JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
POR
AMERICO ALBERTO CONTRERA
La Sra. Juez del Juzgado de Circuito de la 15 Nominación de Arroyo Seco, Pcia. de Santa Fe, dispuso y la Secretaría comunica que en los autos "MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/ CLEMENTE MARIO y/u otros s/ Apremio. Expte. 228/06, que el martillero Americo Alberto Contrera (Mat. 1382-C-142), CUIT 20-10064745-2), subastará el día 13 de Noviembre de 2015 o el día inmediato posterior si aquel resultare feriado a las 11 hs. en las puertas del Juzgado y por ante la Actuaría, un lote de terreno con todo lo clavado y plantado, denominado: Lote 19 A, manzana T, arranque a los 54,59 mts de una calle pública hacia el SE, Tomo 598, F° 24, Nº 247696, Plano año 67428/1971, Zona Rural, compuesto de: 12,16 mts de frente al SO, 12 mts al NE, 16,20 mts en su lado NO y 18,41 mts también de fondo al SE. El inmueble saldrá a la venta con base del avalúo fiscal ($ 712.56). Si transcurridos 15 minutos no hubiere postores, saldrá a la venta con retasa del 25% y si transcurridos otros 15 minutos persistiere la falta de postores, saldrá seguidamente Sin Base, adjudicándose al último y Mejor Postor. La venta se realizará en efectivo. Registra embargo carátula estos autos y este Juzgado al tomo 122E Fº 1455 Nº 331459, Monto $ 1.190,66 Oficio 920 de fecha 22/04/2013. Quién resulte comprador abonará al momento de la subasta el 30% a cuenta del precio, con más el 3% de comisión al martillero y el impuesto a la compra; el saldo de precio deberá ser abonado por el adquirente dentro de los 30 días de efectuada la subasta, aprobada esta o no. Atento a que las comunicaciones "A" 5147 y "A" 5212 del BCRA determinan que los cobros y pagos de depósitos judiciales superiores a $ 30.000.- deben ser realizados mediante transferencia electrónica - y como en igual sentido ordena la CSJSF-, si por el bien a rematarse se consiguiere un precio superior a dicho importe, el martillero y/o comprador deberán realizar el depósito judicial del precio mediante transferencia electrónica, en una cuenta a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Arroyo Seco, para estos autos y a la orden de este Juzgado. Caso de no cumplirse con el pago del saldo del precio en término, deberá abonarse por el retraso un interés calculado a la tasa del NBSF para operaciones de descuento de documentos a 30 días, desde la fecha de la subasta, sin perjuicio de la aplicación del art. 497 CPCC. y, si intimado el deudor, no pagare, se dejará sin efecto la subasta. Los impuestos, tasas y contribuciones que se adeudaren serán a cargo del adjudicatario, así como los gastos que demande la transferencia a su favor. El inmueble saldrá a la venta en el estado en que se encuentra, según constatación en autos (sin ocupante alguno). En las compras en comisión, el comprador deberá indicar el nombre de su comitente, dentro del sexto día de realizada la subasta, en escrito firmado por ambos, patrocinado por abogado, y constituyendo domicilio procesal. Vencido este plazo sin indicar comitente, se tendrá al comprador por adjudicatario definitivo. El adquirente del inmueble subastado deberá acudir ante escribano público para confeccionar la respectiva escritura que instrumentará la transferencia de dominio a su favor; consecuentemente exclúyese en autos la opción prevista en el art. 505, 2do. párrafo CPCC. Dispónense para visita del inmueble los tres días hábiles anteriores a la subasta, en el horario de 10 a 12. Hágase saber que los informes previos, títulos y demás constancias se encuentran agregados en autos para ser revisados por los interesados, y no se aceptarán reclamos por los mismos una vez efectuada la subasta. Publíquense edictos en el Boletín Oficial con la información sintética exigida por el art. 494 CPCC, por el término y bajo los apercibimientos de ley, dejándose copia de los mismos en el transparente del Juzgado y reservándose los autos en Secretaría. Autorízase la realización de propaganda adicional y la erogación de los gastos necesarios al efecto, con oportuna y documentada rendición de cuentas. Notifíquese en debida forma.- (208).- Expte. N° 62/01. Arroyo Seco, 23 de octubre de 2015. Fdo. Dra. Mariana Alvarado, Juez. Dra. Mariana Cattani, Secretaria.-
S/c.- 276018 Oct. 30 Nov. 3
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