picture_as_pdf 2006-11-30

REGISTRADA BAJO EL Nº 12675

 

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

 

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Acuerdo suscripto entre el Gobierno de la Provincia de Santa Fe y la Administración Federal de Ingresos Públicos, en fecha 7 de Agosto de 2006, para facilitar las tareas de recaudación y fiscalización de ambas partes.

El mencionado convenio está inscripto en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales bajo el 2876 en fecha 7 de Agosto de 2006 al Folio 40, Tomo VI, y forma parte de la presente ley.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS NUEVE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL SEIS.

Edmundo Carlos Barrera

Presidente

Cámara de Diputados

María Eugenia Bielsa

Presidenta

Cámara de Senadores

Diego A. Giuliano

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

José Luis Gramajo

Prosecretario Legislativo

Cámara de Senadores

 

DECRETO Nº 3112

 

SANTA FE, 24 NOV 2006

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

VISTO:

La aprobación de la Ley que antecede Nro. 12.675 efectuada por la H. Legislatura;

DECRETA:

Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-

OBEID

Walter Alfredo Agosto

La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto - 3 de Febrero 2649- 2° Piso - Santa Fe - Tel. 0342-4506607 - e-mail:ditecleg@arnet. com.ar

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