JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
POR
CARLOS ARIAS PESADO
Por disposición del Juez de 1ª. Instancia Civil y Comercial de Distrito 8º Nominación Rosario, el Secretario que suscribe hace saber que en autos: CONSORCIO EDIFICIO MONACO 10 y Otra c/Otro s/Apremio, (Expte. N° 542/12), el Martillero Carlos Arias Pesado, (CUIT: 20-20.008.072-7), venderá en pública subasta, el día 12 de noviembre de 2013, a las 16:00 hs., en la Asociación de Martilleros de Rosario, sito en calle Entre Ríos 238, y de resultar inhábil y/o por razones de faena, mayor no se pudiere realizar el acto se efectuará el día hábil siguiente. La totalidad de la unidad ubicada en el “Edificio MONACO 10”, sito en calle Maipú 748/54/56, entre calles Córdoba y Santa Fe, Plano de Propiedad Horizontal Año 108242/81; individualizada como Unidad “U-Doce (11-12)“: destinada a cochera, con una superficie de propiedad exclusiva, de 10,39 metros cuadrados, una superficie de bienes comunes de 3,13 metros cuadrados, lo que hace un total general de 13,52 metros cuadrados, correspondiéndole un valor proporcional del 0,19% con relación al conjunto del inmueble; y (1/40) ava parte Indivisa de la Unidad Vehicular ubicada en planta segando subsuelo, planta primer subsuelo, plante baja y planta entre piso: unidad “U-Cuarenta y Dos (II-21: I-18: 00-07 y E-10)“, destinada a unidad de circulación vehicular, con entrada común por la calle Maipú 748 consta de un patio en planta baja de propiedad común con una superficie de propiedad exclusiva total de 1.096.90 metros cuadrados y uso exclusivo, con superficie de bienes comunes de 91,28 metros cuadrados, lo que hace un total general de 1.188,18 metros cuadrados, correspondiéndole un valor proporcional del 5,03% con relación al conjunto del inmueble. Informa el Registro General: dominio a nombre del demandado, (LE. 2.184.408). Inscripto: en Folio Real Matricida 16-2593/12 (100%) y en Folio Real Matricula: 16-2593/42 (1/40) ava parte Indivisa, Dto. Rosario; registrando las siguientes medidas precautorias: 1°) Asiento 1. Presentación 318998/8-3-2012. Embargo por $ 8.057. (S/E y O/I). Relac. As. 1 R-6, oficio N° 317/5-3/2012. 2°) Asiento 18. Presentación 318999/8-3-2012. Embargo parte Indivisa 1/40, por $ 1000. Relac. As. 8 R- 4, oficio Nº 316/5-3/2012. Ambos: Autos que se ejecutan. No registrando Hipotecas ni Inhibiciones. Los bienes saldrán a la venta en el estado de ocupación que se encuentra de acuerdo a las constancias de autos, con la base de $ 130.000.- Seguidamente, en caso de no haber postores, con una retasa del 25% y de persistir la falta de interesados a continuación el saldrá de la venta. En el acto de remate el comprador deberá abonar el 10% del importe total de la compra, con más la comisión de ley al martillero actuante (3%), en efectivo y/o cheque certificado. Se deja aclarado que no integran a los fines de determinar el porcentaje de comisión del martillero los importes de las deudas que posea el inmueble. Con relación al saldo de precio, deberá ser depositado por el adquirente una vez aprobada la subasta en el término de cinco días, mediante depósito en cuente judicial del Banco Municipal Sucursal Colegio de Abogados para estos autos y a la orden de este Juzgado, caso contrario deberá abonarse por el retraso en concepto de interés la tasa activa que cobra el Banco Nación Argentina en las operaciones al descuento de documentos a 30 días desde la fecha de la subasta y bajo el apercibimiento contenido en el art. 497 del CPCC, dejándose constancia que respecto del saldo de precio deberá asimismo cumplimentarse con lo dispuesto por la comunicación “A” 5147 del BCRA por lo cual de superar el importe de $ 30.000 deberá realizarse por transferencia interbancaria. En caso de incumplirse dicha disposición se hacer saber de manera expresa que la infracción a la normativa vigente será comunicada por este Tribunal y/o el martillero actuante a la AFIP. Déjese constancia que el comprador en remate podrá solicitar la inscripción del mismo en el Registro General de la Propiedad Inmueble respectivo, con copia certificada del acta de remate, a fin que tome razón de la misma, sin que impliqué transferencia a favor del adquirente. Se hace saber asimismo que tos títulos del inmueble se encuentran agregados a autos, no siendo admisible planteo alguno por falta o insuficiencia de los mismos en el acto de remate o con posterioridad. El oferente deberá encontrarse presente en el remate, bajo apercibimiento de tenerlo por desistido en ese mismo acto. Efectúense las comunicaciones del art. 506 y del art. 488 del CPCC, librándose los despachos pertinentes con la debida antelación, debiendo acompañarse las constancias del diligenciamiento antes de la subasta, bajo apercibimientos de suspenderse la misma a costa del martillero, ello sin perjuicio de lo dispuesto por el art. 503 del CPCC. Los impuestos, tasas, contribuciones, (Expensas, gastos y honorarios, no reclamados en este Juicio), y/o cualquier otro gravamen que pesen sobre el bien inmueble adeudados (nacionales, provinciales, municipales o comunales), IVA si correspondiere y gastos, como asimismo los gastos, sellados y honorarios notariales producidos por la transferencia dominial del inmueble subastado, serán exclusivamente a cargo del comprador en subasta. También serán a su cargo los que puedan resultar por nuevas mensuras, regularización de planos y/o medianerías en su caso. Entre los impuestos a cargo del comprador inclúyese, entre otros que corresponda, los siguientes: Impuesto nacional a la transferencia de inmuebles de personas físicas y sucesiones indivisas (ley 23.905) o ganancias, impuesto provincial sobre los ingresos brutos al caso de corresponder su aplicación (artículo 125 del Código Fiscal). El adquirente del inmueble subastado deberá a escribano público para confeccionar la escritura pública que instrumentará la transferencia de dominio a su favor, consecuentemente se excluye en autos la opción prevista en el artículo 505 2° párrafo del CPCC. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL y en el Hall de Tribunales en el transparente habilitado a tal efecto en la forma prescripta por el art. 67 del CPCC reformado por la ley Provincial 11.287. Exhibición: dos días hábiles anteriores a la subasta, en el horario de 16 a 17 hs. Todo lo que se hace saber a efectos legales. Secretaría, Rosario, 24 de Octubre de 2013. Santiago M. Malé Franch, secretario.
$ 888 214159 Oct. 30 Nov. 1
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