picture_as_pdf 2010-11-30

MINISTERIO DE GOBIERNO Y REFORMA DEL ESTADO

 

SECRETARIA DE TECNOLOGIAS PARA LA GESTION

 

RESOLUCIÓN N° 112

 

Santa Fe, 23 de noviembre de 2010

VISTO:

El Expediente N° 00201-0141024-7 del Sistema de Información de Expedientes, mediante el cual la Dirección Provincial de Tecnologías para la Seguridad y Atención de Emergencias del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe gestiona autorización para utilizar software propietario; y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Provincial N° 12.360, referida al uso de software libre, expresa en su Título IV - Excepciones - Articulo 4° “La Autoridad de Aplicación será el encargado de establecer los casos en que podrá utilizarse software propietario...”, atribución que fuera encomendada al Ministerio de Hacienda y Finanzas, en el Título III - Autoridad de Aplicación - Artículo 3°;

Que la ley N° 12.817, en su articulo 17°, incisos 30 y 31, asigna al Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado las competencias especificas de entender en la definición y gestión de los estándares tecnológicos, procesos y procedimiento aplicables a la mejora de la gestión y a la incorporación de las Nuevas tecnologías de la Información y de las Comunicaciones (TICS) y de entender en la formulación y desarrollo de políticas informáticas;

Que a los fines del desarrollo de las competencias que se le asignan al Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado se aprobó su organigrama funcional por Decreto N° 0038/07, creándose diversos órganos intraministeriales y entre ellos, la Secretaría de Tecnologías para la Gestión bajo la dependencia directa e inmediata de su titular;

Que el Decreto N° 0205/07, en su Artículo 1° transfiere a la órbita de la Secretaría de Tecnologías para la Gestión del Ministerio de Gobierno y Reforma del estado a la Dirección General de Informática dependiente del ex Ministerio de Hacienda y Finanzas;

Que la autorización solicitada por la Dirección Provincial de Tecnologías para la Seguridad y Atención de Emergencias del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe, en lo referido a dos (2) licencias de Software para Captura de Huellas Dactilares y dos (2) licencias de Ms Windows última versión en español, está relacionada con la gestión de compras de recursos informáticos que se tramita por expediente N° 00201-0138477-9;

Que el Decreto 1820/2005 establece en el Art. 4° inciso -a-“. y no existan en el mercado alternativas de software que se ajusten a la presente Ley que permitan asegurar el nivel de servicios requerido”, que es el caso en el que se encuentran estos sistemas;

Que en cuanto a política informática la Provincia mantiene desde hace varios años la utilización preferente del software libre, lo que ha permitido la elaboración de diversas aplicaciones informáticas que comprenden varios miles de programas, que se encuentran hoy instalados en diversos Organismos que desarrollan sus actividades en toda la Administración.

Que esta tecnología ha creado un notable grado de independencia y autonomía con relación a los productos propietarios y consecuentemente de sus proveedores y si bien requiere de una significativa inversión en capacitación, en el largo plazo redundará en importantes ahorros de recursos para el Estado Provincial;

Que si bien aún se mantiene una gran cantidad de programas y sistemas propietarios heredados, tal cuestión obedece a que las funcionalidades cubiertas por los mismo no pueden ser abandonadas ni convertidas en el corto plazo, no obstante lo cual la Secretaría de Tecnologías para la Gestión recomienda enfáticamente la elaboración de planes de migración que faciliten la transición de la situación actual a una que se ajuste a la legislación vigente en el más corto lapso de tiempo posible;

Que los planes de migración deben permitir superar las limitaciones existentes en materia de software libre dando la solución adecuada a las necesidades actuales sin condicionar, modificar o contradecir la política general fijada para el sector y ya en ejecución, dirigida a sustituir los modelos denominados propietarios por otros que brinden la más amplia libertad de su utilización a la Provincia;

Que conforme lo expuesto, se considera procedente autorizar a la Dirección Provincial de Tecnologías para la Seguridad y Atención de Emergencias del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe en carácter de excepción, a adquirir y usar el software propietario peticionado;

Por ello:

EL SECRETARIO DE TECNOLOGIAS PARA LA GESTION

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Autorizar a la Dirección Provincial de Tecnologías para la Seguridad y Atención de Emergencias del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe, a utilizar software propietario de conformidad al siguiente detalle:

Software para Captura de Huellas Dactilares, dos (2) licencias.

MS WINDOWS última versión en español, dos (2) Licencias.

ARTICULO 2°.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

Ing. JAVIER ECHANIZ

Secretario de Tecnologías

para la Gestión

S/C             5487                Nov. 30

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