CAJA DE ASISTENCIA SOCIAL LOTERIA
RESOLUCION DE DIRECCION
GENERAL Nº 201
Ref.: APROBANDO LA PROGRAMACION DE CONCURSOS DEL JUEGO
DEL “QUINI-6” PARA EL MES DE SETIEMBRE DE 2010
VISTO:
Las actuaciones
obrantes en el Expte. Nº 00302-0082868-3 del Sistema de Información de
Expedientes, y;
CONSIDERANDO:
Que por las mismas la
GERENCIA DE QUINI-6 eleva para su aprobación la Programación de Concursos del
mes de SETIEMBRE de 2010.
Que dicha
Programación se ajusta a pautas de comercialización oportunamente establecidas.
Que la misma prevé la
realización de los Concursos de QUINI-6 en sus modalidades “TRADICIONAL”,
“REVANCHA” y “SIEMPRE SALE” Nros. 1763, 1764, 1765, 1766, 1767, 1768, 1769,
1770 y 1771 a sortearse los días 01, 05, 08, 12, 15, 19, 22, 26 y 29 de
Setiembre de 2010, a las 21.30 horas los días miércoles y a las 21.15 horas los
días domingo.
Que el precio de
venta al público de cada apuesta del “QUINI-6 TRADICIONAL” para todos los
Concursos del mes de SETIEMBRE de 2010, se ha establecido en PESOS TRES ($
3,00), mientras que los adicionales optativos para participar con la misma
apuesta en el “QUINI-6 REVANCHA” y en el “QUINI-6 SIEMPRE SALE” se fija en
PESOS UNO ($ 1,00) para cada uno.
Que se estima
importante establecer la condición que el Primer Premio de las modalidades
Quini-6 Tradicional Primer Sorteo y La Segunda del Quini otorgarán como mínimo
un premio de Pesos Dos millones ($ 2.000.000.-), mientras que el Quini-6
Revancha, otorgará como mínimo un premio de Pesos Un millón quinientos mil ($
1.500.000.-) cuando se registren ganadores con seis (6) aciertos, caso
contrario, el Pozo para Premios seguirá la acumulación de acuerdo a los
porcentajes correspondientes a la recaudación por venta de apuestas. El Premio
Estímulo Agenciero seguirá el mismo tratamiento que el primer premio. La suma
necesaria para alcanzar el monto mínimo para premios, será tomada del Fondo de
Reserva para Premios Especiales del Quini-6.
Que se considera
conveniente seguir otorgando en todos los concursos del mes de Setiembre de
2010, un PREMIO EXTRA cuyo importe ascienda a la suma de PESOS QUINIENTOS MIL
($ 500.000.-) de acuerdo a lo previsto en el artículo 30° del Reglamento del
Juego.
Que en lo que
respecta a la modalidad “BRINCO” se prevé la realización de los concursos Nros.
547, 548, 549 y 550 cuyos sorteos se realizarán los días 05, 12, 19 y 26 de
Setiembre de 2010 a las 21.00 horas.
Que a fin de mantener
el interés de los apostaderos en esta modalidad, se estima conveniente asegurar
como mínimo la suma de Pesos Un millón ($ 1.000.000.-) para el Primer Premio,
en el caso de registrarse ganador o ganadores con seis (6) aciertos, caso contrario,
el Pozo para Premios seguirá la acumulación de acuerdo a los porcentajes correspondientes por venta de apuestas.
Igual tratamiento seguirá el Premio Estimulo Agenciero. La suma necesaria para
alcanzar el monto mínimo para premios, será tomada del Fondo de Reserva para
Premios Especiales del Quini-6.
Que además, en esta
modalidad denominada BRINCO se ha
dispuesto otorgar en cada concurso del mes de SETIEMBRE de 2010, DIEZ (10)
PREMIOS ADICIONALES ESPECIALES, que serán asignados mediante un sorteo electrónico
a realizarse a continuación del sorteo habitual, en el que participarán todos
aquellos tickets del respectivo concurso.
Que cada premio
adicional será de PESOS DOCE MIL ($ 12.000.-), los que serán abonados a los
ganadores en doce (12) cuotas mensuales y consecutivas de PESOS UN MIL ($
1.000.-) cada una, libre de los gravámenes establecidos por las Leyes Nros.
20.630, 23.351 y 24.800.
Que los fondos
necesarios para el pago de los cuarenta (40) premios mencionados anteriormente,
más los importes que correspondan a los gravámenes antes referidos, serán
tomados del Fondo de Reserva para Premios Especiales del Quini-6.
Que la partida
presupuestaria correspondiente cuenta con saldo suficiente para hacer frente a
los premios establecidos en esta programación.
Por ello y atento a
lo dispuesto por la Ley N° 8269 y modificatorias, como así también la
Resolución de Vicepresidencia Ejecutiva N° 134/2001 y sus modificatorias Nros.
045/2003 y 350/2005 aprobatoria del Reglamento del juego;
EL DIRECTOR GENERAL DE LA CAJA DE ASISTENCIA SOCIAL
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Aprobar
la Programación de Concursos de
“QUINI-6” en sus modalidades
“TRADICIONAL”, “REVANCHA” y “SIEMPRE SALE” correspondiente al mes de Setiembre
de 2010, la que como ANEXO I forma parte integrante de la presente y que prevé
la realización de los Concursos Nros. 1763, 1764, 1765, 1766, 1767, 1768, 1769,
1770 y 1771 a sortearse los días 01, 05, 08, 12, 15, 19, 22, 26 y 29 de
Setiembre de 2010, a las 21.30 horas los días miércoles y a las 21.15 horas los
días domingo.
ARTICULO 2°.-
Establecer el precio de Venta al público de cada apuesta para los Concursos
cuya realización se aprueba en el artículo 1° de la presente Resolución en PESOS TRES ($ 3,00) para participar del
“QUINI-6 TRADICIONAL”, mientras que los
adicionales para participar con la misma apuesta en el
“QUINI-6 REVANCHA” y en el “QUINI-6 SIEMPRE SALE” se fija en PESOS UNO
($ 1,00) para cada uno.
ARTICULO 3°.- Otorgar
un PREMIO EXTRA DE PESOS QUINIENTOS MIL ($ 500.000.-) en cada uno de los
concursos de QUINI-6 aprobados en el artículo 1° de la presente, de acuerdo a
lo previsto en el artículo 30° del Reglamento del Juego.
ARTICULO 4°.-
Asegurar en todos los concursos del mes de SETIEMBRE de 2010, como mínimo
PESOS DOS MILLONES ($ 2.000.000.-) para
el Primer Premio de las modalidades Quini-6 Tradicional Primer Sorteo y La
Segunda del Quini, mientras que para el Quini-6 Revancha se asegura como mínimo
PESOS UN MILLON QUINIENTOS MIL ($ 1.500.000.-), sólo en caso de registrarse
ganador o ganadores con seis (6) aciertos, caso contrario, el Pozo para Premios
seguirá la acumulación de acuerdo a los porcentajes de Recaudación por venta de
apuestas. El Premio Estimulo Agenciero seguirá el mismo tratamiento en cuanto
al aseguramiento de Pozo para Premios.
ARTICULO 5°.- Aprobar
la Programación de Concursos de la modalidad “BRINCO”, la que como ANEXO II
forma parte integrante de la presente y que prevé la realización de los
Concursos Nros. 547, 548, 549 y 550 a sortearse los días 05, 12, 19 y 26 de
Setiembre de 2010, respectivamente, a las 21.00 horas.
ARTICULO 6°.-
Establecer el precio de venta al público de cada apuesta para los Concursos
cuya realización se aprueba en el artículo 5° de la presente Resolución, en
PESOS DOS ($ 2,00).
ARTICULO 7°.-
Asegurar en todos los concursos de BRINCO del mes de Setiembre de 2010, como
mínimo un Primer Premio de PESOS UN MILLON ($ 1.000.000.-), sólo en el caso de
registrarse ganador o ganadores con seis (6) aciertos, caso contrario, el Pozo
para Premios seguirá la acumulación correspondiente a los porcentajes
establecidos por venta de apuestas. El
Premio Estimulo Agenciero seguirá el mismo tratamiento en cuanto al
aseguramiento de Pozo para Premios.
ARTICULO 8°.- Otorgar
en cada Concurso de BRINCO del mes de Setiembre de 2010, DIEZ (10) PREMIOS
ADICIONALES, que serán asignados mediante un sorteo electrónico a realizarse a
continuación del sorteo habitual y en el que participarán todos los tickets de
apuestas del respectivo concurso.
ARTICULO 9°.- Cada
uno de los premios adicionales dispuestos en el artículo anterior será de PESOS
DOCE MIL ($ 12.000.-) los que serán abonados a los ganadores en doce (12)
cuotas mensuales y consecutivas de PESOS UN MIL ($ 1.000.-) cada una, libre de
los gravámenes establecidos por las Leyes Nros. 20.630, 23.351 y 24.800.
ARTICULO 10°.- La
suma necesaria para alcanzar el mínimo para premios establecido en los
artículos 4° y 7°, como los importes destinados para premios más gravámenes a
que refieren los artículos 8° y 9°, serán tomados del Fondo de Reserva para
Premios Especiales del Quini-6.
ARTICULO 11°.- El
gasto que demande la presente gestión deberá imputarse al Carácter 2 -
Organismos Descentralizados, Jurisdicción 36 - Ministerio de Economía,
S.A.F.353- Caja de Asistencia Social - Lotería, Programa 16, Actividad 04 -
Art. 3° Ley 25917, Fuente de Financiamiento 214, Finalidad 04, Función 07,
Inciso 8 -Otras Pérdidas, Partida Principal 04 - Pérdidas Operativas, Partida
Subparcial 06 - Premios.
ARTICULO 12°.-
Regístrese, comuníquese y archívese.
ENRIQUE ANGEL UCEDO
Director General
Caja de Asistencia Social
ANEXO I
PROGRAMACION DE LAS MODALIDADES DE “QUINI-6”
“TRADICIONAL”,
“REVANCHA” Y “SIEMPRE SALE”
MES: SETIEMBRE DE 2010
FECHA PRECIO
DE APUESTAS
CONCURSO DE FECHA
DE TRADIC. CON CON S.SALE
NUMERO SORTEO PRESCRIP. REVANCHA
1763 01/09/10 16/09/10 $
3,00 $ 4,00 $ 5,00
1764 05/09/10 20/09/10 $
3,00 $ 4,00 $ 5,00
1765 08/09/10 23/09/10 $
3,00 $ 4,00 $ 5,00
1766 12/09/10 27/09/10 $
3,00 $ 4,00 $ 5,00
1767 15/09/10 30/09/10 $
3,00 $ 4,00 $ 5,00
1768 19/09/10 04/10/10 $
3,00 $ 4,00 $ 5,00
1769 22/09/10 07/10/10 $
3,00 $ 4,00 $ 5,00
1770 26/09/10 12/10/10 $
3,00 $ 4,00 $ 5,00
1771 29/09/10 14/10/10 $
3,00 $ 4,00 $ 5,00
PREMIO EXTRA: En
todos los concursos cuyos sorteos se realizarán durante el mes de SETIEMBRE de
2010, se ha establecido otorgar un PREMIO EXTRA de PESOS QUINIENTOS MIL ($
500.000).
HORARIOS DE RECEPCION
DE APUESTAS:
SORTEO MIERCOLES:
MIERCOLES 19.30 horas.
SORTEO DOMINGO:
SABADO 20.45 horas.
Santa Fe, 23 de
Agosto de 2010
ANEXO II
PROGRAMACION DE CONCURSOS DE LA MODALIDAD DE QUINI-6
“BRINCO”
MES: SETIEMBRE de 2010
CONCURSO FECHA DE FECHA
DE PRECIO DE APUESTA
NUMERO SORTEO PRESCRIP.
547 05/09/10 20/09/10 $
2,00
548 12/09/10 27/09/10 $
2,00
549 19/09/10 04/10/10 $
2,00
550 26/09/10 12/10/10 $
2,00
Todos los Premios
Adicionales Especiales de los Concursos del mes de SETIEMBRE de 2010 serán de
PESOS DOCE MIL ($ 12.000.-) cada uno, los que se abonarán a los ganadores en
doce (12) cuotas mensuales y consecutivas de PESOS UN MIL ($ 1.000.-) cada una.
HORARIOS DE CIERRE DE
RECEPCION DE APUESTAS:
SISTEMA ON LINE:
SABADO 20.45 horas.
Santa Fe, 23 de
Agosto de 2010
ENRIQUE ANGEL UCEDO
Director General
Caja de Asistencia Social
S/C 5055 Ago.
30
__________________________________________
INSTITUTO DE SEGURIDAD
PUBLICA
NOTIFICACIONES
En relación al
expediente letra “N” Nro. 3773/09, por medio de estos edictos publicados en el
Boletín Oficial, se notifica a la Señorita MARIELA LEANDRA DANELONE, DNI:
27.128.344, de la Resolución Nº 1697/2009 emanada por la Dirección del
Instituto de Seguridad Pública, por la cual la Sra. Directora Organizadora del
Instituto de Seguridad Pública de la Provincia de Santa Fe resuelve: “Artículo
1º: Aceptar en su aspecto formal, y rechazar en lo sustancial la revocatoria
interpuesta por la Señorita Mariela Leandra Danelone, DNI: 27.128.344,
Concediéndose la Apelación Planteada, elevando en consecuencia las actuaciones
al Poder Ejecutivo Provincial vía Ministerio de seguridad a los fines de su
tratamiento y resolución. Artículo 2º: Notifíquese fehacientemente la presente.
Artículo 3º: Hágase saber, Cumpliméntese y Elévese. Dirección I.Se.P.
Rosario, 23 de
Noviembre de 2009.
S/C 109557 Ago. 30 Set. 1
__________________________________________
En relación al
expediente letra “N” Nro. 4078/09, por medio de estos edictos publicados en el
Boletín Oficial, se notifica al Señor CARLOS ALBERTO GODOY, DNI: 26.244.199, de
la Resolución Nº 1458/2009 emanada por la Dirección del Instituto de Seguridad
Pública, por la cual la Sra. Directora Organizadora del Instituto de Seguridad
Pública de la Provincia de Santa Fe resuelve: Artículo 1°: Aceptar en su
aspecto formal, y Rechazar en lo sustancial la revocatoria interpuesta por el
Señor Carlos Alberto Godoy, DNI: 26.244.199. Artículo 2º: Agréguese toda la
documental a los obrados relacionada con el causante. Artículo 3º: Notifíquese
fehacientemente la presente. “Artículo 4º: Hágase saber, cumpliméntese.
Dirección I.Se.P. Rosario, 5 de octubre de 2009.
S/C 109555 Ago. 30 Set. 1
__________________________________________
EMPRESA PROVINCIAL
DE LA ENERGIA
CONCURSO PUBLICO
DE PRECIO Nº
8512
Objeto: Contratación
en alquiler de una camioneta tipo Pick Up 4x4 - modelo 2000 en adelante por
2400 horas, servido de Redes y Guardia Reclamo en la Ciudad de Vera y Zona
Rural con caminos fangosos en días de lluvia.
Apertura de
Propuestas: día 10/09/10 Hora: 11.00
S/C 5054 Ago. 30 Set. 1
__________________________________________