MINISTERIO DE SEGURIDAD
NOTIFICACIONES
La Dirección General de Despacho del Ministerio de Seguridad, hace saber por el presento edicto al Sr. GUSTAVO ANDRES ASSEF D.N.I. 25.925.611, que se ha dictado la Resolución Nº 0224/12 en las actuaciones N° 00205-0004064-1 caratuladas, “Solicita baja y renuncia al cargo que desempeña en el Servicio Penitenciario Provincial por razones de índole particular” por lo que se le notifica que:
RESOLUCION N° 0224
SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 30 Jul. 2012
“VISTO el expediente N° 00205-0004064-1, del registro del Sistema de Información de Expedientes, en cuyas actuaciones la Dirección General del Servicio Penitenciario de la Provincia eleva la renuncia presentada al cargo, por el señor Gustavo Andrés Assef, quien revista como Ayudante de 5ta. (CG), por razones de índole particular;.. y considerando...
POR ELLO:
EL MINISTRO DE SEGURIDAD
RESUELVE:
ARTICULO 1°: Dése por aceptada al Señor GUSTAVO ANDRES ASSEF (Clase 1977 - C.U.I.L. 23-25925611-9), quien revista como Ayudante de 5ta. (CG) en la Dirección General del Servicio Penitenciario de la Provincia, la renuncia presentada al cargo, a partir del 5 de agosto de 2010, por razones de índole particular.-
ARTICULO 2°: De forma.-
Firmado: Dr. Raúl Lamberto
Ministro de Seguridad
En cumplimiento de la Ley 12.071/02 y el plazo para ejercerlo s/Art. 42 del Decreto 10.204/58: “El recurso de revocatoria podrá interponerse contra los decretos y resoluciones dictados en los expedientes o actuaciones administrativas y, en general contra cualquier decisión dictada por autoridad administrativa competente que niegue un derecho o imponga obligaciones, dentro del término de diez días de la notificación”. -
S/C 9728 Jul. 30
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La Dirección General de Despacho del Ministerio de Seguridad, hace saber por el presente edicto al Sr. OSCAR DARIO GUILLERMO MONTAÑEZ D.N.I. 22.153.130, que se ha dictado la Resolución Nº 1590/11 en las actuaciones Nº 00201-0099392-1 caratuladas, “Reclamo administrativo por daños y perjuicios” por lo que se le notifica que:
RESOLUCION Nº 1590
SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 24 Oct. 2011
VISTO el expediente Nº 00201-0099392-1, del registro del Sistema de Información de Expedientes, relacionado con el reclamo administrativo previo interpuesto por el señor OSCAR DARIO GUILLERMO MONTAÑEZ, contra la Provincia de Santa Fe, por la suma de pesos cuatro mil ($4000), a fin de obtener la reparación de daños y perjuicios sufridos con motivo del accidente de tránsito ocurrido en fecha 9 de julio de 2004 en la intersección de las calles Güemes y Av. Ovidio Lagos, de la ciudad de Rosario (Dpto. homónimo); y considerando...
POR ELLO:
EL MINISTRO DE SEGURIDAD
RESUELVE:
ARTICULO 1°: Rechazar, por las razones expuestas precedentemente, el reclamo administrativo previo interpuesto por el señor OSCAR DARIO GUILLERMO MONTAÑEZ (M.I. 22.153.130.) contra la Provincia de Santa Fe, por la suma de pesos cuatro mil ($4000), a fin de obtener la reparación de daños y perjuicios sufridos con motivo del accidente de tránsito ocurrido en fecha 9 de julio de 2004, en la intersección de las calles Güemes y Av. Ovidio Lagos, de la ciudad de Rosario (Dpto. homónimo).-
ARTICULO 2°: De forma.-
Firmado: Dr. Raúl Lamberto
Ministro de Seguridad
En cumplimiento de la Ley 12.071/02 y el plazo para ejercerlo s/ Art. 42 del Decreto 10.204/58: “El recurso de revocatoria podrá interponerse contra los decretos y resoluciones dictados en los expedientes o actuaciones administrativas y, en general contra cualquier decisión dictada por autoridad administrativa competente que niegue un derecho o imponga obligaciones, dentro del término de diez días de la notificación”. -
S/C 9727 Jul. 30
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EMPRESA PROVINCIAL
DE LA ENERGIA
CONCURSO PUBLICO DE PRECIOS
N° 2726
Objeto: CONTRATACION DE UN AUTOMOVIL SEDAN 4 PUERTAS, ANTIGÜEDAD MAXIMA 3 AÑOS, CON AIRE ACONDICIONADO Y CHOFER PARA EL TRASLADO DE OPERADORES DEL C.C.O. (POR 6 MESES).
Presupuesto oficial: $ 130.800.- I.V.A. Incluído.
Apertura: 13/08/2013 Hora: 9.
PRESENTACION DE OFERTAS: Bv. Oroño 1260-1° Piso-ROSARIO.
CONSULTAS: - MOVILIDADES ROSARIO T.E. (0341) 4204452.
NOTA: Los pliegos serán entregados hasta 48 horas antes de la fecha de apertura únicamente.
S/C. 9711 Julio 30 Agosto 1
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RESOLUCION N° 324
SANTA FE, 24-07-2013
VISTO: El Expte. Nº 1-2013-739.304-EPE., a través de cuyas actuaciones se gestiona la readecuación de tarifas por aplicación del ajuste tarifario; y
CONSIDERANDO:
Que el Área Administración del Mercado Eléctrico en Nota N° 82/2013, expresa que por Resolución N° 408/2013 de la Secretaría de Energía de la Nación (SEN), se establecen nuevos precios estacionales de compra en el MEM para el período comprendido entre el 01-06-2013 y el 30-09-2013, destinada a clientes residenciales, propios y de Cooperativas, con consumos superiores a 1.000 KWh/bim., según se detalla en los Artículos 1°, 2°, 3°, 4° y 5° del citado decisorio;
Que lo expuesto precedentemente, implica una reducción transitoria en los precios de compra en el MEM de la energía destinada a abastecer consumos residenciales superiores a 1.000 KWh/bim., por lo que corresponde ajustar el Cuadro Tarifario a fin de reflejar esta variación de costos;
Que se han efectuado los ajustes pertinentes sobre los cargos variables por energía consumida de las tarifas de aplicación a los clientes residenciales de esta Empresa con consumos superiores a los 1.000 KWh/bim., así como sobre los cargos variables de las Tarifas 4 – Otros Prestadores Provinciales, en las categorías correspondientes a este tipo de consumos residenciales; el resto de las categorías tarifarias se mantienen sin cambios;
Que en Anexos 1 a 40, se adjuntan los Cuadros Tarifarios con y sin subsidios del Estado Nacional o con subsidios reducidos para: Pequeñas Demandas, Grandes Demandas, Tarifa T2, Grandes Demandas, Tarifa T4 y Grandes Demandas para Peaje por Servicios de Distribución, Tarifa T6, resultantes de trasladar las modificaciones en los precios de compra de energía dispuestos por Resolución N° 408/2013 (SEN), con vigencia para consumos registrados a partir del 1° de Junio de 2013;
Que el Área de Asesoramiento General de la Gerencia de Asuntos Jurídicos en Dictamen N° 771/2013, no formula objeciones y aporta el encuadre legal que corresponde a la gestión;
Por ello, en ejercicio de las atribuciones establecidas en los Artículos 6º, Inc. q) y 17º de la Ley Orgánica Nº 10014;
EL DIRECTORIO DE LA
EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA
Resuelve :
ARTICULO 1°.- Aplicar la Resolución N° 408/2013 de la Secretaría de Energía de la Nación, y consecuentemente aprobar el Cuadro Tarifario detallado en los Anexos 1 a 40 para Pequeñas Demandas, Grandes Demandas -Tarifa T2, Grandes Demandas -Tarifa T4 y Grandes Demandas para Peaje por Servicio de Distribución -Tarifa T6, para consumos registrados a partir del 1° de Junio de 2013 y que forman parte integrante de la presente Resolución.-------------------------------
ARTICULO 2°.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-----------------
Ing. Juan Daniel Cantalejo
Ing.Cristian Hugo Berrino
Arq. Hugo Storero
Sr. R. Fabián Vieyra
Ing. Ricardo Alberto Airasca
NOTA: el cuadro tarifario que se aprueba estará disponible para ser consultado en el sitio web corporativo – www.epe.santafe.gov.ar
S/C. 9731 Julio 30
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EL DIRECTOR PROVINCIAL DE
CONTACIONES Y GESTION
DE BIENES
DISPOSICIÓN Nº 272
Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”, 24/07/2013
V I S T O:
Los informes elevados por el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia, solicitando la renovación de antecedentes de varias firmas proveedoras; y
CONSIDERANDO:
Que dicho Registro manifiesta que las mismas han cumplido con los requisitos exigidos por el Decreto Nº 5100/55 y Disposición DPCyS Nº 221/09, quedando debidamente encuadradas en las disposiciones vigentes;
Que los distintos estamentos técnicos y jurídicos han tomado la respectiva intervención sin observaciones que formular;
Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes de los Decretos N° 5100/55 y 2479/09;
POR ELLO:
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE
CONTRATACIONES Y
GESTIÓN DE BIENES
DISPONE:
ARTÍCULO 1: Renuévese la inscripción en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: CASA OTTO HESS S.A. CUIT N° 30-52600883-5; CONTINENTAL FARMA S.A. CUIT N° 30-70822727-3; GEMATEC S.R.L. CUIT N° 30-69479339-4; INSTRUMEDICA S.R.L. CUIT N° 30-61906169-8; WERLEN REPUESTOS S.R.L. CUIT N° 30-68700511-9.
ARTÍCULO 2: Regístrese, comuníquese y archívese.
S/C. 9724 Julio 30 Julio 31
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DISPOSICIÓN Nº 273
Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”, 24/07/2013
V I S T O:
Los informes elevados por el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia, solicitando la inscripción de dos (02) firmas como nuevas proveedoras y la renovación de antecedentes de otras; y
CONSIDERANDO:
Que dicho Registro manifiesta que las mismas han cumplido con los requisitos exigidos por el Decreto Nº 5100/55 y Disposición DPCyS Nº 221/09, quedando debidamente encuadradas en las disposiciones vigentes;
Que los distintos estamentos técnicos y jurídicos han tomado la respectiva intervención sin observaciones que formular;
Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes de los Decretos N° 5100/55 y 2479/09;
POR ELLO
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE
CONTRATACIONES Y
GESTIÓN DE BIENES
DISPONE:
ARTÍCULO 1: Inscríbase en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de doce (12) meses a partir de la presente, a la siguiente firma: SU PAPEL S.A. CUIT N° 30-57701116-4.
ARTÍCULO 2: Inscríbase en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de diez (10) meses a partir de la presente, a la siguiente firma: AREA SANTAFESINA S.R.L. CUIT N° 30-71168813-3.
ARTÍCULO 3: Renuévese la inscripción en el Registro Oficial de Proveedores dela Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: “VERDELIMP” de ALARCON CLAUDIA MABEL CUIT N° 27-17591327-6; “BRILLOLIM SERVICIO DE LIMPIEZA” de BORGNA MARIA CRISTINA CUIT N° 27-10316217-9; CROMA S.R.L. CUIT N° 30-68549778-2; FLEMING Y MARTOLIO S.R.L. CUIT N° 30-67839373-4.ARTÍCULO 4: Renuévese la inscripción en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de doce (12) meses a partir de la presente, a la siguiente firma: BIOMEDICAL S.C. CUIT N° 30-68920845-9.ARTÍCULO 5: Regístrese, comuníquese y archívese.
S/C. 9725 Julio 30 Julio 31
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