picture_as_pdf 2018-07-30

MINISTERIO DE GOBIERNO Y

REFORMA DEL ESTADO


RESOLUCION Nº 0006


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”

23/JUL/2018

VISTO:

El Expediente N° 00108-0010266-2 del Sistema de Información de Expedientes, mediante el cual la Dirección Provincial de Coordinación Tecnológica Interjurisdiccional de la Secretaría de Tecnologías para la Gestión dependiente del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado gestiona la implementación en la Dirección General de Desarrollo Sustentable de la Secretaría de Medio Ambiente dependiente del Ministerio de Medio Ambiente, módulos del sistema GESTIÓN DOCUMENTAL ELECTRÓNICA (GDE); y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 25.506 de firma Digital, reconoce la eficacia jurídica del documento electrónico, la firma electrónica y la firma digital;

Que por Decreto 697/05 y Ley 12.492 se aprobó el Convenio de Cooperación firmado entre la Subsecretaría de la Gestión Pública de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación y el Gobierno de la Provincia de Santa Fe, para el proceso global de modernización del Estado, el cual fuera celebrado el 17 de marzo de 2005, y registrado en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales bajo el número 2406 en fecha 29 de marzo de 2005;

Que la Provincia de Santa Fe mediante la Ley N° 12.491 decide instrumentar los recaudos necesarios para establecer dentro de su respectiva jurisdicción la operatividad de los actos y mecanismos previstos en la citada Ley 25.506 de Firma Digital;

Que, por su parte, el Decreto N° 0173/15 aprueba la estructura orgánica funcional del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado, estableciendo entre las misiones y funciones de la Secretaría de Tecnologías para la Gestión la de entender en el diseño, implementación y seguimiento de la política informática de la Administración Pública Provincial y en la determinación de sus lineamientos estratégicos, como así también en el diseño, implementación y monitoreo de programas que propendan a la mejora de los servicios al ciudadano, y aquellos que fomenten la transparencia y accesibilidad con la gestión de Gobierno como los que tengan por objeto la modernización de la gestión, el mejoramiento continuo de calidad de sus servicios, y la incorporación de nuevas tecnologías y de comunicación;

Que el día 7 de Junio de 2016 la Provincia de Santa Fe suscribió un “Convenio Marco de Cooperación y Asistencia Técnica” con el Ministerio de Modernización de la Nación, con el objeto de implementar acciones tendientes a desarrollar en forma conjunta proyectos de modernización administrativa, tecnológica y de gestión de interés común para ambas partes y, en particular, la implementación de los sistemas informáticos de gestión documental y de compras electrónicas; el cual fue registrado en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales bajo el número 6975 en fecha 14 de junio de 2016;

Que el Decreto 0426/17, aprueba la implementación del sistema GESTIÓN DOCUMENTAL ELECTRÓNICA (GDE) como sistema integrado de caratulación, numeración, seguimiento y registración de movimientos de todas las actuaciones y expedientes administrativos del Sector Público Provincial, el cual actuará con sus diferentes módulos como plataforma del expediente electrónico regulado por el Decreto Nº 4174/15;

Que en el mencionado Decreto, se designó como órgano rector del sistema GDE a la Subsecretaría de Programas y Proyectos de la Secretaria de Tecnologías para la Gestión dependiente del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado, facultándosela a la misma a dictar las nomas complementarias, aclaratorias y operativas necesarias para la implementación y funcionamiento del sistema, como así también a aprobar los cronogramas de ejecución de las actividades previstas por dicho plan;

Que corresponde en consecuencia, fijar el cronograma de implementación del sistema GDE en reemplazo de cualquier otro sistema de gestión documental en uso, en la jurisdicción aquí mencionada;

Que la presente medida, se dicta en virtud de las facultades que fueron conferidas a la Subsecretaría de Programas y Proyectos de la Secretaría de Tecnologías para la Gestión, por el art. 2 del Decreto 0426/17 ;

Por ello;

LA SUBSECRETARÍA DE

PROGRAMAS Y PROYECTOS

RESUELVE

ARTÍCULO 1° - Apruébese la implementación de los módulos “ESCRITORIO ÚNICO (EU); COMUNICACIONES OFICIALES (CCOO), GENERADOR DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS OFICIALES (GEDO), EXPEDIENTE ELECTRÓNICO (EE), PORTA FIRMA (PF) y TRÁMITES A DISTANCIA del sistema GESTIÓN DOCUMENTAL ELECTRÓNICA (GDE) como medio de creación, comunicación, registro, archivo de notas, memorandos y documentos, en la jurisdicción de la Dirección General de Desarrollo Sustentable de la Secretaría de Medio Ambiente dependiente del Ministerio de Medio Ambiente.

ARTÍCULO 2° - Establécese como obligatorio el uso del sistema en la mencionada jurisdicción a partir del 25 de julio de 2018.

ARTÍCULO 3° - Los documentos confeccionados a través de los módulos descriptos anteriormente, deberán ser firmados electrónica o digitalmente según corresponda, produciendo idénticos efectos jurídicos a sus versiones impresas.

ARTICULO 4° - Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

S/C 22591 Jul. 30

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MINISTERIO DE SEGURIDAD


RESOLUCIÓN M. S. Nº 1847

RESOLUCIÓN M. T. y S. S. Nº 275


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional” 25 JUL 2018

VISTO:

El expediente Nº 00201-0190029-0, del registro del Sistema de Información de Expedientes, en cuyas actuaciones se solicita la aprobación de un Instructivo de Procedimiento destinado a definir el circuito administrativo a cumplimentar para que el personal policial realice su trámite jubilatorio en la Caja de Jubilaciones y Pensiones dependiente del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social; y

CONSIDERANDO:

Que el Ministerio de Seguridad, conjuntamente con la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Santa Fe, han encarado acciones con la finalidad de optimizar los procedimientos vigentes que permitan agilizar la tramitación de los beneficios previsionales;

Que el objetivo de la presente es permitir que el personal policial pueda dar inicio al trámite jubilatorio establecido en la Ley Nº 11530, con una antelación de tres (3) meses a su cese y conforme al procedimiento simplificado y reducido que se detalla Anexo I;

Que ambas dependencias, además, se encuentran abocadas a analizar los procesos actuales con el objeto de disminuir los plazos de tramitación para la totalidad de los beneficios que se gestionan;

Que han tomado intervención la Subdirección General de Recursos Humanos, la Dirección General de Asuntos Jurídicos y la Dirección Provincial de Gestión de Carrera y Bienestar Policial del Ministerio de Seguridad; la Jefatura y el Departamento Personal (D-1) de la Policía de la Provincia, y la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia;

Que la presente medida es adoptada en el marco de lo establecido en las Leyes Nros. 11530 y 12521;

Que por lo expuesto, y no existiendo objeciones legales que formular, corresponde dictar resolución conjunta de los titulares de las Jurisdicciones involucradas, a los fines de la aprobar la presente gestión;

POR ELLO:

LOS MINISTROS DE SEGURIDAD Y

DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVEN:

ARTICULO 1º: Aprobar, por las razones expuestas precedentemente, el Instructivo de Procedimientos que establece un circuito administrativo para que el personal policial dependiente del Ministerio de Seguridad de la Provincia pueda tramitar, en un plazo reducido, el beneficio jubilatorio que como Anexo I forma parte de la presente, en un total de cuatro (4) fojas útiles.

ARTICULO 2º: Establecer que la Dirección General de Servicios Sociales de la Policía de la Provincia de Santa Fe, será la encargada de certificar la documentación personal del agente a presentar en el trámite tendiente a otorgar el beneficio jubilatorio. La nómina de las personas autorizadas será designada por el Ministerio de Seguridad por Resolución Interna, y comunicada a la Caja de Jubilaciones y Pensiones.

ARTICULO 3º: Regístrese, hágase saber, publíquese y archívese.


ANEXO I


INSTRUCTIVO TRÁMITE JUBILATORIO

OBJETIVOS

Describir el proceso administrativo que debe seguirse luego de que el personal policial obtenga la resolución de retiro, cualquiera sea la causal del mismo.


ALCANCES

Todo el personal regido por las Leyes Nros. 11530 y 12521.


JURISDICCIONES INVOLUCRADAS

En el proceso intervienen las siguientes jurisdicciones:

- Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe.

- Policía de la Provincia de Santa Fe

- Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Santa Fe, dependiente del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.


TRÁMITES A LOS QUE ALCANZA

1) Retiros: Obligatorio y Voluntario

En los casos previstos en la Ley N° 11530

2) Retiros: por Incapacidad

Este trámite se realiza para obtener el beneficio de Retiro por Incapacidad que se otorga a los afiliados al régimen ante el caso de invalidez, según lo establece las Leyes Nros. 11530 y 12521.

Condiciones para acceder al beneficio:

Acreditar con el dictamen de la Junta Médica de la Caja de Jubilaciones y Pensiones un porcentaje de invalidez total y permanente del 66% o superior para el desempeño de las funciones específicas del grado, conforme lo establecido en las leyes correspondientes.

No tendrán derecho al beneficio:

Las personas que invoquen como causa para obtener el retiro por incapacidad, alguna afección orgánica o funcional manifestada con anterioridad al ingreso a la Administración Provincial, excepto que estuviere acreditada la incapacidad a la fecha de cese y el afiliado estuviera prestando servicios ininterrumpidamente durante 10 (diez) años inmediatamente anteriores al cese.


DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR EN LA CAJA DE JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA PROVINCIA DE SANTA FE


FORMULARIOS

-Formulario F PR 01 Solicitud de Retiro.

-Formulario FR 25 Solicitud de Antecedentes Previsionales cumplimentado por la ANSES.

-Formulario FR 26 Solicitud de Antecedentes Previsionales Cumplimentado por otras Cajas.

-Formulario FD 01 Certificación de Servicios. Uno por cada repartición de desempeño.

-Formulario FD 02 Foja de Servicios y Montos. Una por cada repartición de desempeño. Se consignarán las remuneraciones percibidas por el agente durante los últimos 12 meses anteriores al cese y además deberá detallarse, sin omisiones de ninguna naturaleza, las sucesivas modificaciones producidas sobre la totalidad de los adicionales percibidos por el agente en cada categoría o cargo desempeñado.

-Documento de Identidad, original y fotocopia o copia certificada (*).

Respecto a los servicios prestados, deberá presentar:

-Últimos tres recibos de haberes percibidos. Original y fotocopia.

-Copia certificada de la Resolución de pase a retiro.

-Si hubiera realizado aportes en otra/s caja/s deberá presentar las actuaciones concluidas mediante las cuales se reconozcan los servicios prestados en dicho/s ámbito/s.

De los familiares a cargo (ver documentación requerida para asignaciones familiares) www.santafe.gov.ar/jubilacionesypensiones/tramites- Toda documentación y detalle se encuentra actualizada en la página web.


DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO


1° Etapa – Inicio del Trámite jubilatorio

Una vez dictada la resolución de retiro el Departamento Control y Enlace dependiente de la Dirección General de Despacho del Ministerio de Seguridad deberá notificar:

1-al Departamento (D-1) de la Jefatura de Policía de la Provincia de Santa Fe a fin de que notifique al empleado de que ha obtenido su retiro, la fecha en que cesa la percepción de haberes y otorgue las licencias ordinarias vigentes. Asimismo, deberá emitir la foja de servicios que luego se anexará al legajo.

2-a la Habilitación de la cual dependa el personal, vía Secretaría General de la Policía de la Provincia, a fin de que tome conocimiento de la fecha de cese de la percepción de haberes.

3-a la Dirección General de Servicios Sociales, a fin de que se ponga en contacto con el personal retirado y le informe la documentación a reunir y los trámites a realizar, conforme lo establecido en el presente instructivo.

4-a la Dirección General de Administración del Ministerio de Seguridad a través de la Subdirección de Recursos Humanos fin de confeccionar la Foja de Cómputo y Montos (FD01 y FD02 completos).


Confección del legajo jubilatorio

La Dirección General de Servicios Sociales de la Policía de la Provincia es la oficina encargada de confeccionar los legajos a presentar en la Caja de Jubilaciones y Pensiones. A estos fines, deberá comunicarse con las diferentes áreas involucradas en el trámite a fin de que remitan toda la documentación que debe proveer el Ministerio de Seguridad y con el empleado para que adjunte la documentación a su cargo. Asimismo, será la encargada de certificar la documentación personal del agente que se presentará. Se comunicará a la Caja las personas autorizadas a tal efecto por la normativa interna.

Con la misma confeccionará un legajo por empleado que será la base de inicio del trámite jubilatorio propiamente dicho.


Inicio del Trámite Jubilatorio

La Dirección General de Servicios Sociales es la encargada de iniciar el expediente jubilatorio con el legajo referido en el punto que antecede debiendo presentarlo por la Mesa de Inicio de la Caja de Jubilaciones. Se comunicará a la Caja las personas que se presentaran ante el Organismo Previsional, que se resolverá por Resolución Interna, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 2º de la presente. Se establece que podrá iniciar hasta un máximo de treinta (30) trámites por semana, debiendo priorizar los que tengan fecha de cese más próxima, 90 días antes de producirse el cese y/o última percepción de haberes.


2º Etapa – Determinación del Derecho y del Monto

El Departamento Cómputo y Monto de la Caja de Jubilaciones, realiza:

-Cálculo de Servicios y determinación del monto del beneficio. Imprime y agrega las constancias emitidas por el sistema.


Dictamen Legal

La Dirección de Asuntos Jurídicos: Analiza todo el trámite.

Emite dictamen de acuerdo a lo establecido en las Leyes Nros. 11530 y 12521.

Si el titular no tiene derecho al beneficio solicitado envía las actuaciones al Departamento Resoluciones a fin de confeccionar el acto resolutivo denegatorio y sigue trámite habitual, se notificara al D-1, en virtud de que el agente tiene determinada fecha de cese y/o ultima percepción de haberes.

Si el titular tiene derecho, envía las actuaciones al Departamento Resoluciones a fin de otorgar el Retiro (etapa 3).

3º Etapa – Otorgamiento del Beneficio


Confeccionar Proyecto de Resolución

El Departamento Resoluciones: Confecciona proyecto de resolución otorgando el beneficio, fijando fecha inicial de pago. Envía a la Secretaria General y Dirección Provincial para su aprobación y firma.

Supervisar lo Actuado

La Unidad de Auditoría Interna: Supervisa todo lo actuado.


Firmar Resolución

La Secretaría General y la Dirección Provincial: Aprueban y firman la resolución enviando las actuaciones al Departamento Resoluciones para su protocolización. Luego se envían las actuaciones para su inclusión en planillas de pago.


Notificar Resolución

La División Notificaciones:

Notifica resolución al agente policial, envía listado de inclusión en planillas de pago al D-1, a Servicios Sociales y al Ministerio de Seguridad.

S/C 22610 Jul. 30

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DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PROMOCIÓN DE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA


NODOS ROSARIO Y

VENADO TUERTO


NOTIFICACIÓN


Por Disposición N° 120 del 15 de junio del 2018, la Señora Directora Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de los Nodos Rosario y Venado Tuerto, Provincia de Santa Fe, dentro del legajo administrativo N° 12.309 referenciados administrativamente como: “FANEGA, IAN EZEQUIEL DNI 52.565.403 y FANEGA, RAMON ANTONIO DNI 53.915.670 s/ MEDIDA DE PROTECCIÓN EXCEPCIONAL DE DERECHOS”, que tramitan por ante la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia, Equipo Interdisciplinario de Niñez N.º 5, sírvase notificar por este medio al Sr. Ramón Antonio Fanega, DNI 53.915.670, con domicilio desconocido, que se ha dictado el acto administrativo cuya parte resolutiva se transcribe seguidamente: “Rosario, 15 de junio de 2018. Y vistos:…; y considerando:…; dispone: 1- dictar el acto administrativo de medida de protección excepcional de derechos de en relación a los niños FANEGA, IAN EZEQUIEL DNI 52.565.403, nacido en fecha 14/04/2001, FANEGA, RAMON ANTONIO DNI 53.915.670, nacido en fecha 25/03/2014 y GOMEZ, JEREMIAS DNI 55.216.818, nacido en fecha 04/11/2015 hijos de Natalia Magdalena Gómez, DNI 36.523.538, con domicilio desconocido, y los niños Ian y Ramon hijos de Ramón Antonio Fanega, DNI 36.333.125, con domicilio desconocido, consistente en la separación temporal de su centro de vida y su alojamiento transitorio en una institución dependiente del sistema de protección integral, por un plazo de noventa (90) días, sin perjuicio de su respectiva prórroga de acuerdo a lo establecido en el Art. 52 inc. B de la Ley Provincial N.º 12.967 y su respectivo Decreto Reglamentario. Durante el plazo estipulado se trabajará en la ejecución del plan de acción trazado para intentar dar solución a la problemática existente; 2- Notificar dicha medida Medida Excepcional de Derechos a los progenitores de los niños. 3- Notificar la adopción de lo resuelto y solicitar el control de legalidad al Tribunal Colegiado de Familia, una vez agotado el procedimiento recursivo previsto en el art. 62 de la Ley N.º 12.967. 4- OTÓRGUESE el tramite correspondiente el trámite correspondiente, regístrese, comuníquese y notifíquese a las partes interesadas y al órgano jurisdiccional correspondiente y oportunamente ARCHIVESE.- Fdo. Ps. Travaini Andrea P., Titular de la Subsecretaria de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia Nodos Rosario.

Se transcriben a continuación los arts. pertinentes de la Ley Nº 12.967 y Dto. N° 619/10, asimismo se hace saber que cuenta con el derecho a se asistido por un abogado/a de su confianza: ARTICULO 60.- RESOLUCIÓN. La Autoridad administrativa del ámbito regional y la Autoridad de Aplicación provincial son los únicos funcionarios con competencia para dirigir el procedimiento y para declarar y disponer por resolución administrativa debidamente fundada alguna medida de protección excepcional. ARTICULO 61.- NOTIFICACIÓN. La resolución administrativa por la que se adopta una medida de protección excepcional debe notificarse debidamente a los representantes legales, familiares o responsables de la niña, niño o adolescente. ARTÍCULO 62.- RECURSOS. Contra la resolución de la Autoridad administrativa del ámbito regional o la Autoridad de Aplicación provincial que decide la aplicación de una medida de protección excepcional puede deducirse recurso de revocatoria en audiencia oral y actuada producida dentro del plazo de doce (12) horas de interpuesto el recurso. Este no tiene efecto suspensivo de la medida recurrida. Finalizada la sustanciación del recurso éste debe ser resuelto en un plazo de tres (3) horas, sin apelación administrativa y con notificación a las partes. Las medidas de protección excepcional son de aplicación restrictiva.

S/C 22598 Jul. 30 Ag. 1

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COORDINACIÓN EJECUTORA PROVINCIAL


REGULARIZACIÓN DOMINIAL - ROSARIO


Por disposición de la Coordinación Ejecutora Provincial para la Regularización Dominial- Ley Nacional 24.374 y su modif.Dto. Prov.N°.1178/09 se cita, llama y emplaza para que comparezca/n por ante esta dependencia sita en calle 27 de febrero 2289 de la ciudad de Rosario, y/ o en Centro Cívico sito en calle 9 de Julio 1765 de la ciudad de Venado Tuerto - dentro del término de 30 días hábiles y bajo los apercibimientos de ley, a fín de que deduzcan formal oposición si correspondiere, en los términos del art.6 inc d) de la Ley mencionada, lo que se publica a sus efectos en los Diarios Locales de la ciudad de Rosario (La Capital y Página12 ), en fecha MARTES 31 DE JULIO DE 2018 ,y en el Boletín oficial por 3 (tres) a las siguientes personas:


REGION IV – NODO ROSARIO

DEPARTAMENTO SAN JERONIMO – LOCALIDAD SAN GENARO

1)Sr/a: DURA FRANCISCO JOSE Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: 25 DE MAYO 295, de la ciudad de SAN GENARO identificado como: Lote: 27 Manzana XXVII Plano N°:104703/1984 partida inmobiliaria N°11-24-00 156214/0026-9 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo 136 impar Folio 953 N° 23260/1975 Departamento: SAN JERONIMO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe, Expediente N°01501-0089722-3, Iniciador: MOYANO MIGUEL ANGEL.

2)Sr/a: SOCIEDAD CIVIL “SUCESORES CARLOS CASADO” Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: CATAMARCA 158, de la ciudad de SAN GENARO identificado como: Lote 15 Manzana: 34 Plano N°: dup 1229/2014, partida inmobiliaria N°11-24-00 156128/0001-0 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo 54 impar Folio 352 N° 27951/1926 Departamento: SAN JERONIMO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe, Expediente N°01501-0088459-5, Iniciador: ORONA JUAN CARLOS.

3)Sr/a FRANCISCO JOSE DURA Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: CATAMARCA 235, de la ciudad de SAN GENARO identificado como: Lote 34 Manzana: XXVII Plano N°:104703/1984, partida inmobiliaria N°11-24-00 156214/0033-9, y cuyo dominio obra, inscripto, en, Tomo:136 impar Folio: 953 ,N° 23260/1975 Departamento: SAN JERONIMO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe, Expediente N°01501-0088506-6, Iniciador: PONCE JOSE MARIA.

4)Sr/a: DANIEL ALBERTO CIACOPINI O IACOPINI Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: CORDOBA 886, de la ciudad de SAN GENARO identificado como: Lote TRES Manzana: 24 seccion B Plano S/plano N°: partida inmobiliaria N°11-24-00 156332/0000-0 y cuyo dominio obra, inscripto en Tomo: 146 Par Folio: 1111, N° 31214/1978 Departamento: SAN JERONIMO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe, Expediente N°01501-0089723-4, Iniciador: NAVARRO HECTOR ARTURO.

5)Sr/a FRANCISCO JOSE DURA Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: CATAMARCA 237, de la ciudad de SAN GENARO identificado como: Lote:32 Manzana:XVII Plano N°: 104703/1984 partida inmobiliaria N° 11-24-00 156214/0031-1 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo:136 Impar Folio: 953 N° 23260/1975 Departamento: SAN JERONIMO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe, Expediente N° 01501-0089710-8, Iniciador: DIAZ ADRIANA MIRTA.


REGION IV – NODO ROSARIO

DEPARTAMENTO SAN LORENZO - LOCALIDAD CARCARAÑA

6)Sr/a: JORGE OMAR DE BIASSI Matrícula Individual LE 6.178.854, JULIO CONSTANTINO SACCONI Matrícula Individual LE 6.176.451, MARIA GRACIELA IGNACIA FASOLI DE FRESIA Matricula Individual DESCONOCIDA sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: 20 DE NOVIEMBRE 1937 , de la ciudad de CARCARAÑA identificado como: Lote:18 Manzana 57 Plano N° 124097/1987 partida inmobiliaria N° 15-09-00 209385/0043 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo244/244/247/243tdh Folio 310/309/408/197 N° 173323/173322/199740/23831 Departamento: SAN LORENZO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N° 01501-0082860-3, Iniciador: BORDON MONICA LORENA.

7)Sr/a: JORGE OMAR DE BIASSI Matrícula Individual LE 6.178.854, JULIO CONSTANTINO SACCONI Matrícula Individual LE 6.176.451, MARIA GRACIELA IGNACIA FASOLI DE FRESIA Matricula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: RIO COLORADO 1958, de la ciudad de CARCARAÑA identificado como: Lote:6 Manzana 57 Plano N° 124097/1987 partida inmobiliaria N°15-09-00 209385/0031-0 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo:244/244/247/243tdh Folio:310/309/408/197 N°173323/173322/199740/23831 Departamento: SAN LORENZO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N° 01501-0083819-4, Iniciador: BLANDO OSCAR RAMON.

8)Sr/a: MIGUEL ANGEL CARABAJAL Matrícula Individual LE 2.300.515, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: 25 DE MAYO 178, de la ciudad de CARCARAÑA identificado como: Lote a6 Manzana: 38 Plano N°: 114795/1984 partida inmobiliaria N°15-09-00 208412/0000 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo 237 Folio 85 N° 306352 Departamento: SAN LORENZO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N° 01502-0005484-7, Iniciador: CARDOZO HECTOR RAMON.


REGION V – NODO VENADO TUERTO

DEPARTAMENTO GENERAL LOPEZ - LOCALIDAD FIRMAT

9)Sr/a: MARTA INES FREDRIKSSON DE PUSTERLA Matrícula Individual LC 5.542.940, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: VICENTE LOPEZ 90, de la ciudad de FIRMAT identificado como: Lote 4A Manzana: 453 Plano N°: 120490/1986 partida inmobiliaria N°17-06-01 368519/0001 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo 222 Folio 194 N°225742 Departamento:CONSTITUCION, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N° 01502-0005248-1, Iniciador: ALDERETE VICTOR MANUEL.

10)Sr/a LUIS OMAR SOSA Matrícula Individual 14.771.300 , sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: SALTA 1390, de la ciudad de FIRMAT identificado como: Lote 7 Manzana:72 Plano N°:121886/1986 partida inmobiliaria N°17-06-00 866903/0007 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo 450 Folio 493 N° 259428 Departamento: GRAL LOPEZ, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N° 01502-0005473-3, Iniciador: SOSA GLORIA ERMELINDA.

11)Sr/a: JOSE FABIAN GODOY Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: BLAS PARERA 430 , de la ciudad de FIRMAT identificado como: Lote:11 Manzana: 448 Plano N°:86353/1976 partida inmobiliaria N°17-06-01 368538/0006 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo 209 F° 370 N°109183 Departamento: CONSTITUCION, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N° 01502-0005191-0, Iniciador: NIETO CEFERINA DEL CARMEN.

12)Sr/a: ANIBAL GUSTAVO MARTINEZ Matrícula Individual 17.096.115, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: O VICTOR ANDRADE 470, de la ciudad de FIRMAT identificado como: Lote:12 Manzana: 423 Plano N°:83465/1975 partida inmobiliaria N°17-06-01 368642/0018 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo 243 F° 246 N°310486 Departamento: CONSTITUCION, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N° 01502-0005574-3, Iniciador: MARTINEZ NELIDA.

13)Sr/a: MARTHA NURY ZACHINO Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: GRAL SAVIO 270, de la ciudad de FIRMAT identificado como: Lote:6 Manzana: 260A Plano N°:50473/1967 partida inmobiliaria N°17-06-00 867105/0049 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo 366 F° 194 N°189316 Departamento: CONSTITUCION, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N° 01502-0005573-2, Iniciador: AQUINO VICENTE.

S/C 22596 Jul. 30 Ag. 1

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