MINISTERIO DE GOBIERNO Y
REFORMA DEL ESTADO
SECRETARIA DE TECNOLOGIAS
PARA LA GESTION
RESOLUCIÓN N° 112
Santa Fe, 23 de noviembre de 2010
VISTO:
El Expediente N°
00201-0141024-7 del Sistema de Información de Expedientes, mediante el cual la
Dirección Provincial de Tecnologías para la Seguridad y Atención de Emergencias
del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe gestiona autorización
para utilizar software propietario; y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Provincial
N° 12.360, referida al uso de software libre, expresa en su Título IV -
Excepciones - Articulo 4° “La Autoridad de Aplicación será el encargado de
establecer los casos en que podrá utilizarse software propietario...”,
atribución que fuera encomendada al Ministerio de Hacienda y Finanzas, en el
Título III - Autoridad de Aplicación - Artículo 3°;
Que la ley N° 12.817,
en su articulo 17°, incisos 30 y 31, asigna al Ministerio de Gobierno y Reforma
del Estado las competencias especificas de entender en la definición y gestión
de los estándares tecnológicos, procesos y procedimiento aplicables a la mejora
de la gestión y a la incorporación de las Nuevas tecnologías de la Información
y de las Comunicaciones (TICS) y de entender en la formulación y desarrollo de
políticas informáticas;
Que a los fines del
desarrollo de las competencias que se le asignan al Ministerio de Gobierno y
Reforma del Estado se aprobó su organigrama funcional por Decreto N° 0038/07,
creándose diversos órganos intraministeriales y entre ellos, la Secretaría de
Tecnologías para la Gestión bajo la dependencia directa e inmediata de su
titular;
Que el Decreto N°
0205/07, en su Artículo 1° transfiere a la órbita de la Secretaría de
Tecnologías para la Gestión del Ministerio de Gobierno y Reforma del estado a
la Dirección General de Informática dependiente del ex Ministerio de Hacienda y
Finanzas;
Que la autorización
solicitada por la Dirección Provincial de Tecnologías para la Seguridad y
Atención de Emergencias del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa
Fe, en lo referido a dos (2) licencias de Software para Captura de Huellas
Dactilares y dos (2) licencias de Ms Windows última versión en español, está
relacionada con la gestión de compras de recursos informáticos que se tramita
por expediente N° 00201-0138477-9;
Que el Decreto
1820/2005 establece en el Art. 4° inciso -a-“. y no existan en el mercado
alternativas de software que se ajusten a la presente Ley que permitan asegurar
el nivel de servicios requerido”, que es el caso en el que se encuentran estos
sistemas;
Que en cuanto a
política informática la Provincia mantiene desde hace varios años la
utilización preferente del software libre, lo que ha permitido la elaboración
de diversas aplicaciones informáticas que comprenden varios miles de programas,
que se encuentran hoy instalados en diversos Organismos que desarrollan sus
actividades en toda la Administración.
Que esta tecnología
ha creado un notable grado de independencia y autonomía con relación a los
productos propietarios y consecuentemente de sus proveedores y si bien requiere
de una significativa inversión en capacitación, en el largo plazo redundará en
importantes ahorros de recursos para el Estado Provincial;
Que si bien aún se
mantiene una gran cantidad de programas y sistemas propietarios heredados, tal
cuestión obedece a que las funcionalidades cubiertas por los mismo no pueden
ser abandonadas ni convertidas en el corto plazo, no obstante lo cual la
Secretaría de Tecnologías para la Gestión recomienda enfáticamente la
elaboración de planes de migración que faciliten la transición de la situación
actual a una que se ajuste a la legislación vigente en el más corto lapso de
tiempo posible;
Que los planes de
migración deben permitir superar las limitaciones existentes en materia de
software libre dando la solución adecuada a las necesidades actuales sin
condicionar, modificar o contradecir la política general fijada para el sector
y ya en ejecución, dirigida a sustituir los modelos denominados propietarios
por otros que brinden la más amplia libertad de su utilización a la Provincia;
Que conforme lo
expuesto, se considera procedente autorizar a la Dirección Provincial de
Tecnologías para la Seguridad y Atención de Emergencias del Ministerio de
Seguridad de la Provincia de Santa Fe en carácter de excepción, a adquirir y
usar el software propietario peticionado;
Por ello:
EL SECRETARIO DE TECNOLOGIAS PARA LA GESTION
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.-
Autorizar a la Dirección Provincial de Tecnologías para la Seguridad y Atención
de Emergencias del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe, a
utilizar software propietario de conformidad al siguiente detalle:
Software para Captura
de Huellas Dactilares, dos (2) licencias.
MS WINDOWS última
versión en español, dos (2) Licencias.
ARTICULO 2°.-
Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
Ing. JAVIER ECHANIZ
Secretario de Tecnologías
para la Gestión
S/C 5487 Nov. 30
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