MINISTERIO PUBLICO DE LA ACUSACION
RESOLUCIÓN Nº.0022
SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional, 23/08/2012
V I S T O :
El Expediente N° 02001-0016045-5 del Registro del Sistema de Información de Expedientes -MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS- en virtud del cual se gestiona el llamado a concurso para cubrir el cargo de Director de Política Criminal del Ministerio Público de la Acusación; y
CONSIDERANDO:
Que por Ley N° 13.218 se han creado cargos de funcionarios en la planta de personal permanente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos disponiendo, en el segundo párrafo de su artículo 2º, que los cargos que por la misma se crean deberán transferirse a los Organismos de destino, en este caso el Ministerio Público de la Acusación, una vez llevados a cabo los respectivos concursos;
Que este Ministerio Público de la Acusación dictó las Resoluciones N° 0003/2012 que regula el régimen general para la provisión de cargos de funcionarios del Ministerio Público de la Acusación y N° 0010/2012 que aprueba la estructura orgánica con sus misiones y funciones de la Fiscalía General de este Ministerio, estando vigentes las mismas;
Que en la mencionada estructura se prevé el cargo de Director de Política Criminal del Ministerio Público de la Acusación, el que se encuentra vacante, y se exponen las misiones y la responsabilidad primaria que tendrá quien ocupe el mencionado cargo;
Que también el Anexo II de la citada Resolución N° 0010/2012 prevé para los funcionarios no contemplados en la Ley N° 13.013 la equivalencia entre salario y cargo conforme la Ley 11.196;
Que la Ley 13.218 crea cargos de la jerarquía mencionada en el párrafo anterior;
Que así las cosas se está en condiciones de dictar el acto administrativo previsto por el artículo 6° del anexo I de la Resolución N° 0003/2012 del Ministerio Público de la Acusación, para efectuar el llamado a concurso en el marco de lo establecido en los artículos 1º, 2º, 3º, 16º, 67º y concordantes, de la Ley N° 13.013;;
POR ELLO:
EL FISCAL GENERAL DEL MINISTERIO
PÚBLICO DE LA ACUSACIÓN
RESUELVE
ARTICULO 1º: Llámese a concurso público de antecedentes y oposición, en el marco de lo dispuesto por la Resolución Nº 0003/2012 del Ministerio Público de la Acusación, para cubrir el cargo de Director de Política Criminal del Ministerio Público de la Acusación, cuyas misiones y funciones – responsabilidad primaria se citan en el Anexo I de la presente.
ARTICULO 2º: Determínese que los requisitos que deberán cumplir los aspirantes serán los siguientes:
1. Ser mayor de 25 años de edad.
2. Poseer título de Abogado.
3. Acreditar sólidos conocimientos y experiencia en Criminología y Política Criminal.
4. Acreditar sólidos conocimientos en el campo de los Derechos Humanos.
ARTICULO 3º: Establézcase que el proceso de selección para el presente concurso consistirá en la evaluación de los antecedentes presentados por los aspirantes y en la realización de una prueba de oposición que incluye: una exposición oral del plan de trabajo para la potencial gestión y una entrevista.
ARTICULO 4º: Intégrese el órgano de selección del presente concurso por:
Miembros Titulares: Dr. Adrian Gustavo Bombini, D.N.I. 24.950.781; Dr. Jorge Amílcar Luciano García, D.N.I. 10.949.880 y Dr. Leandro Damián Ríos, D.N.I. 24.300.403.
Miembros Suplentes: Dr. Mario Martín Barletta, D.N.I. 27.793.221; Dr. Diego Hernán Di Siena, D.N.I. 21.905.234 y Dr. Gabriel Ignacio José Anitua, D.N.I. 21.850.099.
ARTICULO 5º: Fíjese como sede de inscripción al presente concurso el Ministerio Público de la Acusación, sita en calle Obispo Gelabert 2839 de la ciudad de Santa Fe, desde el día 22 de octubre de 2012 hasta el día 26 de octubre de 2012 inclusive, en el horario de 08:00 a 12:00 hs, mediante la presentación de un sobre que contenga la leyenda “Proceso de Selección – Cargo: Director de política criminal” e indique: I Apellido; II Nombre; y III Tipo y número de documento.
En el interior del sobre deberán incluirse:
a. Formulario de inscripción completo, que como ANEXO II forma parte de la presente.
b. Una (1) copia impresa del Curriculum Vitae y una copia en formato Word o similar compatible, en soporte CD.
c. Una (1) fotocopia de dos (2) primeras hojas del Documento Nacional de Identidad y el último cambio de domicilio.
d. Una (1) copia certificada del título de grado de Abogado.
e. Fotocopias de todas las constancias de los antecedentes consignados en el CV.
La totalidad de las hojas deberán estar numeradas y cada una de ellas firmada, indicándose el total de páginas (por ejemplo: 1 de 10 o 1/10).
Todas las fotocopias presentadas deberán estar certificadas por Escribano Público o por la Oficina de Certificaciones del Poder Judicial.
La oficina receptora entregará una constancia firmada y sellada en la que consignará la fecha y hora de recepción.
No se admitirá la invocación de nuevos títulos, antecedentes o trabajos con posterioridad a la presentación del formulario de inscripción.
ARTICULO 6º: Establézcase el día 16 de Noviembre de 2012 como fecha de la prueba de oposición prevista en el artículo 3º de la presente, a partir de las 11:00 hs. en el Aula Mariano
Moreno de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral sita en calle Cándido Pujato 2751 de la ciudad de Santa Fe.
ARTICULO 7º: Determínese que las impugnaciones y recusaciones previstas en la Resolución N° 0003/2012 del Fiscal General deberán interponerse en la sede del Ministerio Público de la Acusación, sita en calle Obispo Gelabert 2839 de la ciudad de Santa Fe, en el horario de 08,00 a 12,00 hs.
ARTICULO 8º: Publíquese la convocatoria por un (1) día en el Boletín Oficial y por dos (2) días en un diario de amplia difusión dentro de la Provincia.
ARTICULO 9º: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
Dr. Julio de Olazabal
Fiscal General
ANEXO I
Cargo: Director de política criminal
MISIÓN:
Dirigir y coordinar las diversas acciones para la elaboración de diagnósticos acerca de los problemas que serán objeto de las estrategias y actuaciones del Ministerio Público de la Acusación en materia de Política Criminal.
FUNCION -RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
1. Entender en la conducción y coordinación del trabajo de todas las áreas que se encuentran bajo su órbita, como así también en la supervisión del correcto funcionamiento. Definir los requerimientos de información necesarios para la consolidación de estrategias y acciones vinculadas con la Política Criminal del Ministerio Público de la Acusación.
2. Implementar los mecanismos y modalidades de acceso a toda clase de documentación, informes y archivos en posesión de organismos públicos vinculados con información y estadísticas criminales.
3. Dirigir y coordinar la realización de los estudios, investigaciones científicas y estadísticas diagnósticas referentes a cuestiones de Política Criminal.
4. Dirigir y coordinar el análisis, promoción, elaboración y ejecución de planes y acciones vinculadas a fenómenos delictivos y a dimensiones particulares de actuación en el ámbito del Ministerio Público de la Acusación.
5. Asesorar al Secretario de Política Criminal y Derechos Humanos en la evacuación de consultas vinculadas con temas propios de política criminal.
6. Dirigir la coordinación de actividades jurídicas y administrativas entre el Ministerio Público de la Acusación y las instituciones gubernamentales y no gubernamentales dedicadas a la política criminal y a la prestación de servicios a personas que sufren las consecuencias de los delitos.
7. Coordinar la colaboración científica con las áreas del Ministerio Público de la Acusación con competencia en la investigación de delitos de especial impacto en la comunidad y/o afectación de las víctimas.
8. Asistir al Secretario de Política Criminal y Derechos Humanos en las propuestas de reformas normativas que resulten necesarias para un mejor desarrollo de la administración de justicia, entendiendo en la elaboración de los anteproyectos normativos en las materias de su competencia.
9. Dar cumplimiento a toda tarea que establezca la superioridad, dentro de las funciones que le son propias, en tiempo, forma y contenido.
S/C. 9122 Ag.30
Nota: se publica sin el Formulario de Inscripción donde pueden ser consultados en el Ministerio.
__________________________________________
RESOLUCIÓN Nº 0023
SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional, 23/08/2012
V I S T O:
El Expediente N° 02001-0016046-6 del Registro del Sistema de Información de Expedientes -MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS- en virtud del cual se gestiona el llamado a concurso para cubrir el cargo de Secretario de Política Criminal y Derechos Humanos del Ministerio Público de la Acusación; y
CONSIDERANDO:
Que por Ley N° 13.218 se han creado cargos de funcionarios en la planta de personal permanente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos disponiendo, en el segundo párrafo de su artículo 2º, que los cargos que por la misma se crean deberán transferirse a los Organismos de destino, en este caso el Ministerio Público de la Acusación, una vez llevados a cabo los respectivos concursos;
Que este Ministerio Público de la Acusación dictó las Resoluciones N° 0003/2012 que regula el régimen general para la provisión de cargos de funcionarios del Ministerio Público de la Acusación y N° 0010/2012 que aprueba la estructura orgánica con sus misiones y funciones de la Fiscalía General de este Ministerio, estando vigentes las mismas;
Que en la mencionada estructura se prevé el cargo de Secretario de Política Criminal y Derechos Humanos del Ministerio Público de la Acusación, el que se encuentra vacante, y se exponen las misiones y la responsabilidad primaria que tendrá quien ocupe el mencionado cargo;
Que también el Anexo II de la Resolución N° 0010/2012 prevé para los funcionarios no contemplados en la Ley N° 13.013 la equivalencia entre salario y cargo conforme la Ley 11.196;
Que la Ley 13.218 crea cargos de la jerarquía mencionada en el párrafo anterior;
Que así las cosas se está en condiciones de dictar el acto administrativo previsto por el artículo 6° del Anexo I de la Resolución N° 0003/2012 del Ministerio Público de la Acusación, para efectuar el llamado a concurso en el marco de lo establecido en los artículos 1º, 2º, 3º, 16º, 67º y concordantes, de la Ley N° 13.013;;
POR ELLO:
EL FISCAL GENERAL DEL MINISTERIO
PÚBLICO DE LA ACUSACIÓN
RESUELVE
ARTICULO 1°: Llámese a concurso, en el marco de lo dispuesto por la Resolución Nº 0003/2012 de este Ministerio Público de la Acusación, a concurso público de antecedentes y oposición para cubrir el cargo de Secretario de Política Criminal y Derechos Humanos del Ministerio Público de la Acusación, cuyas misiones y funciones – responsabilidad primaria se citan en el Anexo I de la presente.
ARTICULO 2°: Determínese que los requisitos que deberán cumplir los aspirantes serán los siguientes:
1. Ser mayor de 30 años de edad.
2. Poseer título de Abogado.
3. Acreditar sólidos conocimientos y experiencia en Criminología y Política Criminal.
4. Acreditar sólidos conocimientos en el campo de los Derechos Humanos.
5.
ARTICULO 3°: Establézcase que el proceso de selección para el presente concurso consistirá en la evaluación de los antecedentes presentados por los aspirantes y en la realización de una prueba de oposición que incluye: una exposición oral del plan de trabajo para la potencial gestión y una entrevista.
ARTICULO 4°: Intégrese el órgano de selección del presente concurso, por:
Miembros Titulares: Dr. Adrian Gustavo Bombini, D.N.I. 24.950.781; Dr. Jorge Amílcar Luciano García, D.N.I. 10.949.880 y Dr. Leandro Damián Ríos, D.N.I. 24.300.403.
Miembros Suplentes: Dr. Mario Martín Barletta, D.N.I. 27.793.221; Dr. Diego Hernán Di Siena, D.N.I. 21.905.234 y Dr. Gabriel Ignacio José Anitua, D.N.I. 21.850.099.
ARTICULO 5°: Fíjese como sede de inscripción al presente concurso el Ministerio Público de la Acusación, sita en calle Obispo Gelabert 2839 de la ciudad de Santa Fe, desde el día 22 de octubre de 2012 hasta el día 26 de octubre de 2012 inclusive, en el horario de 08:00 a 12:00 hs., mediante la presentación de un sobre que contenga la leyenda “Proceso de Selección – Cargo: SECRETARIO DE POLÍTICA CRIMINAL Y DERECHOS HUMANOS” e indique: I. Apellido; II Nombre; y III Tipo y número de documento.
En el interior del sobre deberán incluirse:
a. Formulario de inscripción completo, que como ANEXO II forma parte de la presente.
b. Una (1) copia impresa del Curriculum Vitae y una copia en formato Word o similar compatible, en soporte CD.
c. Una (1) fotocopia de dos (2) primeras hojas del Documento Nacional de Identidad y el último cambio de domicilio.
d. Una (1) copia del título de grado de Abogado.
e. Fotocopias de todas las constancias de los antecedentes consignados en el CV.
La totalidad de las hojas deberán estar numeradas y cada una de ellas firmada, indicándose el total de páginas (por ejemplo: 1 de 10 o 1/10).
Todas las fotocopias presentadas deberán estar certificadas por Escribano Público o por la Oficina de Certificaciones del Poder Judicial.
La oficina receptora entregará una constancia firmada y sellada en la que consignará la fecha y hora de recepción.
No se admitirá la invocación de nuevos títulos, antecedentes o trabajos con posterioridad a la presentación del formulario de inscripción.
ARTICULO 6°: Establézcase el día 16 de Noviembre de 2012 como fecha de la prueba de oposición prevista en el artículo 3º de la presente, a partir de las 09:00 hs. en el Aula Mariano Moreno de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral sita en calle Cándido Pujato 2751 de la ciudad de Santa Fe.
ARTICULO 7º: Determínese que las impugnaciones y recusaciones previstas en la Resolución 0003/2012 del Fiscal General deberán interponerse en la sede del Ministerio Público de la Acusación, sita en calle Obispo Gelabert 2839 de la ciudad de Santa Fe, en el horario de 08,00 a 12,00 hs.
ARTICULO 8º: Publíquese la convocatoria por un (1) día en el Boletín Oficial y por dos (2) días en un diario de amplia difusión dentro de la Provincia.
ARTICULO 9°: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
Dr. Julio de Olazabal
Fiscal General
ANEXO I
Cargo: SECRETARIO DE POLÍTICA CRIMINAL Y DERECHOS HUMANOS
MISIÓN:
Entender en la definición de estrategias y acciones vinculadas con la política de persecución penal a desarrollar en el ámbito del Ministerio Público de la Acusación; como así también en la formulación de los lineamientos de promoción y protección de los derechos humanos que puedan ser violados en diferentes hechos delictivos.
FUNCION -RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
1. Entender en la conducción y coordinación del trabajo de todas las áreas que se encuentran bajo su órbita, como así también en la supervisión del correcto funcionamiento.
2. Definir los requerimientos de información necesarios para la consolidación de estrategias y acciones vinculadas con la Política Criminal del Ministerio Público de la Acusación.
3. Acceder a toda clase de documentación, informes y archivos en posesión de organismos públicos vinculados con información y estadísticas criminales.
4. Dirigir y supervisar la realización de los estudios, investigaciones científicas y estadísticas diagnósticas referentes a cuestiones de Política Criminal.
5. Asistir al Fiscal General en la definición de la política criminal fijando los objetivos, los principios fundamentales y los modos de actuación que orientarán la implementación de dicha Política.
6. Entender en el diseño e implementación de mecanismos y acciones orientadas a la promoción y protección de derechos humanos en la órbita y competencia del Ministerio Público de la Acusación
7. Entender, de manera conjunta y coordinada con la Secretaría General, en el análisis, promoción, elaboración y ejecución de planes y acciones vinculadas a fenómenos delictivos y a dimensiones particulares de actuación en el ámbito del Ministerio Público de la Acusación.
8. Asesorar al Fiscal General en la evacuación de consultas vinculadas con temas propios de política criminal y derechos humanos.
9. Entender en la coordinación de actividades jurídicas y administrativas entre el Ministerio Público de la Acusación y las instituciones gubernamentales y no gubernamentales dedicadas a la política criminal y a la prestación de servicios a personas que sufren las consecuencias de los delitos.
10. Entender en la colaboración científica con las áreas del Ministerio Público de la Acusación con competencia en la investigación de delitos de especial impacto en la comunidad y/o afectación de las víctimas.
11. Proponer reformas normativas que resulten necesarias para un mejor desarrollo de la administración de justicia, entendiendo en la elaboración de los anteproyectos normativos en las materias de su competencia.
12. Dar cumplimiento a toda tarea que establezca la superioridad, dentro de las funciones que le son propias, en tiempo, forma y contenido.
S/C. 9123 Ag.30
Nota: se publica sin el Formulario de Inscripción donde pueden ser consultados en el Ministerio.
__________________________________________
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
DISPOSICIÓN Nº 0073
SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional, 23/08/2012
VISTO:
El Expediente Nº 02004-0001377-8 del Registro del Sistema de Información de Expedientes -MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS-, mediante el cual se gestiona la habilitación del Centro de Mediación del Abasto de la ciudad de Rosario; y
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Nº 1747/2011 se reglamenta la Ley Nº 13.151 de Mediación;
Que, mediante disposición Nº 0063/2011 -DPDSCI- se regula lo referido a Oficinas y Centros de Mediación;
Que, los artículos 3º, 4º, 5º y 7º de la referida normativa establecen los requisitos con que deben contar los centros de mediación para su habilitación, aprueban los formularios de Croquis de Arquitectura -los que deberán presentarse con carácter de declaración jurada;
Que, el artículo 6º de la citada norma establece que: “…el estado general, las dimensiones e instalaciones del inmueble que el croquis describa podrán ser verificadas por esta Dirección Provincial…”, la habilitación otorgada podrá ser revocada por esta Dirección Provincial en caso de que no se cumplan con los requisitos previstos en la presente disposición”;
Que, la Dra VIRGINIA ROSANOVA, presenta ante la Dirección Provincial de Desjudicialización de la Solución de Conflictos Interpersonales, documentación tendiente a obtener la habilitación de las instalaciones destinadas al “Centro de Mediación del Abasto” de la ciudad de Rosario, ubicadas en calle Mitre 2179 de la ciudad de Rosario;
Que, asimismo, en oportunidad de adjuntar formulario de croquis y declaración jurada, se compromete a presentar la nomina de mediadores que realizarán mediaciones en dicho centro y a notificar las altas y bajas, consignando asimismo como responsable del Centro a la que suscribe la presentación, Dra Virginia Rosanova;
Que, dichas instalaciones se ajustan a los parámetros establecidos en la disposición Nº 0063/2011 para su habilitación, constando con una única sala de reuniones conjuntas;
Que, la presente se dicta en uso de las facultades conferidas en el art. 24 Inc. (4) del Anexo I del Decreto Nº 1747/2011;
POR ELLO:
LA DIRECTORA PROVINCIAL DE
DESJUDICIALIZACION DE LA SOLUCION
DE CONFLICTOS INTERPERSONALES
D I S P O N E:
ARTICULO 1º: Habilítese las instalaciones destinadas a “Centro de Mediación Del Abasto“ ubicada en calle Mitre Nº 2179 de la ciudad de Rosario con extensión del correspondiente certificado de habilitación bajo el Nº 0017.-
ARTICULO 2º: Establécese que la habilitación otorgada en el art. 1º podrá ser revocada por la Dirección Provincial de Desjudicialización de la Solución de Conflictos Interpersonales en caso de que no se cumplan los requisitos previstos en la disposición Nº 0063/2011-DPDSCI- o la norma vigente en la materia .
ARTICULO 3º: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese
Dra.MARIA ELEONORA AVILES TULIAN
Directora Provincial de Desjudicialización
de la Solución de los Conflitos Interpersonales
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
S/C. 9124 Ag. 30
__________________________________________
DISPOSICIÓN Nº 0074
SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional, 23/08/2012
V I S T O:
El Expediente Nº 02001-0015374-3 del Registro del Sistema de Información Expedientes -MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS-, mediante el cual se gestiona la Homologación como horas de Capacitación Contínua de los Cursos a dictarse por el Colegio de Abogados de la ciudad de Rosario, y
CONSIDERANDO
Que, la Ley Provincial Nº 13.151 instituyó la Mediación en todo el ámbito provincial, con carácter de instancia previa obligatoria a la iniciación del proceso judicial (artículo 2°), creando el Registro de Mediadores y Comediadores en la órbita del Ministerio de Justicia Derechos Humanos, el que será responsable de su constitución, calificación, coordinación, depuración, actualización y gobierno, de acuerdo a la reglamentación (artículo 3°);
Que el Anexo I del Decreto Reglamentario Nº 1747/11 en los artículos 24º y 25º in fine establece que la inscripción en el Registro durará 2 años y caducará automáticamente; que para mantenerse inscripto el interesado deberá acreditar haber realizado al menos sesenta horas (60) en Cursos de Capactación Contínua en Mediación, homologados por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación o por la Dirección provincial de Desjudicialización de al Solución de Conflictos Interpersonales del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de Santa Fe;
Que el Anexo IV del Decreto Nº 1747/11 regula lo referente a los contenidos de los referidos Cursos de Capacitación Contínua en Mediación, los Objetivos, Lineamientos, metodología y contenidos que deberán ser propuestos por las Instituciones Formadoras en Mediación, respetando los lineamientos conceptuales y temáticos que prevé el Curso Básico de Formación de Mediadores. A tal efecto deberán ofrecer y plantear temas que sean superadores de dicho Curso Básico y tengan como finalidad alcanzar los objetivos de la capacitación contínua en mediación;
Que el Centro de Altos Estudios en Métodos Adecuados de Administración de Conflictos del Colegio de Abogados de Rosario, institución habilitada con el N° 08 del Registro de Instituciones Formadoras en Mediación de la Provincia de Santa Fe, Disposición N° 0019/12, presenta ante la Dirección Provincial documentación tendiente a lograr la Homologación de los siguientes Cursos ”Especialización en Mediación Familiar”, homologado por le Ministerio de Justicia Y derechos Humanos de la Nación; “Psicología para mediadores”; “Gestión de Conflictos en Instituciones Educativas – Mediación Escolar”; “Técnicas teatrales para la Mediación “Entrar en escena”; “Programa: Como comunicamos y como preguntar en forma eficaz” habilitado por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación y “Taller de Casos en Mediación”, conforme a lo establecido en el Anexo IV del Decreto Nº 1747/11;
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas en los artículos 3° inc 5) y artículo 24º del Decreto N° 1747/11;
POR ELLO:
LA DIRECTORA PROVINCIAL DE
DESJUDICIALIZACION DE LA SOLUCION
DE CONFLICTOS INTERPERSONALES
DISPONE
ARTICULO 1º: Homológuese, en cumplimiento del Anexo IV del Decreto Nº1747/11, los siguientes Cursos de Capacitación Contínua, a la Institución “Centro de Altos Estudios en Métodos Adecuados de Administración de Conflictos del Colegio de Abogados“de la ciudad de Rosario, con las cargas horarias consignadas a continuación:
1.- Especialización en Mediación Familiar (60hs)
2.- Psicología para Mediadores (30hs)
3- Gestión de Conflictos en Instituciones Educativas- Mediación Escolar (30hs)
4- Técnicas teatrales para la Mediación “Entrar en escena” (30 hs)
5- Programa: Como comunicarnos y como preguntar en forma eficaz (30 hs)
6- Taller de Casos en Mediación (30 hs)
ARTICULO 2°: Establéscase que la homologación otorgada en el artículo 1° podrá ser revocada por la Dirección Provincial de Desjudicialización de la Solución de Conflictos Interpersonales en caso de incumplimiento de los términos previstos en los respectivos programas.-
ARTICULO 3º: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
Dra.MARIA ELEONORA AVILES TULIAN
Directora Provincial de Desjudicialización
de la Solución de los Conflitos Interpersonales
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
S/C. 9125 Ag. 30
__________________________________________
DISPOSICIÓN Nº 0075
SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional, 23/08/2012
VISTO:
El expediente Nº 02004-0001335-4 del Registro del Sistema de Información de Expedientes -MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS-, mediante el cual se gestiona la Homologación como horas de Capacitación Continua de Trece Cursos a dictarse por la Fundación Fraternitas de la ciudad de Rosario; y
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Provincial Nº 13.151 instituyó la Mediación en todo el ámbito provincial, con carácter de instancia previa obligatoria a la iniciación del proceso judicial (artículo 2°), creando el Registro de Mediadores y Comediadores en la órbita del Ministerio de Justicia Derechos Humanos, el que será responsable de su constitución, calificación, coordinación, depuración, actualización y gobierno, de acuerdo a la reglamentación (artículo 3°);
Que, el Decreto Reglamentario Nº 1747/11 en los artículos 24º y 25º in fine, establece que la inscripción en el Registro durará 2 años y caducará automáticamente; que para mantenerse inscripto el interesado deberá acreditar haber realizado al menos sesenta horas (60) en Cursos de Capacitación Continua en Mediación, homologados por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación o por la Dirección Provincial de Desjudicialización de la Solución de Conflictos Interpersonales del MJDyDHH.de Santa Fe;
Que, el Anexo IV del Decreto Nº 1747/11, regula lo referente a los contenidos de los referidos Cursos de Capacitación Continua en Mediación, los objetivos, lineamientos, metodología y contenidos que deberán ser propuestos por las Instituciones Formadoras en Mediación, respetando los lineamientos conceptuales y temáticos que prevé el Curso Básico de Formación de Mediadores. A tal efecto deberán ofrecer y plantear temas que sean superadores de dicho Curso Básico y tengan finalidad alcanzar los objetivos de la capacitación continua en mediación;
Que, la Fundación Fraternitas de Rosario, habilitada con el N° 05 del Registro de Instituciones Formadoras en Mediación de la Provincia de Santa Fe, Disposición N° 0011/12, presenta ante ésta Dirección Provincial documentación tendiente a lograr la Homologación de los siguientes Cursos : “Ateneo de análisis de casos”; “El abogado de parte en mediación”; “La negociación como proceso creativo en mediación”; “Motivación de la conducta humana”;: “La búsqueda de intereses en mediación”; “La creatividad y resolución de conflictos”; “Elementos de comunicación para mediadores”; “Mediación con partes múltiples”; “Mediación familiar”; “Módulo complementario para mediadores familiares”; “Participación de Menores en Mediación”; “Mediación en cuestiones medioambientales y públicas complejas”; “Resolución de conflictos en el ámbito de la administración pública”; “Herramientas para estimular la co-responsabilidad ciudadana en la toma de decisiones sobre políticas públicas,” conforme a lo establecido en el Anexo IV del Decreto Nº 1747/11;
Que, la presente se dicta en uso de las facultades conferidas en los artículos 3° inc 5) y artículo 24º del Decreto N° 1747/11;
POR ELLO:
LA DIRECTORA PROVINCIAL DE
DESJUDICIALIZACION DE LA SOLUCION
DE CONFLICTOS INTERPERSONALES
D I S P O N E :
ARTICULO 1º: Homologar, en cumplimiento del Anexo IV del Decreto Nº 1747/11, los siguientes Cursos de Capacitación Continua a la Institución Fundación Fraternitas de la ciudad de Rosario, con las cargas horarias consignadas a continuación:
I) Ateneo de análisis de casos.(05 hs)
II) El abogado de parte en mediación. (10 hs)
III) La negociación como proceso creativo en mediación (20 hs)
IV) Motivación de la conducta humana: la búsqueda de intereses en mediación. (10 hs)
V) Creatividad y resolución de conflictos (10) VI) Elementos de comunicación para mediadores (10 hs)
VII) Mediación con partes múltiples (10 hs)
VIII) Mediación Familiar (30 hs)
IX) Módulo complementario para mediadores familiares (10 hs)
X) Participación de Menores en Mediación. (8 hs)
XI) Mediación en cuestiones medioambientales y públicas complejas (12 hs)
XII) Resolución de conflictos en el ámbito de la administración pública (10hs)
XIII) Herramientas para estimular la co- responsaliblidad ciudadana en la toma de decisiones sobre políticas publicas. (16 hs)
ARTICULO 2°: Establécese que la homologación otorgada en el artículo 1° podrá ser revocada por la Dirección Provincial de Desjudicialización de la Solución de Conflictos Interpersonales en caso de incumplimiento de los términos previstos en el respectivo programa.-
ARTICULO 3º: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-
Dra. MARIA ELEONORA AVILES TULIAN
Directora Provincial de Desjudicialización
De la Solución de los Conflitos Interpersonales
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
S/C. 9126 Ag. 30
__________________________________________