur medida sobre dicho eje
donde se ubica el punto N; de dicho punto N y en dirección al Este a una
distancia NY de 171,97 m se encuentra el punto Y, desde este punto en dirección
al Norte a una distancia YE de 70,00 m se encuentra el punto E, vértice
suroeste del Lote D a describir. Desde el punto E y en Dirección al Norte parte
el lado EA de 30 m; desde el Punto A y en dirección al Este parte el lado AB de
165,78 m que forma con el lado EA un ángulo de 90°; desde este punto B y en
dirección hacia el Sur parte el lado BC de 9,18 m que forma con el lado BA un
ángulo de 78° 28' 34”; desde este punto C y en dirección al Sur parte el lado
CD de 21,18 m y forma con el lado BC un ángulo de 184° 04' 12” y desde este
punto D en dirección al Oeste, parte el lado DE de 161,20 m que forma con el
lado CD un ángulo de 97° 27' 14” y con el lado EA un ángulo de 90° cerrando de
este modo el polígono EABCDE. Encierra una superficie total de cuatro mil
ochocientos noventa y siete con ochenta y cuatro metros cuadrados (4.897,84 m2)
y linda por el Oeste con la Municipalidad de Rosario (Parque Alem), por el Norte,
con el Superior Gobierno de la provincia de Santa Fe (Parque Alem), por el Este
con el río Paraná y por el Sur con el Club de Regatas de Rosario.
b) Lote E del Plano
de Mensura para Adquisición de Dominio confeccionado por el agrimensor Carlos
G. Downes y el ingeniero geógrafo Daniel E. Campanini, archivado como duplicado
3.688 Rosario en el Departamento Topográfico del Servicio de Catastro e
Información Territorial (SCIT) de la provincia de Santa Fe el 26 de enero de
2009, empadronado bajo Partida Impuesto Inmobiliario N° 16-03- 07- 266216/0002.
Según el referido plano el lote E se encuentra ubicado desde la intersección
(punto M) del eje de calle Nansen y el antiguo eje de la Avenida Granel (hoy
Avenida Presidente Arturo Frondizi), a una distancia MN de 47,68 m hacia el Sur
medida sobre dicho eje donde se ubica el punto N de dicho punto N y en
dirección al Este a una distancia NC de 179,92 m se encuentra el punto C; desde
este punto C y en dirección al Este parte el lado CA de 130,66 m; desde este
punto A y en dirección al Sur parte el lado AB de 16,57 m que forma con el lado
CA un ángulo de 75° 04' 00”; desde este punto B y en dirección al Oeste parte
el lado BC de 127,40 m que forma con el lado AB un ángulo de 97° 42' 50” y con
el lado CA un ángulo de 7° 13' 10”, cerrando de este modo el polígono CABC.
Encierra una superficie total de 1045,95 m2 y linda al Norte con el Club de
Regatas Rosario, por el Este con el río Paraná y al Sur con el Superior
Gobierno de la provincia de Santa Fe.
ARTICULO 2.- La
aceptación de la donación que se realiza conforme lo dispuesto por el artículo
1° de la presente ley, implicará que el Club Regatas de Rosario tenga por
íntegramente cumplido por la Municipalidad de Rosario el acuerdo sobre dación
en pago celebrado en los autos caratulados “Club Regatas Rosario c/
Municipalidad de Rosario s/ Apremio” (Expte. N° 876/98), que se tramitó ante el
Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 12ª Nominación
de Rosario.
ARTICULO 3.- Las
fracciones de terrenos que se donan por medio de la presente, serán destinadas
por el Club de Regatas Rosario a actividades deportivas, de recreación y
esparcimiento y no podrán ser enajenados.
ARTICULO 4.- Derógase
la ley provincial N° 12.463.
ARTICULO 5.-
Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE
SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTISEIS DÍAS
DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIEZ. .
EDUARDO ALFREDO DI POLLINA
Presidente Cámara de Diputados
GRISELDA TESSIO
Presidenta Cámara de
Senadores
LISANDRO RUDY ENRICO
Secretario Parlamentario Cámara de Diputados
RICARDO H.
PAULICHENCO
Secretario
Legislativo Cámara de Senadores
DECRETO N` 2256
SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”,
9 NOV 2010
EL GOBERNADOR DE LA
PROVINCIA
VISTO:
La aprobación de la Ley que antecede Nº
13.144 efectuada por la H. Legislatura,
DECRETA
Promúlgase como Ley
del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial,
publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde
observarla y hacerla observar.
BINNER
Dr. Antonio J. Bonfatti
5494
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