MINISTERIO DE AGUAS, SERVICIOS
PUBLICOS Y MEDIO AMBIENTE
SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE
NOTIFICACION
En los autos relacionados con la situación de la Empresa VIRZI TOURS, se ha dispuesto publicar el presente edicto a fin de notificar a su titular Dn. ANTONIO SALVADOR VIRZI la Nota 3228 de fecha 02 de octubre de 2013 cuyo texto se transcribe a continuación: “NOTA N° 3228 -Santa Fe, 02 de octubre de 2013 ... Se hace saber al permisionario de la Empresa VIRZI TOURS que en los autos caratulados “Subsecretaría de Transporte s/Situación de la Empresa VIRZI TOURS - Expte. Nº 01804 - 0008391-2 se lo notifica del Decreto N° 2993 de fecha 23 de septiembre de 2013 que en su parte resolutiva expresa: El Gobernador de la Provincia Decreta: Artículo 1°: Declárase caduco el Permiso Precario Nº 256, cuya titularidad fuera otorgada a favor de la Empresa “VIRZI TOURS” de Antonio Salvador Virzi C.U.I.T. 23.10066540-9, con domicilio en Bv. Nicolás Avellaneda N° 1970 de la ciudad de Rosario, en virtud de lo normado en los incisos e) y f) del Articulo 29 de la Ley N° 2499; habiéndose intimado a su cumplimiento por edictos según constancia de autos de fecha 15 de mayo de 2013 publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe.- Artículo 2° Notifíquese a las Autoridades Municipales y Comunales de las localidades comprendidas en el itinerario correspondiente al permiso revocado. Artículo 3°: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. Fdo. Dr. Antonio Juan Bonfatti. Arq. Antonio Roberto Ciancio.
S/C 10338 Oct. 30 Oct. 31
__________________________________________
MINISTERIO DE ECONOMIA
RESOLUCION N° 588
SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional” 18 de Octubre de 2013.
VISTO:
El expediente N° 00301-0064939-9 del registro del Sistema de Información de Expedientes, mediante el cual se propicia el Llamado a Concurso para cubrir el cargo vacante de Jefe de Area de Asesoramiento Técnico Administrativo - Subdirector, Categoría 8 - Agrupamiento Administrativo de la Dirección General de Despacho y Servicio Interministerial; y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto N° 1729/09, homologatorio del Acta Paritaria Central N° 5, reemplazó el Capítulo XIV “Régimen de los Concursos” del Escalafón General derogando además las restricciones impuestas en la materia por el Decreto N° 3924/87, facultándose así al titular de la Jurisdicción a efectuar llamados a concurso;
Que el cargo a cubrir corresponde al tramo superior de la Repartición citada anteriormente, y el mismo se encuentra vacante;
Que la Secretaría de Recursos Humanos y la Función Pública ha tomado intervención en autos, ejerciendo el correspondiente control técnico sobre los aspectos formales e instrumentales del procedimiento;
Que asimismo, las entidades sindicales U.P.C.N. y A.T.E. han tomado conocimiento del perfil previsto para el puesto, y han propuesto los miembros de su Comisión Directiva que integrarán el Jurado del Concurso como miembros titulares y suplentes del mismo;
Que la gestión encuadra en las disposiciones establecidas por el Capítulo XIV “Régimen de Concursos” del Decreto-Acuerdo Nº 2695/83, modificado por su similar N° 1729/09;
POR ELLO:
EL MINISTRO DE ECONOMIA
RESUELVE:
ARTICULO 1°.- Llamar a concurso interno para cubrir el cargo vacante de Jefe de Area de Asesoramiento Técnico Administrativo - Subdirector, Categoría 8 -Agrupamiento Administrativo de la Dirección General de Despacho y Servicio Interministerial.
ARTICULO 2°.- La descripción del puesto y determinación del perfil solicitado, así como las condiciones generales y particulares exigibles, se encuentran detallados en el “Anexo I”. La composición del Jurado, el procedimiento de inscripción, las etapas de la selección, fecha, lugar y hora en que se llevará a cabo cada una de ellas y la ponderación relativa correspondiente para la determinación del orden de mérito según la Categoría a concursar, se explicitan en el Anexo II de la presente, ambos formando parte integrante de la misma.
ARTICULO 3°.- Establecer que, en caso de existir inconvenientes con las fechas estipuladas para las evaluaciones de antecedentes, técnica y psicotécnica, y entrevista personal; el jurado del concurso mediante acta podrá cambiar la misma, con notificación fehaciente a los postulantes.
ARTICULO 4°.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
Cr. ANGEL JOSE SCIARA
Ministro de Economía
ANEXO I
PERFIL DE PUESTO
Cargo a cubrir: Categoría 8 - Agrupamiento Administrativo - Jefe de Area Asesoramiento Técnico Administrativo - Subdirector.
Sector: Dirección General de Despacho y Servicio Interministerial.
Lugar de prestación de Servicios: Centro Cívico Gubernamental - Avda. Arturo Illia 1151 Ciudad de Santa Fe.
Número de Puestos a cubrir: 1 (uno).
FUNCIONES ESENCIALES DEL PUESTO
• Coordinar la labor técnica y administrativa de la Unidad y asistir a la Dirección en los aspectos específicos de la esfera de su competencia y en todo aquello que la misma le encomiende particularmente.
• Supervisar y proceder al seguimiento del despacho diario del Ministerio de Economía y el proveniente de otras Jurisdicciones, a efectos de que el mismo se diligencie dentro de los términos establecidos.
• Supervisar a la Coordinación General Administrativa, procurando la aplicación de procedimientos eficaces de los sectores a su cargo.
• Revisar las actuaciones en trámite, dejándolos en estado de resolver a la firma de la Dirección.
• Entender en las cuestiones relacionadas con la planta de personal de la Dirección.
• Asistir a la Dirección General en la evaluación de los aspectos contables que se desprenden del área Habilitación, e intervenir en el análisis y contralor de las gestiones realizadas en ese sector.
• Entender en la toma de decisiones sobre el diseño e instrumentación de programas a almacenar a la base de datos de la Dirección, de acuerdo a las necesidades que surjan en la misma.
Conocimientos Básicos y Esenciales:
De la organización del Estado:
• Ley N° 12.817-Ley de Ministerios.
Del Personal:
• Estatuto del Personal de la Administración Pública - Ley N° 8.525.
• Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública - Decreto-Acuerdo N° 2.695/83.
• Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias - Decreto N° 1919/89.
Del Trámite y de la Gestión:
• Conocimiento sobre reglamentación de actuaciones administrativas - Decreto- Acuerdo N° 10204/58 - y normas sobre confección y análisis de actos administrativos o normas legales -Decreto N° 916/08.
• Conocimientos sobre Contabilidad Pública - Ley N° 12510 de Administración, Eficiencia y Control del Estado.
• Decreto N° 4211/90 - Recomendación para elaboración de Proyectos de Decretos, modificado por Decreto N° 2717/95.
• Decreto N° 3321/93 - Dispone la publicación obligatoria en el Boletín Oficial de los actos administrativos de alcance general con contenido normativo.
• Decreto N° 400/05 - Reglamenta procedimientos para la comunicación a las H. Cámaras Legislativas de los actos del Poder Ejecutivo cuando deba cumplirse dicho requisito.
• Decreto N° 0027/93 - Trámites muy urgentes.
• Decreto N° 4000/86 - Normas procedimentales para la redacción y remisión de los Proyectos de Ley.
• Derecho de acceso de la información pública. Decretos N°s. 0692/09, 1774/09 y 1507/11.
Conocimiento General de la normativa específica inherente a la Jurisdicción:
• Estructura y competencias del Ministerio de Economía.
• Estructura y competencias de la Dirección General de Despacho y Servicio Interministerial (Decreto N° 5721/91), modificada parcialmente por Decreto N° 097/10.
• Conocimientos técnicos no específicos:
• Manejo de herramientas informáticas: Internet, correo electrónico y firma digital.
• Manejo de herramientas de gestión.
• Excelente nivel de redacción y manejo del idioma español.
• Conocimientos y experiencia en redacción administrativa (Decretos, Resoluciones, proyectos de Leyes, Mensajes, Memos, Notas).
• Conocimiento del Sistema de Información de Expedientes de la Provincia (SIE).
Requisitos de Estudios o Experiencia:
• Estudios secundarios completos (excluyente). La búsqueda está orientada, preferentemente a Técnico en Administración y Gestión Pública.
Características Personales:
• Trato amable y respetuoso.
• Liderazgo para el cambio.
• Pensamiento estratégico, habilidad analítica.
• Marcada capacidad de trabajo y de gestión.
• Profunda responsabilidad y compromiso.
• Integridad, honestidad y ética.
• Iniciativa, creatividad e innovación.
• Capacidad para la resolución de problemas.
ANEXO II
COMPOSICION DEL JURADO
El Jurado estará integrado de la siguiente manera:
Presidente: El señor Subsecretario de Administración y de Coordinación Económica Territorial, C.P. EMILIANO IGNACIO ARZUAGA.
Titulares:
. El señor Subsecretario Legal, Dr. DIEGO IGNACIO CORVALAN.
• El señor Director Provincial de Recursos Humanos y Función Pública Dr. JUAN PABLO GUTIERREZ.
• El señor Director General de Despacho y Servicio Interministerial, Dr. ERNESTO GASPAR FRANCISCO LUNA.
• La señora Directora General de Administración, C.P.N. IVANNA LILIAN ARCE de FASSINO.
. El señor RODOLFO ANDRES PEREYRA, en representación de UPCN.
• La señora MONICA PAYA, en representación de UPCN.
• El señor HUGO RODRIGUEZ, en representación de UPCN.
• La señora PATRICIA RUDEL, en representación de A.T.E.
Suplente:
• La señora Directora General de Asesoría Letrada, Dra. MAGADALENA GUADALUPE DE PAUL.
• El señor Director General de Recursos Humanos y Función Pública. Dr. FRANCISCO BENITO ROQUE DE LOS MILAGROS BERRAZ MONTYN.
• La señora Subdirectora General de Despacho y Servicio Interministerial BLANCA SELVA VAZQUEZ
• La señora Subdirectora General de Administración, C.P.N. ANA MARIA GIANDOMENICO.
• El señor ROBERTO FRANCUCCI, en representación de UPCN.
• El señor EDUARDO TEMPERINI en representación de UPCN.
• El señor CESAR COLLIARD, en representación de UPCN.
. El señor RUBEN PEREYRA, en representación de A.T.E.
LUGAR y FECHA DE PRESENTACION DE LA DOCUMENTACION
Coordinación General de Personal de la Dirección General de Administración, sita en calle Avda. Pte. Arturo Illía Nº 1151- 6to. Piso - Centro Cívico Gubernamental - de la ciudad de Santa Fe. (Puerta Nº 616)
• Desde el día 28/10/13 hasta el 08/11/13 en el horario de 8 hs. a 12 hs.
Se deberá bajar el Formulario de Inscripción de la página web oficial o podrán ser retirados en el lugar mencionado, en el horario de 8 hs. a 12 hs.
Esta Jurisdicción tendrá a su cargo la difusión del concurso y el llamado del mismo se difundirá durante diez (10) días, a partir del 21/10/13 y la inscripción permanecerá abierta hasta cinco (5) días posteriores al fin de su difusión, de acuerdo a lo establecido en el artículo 92° del Decreto Nº 1729/09.
Los postulantes deberán acompañar al formulario de inscripción, una copia impresa de su Curriculum Vitae, una fotocopia de las dos primeras hojas de su D.N.I. o documento equivalente, con constancia del último cambio de domicilio realizado; y de todos los antecedentes relativos a los datos consignados en el referido formulario (ejemplo: certificados de estudios, diplomas, constancias de título en trámite, certificados de trabajo desempeñados y demás comprobantes pertinentes). Las fotocopias requeridas deberán encontrarse debidamente certificadas por la Institución Emisora respectiva, por la Oficina de Certificaciones de los Tribunales Provinciales o por Escribano Publico. La documentación deberá presentarse en un sobre cerrado que contenga la leyenda: “CONCURSO”, seguido de la identificación del puesto a concursar, apellido, nombre y número de D.N.I. del postulante, todas las hojas deberán estar numeradas y firmadas, indicándose la totalidad de las hojas que componen la presentación (ejemplo: 1 de 10 o 1/10). No serán considerados los antecedentes respecto de los cuales no se acompañe documentación probatoria.
Los aspirantes, en ocasión de registrar su inscripción, deberán constituir domicilio legal y dirección de correo electrónico a todos los efectos emergentes de la convocatoria, en el que se tendrán por válidas todas las notificaciones que se efectúen. Se emitirá una constancia firmada y sellada por el Ministerio de Economía en la que se consignará la fecha de recepción, siendo ésta la única documentación admitida a los efectos de acreditar la inscripción.
No se admitirá la invocación de nuevos títulos, antecedentes o trabajos con posterioridad al cierre del plazo de inscripción.
Todos los datos denunciados por los aspirantes tendrán carácter de Declaración Jurada.
Cualquier falsedad incurrida en ellos será causal inmediata de eliminación del Concurso, de lo que será debidamente notificado el postulante alcanzado, con mención de la causal.
No constituirá causal de nulidad del procedimiento la ausencia de alguno de los integrantes del órgano de selección durante el desarrollo de las etapas establecidas, pudiendo ser reemplazado por otro funcionario que se designe oportunamente.
La presentación de la solicitud de inscripción en la convocatoria importa el pleno conocimiento y aceptación de los aspirantes de las bases establecidas en el presente procedimiento, como asimismo la modalidad de designación resultante, el área en que han de prestar servicios y las tareas exigidas.
La falta de documentación debidamente certificada, que acredite la posesión de los requisitos exigidos en la convocatoria para la inscripción, invalidará la presentación al concurso.
ETAPAS DEL LLAMADO A CONCURSO INTERNO
La participación de los concursantes en todas las etapas previstas es obligatoria, pudiendo ser causal de exclusión del concurso la no concurrencia a alguna de ellas. La dependencia en que reviste el agente que se presente a concurso, autorizará y facilitará su participación en todas las etapas del concurso, debiendo el mismo presentar al efecto las constancias pertinentes.
Etapa I: Evaluación de Antecedentes:
Fecha: A partir del 15/1l/13 en horario a determinar por el jurado.
Lugar: Sala de Reuniones del Ministerio de Economía, sita en calle Avda. Pte. Arturo Illía N° 1151 - 6to. Piso -Centro Cívico Gubernamental- de la ciudad de Santa Fe.
La calificación de antecedentes será numérica de 0 a 100 puntos, conforme lo dispuesto por el artículo 102° del Decreto N° 1729/09 - Régimen de Concursos.
Etapa II: Evaluación Técnica:
Fecha: A partir del 29/11/13, en horario a determinar por el jurado.
Lugar: A confirmar por el jurado del Concurso, de acuerdo a la cantidad de participantes inscriptos. Se notificará a los postulantes junto con la evaluación de antecedentes.
La calificación será numérica de 0 a 100 puntos, teniendo en cuenta lo indicado en el artículo 103° del Decreto N° 1729/09 - Régimen de Concursos.
Etapa III: Evaluación Psicotécnica:
Fecha: A partir del 05/12/13, en horario a determinar por el jurado.
Lugar: Sala de Reuniones del Ministerio de Economía, sita en calle Avda. Pte. Arturo Illía Nº 1151- 6to. Piso -Centro Cívico Gubernamental- de la ciudad de Santa Fe.
Se calificará de 0 a 100 puntos, según lo establecido en el artículo 104° del Decreto N° 1729/09
- Régimen de Concursos.
Etapa IV: Entrevista Personal:
Fecha: A partir del 23/12/13, en horario a determinar por el jurado.
Lugar: Sala de Reuniones del Ministerio de Economía, sita en calle Avda. Pte. Arturo Illía Nº 1151 - 6to. Piso -Centro Cívico Gubernamental- de la ciudad de Santa Fe.
Se calificará de 0 a 100 puntos, conforme lo dispuesto por el artículo 105° del Decreto N° 1729/09 - Régimen de Concursos.
Orden de Méritos:
El Jurado tendrá un plazo de diez (10) días hábiles computados a partir de la Entrevista Personal para elaborar el Orden de Méritos.
En esta fase, se deberá calcular el puntaje bruto ponderado de cada Etapa.
Para ello se multiplicará el puntaje bruto de cada Etapa por la ponderación relativa establecida previamente. Se sumarán los puntajes brutos ponderados y se obtendrá el puntaje global ponderado. Con este puntaje global se realizará el Orden de Mérito.
El Orden de Mérito se confeccionará con los puntajes globales ponderados cuyo valor sea igual o mayor a 60 puntos. En el caso de que ninguno de los concursantes alcance este puntaje, el concurso se declarará desierto, debiendo precederse a convocar a concurso abierto.
La presidencia del Jurado procederá a notificar fehacientemente a los aspirantes el puntaje obtenido y el orden de méritos confeccionados en base al mismo, dentro de los cinco (5) días de la fecha de elaborado el dictamen respectivo.
Cada etapa tendrá el siguiente peso relativo porcentual para la conformación del Orden de Méritos:
Categoría 8:
Evaluación Antecedentes 30%
Evaluación Técnica 40%
Evaluación Personalidad 20%
Entrevista Personal 10%
Total 100%
S/C 10340 Oct. 30
__________________________________________
RESOLUCION N° 589
SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional” 18 Oct. 20l3
VISTO:
El expediente N° 00312-0007073-7 y agregado Nº 00312-0007019-5 del registro del Sistema de Información de Expedientes, mediante el cual se propicia el Llamado a Concurso para cubrir diversos cargos vacantes del Agrupamiento Administrativo dependientes de la Dirección General de Administración; y
CONSIDERANDO:
Que en la citada Dirección General existen funciones que resulta imperioso cubrir, en razón de que los cargos de Coordinador General Financiera-Tesorería, Habilitado Central y Jefe de División Redacción se encuentran vacantes y corresponden al tramo superior;
Que la Secretaría de Recursos Humanos y la Función Pública ha tomado intervención en autos, ejerciendo el correspondiente control técnico sobre los aspectos formales e instrumentales del procedimiento;
Que asimismo, las entidades sindicales U.P.C.N. y A.T.E. han tomado conocimiento de los perfiles previstos para los puestos, y han propuesto los miembros de su Comisión Directiva que integrarán el Jurado del Concurso como miembros titulares y suplentes del mismo;
Que la gestión encuadra en las disposiciones establecidas por el Capítulo XIV “Régimen de Concursos” del Decreto-Acuerdo N° 2695/83, modificado por su similar N° 1729/09;
POR ELLO:
EL MINISTRO DE ECONOMIA
RESUELVE:
ARTICULO 1° - Llamar a concurso interno para cubrir los cargos vacantes dependientes de la Dirección General de Administración, que a continuación se detallan:
- Coordinador General Financiera-Tesorería, Categoría 7 - Agrupamiento Administrativo.
- Habilitado Central, Categoría 6 - Agrupamiento Administrativo.
- Jefe de División Redacción, Categoría 4 - Agrupamiento Administrativo.
ARTICULO 2° - La descripción de los puestos y determinación de los perfiles solicitados, así como las condiciones generales y particulares exigibles, se encuentran detallados en el “Anexo I”. La composición del Jurado, el procedimiento de inscripción, las etapas de la selección, fecha, lugar y hora en que se llevará a cabo cada una de ellas y la ponderación relativa correspondiente para la determinación del orden de mérito según la Categoría a concursar, se explicitan en el Anexo II de la presente, ambos formando parte integrante de la misma.
ARTICULO 3° - Establecer que, en caso de existir inconvenientes con las fechas estipuladas para las evaluaciones de antecedentes, técnica y entrevista personal, el jurado del concurso mediante acta podrá cambiar la misma, con notificación fehaciente a los postulantes.
ARTICULO 4° - Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
Cr. ANGEL JOSE SCIARA
Ministro de Economía
ANEXO I
PERFILES DEL PUESTO
Cargo a cubrir: Categoría 7 - Agrupamiento Administrativo - Coordinación General Financiera - Tesorería.
Sector: Dirección General de Administración.
Lugar de prestación de servicios: Avda. Arturo Illia Nº 1151-6° Piso - ciudad de Santa Fe.
Número de Puestos a cubrir: 1 (uno).
FUNCIONES ESENCIALES DEL PUESTO
Ingresar los fondos provenientes de la Tesorería General de la Provincia u otro valor que le competa en las cuentas abiertas a tal efecto.
Supervisar las gestiones de apertura y cierre de cuentas bancarias.
Entender en los registros del Módulo “Cuentas Bancarias” y “Responsables” del Sistema Provincial de Administración Financiera - SIPAF, correspondiente a los movimientos de fondos y responsables de la Jurisdicción.
Administrar el funcionamiento de los Fondos Rotatorios de la Jurisdicción y ordenar las transferencias a las Habilitaciones para la atención de gastos de funcionamiento.
Supervisar las transferencias de los fondos correspondientes a los haberes del personal del Ministerio.
Efectuar pagos a proveedores y otros beneficiarios de conformidad a las liquidaciones efectuadas.
Aplicar los regímenes tributarios vigentes que graven los pagos que efectúe a los beneficiarios de pago de la Provincia, dando cumplimiento a las formalidades y obligaciones establecidas por el fisco.
Verificar la realización de los registros contables exigidos por la normativa vigente en los libros debidamente rubricados, y las correspondientes conciliaciones periódicas (manuales y por Sistema).
Controlar los depósitos Judiciales por embargos y litis ordenados, y su notificación a los diferentes Juzgados.
Exigir a los proveedores, la documentación que prevé la normativa vigente al momento de cancelar las acreencias respectivas.
Ingresar a la Cta. Cte. Oficial Nº 9001/04 “Rentas Generales” los fondos correspondientes a devoluciones, multas y/o recursos.
Custodiar las chequeras de las distintas Cuentas Corrientes Bancarias y las garantías y/o seguros de caución exigidas a los proveedores por la naturaleza de la inversión, y de Escrituras por cesión de facturas a cobrar entre firmas comerciales o bancarias.
Verificar las Rendiciones de los fondos transferidos a favor del Tesorero Ministerial y la elaboración de los Balances de Inversión correspondientes.
Supervisar los pagos realizados por la Habilitación Central.
Conocimientos Generales:
De la organización del Estado
• Ley N° 12.817 - Ley de Ministerios y su modificatoria Ley N° 13.240
Del Personal:
• Estatuto del Personal de la Administración Pública - Ley N° 8.525.
• Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública - Decreto-Acuerdo N° 2695/83 y modificatorios.
Conocimiento general de la normativa específica inherente a la Jurisdicción.
• Disposiciones generales y Subsistema de Tesorería y Gestión Financiera de la Ley N° 12.510 de Administración, Eficiencia y Control del Estado (Título I y Título II - Capítulo II).
Conocimientos específicos
• Conocimientos de Decretos y Resoluciones, referidos al manejo de fondos (Decreto N° 224/1992 - Resol. Gral. API Nros. 15/97 y modificatorias; y 019/11 - Resol. Gral. AFIP Nros. 757 y modificatorias; y 830).
• Normas emanadas del Tribunal de Cuentas relacionadas con la presentación y justificación de Movimientos Financieros.- Res. TCP 008/06 y modificatoria Res. TCP 021/07 y Res. TCP 012/11.
• Conocimientos generales del S.I.P.A.F. (Sistema Provincial de Administración Financiera), y del S.I.A.P. (retenciones impositivas): SICORE SUP Ret. y Percep. -SIPRES - SIPRIB.
• Manejo de pagos electrónicos.
Conocimientos técnicos no específicos
• Conocimientos en el manejo de herramientas informáticas (Word, Excel, Correo Electrónico, Internet).
Requisitos, estudios y/o experiencia:
• Estudios secundarios completos.
• Preferentemente acreditar experiencia, capacidad y conocimientos en manejo de fondos.
Características personales:
• Marcada capacidad de trabajo y de gestión.
• Predisposición para la formación y capacitación permanente.
• Trato amable y respetuoso con los distintos integrantes de la repartición y con personas ajenas a la misma.
• Disposición para emprender y dinamizar positivamente el pensamiento estratégico de la repartición.
• Capacidad para la organización de sus funciones y del trabajo en equipo.
• Profunda responsabilidad y compromiso.
• Facilidad de expresión escrita y oral.
ANEXO I
PERFILES DEL PUESTO
Cargo a cubrir: Categoría 6 - Agrupamiento Administrativo - Habilitado Central
Sector: Dirección General de Administración.
Lugar de prestación de servicios: Avda. Arturo Illía 1151-6° Piso - ciudad de Santa Fe.
Número de Puestos a cubrir: 1 (uno).
FUNCIONES ESENCIALES DEL PUESTO
- Administrar el funcionamiento de las Cajas Chicas de la Jurisdicción y el movimiento contable y financiero de las cuentas bancarias oficiales.
- Intervenir en la inversión de los Gastos de Funcionamiento de las Unidades Ejecutoras a su cargo, instrumentando los pagos a Proveedores.
- Supervisar la totalidad de los registros contables del Sector, mediante los respectivos Libros: Caja, Cargos, Banco.
- Supervisar los Balances de Inversión e intervenir las respectivas Rendiciones de Cuentas de cada una de las Unidades Ejecutoras, conforme a la reglamentación vigente.
- Coordinar las acciones referidas al abastecimiento de elementos de trabajo, para el funcionamiento, mantenimiento y servicios de las diversas Unidades Ejecutoras.
- Controlar y refrendar las respectivas conciliaciones bancarias de las cuentas corrientes utilizadas por la Habilitación Central y el arqueo de caja mensual.
- Controlar y refrendar Arqueos periódicos del movimiento general de la Habilitación Central.
- Coordinar los procedimientos de compras Directas.
CONOCIMIENTOS GENERALES:
De la organización del Estado
• Ley Nº 12.817- Ley de Ministerios y su modificatoria Ley Nº 13.240
Del Personal:
• Estatuto del Personal de la Administración Pública - Ley N° 8.525.
• Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública - Decreto-Acuerdo N° 2695/83 y modificatorios.
Conocimiento general de la normativa específica inherente a la Jurisdicción:
• Disposiciones generales y Subsistema de Tesorería y Gestión Financiera de la Ley N° 12.510 de Administración, Eficiencia y Control del Estado (Título I y Título II - Capítulo II)
Conocimientos específicos
• Conceptos generales de la Ley N° 7.914 - Viáticos, Comisiones de Servicios y Normas Complementarias.
• Normas emanadas del Tribunal de Cuentas relacionadas con la presentación y justificación de Movimientos Financieros - Res. TCP 008/06 y modificatoria Res. TCP 021/07 y Res. TCP 012/11.
• Normativa referida a compras; Decreto N° 3226/05 y modificatorios; Decreto N° 1299/08 y Decreto N° 1247/08.
• Conocimientos generales del S.I.P.A.F. (Sistema Provincial de Administración Financiera).
• Manejo de pagos electrónicos.
Conocimientos técnicos no específicos
• Conocimientos en el manejo de herramientas informáticas (Word, Excel, Correo Electrónico, Internet).
REQUISITOS, ESTUDIOS Y/O EXPERIENCIA
• Secundario completo.
• Preferentemente experiencia laboral en una Dirección General de Administración o Servicio Administrativo equivalente, en áreas de Rendición de Cuentas, Gastos o Habilitación.
CARACTERISTICAS PERSONALES
. Marcada capacidad de trabajo y de gestión
. Profunda responsabilidad y compromiso
. Integridad, honestidad y ética
. Iniciativa, creatividad e innovación
. Trato amable y respetuoso con los distintos integrantes de la repartición y con personas ajenas a la misma.
. Predisposición para la formación y capacitación permanente.
ANEXO I
PERFILES DEL PUESTO
Cargo a cubrir: Categoría 4 - Agrupamiento Administrativo - División Redacción
Sector: Secretaría Administrativa - Dirección General de Administración.
Lugar de prestación de servicios: Avda. Arturo Illía Nº 1151- 6° Piso - ciudad de Santa Fe.
Número de Puestos a cubrir: 1 (uno).
FUNCIONES ESENCIALES DEL PUESTO
• Redactar Decretos, Resoluciones, Disposiciones, Notas e Informes, de conformidad a las gestiones que se tramiten en el área.
• Efectuar el seguimiento periódico de los trámites gestionados por la Dirección.
• Preparar la documentación de las gestiones administrativas que se tramiten en la Dirección General, para el ingreso y control de legalidad del Tribunal de Cuentas de la Provincia.
• Atender la distribución del despacho diario, y el ordenamiento del archivo de la documentación que ingresa al área.
CONOCIMIENTOS GENERALES:
De la organización del Estado
• Ley Nº 12.817-Ley de Ministerios y su modificatoria Ley Nº 13.240
Del Personal
• Ley N° 8.525 - Estatuto del Personal de la Administración Pública.
• Decreto-Acuerdo N° 2695/83 y modificatorios - Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública.
Conocimiento general de la normativa especifica inherente a la Jurisdicción:
• Disposiciones generales de la Ley Nº 12.510 de Administración, Eficiencia y Control del Estado (Título I).
• Decreto N° 0033/11 - Estructura Funcional de la Conducción Política del Ministerio de Economía.
Del Trámite y la gestión:
• Decreto-Acuerdo N° 10204/58 - Reglamentación de actuaciones administrativas.
• Decreto N° 1774/09 - Sistema Provincial de Información Mínima Publicable respecto de agentes públicos
. Decreto N° 0916/08 - Delegación de Facultades y Resolución N° 045/11 M.Ec.
• Decreto N° 4211/90 - Recomendación para elaboración de Proyectos de Decretos, modificado por Decreto Nº 2717/95.
• Normas emanadas del Tribunal de Cuentas relacionadas con el control de legalidad de los actos administrativos que se dicten en el Sector Público Provincial No Financiero - Res. TCP 007/06 y modificatoria Res. TCP 014/11.
Conocimientos técnicos no específicos:
• Conocimientos en el manejo de herramientas informáticas (Word, Excel, Correo Electrónico, Internet y firma digital).
• Excelente nivel de redacción y manejo del idioma español.
• Conocimientos generales del Sistema de Información de Expedientes de la Provincia (SIE).
REQUISITOS, ESTUDIOS Y/O EXPERIENCIA
• Secundario completo.
CARACTERISTICAS PERSONALES
. Marcada capacidad de trabajo y de gestión
• Profunda responsabilidad y compromiso
• Integridad, honestidad y ética
• Iniciativa, creatividad e innovación
• Predisposición para la formación y capacitación permanente.
ANEXO II
COMPOSICION DEL JURADO
El Jurado estará integrado de la siguiente manera:
Presidente: El señor Subsecretario de Administración y de Coordinación Económica Territorial, C.P. EMILIANO IGNACIO ARZUAGA.
Titulares:
- El señor Director Provincial de Recursos Humanos y Función Pública, Dr. JUAN PABLO GUTIERREZ.
- La Contadora General de la Provincia, C.P.N. MARIA CRISTINA GONNET.
- La señora Directora General de Administración, C.P.N. IVANNA LILIAN ARCE de FASSINO.
- La señora Coordinadora General de Personal, VIVIANA BEATRIZ CARRERAS.
- El señor RODOLFO ANDRES PEREYRA en representación de UPCN.
- El señor DARIO COSTA, representación de UPCN.
- La señora ANA CRISTINA CORONEL, en representación de UPCN.
- La señora, ANDREA LUJAN, en representación de A.T.E.
Suplentes:
- El señor Director General de Recursos Humanos y Función Pública, Dr. FRANCISCO BENITO ROQUE DE LOS MILAGROS BERRAZ MONTYN.
- El señor Sub-Contador General de la Provincia, C.P.N. RAUL EDUARDO GIMENEZ.
- La señora Subdirectora General de Administración, C.P.N. ANA MARIA GIANDOMENICO.
- La señora Coordinadora General Administrativa, BEATRIZ MARGARITA VILLA.
- La señora MIRTA GUADALUPE MORALES, en representación de UPCN.
- La señora, LILIANA NOEMI CROCCI, en representación de UPCN.
- El señor GERMAN RAMELLO, en representación de UPCN.
- El señor CARLOS MELONI, en representación de A.T.E.
LUGAR y FECHA DE PRESENTACION DE LA DOCUMENTACION
. Coordinación General de Personal de la Dirección General de Administración, sita en calle Avda. Pte. Arturo Illia Nº 1151- 6to. Piso - Centro Cívico Gubernamental - de la ciudad de Santa Fe. (Puerta Nº 616).
. Desde el día 28/10/13 hasta el 08/11/13 en el horario de 8 hs. a 12 hs.
Se deberá bajar el Formulario de Inscripción de la página web oficial o podrán ser retirados en el lugar mencionado, en el horario de 8 hs. a 12 hs.
Esta Jurisdicción tendrá a su cargo la difusión del concurso y el llamado del mismo se difundirá durante diez (10) días, a partir del 21/10/13 y la inscripción permanecerá abierta hasta cinco (5) días posteriores al fin de su difusión, de acuerdo a lo establecido en el artículo 92° del Decreto Nº 1729/09.
Los postulantes deberán acompañar al formulario de inscripción, una copia impresa de su Curriculum Vitae, una fotocopia de las dos primeras hojas de su D.N.I. o documento equivalente, con constancia del último cambio de domicilio realizado; y de todos los antecedentes relativos a los datos consignados en el referido formulario (ejemplo: certificados de estudios, diplomas, constancias de título en trámite, certificados de trabajo desempeñados y demás comprobantes pertinentes). Las fotocopias requeridas deberán encontrarse debidamente certificadas por la Institución Emisora respectiva, por la Oficina de Certificaciones de los Tribunales Provinciales o por Escribano Público. La documentación deberá presentarse en un sobre cerrado que contenga la leyenda: “CONCURSO”, seguido de la identificación del puesto a concursar, apellido, nombre y número de D.N.I. del postulante, todas las hojas deberán estar numeradas y firmadas, indicándose la totalidad de las hojas que componen la presentación (ejemplo: 1 de 10 o 1/10). No serán considerados los antecedentes respecto de los cuales no se acompañe documentación probatoria.
Los aspirantes, en ocasión de registrar su inscripción, deberán constituir domicilio legal y dirección de correo electrónico a todos los efectos emergentes de la convocatoria, en el que se tendrán por válidas todas las notificaciones que se efectúen.
Se emitirá una constancia firmada y sellada por el Ministerio de Economía en la que se consignará la fecha de recepción, siendo ésta la única documentación admitida a los efectos de acreditar la inscripción.
No se admitirá la invocación de nuevos títulos, antecedentes o trabajos con posterioridad al cierre del plazo de inscripción.
Todos los datos denunciados por los aspirantes tendrán carácter de Declaración Jurada.
Cualquier falsedad incurrida en ellos será causal inmediata de eliminación del Concurso, de lo que será debidamente notificado el postulante alcanzado, con mención de la causal.
No constituirá causal de nulidad del procedimiento la ausencia de alguno de los integrantes del órgano de selección durante el desarrollo de las etapas establecidas, pudiendo ser reemplazado por otro funcionario que se designe oportunamente.
La presentación de la solicitud de inscripción en la convocatoria importa el pleno conocimiento y aceptación de los aspirantes de las bases establecidas en el presente procedimiento, como asimismo la modalidad de designación resultante, el área en que han de prestar servicios y las tareas exigidas.
La falta de documentación debidamente certificada, que acredite la posesión de los requisitos exigidos en la convocatoria para la inscripción, invalidará la presentación al concurso.
ETAPAS DEL LLAMADO A CONCURSO INTERNO
La participación de los concursantes en todas las etapas previstas es obligatoria, pudiendo ser causal de exclusión del concurso la no concurrencia a alguna de ellas. La dependencia en que reviste el agente que se presente a concurso, autorizará y facilitará su participación en todas las etapas del concurso, debiendo el mismo presentar al efecto las constancias pertinentes.
Etapa I: Evaluación de Antecedentes:
Fecha: A partir del 12/11/13, en horario a determinar por el jurado.
Lugar: Sala de Reuniones del Ministerio de Economía, sita en calle Avda. Pte. Arturo Illia Nº 1151 - 6to. Piso -Centro Cívico Gubernamental- de la ciudad de Santa Fe, para ambos cargos.
La calificación de antecedentes será numérica de 0 a 100 puntos, conforme lo dispuesto por el artículo 102° del Decreto Nº 1729/09 - Régimen de Concursos.
Etapa II: Evaluación Técnica:
Fecha: A partir del 26/11/13, en horario a determinar por el jurado.
Lugar: A confirmar por el jurado del Concurso, de acuerdo a la cantidad de participantes inscriptos, para todos los cargos. Se notificará a los postulantes junto con la evaluación de antecedentes.
La calificación será numérica de 0 a 100 puntos, teniendo en cuenta lo indicado en el artículo 103° del Decreto N° 1729/09 - Régimen de Concursos.
Etapa III: Evaluación Psicotécnica: - Solo para Categoría 7 y 6 -
Fecha: A partir del 02/12/13, en horario a confirmar por el jurado.
Lugar: Sala de Reuniones del Ministerio de Economía, sita en calle Avda. Pte. Arturo Illia Nº 1151- 6to. Piso -Centro Cívico Gubernamental- de la ciudad de Santa Fe.
Se calificará de 0 a 100 puntos, según lo establecido en el artículo 104° del Decreto N° 1729/09 - Régimen de Concursos.
Etapa VI: Entrevista Personal:
Fecha: A partir del 20/12/13, en horario a determinar por el jurado.
Lugar: Sala de Reuniones del Ministerio de Economía, sita en calle Avda. Pte. Arturo Illia N° 1151 - 6to. Piso -Centro Cívico Gubernamental- de la ciudad de Santa Fe, para ambos cargos.
Se calificará de 0 a 100 puntos, conforme lo dispuesto por el artículo 105° del Decreto N° 1729/09 - Régimen de Concursos.
Orden de Méritos:
El Jurado tendrá un plazo de diez (10) días hábiles computados a partir de la Entrevista Personal para elaborar el Orden de Méritos.
En esta fase, se deberá calcular el puntaje bruto ponderado de cada Etapa.
Para ello se multiplicará el puntaje bruto de cada Etapa por la ponderación relativa establecida previamente. Se sumarán los puntajes brutos ponderados y se obtendrá el puntaje global ponderado. Con este puntaje global se realizará el Orden de Mérito.
El Orden de Mérito se confeccionará con los puntajes globales ponderados cuyo valor sea igual o mayor a 60 puntos (Categoría 6 y 7) y 50 puntos (Categoría 4). En el caso de que ninguno de los concursantes alcance dichos puntajes, el concurso se declarará desierto, debiendo precederse a convocar a concurso abierto.
La presidencia del Jurado procederá a notificar fehacientemente a los aspirantes el puntaje obtenido y el orden de méritos confeccionados en base al mismo, dentro de los cinco (5) días de la fecha de elaborado el dictamen respectivo.
Cada etapa tendrá el siguiente peso relativo porcentual para la conformación del Orden de Méritos:
Categoría 4:
Evaluación Antecedentes 30%. Evaluación Técnica 50%. Entrevista Personal 20% - Total 100%.
Categorías 6 y 7:
Evaluación Antecedentes 30 % Evaluación Técnica 40 % Evaluación Personalidad 20 % Entrevista Personal 10 % Total 100 %
S/c 10341 Oct. 30
__________________________________________
DIRECCION PROVINCIAL DE VIVIENDA Y URBANISMO
RESOLUCION Nº 3500
SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 16 OCT 2013
VISTO:
El Expte. Nº 15201-0157031-2 del Sistema de Información de Expedientes; y
CONSIDERANDO:
Que han sido detectadas situaciones de irregularidad respecto de la Unidad Habitacional identificada como: MB. A * 1º PISO * DPTO. 10 - (Macías 3620) - (3D) - Nº DE CUENTA 0250-0022-7 - PLAN Nº 0250 - 240 VIVIENDAS - Bº SARGENTO CABRAL - SANTO TOME - (DPTO. LA CAPITAL), cuyos titulares son los señores CORTINA, EDGARDO BENITO y PINTOS, ADRIANA FABIANA, según Boleto de Compra-Venta de fs. 2, consistentes en falta de pago y de ocupación del bien;
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos mediante Dictamen Nº 089864 (fs. 17/19) manifiesta que los actuados se inician con la solicitud de adjudicación de la vivienda referenciada por parte de la señora TOLEDO, VANESA EDITH en el mes de Mayo de 2012, dado que expresa haber adquirido dicha unidad de parte de sus adjudicatarios en el mes de Febrero del citado año;
Que de fs. 4 a 7 se agrega estado de cuenta con morosidad y a fs. 15/16 la Secretaría General de Servicio Social informa que el inmueble se encuentra ocupado por la peticionante y su grupo familiar quienes poseen ingresos demostrables por lo que aconsejan iniciar las medidas legales correspondientes para desadjudicar la vivienda en cuestión;
Que dada las constancias de autos, la manifiesta infracción a la normativa aplicable, la comprobada falta de ocupación de sus adjudicatarios, la inexistencia de un domicilio donde cursar una intimación que resulte efectiva más allá de lo formal y el hecho de estar ocupando la vivienda personas sin relación alguna con aquellos; dicho servicio jurídico, haciendo uso de la opción prevista en el Artículo 39 inc. b) del Reglamento de Adjudicación, Ocupación y Uso, recomienda proceder sin más trámite a la desadjudicación de la unidad por incumplimiento de las obligaciones impuestas reglamentaria y contractualmente (Artículos 29 y 37 del Reglamento de Adjudicación, Ocupación y Uso y cláusulas concordantes del contrato suscripto);
Que tal como se presenta el caso en que se ignora el domicilio de los notificados y se comprueba que no ocupan la vivienda de mención, a los efectos de la notificación del acto deviene aplicable la forma que contempla el Decreto Nº 10.204/58, es decir, la notificación por edictos que se publicarán en el Boletín Oficial (Artículos 20 inc. e) y 28). Mediante este procedimiento se estará garantizando al administrado su derecho de defensa;
Que de acuerdo a todo lo expuesto y las constancias de autos, dicha Asesoría Jurídica recomienda obviar la intimación previa y dictar resolución que disponga desadjudicar a los señores CORTINA, EDGARDO BENITO y PINTOS, ADRIANA FABIANA la vivienda de marras y rescindir el Contrato de Compra-Venta oportunamente suscripto por aplicación de los Artículos 29 y 37 incs. b) y d) del Reglamento de Adjudicación, Ocupación y Uso. En el mismo decisorio se dispondrá el recupero de la unidad mediante el procedimiento previsto en el Artículo 27 de la Ley Nacional Nº 21.581, a la que adhiere la Provincia por Ley Nº 11.102 y se les hará saber el derecho a interponer recurso y el plazo para hacerlo conforme a la normativa vigente. Asimismo, se notificará en el domicilio contractual y por edictos conforme los Artículos 20 inc. e) y 28 del Decreto Nº 10.204/58, debiendo Secretaría de Despacho verificar la efectiva publicación agregando la constancia correspondiente. En cuanto a la cobertura de vacante, no es competencia de esta Dirección Jurídica designar el grupo beneficiario, debiendo estarse a lo que dispongan las áreas técnicas pertinentes de acuerdo a la particular situación de ocupación informada en autos;
Por ello y de conformidad a las facultades conferidas por el Artículo 8vo.
de la Ley 6690;
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE VIVIENDA Y URBANISMO
R e s u e l v e :
ARTICULO 1º: Desadjudicar la Unidad Habitacional identificada como: MB. A * 1º PISO * DPTO. 10 - (Macías 3620) - (3D) - Nº DE CUENTA 0250-0022-7 - PLAN Nº 0250 - 240 VIVIENDAS - Bº SARGENTO CABRAL - SANTO TOME - (DPTO. LA CAPITAL), a los señores CORTINA, EDGARDO BENITO (D.N.I. Nº 13.493.011) y PINTOS, ADRIANA FABIANA (D.N.I. Nº 92.513.472), por infracción de los Artículos 29 y 37, incs. b) y d) del Reglamento de Adjudicación, Ocupación y Uso y cláusulas concordantes del Boleto de Compra-Venta oportunamente suscripto, el que se rescinde, dándose por modificada en tal sentido la Resolución Nº 1628/94.-
ARTICULO 2º: En caso de no producirse la restitución pacífica del bien inmueble, previa individualización por el Área Social, del grupo familiar que propicie como adjudicatario de la vivienda a recuperar, autorizar a la Jefatura de la Dirección General de Asuntos Jurídicos para que personalmente o a través del profesional que este designe y por aplicación del Artículo 27 de la Ley 21.581 homologada por Ley Provincial Nº 11.102 que expresa:
“Quedan facultados los Organismos por medio de los que se hubieran ejecutado o ejecuten programas habitacionales financiados con recursos del FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA, para requerir y obtener el auxilio de la fuerza pública, y éstas obligadas a prestarlo, con el objeto de posibilitar la ejecución inmediata de todas las cláusulas insertas en los boletos de compra-venta, contratos de préstamo de uso o comodato y actos de entrega de tenencia precaria / aprobados por la SECRETARIA DE ESTADO DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA que suscriban con los beneficiarios de las viviendas. En tal sentido el auxilio de la fuerza pública podrá ser requerido, también, para producir el lanzamiento de aquellos que hubieren ocupado las viviendas, edificios, construcciones o terrenos, sin estar autorizados para ello por autoridad competente.- Asimismo, para la ejecución de las hipotecas que pudieran constituir a su favor, dichos organismos tendrán la posibilidad de instrumentar el mismo procedimiento que tiene establecido en sus operatorias el BANCO HIPOTECARIO NACIONAL.-
proceda a tomar los siguientes recaudos:
* Remitir un oficio a la seccional de la jurisdicción para que preste el auxilio de la fuerza pública a los fines del desalojo y debida toma de posesión del inmueble.-
* Actuar como oficial del desalojo, con facultad de utilizar cerrajero que proceda a la apertura del acceso a la vivienda, cambio de cerradura y realizar cualquier otra medida que sea conducente para facilitar el cometido.-
ARTICULO 3º: Al efecto de cumplimentar con lo normado por la Ley Nº 12071 se transcribe a continuación el Decreto Nº 10.204/58 en sus partes pertinentes- “ARTICULO 42: El recurso de revocatoria podrá interponerse contra los decretos y resoluciones dictados en los expedientes o actuaciones administrativas y, en general, contra cualquier decisión dictada por autoridad administrativa competente, que niegue un derecho o imponga obligaciones, dentro del término de diez días de la notificación. ARTICULO 47: Para que proceda, el recurso de apelación deberá ser interpuesto en tiempo y forma ante la autoridad administrativa que hubiera dictado la resolución motivo del mismo, pudiendo interponerse también subsidiariamente con el recurso de revocatoria.- Artículo 55: El recurso jerárquico ante el Poder Ejecutivo procederá
cuando exista una denegación tácita del derecho postulado, por parte de la autoridad administrativa que deba resolver, o una retardación de la resolución.-....”
ARTICULO 4º: El presente decisorio se notificará mediante Notificador Oficial al domicilio contractual y por edictos, por el procedimiento del Artículo 20, inc. e) y 28 del Decreto Nº 10.204/58.
ARTICULO 5º: Regístrese, comuníquese y archívese.
LUCAS PEDRO CRIVELLI
Subdirector Provincial
D.P.V. y U.
S/C 10344 Oct. 30 Nov. 1
__________________________________________
RESOLUCIÓN N° 3513
Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”, 16 OCT 2013
VISTO:
El Expediente Nº 15201-0075161-5 y su agregado Nº 15201-0070607-3 del Sistema de Información de Expedientes; y
CONSIDERANDO:
Que por los actuados de la referencia se tramita la situación socio-ocupacional de la unidad habitacional identificada como: MANZANA 4-01-129 (Departamento 129 – Piso 1 – Escalera 1) - (1D) – Cuenta N° 0055 0469-5 - Plan Nº 0055 – 1289 Viviendas – B° Centenario – SANTA FE – Dpto. LA CAPITAL, asignada por Resolución N° 1145/83 a la señora Luisa TRUCCO de NICOLAU, según Boleto de Compra-Venta de fojas 05;
Que a fs. 65/66 la Secretaría General de Servicio Social informa que verificado el domicilio, se entrevista a la señora Mariana ESPINDOLA, soltera, quien convive con su pareja, el señor Cristian FLORES y un hijo menor de edad. Ambos poseen ingresos económicos. La familia reside en el departamento desde el Año 2008, dado que anteriormente, residía la suegra de la entrevistada, que cuidaba a la titular adjudicataria, quien fue trasladada a un geriátrico por sus hijos, permitiendo que la cuidadora permanezca en el inmueble. Posteriormente, su suegra le cede a ellos la vivienda;
Que a fs. 67/68 se incorpora estado de cuenta de la unidad, en el que se registra una abultada deuda;
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos mediante Dictamen Nº 089779 (fs. 69) manifiesta que rigen las prohibiciones contempladas en los Artículos 29 y 37 del Reglamento de Adjudicación, Ocupación y Uso, que tienen una directa relación con el deber de ocupación que constituye una obligación jurídica derivada del reglamento y del boleto suscripto, de cumplimiento forzoso y necesario por parte de la titular adjudicataria y cuya consecuencia se sanciona con la desadjudicación tal cual lo prevé el mismo cuerpo de normas, ambas normas reflejadas en el Boleto de Compra-Venta que suscribieron;
Que dado las constancias de autos, el tiempo transcurrido que lleva la situación irregular y la inexistencia de un domicilio donde cursar una intimación que resulte efectiva más allá de lo formal, haciendo uso de la opción prevista por el Artículo 39 inc. b) del Reglamento de Adjudicación, Ocupación y Uso, recomienda proceder sin más trámites a la desadjudicación de la unidad por incumplimiento de las obligaciones impuestas reglamentaria y contractualmente (Artículos 29 y 37 del Reglamento de Adjudicación, Ocupación y Uso) y, a los efectos de la notificación del acto que garantice el derecho de defensa de la administrada,
deviene aplicable la forma que contempla el Decreto 10204/58 en sus Artículos 20 inc. e) y 28, es decir, mediante edictos que se publicarán en el Boletín Oficial;
Que en consecuencia, aconseja el dictado de la resolución que la desadjudique por falta de pago y de ocupación por aplicación de los Artículos 29 y 37 incs. a) y d) del Reglamento de Adjudicación, Ocupación y Uso y cláusulas concordantes del boleto suscrito, que se rescindirá, autorizando a llevar a cabo el lanzamiento por el procedimiento del Artículo 27 de la Ley Nacional N° 21.581, a la que adhiere la Provincia por la Ley N° 11.102. La resolución contendrá el artículo que disponga notificar el decisorio al domicilio contractual y por edictos, conforme la norma mencionada, debiendo ser verificada su efectiva publicación por Secretaría de Despacho;
Por ello y de conformidad a las facultades conferidas por el Artículo 8vo.
de la Ley 6690;
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE VIVIENDA Y URBANISMO
R e s u e l v e :
ARTICULO 1º: Desadjudicar la unidad habitacional identificada como: “MANZANA 4-01-129 (Departamento 129 – Piso 1 – Escalera 1) - (1D) – Cuenta N° 0055 0469-5 - Plan Nº 0055 – 1289 Viviendas – B° Centenario – SANTA FE – Dpto. LA CAPITAL”, a la señora Luisa Nélida TRUCCO de NICOLAU (DNI N° 6.448.935), por infracción de los Artículos 29 y 37 incs. a) y d) del Reglamento de Adjudicación, Ocupación y Uso, y cláusulas concordantes del Boleto de Compra-Venta suscrito, el que se da por rescindido y por modificada en tal sentido la Resolución N° 1145/83.-
ARTICULO 2º: En caso de no producirse la restitución pacífica del bien inmueble, previa individualización por el Área Social, del grupo familiar que propicie como adjudicatario de la vivienda a recuperar, autorizar a la Jefatura de la Dirección General de Asuntos Jurídicos para que personalmente o a través del profesional que este designe y por aplicación del Artículo 27 de la Ley 21581 homologada por Ley Provincial Nº 11102 que expresa:
“Quedan facultados los Organismos por medio de los que se hubieran ejecutado o ejecuten programas habitacionales financiados con recursos del FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA, para requerir y obtener el auxilio de la fuerza pública, y éstas obligadas a prestarlo, con el objeto de posibilitar la ejecución inmediata de todas las cláusulas insertas en los boletos de compra-venta, contratos de préstamo de uso o comodato y actos de entrega de tenencia precaria aprobados por la SECRETARIA DE ESTADO DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA que suscriban con los beneficiarios de las viviendas. En tal sentido el auxilio de la fuerza pública podrá ser requerido, también, para producir el lanzamiento de aquellos que hubieren ocupado las viviendas, edificios, construcciones o terrenos, sin estar autorizados para ello por autoridad competente.- Asimismo, para la ejecución de las hipotecas que pudieran constituir a su favor, dichos organismos tendrán la posibilidad de instrumentar el mismo procedimiento que tiene establecido en sus operatorias el BANCO HIPOTECARIO NACIONAL.-
proceda a tomar los siguientes recaudos:
* Remitir un oficio a la seccional de la jurisdicción para que preste el auxilio de la fuerza pública a los fines del desalojo y debida toma de posesión del inmueble.-
* Actuar como oficial del desalojo, con facultad de utilizar cerrajero que proceda a la apertura del acceso a la vivienda, cambio de cerradura y realizar cualquier otra medida que sea conducente para facilitar el cometido.-
ARTICULO 3º: Al efecto de cumplimentar con lo normado por la Ley Nº 12.071 se transcribe a continuación el Decreto Nº 10.204/58 en sus partes pertinentes - “ARTICULO 42: El recurso de revocatoria podrá interponerse contra los decretos y resoluciones dictados en los expedientes o actuaciones administrativas y, en general, contra cualquier decisión dictada por autoridad administrativa competente, que niegue un derecho o imponga obligaciones, dentro del término de diez días de la notificación. ARTICULO 47: Para que proceda, el recurso de apelación deberá ser interpuesto en tiempo y forma ante la autoridad administrativa que hubiera dictado la resolución motivo del mismo, pudiendo interponerse también subsidiariamente con el recurso de revocatoria.-ARTÍCULO 55: El recurso jerárquico ante el Poder Ejecutivo procederá cuando exista una denegación tácita del derecho postulado, por parte de la autoridad administrativa que deba resolver, o una retardación en la resolución.- .....”.
ARTICULO 4º: Comunicar el presente decisorio al domicilio contractual y por Edictos, conforme Artículos 20 inc. e) y 28 del Decreto Nº 10204/58.-
ARTICULO 5º: Regístrese, comuníquese y archívese.-
LUCAS PEDRO CRIVELLI
Subdirector Provincial
D.P.V. y U.
S/C 10345 Oct. 30 Nov. 1
__________________________________________
RESOLUCIÓN N° 3572
Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”, 17 OCT 2013
VISTO:
El Expediente Nº 15201-0161432-8 del Sistema de Información de Expedientes; y
CONSIDERANDO:
Que en los actuados de referencia se tramita la normalización de la cuenta y de la situación contractual de la Unidad Habitacional identificada como: EDIF. E - 00-165 – (Espora 360) – (2D) – Nº de cuenta 0309 0165-0 - PLAN 0309 – 280 VIVIENDAS – Bº Don Bosco – SANTA FE – (Dpto. La Capital), adjudicada por Resolución Nº 2417/90 a los señores VIERA, RICARDO ALBERTO – BOGADO, MARCELINA BELKYS, según Boleto de Compra-Venta de fojas 10;
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos mediante Dictamen Nº 090293 (fs. 24), manifiesta que el expediente se inicia por la actual ocupante, Arias, Blanca Zulema, comunicando que ha comprado el departamento al señor Sequeira, Abelardo Ricardo, con quien suscribió el Boleto de Compra-Venta que se glosa (fs. 1/2). Del estado de cuenta surge una abultada deuda y el Servicio Social constata la ocupación por parte de Arias, quien le informó a la Asistente Social que los adjudicatarios se habían retirado vendiendo el inmueble que fue habitado por varias familias (fs. 20/23). Así las cosas, considera que se ha configurado el abandono por lo que podrá obviarse la intimación previa y proceder a la desadjudicación y rescisión contractual por aplicación de los Artículos 29 y 37 incs. a) y d) del Reglamento de Adjudicación, Ocupación y Uso Se notificará la resolución al domicilio contractual y por edictos y vencidos los plazos, se podrá proceder a la reasignación;
Por ello y de conformidad a las facultades conferidas por el Artículo 8vo.
de la Ley 6690;
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE VIVIENDA Y URBANISMO
R e s u e l v e :
ARTICULO 1º.= Desadjudicar la unidad habitacional identificada como: EDIF. E - 00-165 – (Espora 360) – (2D) – Nº de cuenta 0309 0165-0 - PLAN 0309 – 280 VIVIENDAS – Bº Don Bosco – SANTA FE – (Dpto. La Capital), a los señores VIERA, RICARDO ALBERTO (L.E. Nº 6.264.602) – BOGADO, MARCELINA BELKYS (L.C. Nº 4.238.038), por infracción de los Artículos 29 y 37 incs. a) y d) del Reglamento de Adjudicación, Ocupación y Uso y cláusulas concordantes del Boleto de Compra-Venta oportunamente suscripto, el que se da por rescindido y por modificada en tal sentido la Resolución Nº 2417/90.-
ARTICULO 2º.= En caso de no producirse la restitución pacífica del bien inmueble, previa individualización por el Área Social, del grupo familiar que propicie como adjudicatario de la vivienda a recuperar, autorizar a la Jefatura de la Dirección General de Asuntos Jurídicos para que personalmente oa través del profesional que este designe y por aplicación del Artículo 27 de la Ley 21.581 homologada por Ley Provincial Nº 11.102 que expresa:
“Quedan facultados los Organismos por medio de los que se hubieran ejecutado o ejecuten programas habitacionales financiados con recursos del FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA, para requerir y obtener el auxilio de la fuerza pública, y éstas obligadas a prestarlo, con el objeto de posibilitar la ejecución inmediata de todas las cláusulas insertas en los boletos de compra-venta, contratos de préstamo de uso o comodato y actos de entrega de tenencia precaria / aprobados por la SECRETARIA DE ESTADO DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA que suscriban con los beneficiarios de las viviendas. En tal sentido el auxilio de la fuerza pública podrá ser requerido, también, para producir el lanzamiento de aquellos que hubieren ocupado las viviendas, edificios, construcciones o terrenos, sin estar autorizados para ello por autoridad competente.- Asimismo, para la ejecución de las hipotecas que pudieran constituir a su favor, dichos organismos tendrán la posibilidad de instrumentar el mismo procedimiento que tiene establecido en sus operatorias el BANCO HIPOTECARIO NACIONAL.-
proceda a tomar los siguientes recaudos:
* Remitir un oficio a la seccional de la jurisdicción para que preste el auxilio de la fuerza pública a los fines del desalojo y debida toma de posesión del inmueble.-
* Actuar como oficial del desalojo, con facultad de utilizar cerrajero que proceda a la apertura del acceso a la vivienda, cambio de cerradura y realizar cualquier otra medida que sea conducente para facilitar el cometido.-
ARTICULO 3º.= Al efecto de cumplimentar con lo normado por la Ley Nº 12071 se transcribe a continuación el Decreto Nº 10204/58 en sus partes pertinentes- “ARTICULO 42: El recurso de revocatoria podrá interponerse contra los decretos y resoluciones dictados en los expedientes o actuaciones administrativas y, en general, contra cualquier decisión dictada por autoridad administrativa competente, que niegue un derecho o imponga obligaciones, dentro del término de diez días de la notificación. ARTICULO 47: Para que proceda, el recurso de apelación deberá ser interpuesto en tiempo y forma ante la autoridad administrativa que hubiera dictado la resolución motivo del mismo, pudiendo interponerse también subsidiariamente con el recurso de revocatoria.- Artículo 55: El recurso jerárquico ante el Poder Ejecutivo procederá cuando exista una denegación tácita del derecho postulado, por parte de la autoridad administrativa que deba resolver, o una retardación de la resolución.-....”
ARTICULO 4º.= El presente decisorio se notificará al domicilio contractual y por Edictos, conforme Artículos 20 inc. e) y 28 del Decreto Nº 10204/58.-
ARTICULO 5º.= Regístrese, comuníquese y archívese.-
LUCAS PEDRO CRIVELLI
Subdirector Provincial
D.P.V. y U.
S/C 10346 Oct. 30 Nov. 1
__________________________________________
CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
ELEVACIÓN DE PROPUESTAS
Atento a lo establecido en el Art. 28 del Dcto. N° 2623/09 y las Resoluciones N° 035/2013 y 036/2013 de la Presidencia del Consejo de la Magistratura, se eleva al Poder Ejecutivo las siguientes propuestas:
para el concurso múltiple de Juez Penal de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 3 – Venado Tuerto y Distrito Judicial Nº 8 - Melincué – Circunscripción Judicial Nº 3, integrada por: 1 - Dr. GODOY, Adrián Fabio DNI N° 17.079.243; 2 – Dr. CURIK, Daniel José DNI Nº 16.064.094; 3 – Dra. FERNANDEZ, Andrea DNI Nº 14.541.162; 4 – Dr. REVORI, Benjamín Luís Roberto DNI Nº 14.842.125; 5 – Dra. MARINUCCI, Silvina Luján DNI Nº 23.162.563; 6 – Dr. BIANCHINI, Eduardo Alejandro DNI Nº 16.324.820; 7 – Dr. MARTÍN, Leandro Maximiliano DNI Nº 24.943.713.
Para el concurso múltiple de Juez Penal de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 5 – Rafaela y Distrito Judicial Nº 15 - Tostado - Circunscripción Judicial Nº 5, integrada por: 1 – Dr. BOTTERO, Javier Carlos DNI Nº 16.752.361; 2 – Dra. FORTUNATO, Cristina Beatriz DNI Nº 16.550.495; 3 – Dr. GARCIA TROIANO, José Luis DNI Nº 22.215.279.
Santa Fe, Cuna de la Constitución Nacional, 30 de Octubre de 2013
Dr. Roberto Joaquín Vicente
Presidente del Consejo de la Magistratura
Provincia de Santa Fe
S/C. 10337 Oct. 30
__________________________________________
EMPRESA PROVINCIAL
DE LA ENERGIA
CONCURSO PUBLICO DE PRECIOS
N° 2801
Objeto: CONTRATACION UTILITARIO TIPO FURGON, ANTIGÜEDAD NO MAYOR A 7 AÑOS, CON DOBLE HILERA DE ASIENTOS, PUERTA LATERAL DE ACCESO TRASERO, PORTAESCALERAS, AIRE ACONDICIONADO Y CHOFER, PARA LA AGENCIA CAPITAN BERMUDEZ.
Apertura: 12/11/2013 Hora: 9,00
CONCURSO PUBLICO DE PRECIOS
N° 2802
Objeto: CONTRATACION UTILITARIO TIPO FURGON, ANTIGÜEDAD NO MAYOR A 7 AÑOS, CON AIRE ACONDICIONADO, DOBLE HILERA DE ASIENTOS, PUERTA LATERAL DE ACCESO TRASERO Y CHOFER, PARA OFICINA COMERCIAL MENDOZA.
Apertura : 12/11/2013 Hora: 9,15
CONCURSO PUBLICO DE PRECIOS
N° 2803
Objeto: CONTRATACION UTILITARIO TIPO FURGON, ANTIGÜEDAD NO MAYOR A 7 AÑOS, CON PORTAESCALERAS, PUERTA LATERAL DE ACCESO TRASERO Y CHOFER, PARA CONTROL DE PERDIDAS MITRE.
Apertura: 12/11/2013 Hora: 9,30
CONCURSO PUBLICO DE PRECIOS
N° 2804
Objeto: CONTRATACION UTILITARIO TIPO FURGON, ANTIGÜEDAD NO MAYOR A 7 AÑOS, CON DOBLE HILERA DE ASIENTOS, PUERTA LATERAL DE ACCESO DE ACCESO TRASERO, PORTA ESCALERAS, AIRE ACONDICIONADO Y CHOFER, PARA CONTROL DE PERDIDAS MITRE.
Apertura: 12/11/2013 Hora: 9,45
CONCURSO PUBLICO DE PRECIOS
N° 2805
Objeto: CONTRATACION UTILITARIO TIPO FURGON, ANTIGÜEDAD NO MAYOR A 7 AÑOS, CON DOBLE HILERA DE ASIENTOS, PUERTA LATERAL DE ACCESO TRASERO, PORTAESCALERAS Y CHOFER, PARA INSPECCIONES Y CONEXIONES MENDOZA.
Apertura: 12/11/2013 Hora: 10,00
PRESENTACION DE OFERTAS: Salón de Reuniones E.P.E. sito en Bv. Oroño 1260-1° Piso-ROSARIO.
CONSULTAS: MOVILIDADES ROSARIIO – T.E. (0341) 4207752.
NOTA: Los pliegos serán entregados hasta 48 horas antes de la fecha de apertura únicamente.
S/C. 10309 Oct. 30 Nov. 1
__________________________________________