picture_as_pdf 2010-07-30

CAJA DE ASISTENCIA SOCIAL - LOTERIA

 

RESOLUCION DE DIRECCION GENERAL N°: 162

 

Ref.: Programa de Sorteos, Lotería Tradicional de Santa Fe mes de AGOSTO DE 2010

Emisiones: 3369 y 3370

 

VISTO:

Las actuaciones que obran en el Expediente N° 00302-0082192-3 del Sistema de Información de Expedientes, y;

CONSIDERANDO:

Que por las mismas la Sub-Dirección de Comercialización atento a las facultades conferidas por el Decreto 0673/01, eleva para su aprobación la programación de sorteos comunes de Lotería Tradicional de Santa Fe para el mes de Agosto de 2010;

Que para estos sorteos se ha proyectado un Premio Mayor de QUINIENTOS MIL PESOS ($ 500.000) al precio de Treinta y Seis Pesos ($ 36) cada billete entero, más el impuesto que fija la Ley de Sellos, siendo su fraccionamiento en 2 partes;

Que el total de premios programados asciende a la cantidad de UN MILLON TRESCIENTOS DOS MIL SETECIENTOS NOVENTA Y UN PESOS CON VEINTE CENTAVOS ($ 1.302.791,20), lo que representa el Sesenta con Treinta y Uno por Ciento (60,31%) sobre el total a emitirse de Sesenta Millares;

Que la Resolución de Dirección General N° 267/99 dispone la realización de los sorteos de Lotería Tradicional por medio de extracciones con bolilleros propios;

Que dicho programa ha sido conformado numéricamente por el Departamento Contable de la Caja y que la partida presupuestaria correspondiente cuenta con saldo suficiente para hacer frente a los premios establecidos en esta programación;

Por todo ello, y de conformidad a la facultad emergente del inciso 4° del artículo 2° del Decreto N° 2688/78 y Decreto N° 1651/82;

EL DIRECTOR GENERAL DE LA CAJA DE ASISTENCIA SOCIAL

RESUELVE

Art. 1°) Aprobar el programa de sorteos y premios correspondiente a la emisiones Nros. 3369 y 3370, de Lotería Tradicional de Santa Fe, a realizarse los días 21, y 28 de Agosto de 2010 por los bolilleros propios de la Lotería de Santa Fe, y que como Anexo I forma parte integrante de la presente Resolución.

Art. 2°) El gasto que demande la presente gestión deberá imputarse al Carácter 2 - Organismos Descentralizados, Jurisdicción 36 - Ministerio de Economía, Institución 353 - Caja de Asistencia Social - Lotería, Programa 16, Actividad 04 - Art. 3° Ley 25917, Fuente de Financiamiento 214, Finalidad 4, Función 7, Inciso 8 - Otros Gastos, Partida Principal 04 - Otras Pérdidas, Partida Parcial 06 - Pérdidas Operativas Premios.

Art. 3°) Regístrese, comuníquese, tomen nota las distintas áreas de la Caja de Asistencia Social a que compete, dése vista al señor Contador Fiscal Delegado del Tribunal de Cuentas de la Provincia, y hecho, archívese.

Santa Fe, 14 de Julio de 2010

ENRIQUE ANGEL UCEDO

Director Gral.

Caja de Asistencia Social

 

ANEXO I

 

PROGRAMA DE PREMIOS SORTEO DEL MES DE AGOSTO 2010

 

EMISION

 

Partes por entero            Millares      Total emitido   Premios

                   2                            60      $ 2.160.000,00   $ 1.302.791,20

                                                           % s/emisión      60,31%

 

PRECIO

 

                                       ENTERO      UNA PARTE

VALOR NOMINAL               $ 36,00      $ 18,00

PROV. STA. FE c/IMP.       $ 39,60      $ 19,80

OTRAS JURISDIC. C/IMP.   $ 43,20      $ 21,60

 

SORTEOS

 

                   NUMERO         FECHA      PRESCRIPCION

                   3369            21-Ago-10      20-Sep-10

                   3370            28-Ago-10      27-Ago-10

 

PREMIOS

 

CANTIDAD                                    UNA PARTE         ENTERO         TOTAL

   1 premio de                                $ 250.000,00    $ 500.000,00 $ 500.000,00

   1 premio de                                 $  25.000,00    $  50.000,00 $  50.000,00

   1 premio de                                 $  15.000,00    $  30.000,00 $  30.000,00

   1 premio de                                 $  10.000,00    $  20.000,00 $  20.000,00

1 premio de                                     $   7.500,00    $  15.000,00 $  15.000,00

   5 premios de                                $   5.000,00    $  10.000,00 $  50.000,00

  10 premios de                               $   2.500,00      $  5.000,00 $  50.000,00

 600 premios 10 extrac. de 3 cifras        $   30,00           $  60,00 $  36.000,00

  59 premios term. 3 c. del primer premio $   30,00          $  60,00   $  3.540,00

 540 premios term. 2 c. del primer premio $   25,00         $  50,00 $  27.000,00

5400 premios term. 1 c. del primer premio $   21,60        $  43,20 $ 233.280,00

6666 premios progresión 9 en 9             $   21,60            $ 43,20 $ 287.971,20

13285 premios por un total de                                                  $ 1.302.791,20

 

APROXIMACIONES

 

5% DEL PRIMER PREMIO

2 aprox. números anterior y posterior  $  2.000,00      $  4.000,00

2 aprox. Nros. ant. y post. subsiguientes $  1.500,00  $  3.000,00

2 aprox. Nros. ant. y post. subsiguientes $  1.000,00  $  2.000,00

2 aprox. Nros. ant. y post. subsiguientes $    500,00   $  1.000,00

Reserva para premios especiales                             $ 15.000,00

5% DEL SEGUNDO PREMIO

2 aprox. Nros. ant. y post.                     $ 750,00      $  1.500,00

2 aprox. Nros. ant. y post. subsiguientes $    500,00   $  1.000,00

5% DEL TERCER PREMIO

2 aprox. Nros. ant. y post.                  $    450,00       $    900,00

2 aprox. Nros. ant. y post. subsiguientes $    300,00   $    600,00

 

Progresión:

Si el billete que obtenga el Premio Mayor, le corresponde progresión 6, 7 u 8 el importe de un premio por progresión se acumulará a la primera aproximación de aquel (50% a la anterior y 50% a la posterior)

S/C                                        4914                                          Jul. 30

__________________________________________

 

 

Ref.: Programa de Sorteos, Lotería Chica de Santa Fe

Emisiones: 660 y 661.

Mes: Agosto 2010.

 

VISTO:

Las actuaciones que obran en el Expediente N° 00302-0082195-6 del Sistema de Información de Expedientes, y;

CONSIDERANDO:

Que por las mismas la Sub Dirección de Comercialización atento a las facultades conferidas por el Decreto 0673/01, eleva para su aprobación la programación de sorteos de Lotería Chica de Santa Fe proyectados para el mes de Agosto de 2010.

Que para estos sorteos se ha proyectado un Premio Mayor de quince mil pesos ($ 15.000), al precio de CUATRO PESOS CON CINCUENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 4,55) cada billete, sin perjuicio del impuesto que fija la Ley de Sellos;

Que el total de premios programados asciende a la cantidad de VEINTISIETE MIL QUINIENTOS SESENTA PESOS ($ 27.560) por emisión, lo que representa el SESENTA CON CINCUENTA Y SIETE POR CIENTO (60,57%) sobre el total a emitirse de diez (10) millares, siendo su fraccionamiento de una sola parte;

Que dicho programa ha sido conformado numéricamente por el Departamento Contable de la Caja;

Que la partida presupuestada correspondiente cuenta con saldo suficiente para hacer frente a los premios establecidos en esta programación;

Por todo ello, y de conformidad. a la facultad emergente del inciso 4to. del artículo 2do. del Decreto N° 2688/78 y Decreto N° 1651/82;

EL DIRECTOR GENERAL DE LA CAJA DE ASISTENCIA SOCIAL

RESUELVE

Art. 1°) Aprobar el programa de sorteos y premios correspondiente a las emisiones 660 y 661 de Lotería Chica de Santa Fe, a realizarse los días 21 y 28 de Agosto de 2010 por medio de las extracciones de la Lotería Tradicional de Santa Fe en las fechas respectivas y que como Anexo I forma parte integrante de la presente Resolución.

Art. 2°) El gasto que demande la presente gestión deberá imputarse al Carácter 2 - Organismos Descentralizados, Jurisdicción 36 - Ministerio de Economía, Institución 353 - Caja de Asistencia Social - Lotería, Programa 16, Actividad 04 - Art. 3° Ley 25917, Fuente de Financiamiento 214, Finalidad 4, Función 7, Inciso 8 - Otros Gastos, Partida Principal 04 - Otras Pérdidas, Partida Parcial 06 - Pérdidas Operativas Premios.

Art. 3°) Regístrese, comuníquese, tomen nota las distintas áreas de la Caja de Asistencia Social a que compete, dése vista al señor Contador Fiscal Delegado del Tribunal de Cuentas de la Provincia, y hecho, archívese.

Santa Fe, 14 de Julio de 2010

ENRIQUE ANGEL UCEDO

Director Gral.

Caja de Asistencia Social

 

ANEXO I

 

PROGRAMA DE PREMIOS DEL MES DE: AGOSTO DE 2010

 

VALOR                                               ENTERO

VALOR NOMINAL                                $          4,55

PROV. STA. FE c/IMP.                        $          5,00

OTRAS JURISDIC. C/IMP.                    $          5,50

 

SORTEOS

 

                   NUMERO         FECHA      PRESCRIPCION

                   660              21-Ago-10      20-Sep-10

                   661              28-Ago-10      27-Sep-10

 

PREMIOS                                        ENTERO                      TOTAL

A LAS 4 CIFRAS

   1 premio de                                   $   15.000,00                $  15.000,00

   1 premio de                                   $     1.250,00                $    1.250,00

   1 premio de                                   $        750,00                $       750,00

   1 premio de                                   $        500,00                $       500,00

   1 premio de                                   $        250,00                $       250,00

 

A LAS 3 ULTIMAS CIFRAS

   9 del primer premio                        $         50,00                $       450,00

   9 del segundo premio                     $         30,00                $       270,00

   9 del tercer premio                         $         25,00                $       225,00

   9 del cuarto premio                        $         20,00                $       180,00

9 del quinto premio                           $         15,00                $       135,00

 

A LAS 2 ULTIMAS CIFRAS

  90 del primer premio                       $         10,00                $       900,00

  90 del segundo premio                    $           9,00                $       810,00

  90 del tercer premio                        $           8,00                $       720,00

  90 del cuarto premio                       $           7,00                $       630,00

  90 del quinto premio                       $           6,00                $       540,00

 

A LA ULTIMA CIFRA

 900 del primer premio                      $           5,50                $    4.950,00

1400 premios por un total de:                                                $  27.560,00

 

EMISION

 

          Fraccionamiento Millares  Total emitido           Premios

 

          1 parte                           10           $ 45.000       $ 27.560,00

                                                       % s/emisión:             60,57%

S/C                                        4915                                          Jul. 30

__________________________________________

 

RESOLUCION DE DIRECCION GENERAL N° 176

 

Ref.: Aprobando la programación de concursos del juego del “QUINI-6”

 para el mes de AGOSTO DE 2010.

 

VISTO:

Las actuaciones obrantes en el Expte. N° 00302-0082188-6 del Sistema de Información de Expedientes, y;

CONSIDERANDO:

Que por las mismas la GERENCIA DE QUINI-6 eleva para su aprobación la Programación de Concursos del mes de AGOSTO de 2010.

Que dicha Programación se ajusta a pautas de comercialización oportunamente establecidas.

Que la misma prevé la realización de los Concursos de QUINI-6 en sus modalidades “TRADICIONAL”, “REVANCHA” y “SIEMPRE SALE” Nros. 1754, 1755, 1757, 1758, 1759, 1760, 1761 y 1762 a sortearse los días 01, 04, 11, 15, 18, 22, 25 y 29 de AGOSTO de 2010, a las 21,30 horas los días miércoles y a las 21,15 horas los días domingo.

Que el día 08/08/10 se realizará el XLVI CONCURSO FEDERAL DE QUINI-6 DE A.L.E.A. (ASOCIACION DE LOTERIAS, QUINIELAS Y CASINOS ESTATALES DE ARGENTINA).

Que resulta necesario aprobar la participación de esta Caja de Asistencia Social en el XLVI CONCURSO FEDERAL DE QUINI-6 DE A.L.E.A., a sortearse el día 08/08/10, el que se rige por su propio Reglamento específico al que corresponde su adhesión, al que para un mejor ordenamiento administrativo se le asigna el número 1756.

Que el precio de venta al público de cada apuesta del “QUINI-6 TRADICIONAL” para todos los Concursos del mes de AGOSTO de 2010, se ha establecido en PESOS TRES ($ 3,00), mientras que los adicionales optativos para participar con la misma apuesta en el “QUINI-6 REVANCHA” y en el “QUINI-6 SIEMPRE SALE° se fija en PESOS UNO ($ 1,00) para cada uno.

Que se estima importante establecer la condición que el Primer Premio de las modalidades Quini-6 Tradicional Primer Sorteo y La Segunda del Quini otorgarán como mínimo un premio de Pesos Dos millones ($ 2.000.000), mientras que el Quini-6 Revancha, otorgará como mínimo un premio de Pesos Un millón quinientos mil ($ 1.500.000) cuando se registren ganadores con seis (6) aciertos, caso contrario, el Pozo para Premios seguirá la acumulación de acuerdo a los porcentajes correspondientes a la recaudación por venta de apuestas. El Premio Estimulo Agenciero seguirá el mismo tratamiento que el primer premio. La suma necesaria para alcanzar el monto mínimo para premios, será tomada del Fondo de Reserva para Premios Especiales del Quini-6.

Que se considera conveniente seguir otorgando en todos los concursos del mes de AGOSTO de 2010, un PREMIO EXTRA cuyo importe ascienda a la suma de PESOS QUINIENTOS MIL ($ 500.000) de acuerdo a lo previsto en el artículo 30° del Reglamento del Juego.

Que en lo que respecta a la modalidad “BRINCO” se prevé la realización de los concursos Nros. 542, 543, 544, 545 y 546 cuyos sorteos se realizarán los días 01, 08, 15, 22 y 29 de AGOSTO de 2010 a las 21 hs.

Que el precio de venta al público de cada apuesta será de Pesos Dos ($ 2).

Que a fin de mantener el interés de los apostadores en esta modalidad, se estima conveniente asegurar como mínimo la suma de Pesos Un Millón ($ 1.000.000) para el Primer Premio, en el caso de registrarse ganador o ganadores con seis (6) aciertos, caso contrario, el Pozo para Premios seguirá la acumulación de acuerdo a los porcentajes correspondientes por venta de apuestas. Igual tratamiento seguirá el Premio Estímulo Agenciero. La suma necesaria para alcanzar el monto mínimo para premios, será tomada del Fondo de Reserva para Premios Especiales del Quini-6.

Que además, en esta modalidad denominada BRINCO se ha dispuesto otorgar en cada concurso del mes de AGOSTO de 2010, DIEZ (10) PREMIOS ADICIONALES ESPECIALES, que serán asignados mediante un sorteo electrónico a realizarse a continuación del sorteo habitual, en el que participarán todos aquellos tickets del respectivo concurso.

Que cada Premio Adicional Especial será de PESOS DOCE MIL ($ 12.000), los que serán abonados a los ganadores en doce (12) cuotas mensuales y consecutivas de PESOS UN MIL ($ 1.000) cada una, libre de los gravámenes establecidos por las Leyes Nros. 20.630, 23.351 y 24.800.

Que los fondos necesarios para el pago de los cincuenta (50) premios mencionados anteriormente, más los importes que correspondan a los gravámenes antes referidos, serán tomados del Fondo de Reserva para Premios Especiales del Quini-6.

Que la partida presupuestaria correspondiente cuenta con saldo suficiente para hacer frente a los premios establecidos en esta programación.

Por ello y atento a lo dispuesto por la Ley N° 8269 y modificatorias, como así también la Resolución de Vicepresidencia Ejecutiva N° 134/2001 y sus modificatorias Nros. 045/2003 y 350/2005 aprobatoria del Reglamento del juego;

EL DIRECTOR GENERAL DE LA CAJA DE ASISTENCIA SOCIAL

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Aprobar la Programación de Concursos de “QUINI-6” en sus modalidades “TRADICIONAL”, “REVANCHA” y “SIEMPRE SALE” correspondiente al mes de AGOSTO de 2010, la que como ANEXO I forma parte integrante de la presente y que prevé la realización de los Concursos Nros. 1754, 1755, 1757, 1758, 1759, 1760, 1761 y 1762 a sortearse los días 01, 04, 11, 15, 18, 22, 25 y 29 de AGOSTO de 2010, a las 21,30 horas los días miércoles y a las 21,15 horas los días domingo.

ARTICULO 2°.- Aprobar la participación de esta Caja de Asistencia Social en la comercialización del XLVI CONCURSO FEDERAL DE QUINI-6 DE A.L.E.A. (ASOCIACION DE LOTERIAS, QUINIELAS Y CASINOS ESTATALES DE ARGENTINA), y asignarle al mismo para un mejor ordenamiento administrativo el N° 1756, cediendo en forma expresa dicha numeración para el mencionado sorteo, el que se realizará el día 08/08/10 a las 21,15 horas.

ARTICULO 3°.- Establecer el precio de venta al público de cada apuesta para los Concursos cuya realización se aprueba en los artículos 1° y 2° en PESOS TRES ($ 3,00) para participar del “QUINI-6 TRADICIONAL”, mientras que los adicionales para participar con la misma apuesta en el “QUINI-6 REVANCHA” y en el “QUINI-6 SIEMPRE SALE” se fija en PESOS UNO ($ 1,00) para cada uno.

ARTICULO 4°.- Disponer la adhesión de esta Caja de Asistencia Social al Reglamento de los Concursos Federales de Quini-6 de A.L.E.A. (ASOCIACION DE LOTERIAS, QUINIELAS Y CASINOS ESTATALES DE ARGENTINA), el que como ANEXO III forma parte de la presente Resolución.

ARTICULO 5°.- Otorgar un PREMIO EXTRA DE PESOS QUINIENTOS MIL ($ 500.000) en cada uno de los concursos de QUINI-6 aprobados en los artículos 1° y 2° de la presente, de acuerdo a lo previsto en el artículo 30° del Reglamento del Juego.

ARTICULO 6°.-Asegurar en todos los concursos del mes de AGOSTO de 2010, incluido el correspondiente al XLVI de A.L.E.A., como mínimo PESOS DOS MILLONES ($ 2.000.000) para el Primer Premio de las modalidades Quini-6 Tradicional Primer Sorteo y La Segunda del Quini, mientras que para el Quini-6 Revancha se asegura como mínimo PESOS UN MILLON QUINIENTOS MIL ($ 1.500.000), sólo en caso de registrarse ganador o ganadores con seis (6) aciertos, caso contrario, el Pozo para Premios seguirá la acumulación de acuerdo a los porcentajes de Recaudación por venta de apuestas. El Premio Estimulo Agenciero seguirá el mismo tratamiento en cuanto al aseguramiento de Pozo para Premios.

ARTICULO 7°.- Aprobar la Programación de Concursos de la modalidad “BRINCO”, la que como ANEXO II forma parte integrante de la presente y que prevé la realización de los Concursos Nros. 542, 543, 544, 545 y 546 a sortearse los días 01, 08, 15, 22 y 29 de AGOSTO de 2010 a las 21 horas.

ARTICULO 8°.- Establecer el precio de venta al público de cada apuesta para los concursos cuya realización se aprueba en el artículo anterior en PESOS DOS ($ 2,00).

ARTICULO 9°.- Asegurar en todos los concursos de BRINCO, como mínimo la suma de PESOS UN MILLON ($ 1.000.000), sólo en el caso de registrarse ganador o ganadores con seis (6) aciertos, caso contrario, el Pozo para Premios seguirá la acumulación correspondiente a los porcentajes establecidos por venta de apuestas. El Premio Estímulo Agenciero seguirá el mismo tratamiento en cuanto al aseguramiento del Pozo para Premios.

ARTICULO 10°.- Otorgar en cada Concurso de BRINCO del mes de AGOSTO de 2010, DIEZ (10) PREMIOS ADICIONALES ESPECIALES, que serán asignados mediante un sorteo electrónico a realizarse a continuación del sorteo habitual y en el que participarán todos los tickets de apuestas del respectivo concurso.

ARTICULO 11°.- Cada Premio Adicional Especial será de PESOS DOCE MIL ($ 12.000), los que serán abonados a los ganadores en doce (12) cuotas mensuales y consecutivas de PESOS UN MIL ($ 1.000) cada una, libre de los gravámenes establecidos por las Leyes Nros. 20.630, 23.351 y 24.800.

ARTICULO 12°.- La suma necesaria para alcanzar el mínimo para premios establecido en los artículos 6° y 9°, como los importes destinados para premios más gravámenes a que refieren los artículos 10° y 11°, serán tomados del Fondo de Reserva para Premios Especiales del Quini-6.

ARTICULO 13°.- El gasto que demande la presente gestión deberá imputarse al Carácter 2 - Organismos Descentralizados, Jurisdicción 36 - Ministerio de Economía, S.A.F. 353 - Caja de Asistencia Social - Lotería, Programa 16, Actividad 04 - Art. 3° Ley 25917, Fuente de Financiamiento 214, Finalidad 04, Función 07, Inciso 8 - Otras Pérdidas, Partida Principal 04 - Pérdidas Operativas, Partida Subparcial 06 - Premios.

ARTICULO 14.- Regístrese, comuníquese y archívese.

SANTA FE, 22 de Julio de 2010.-

ENRIQUE ANGEL UCEDO

Director Gral.

Caja de Asistencia Social

 

ANEXO I

 

PROGRAMACION DE LAS MODALIDADES DE “QUINI-6” “TRADICIONAL”, “REVANCHA” Y “SIEMPRE SALE”

MES: AGOSTO DE 2010

 

                   FECHA                                         PRECIO DE APUESTAS     

CONCURSO                  DE             FECHA DE                                   CON       CON S. SALE

NUMERO     SORTEO     PRESCRIP.   TRADIC.  REVANCHA                     

 

1754            01/08/10      17/08/10            $ 3,00           $ 4,00             $ 5,00

1755            04/08/10      19/08/10            $ 3,00           $ 4,00             $ 5,00

*1756           08/08/10      23/08/10            $ 3,00           $ 4,00             $ 5,00

1757            11/08/10      26/08/10            $ 3,00           $ 4,00             $ 5,00

1758            15/08/10      30/08/10            $ 3,00           $ 4,00             $ 5,00

1759            18/08/10      02/09/10            $ 3,00           $ 4,00             $ 5,00

1760            22/08/10      06/09/10            $ 3,00           $ 4,00             $ 5,00

1761            25/08/10      09/09/10            $ 3,00           $ 4,00             $ 5,00

1762            29/08/10      13/09/10            $ 3,00           $ 4,00             $ 5,00

 

PREMIO EXTRA: En todos los concursos cuyos sorteos se realizarán durante el mes de AGOSTO de 2010, se ha establecido otorgar un PREMIO EXTRA de PESOS QUINIENTOS MIL ($ 500.000).

* IMPORTANTE: El día 08/08/10 se realizará el sorteo del XLVI CONCURSO FEDERAL DE QUINI-6 DE A.L.E.A. (ASOCIACION DE LOTERIAS, QUINIELAS Y CASINOS ESTATALES DE ARGENTINA).

HORARIOS DE RECEPCION DE APUESTAS:

SORTEO MIERCOLES: MIERCOLES 19.30 horas.

SORTEO DOMINGO: SABADO 20.45 horas.

SANTA FE, 22 de Julio de 2010.

 

ANEXO II

 

PROGRAMACION DE CONCURSOS DE LA MODALIDAD DE QUINI-6 “BRINCO”

MES: AGOSTO de 2010

 

CONCURSO                  FECHA DE      FECHA DE        PRECIO DE APUESTA

NUMERO     SORTEO   PRESCRIP.     

 

542              01/08/10         17/08/10      $ 2,00

543              08/08/10         23/08/10      $ 2,00

544              15/08/10         30/08/10      $ 2,00

545              22/08/10         06/09/10      $ 2,00

546              29/08/10         13/09/10      $ 2,00

 

Todos los Premios Adicionales Especiales de los Concursos del mes de AGOSTO de 2010 serán de PESOS DOCE MIL ($ 12.000) cada uno, los que se abonarán a los ganadores en doce (12) cuotas mensuales y consecutivas de PESOS UN MIL ($ 1.000) cada una.

HORARIOS DE CIERRE DE RECEPCION DE APUESTAS:

* SISTEMA ON LINE: SABADO 20.45 horas.

SANTA FE, 22 de Julio de 2010.

 

ANEXO III

 

REGLAMENTO DE QUINI-6 FEDERAL

 

Los Entes Miembros de la ASOCIACION DE LOTERIAS, QUINIELAS Y CASINOS ESTATALES DE ARGENTINA -A.L.E.A.-, resuelven adoptar para la realización de los Concursos de Quini-6 Federal de ALEA, el Reglamento para el “QUINI-6” emitido por la Caja de Asistencia Social de la Provincia de Santa Fe en el carácter de Jugada Ordinaria, que tenga vigencia a la fecha de realización del Concurso respectivo, con las siguientes excepciones o particularidades:

PRIMERO: Participación de Utilidades:

Participan de los resultados de estas jugadas todos los Entes Miembros de ALEA que se encuentran al día en sus aportes y que intervienen en la distribución y comercialización de las mismas, de acuerdo al siguiente detalle:

 a) 25% (VEINTICINCO POR CIENTO) por partes iguales;

 b) 75% (SETENTA Y CINCO POR CIENTO) de acuerdo a venta efectivamente realizada en su jurisdicción.

SEGUNDO: Número de Concursos:

El número que identifique al Concurso será el inmediato siguiente al previo realizado por la Caja de Asistencia Social, agregándose al cronológico que corresponda al del Sorteo Federal.

TERCERO: Procesamiento de Apuestas:

El Procesamiento de las apuestas participantes estará a cargo de la Caja de Asistencia Social de la Provincia de Santa Fe en su carácter de Ente Organizador, quién podrá hacerlo por sí o por terceros.

CUARTO: Sorteo:

El Sorteo se llevará a cabo en la fecha y horario que determine la Junta de Representantes Legales, a cargo del Ente Organizador designado a ese efecto, a quien se le reconocerá: un 2% sobre la recaudación, excluido arancel y aportes al Fondo Común en concepto de gastos operativos y de administración.

También se reconocerán los costos de provisión de soportes y los que demanden los procesamientos de los Concursos en favor de cada Jurisdicción, los que no podrán exceder de los importes o porcentajes convenidos habitualmente.

QUINTO: Publicidad:

La publicidad y costo de transmisiones que se realicen por parte del Ente Organizador, será con imputación al Fondo Común, sin cargo de rendición de cuentas ante ALEA, en virtud del tratamiento del tema publicitario por parte de la Comisión Especial de Entes Adherentes al “Quini-6”.

SEXTO: Participación de A.L.E.A.:

De las utilidades liquidas y realizadas, se destinará para A.L.E.A. el 33,33% de cada concurso, mientras que el saldo se distribuirá en la forma establecida en el ARTICULO PRIMERO.

SEPTIMO: Comisión Agencieros:

La Comisión a reconocer a los Agencieros será la misma que actualmente reconocen los Entes Miembros en los Concursos regulares de Quini-6.

OCTAVO: Transferencias de Fondos:

Los Entes Miembros transferirán al Ente Organizador el saldo de recaudación obtenida en su jurisdicción de acuerdo a la liquidación de ventas provisoria que éste realice. A tal efecto sobre la recaudación obtenida se deducirá: arancel, comisiones a agentes, premios de la jurisdicción y cualquier otro concepto debidamente autorizado y utilidad probable según la referida liquidación de venta.

NOVENO: Cobro Recaudaciones:

En su Jurisdicción cada Ente Miembro implementará el sistema que mejor convenga a sus intereses relacionado con el cobro de las recaudaciones del Quini-6 Federal de ALEA, no siendo responsable el Ente Organizador ni ALEA por la mora o incobrabilidad que se produzca en la misma.

DECIMO: Recursos por Caducidad de Premios:

Los posibles beneficios por la caducidad de los premios correspondientes al Concurso serán considerados recursos del Ente Miembro en cuya jurisdicción se haya operado la misma.

DECIMOPRIMERO: Liquidación del Concurso:

Caducado el Concurso, el Ente Miembro Organizador, con intervención de Tesorería y de la Sindicatura Colegiada Titular procederá a la liquidación final y a los ajustes que hubiere lugar.

DECIMOSEGUNDO: Acumulación Pozos Vacantes:

En razón que los Entes Miembros obligados a participar en la comercialización de los Concursos Federales de ALEA, se encuentran adheridos al sistema de comercialización del juego mediante convenios suscriptos con la Caja de Asistencia Social, y a fin de no entorpecer la comercialización regular del juego y propender a posibles mayores recaudaciones también de los Concursos Regulares, para el caso que existan importes acumulados de pozos para premios vacantes de sorteos anteriores, los mismos incrementarán el premio que de acuerdo a su recaudación corresponda al Concurso Federal que se trate, mientras que en el caso de no existir ganadores de primer o primeros premio/s en éste, sus importes se acumularán al que corresponda al Concurso inmediato siguiente que emita la Caja de Asistencia Social de la Provincia de Santa Fe.

DECIMOTERCERO: Transmisión Televisiva:

En caso de transmisión televisiva del sorteo del Concurso, si algún Ente Miembro resolviera tomar la misma por un canal local, ella será a su exclusivo cargo, como así también toda aquella publicidad que resolviere efectuar.

DECIMOCUARTO: Convenios Interjurisdiccionales:

A los efectos administrativos - comerciales tendrán vigencia para los Concursos Federales de Quini- 6 de ALEA, las cláusulas de los Convenios oportunamente suscriptos para la comercialización del juego, entre la Caja de Asistencia Social de la Provincia de Santa Fe y los Entes Adherentes, en todo lo que no se oponga al presente Reglamento.

ARTICULO DECIMOQUINTO: Disposiciones Transitorias.

La modificación del Reglamento para los Concursos de Quini-6 Federal efectuada en el ARTICULO SEXTO tendrá vigencia a partir del 1° de Junio del 2007.

Reglamento aprobado por la Junta de Representantes Legales en la L Asamblea Extraordinaria realizada en la Ciudad de Autónoma de Buenos Aires, el día 12 de Junio de 2007.

Ing. FRANCISCO LA PORTA

Presidente

C.P. ROBERTO ARMANDO LOPEZ

Secretario

S/C                                        4913                              Jul. 30

__________________________________________

 

I.A.P.O.S.

 

CONVOCATORIA

 

Se convoca a: Proveedores de elementos médicos del rubro TRAUMATOLOGIA a reinscribirse y/o inscribirse en el Registro de Proveedores de elementos médicos del IAPOS hasta el día 13/08/10, con motivo de la implementación de un sistema abreviado de gestión.

Detalles e Información:

www.santafe.gov.ar/iapos

S/c              4923         Jul.30 Ag. 2

__________________________________________

 

MIMISTERIO DE SALUD

 

NOTIFICACION

 

Se notifica por este medio, que en los autos caratulados: MENDIZABAL PATRICIA SUC. DE (Expte. N° 00501-0080458-9) se ha dictado la Resolución N° 1633 de fecha 22 de Julio de 2009, que en lo pertinente expresa:

ARTICULO 1°. Recházase el reclamo formulado por el Sr. GUSTAVO FABIAN MUÑOZ (M.I. N° 20.174.439), en su carácter de cónyuge supérstite de la Sra. Patricia Elena Mendizábal, ex-agente del Hospital Provincial del Centenario de Rosario, tendiente al pago de licencias ordinarias no gozadas correspondientes a los años 2002 -15 días, 2003, 2004, 2005 y 2006. Fdo.: Dr. MIGUEL ANGEL CAPPIELLO - Ministro de Salud.

De acuerdo a lo establecido en la Ley N° 12071, se hace saber el derecho a interponer recurso en el plazo de diez (10) días hábiles, conforme a la normativa vigente.

Dirección General de Despacho, 19 de julio de 2010.

S/C             4911                 Jul. 30

__________________________________________

 

MINISTERIO DE GOBIERNO Y REFORMA DEL ESTADO

 

RESOLUCION M.G.y R.E. N° 0315

RESOLUCION M.J.y D.H. N° 0248

 

Santa Fe, 20 de Julio de 2010.

VISTO:

El expediente N° 00101-0202962-1 del Registro del Sistema de Información de Expedientes por el cual la Subsecretaría de Modernización de Gestión del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado propicia la aprobación del manual de procedimiento a seguir para la solicitud de partidas de nacimiento, matrimonio y defunción que se encontraren digitalizadas en el Registro Civil; y

CONSIDERANDO:

Que el Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en forma conjunta, han dispuesto implementar un sistema a través del cual se podrán solicitar las partidas de nacimiento, matrimonio y defunción que se hallaren digitalizadas en el Registro Civil a través del sitio web oficial de la Provincia;

Que a sus efectos cabe dictar una resolución conjunta entre dichos Ministerios, habiéndose arribado al acuerdo pertinente, aprobándose el manual de procedimiento que se adjunta como Anexo y que forma parte de la presente, el cual se utilizará para la implementación de dicho sistema.

Que el sistema fue diseñado por la Subsecretaría de Modernización de Gestión, de la Secretaría de Gobierno del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado, quien efectuó relevamientos vinculados a los diferentes actores de la Administración Pública con participación necesaria en la implementación del mismo, siendo desarrollado por la Dirección Provincial de Gobierno Digital, dependiente de la Secretaría de Tecnologías para la Gestión de dicho Ministerio.

Que la Subsecretaría referida realizó los análisis de factibilidad pertinentes para la implementación del sistema proyectado, elaborando el manual de procedimiento que describe el flujo de trabajo a seguir en la Gestión de Partidas Digitalizadas Online; todo lo cual ha sido verificado por los órganos de control correspondientes;

Que la ejecución del sistema estará a cargo del Registro Civil;

Que con la nueva metodología se pretende acercar los servicios a los ciudadanos, posibilitando que puedan obtener las partidas correspondientes sin necesidad de concurrir a dependencias del Registro Civil, lo que permitirá agilizar el funcionamiento de las mismas, evitando la formación de largas colas por parte de los ciudadanos y mejorando de esta manera su atención;

Que la implementación del nuevo sistema no afecta ni modifica las funciones propias de las dependencias involucradas ni vulnera derecho alguno, encontrándose adecuado a la legislación vigente;

Que el Artículo 31° Inciso t) de la Ley Impositiva Anual (Ley N° 3650 y modificatorias), incorporado por Ley N° 13065, prevé que el pedido de testimonio o certificado se gestione a través del sitio oficial de la Provincia de Santa Fe u otro medio alternativo electrónico habilitado para tal fin;

Que han tomado la intervención de su competencia las Direcciones de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado y del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, no habiendo opuesto reparo alguno a la continuidad del trámite;

Que el presente acto se emite en ejercicio de las facultades conferidas a los Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado y de Justicia y Derechos Humanos por los artículos 17° incisos 3) y 13), y 18° inciso 12), respectivamente, de la Ley de Ministerios N° 12.817;

POR ELLO:

EL MINISTRO DE GOBIERNO Y REFORMA DEL ESTADO Y EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

RESUELVEN:

ARTICULO 1°. Aprobar el manual de procedimiento que se adjunta como Anexo, en el cual se describe el flujo de trabajo a seguir en la gestión de partidas de nacimiento, matrimonio y defunción que se hallaren digitalizadas en el Registro Civil, a través del portal web de la Provincia.

ARTICULO 2°. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

Dr. ANTONIO JUAN BONFATTI

Min. de Gob. y Ref. Estado

Dr. HECTOR CARLOS SUPERTI

Min. De Justicia y Der. Humanos

 

ANEXO

GESTION DE PARTIDAS ON LINE

MANUAL DE PROCEDIMIENTO

Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado

Subsecretaría de Modernización

Junio de 2010

Vigente a partir de: [incluir Fecha de Inicio de Vigencia]

INDICE

1. CONTENIDO

2. ALCANCE

3. UNIDADES INVOLUCRADAS EN PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD DE PARTIDA

4. DIAGRAMA DEL PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD DE PARTIDA      

4.1. DESCRIPCION DE LA SIMBOLOGIA DEL DIAGRAMA DE PROCEDIMIENTO

4.2. GRAFICO DEL DIAGRAMA DEL PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD DE PARTIDA

5. DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD DE PARTIDA

6. UNIDADES INVOLUCRADAS EN PROCEDIMIENTO DE INGRESO DEL PAGO Y GESTION DE PARTIDA

7. DIAGRAMA DEL PROCEDIMIENTO DE INGRESO DEL PAGO Y GESTION DE PARTIDA

7.1. DESCRIPCION DE LA SIMBOLOGIA DEL DIAGRAMA DE PROCEDIMIENTO

7.2. GRAFICO DEL DIAGRAMA DEL PROCEDIMIENTO INGRESO DEL PAGO Y GESTION DE PARTIDA

8. DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO DE INGRESO DEL PAGO Y GESTION DE PARTIDA

9. UNIDADES INVOLUCRADAS EN PROCEDIMIENTO DE PAGO

10. DIAGRAMA DEL PROCEDIMIENTO EN PROCEDIMIENTO DE PAGO

10.1. DESCRIPCION DE LA SIMBOLOGIA DEL DIAGRAMA DE PROCEDIMIENTO

10.2. GRAFICO DEL DIAGRAMA DEL PROCEDIMIENTO DE PAGO A A.P.I., CORREO ARGENTINO Y BANCO N.B.S.F.

11. DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO DE PAGO A A.P.I., CORREO ARGENTINO Y BANCO N.B.S.F.

12. ANEXO - DIAGRAMA GENERAL DEL PROCEDIMIENTO DE PARTIDAS SOLICITADAS VIA WEB

1. Contenido.

El presente manual, describe el flujo de trabajo a seguir en la Gestión de Partidas Digitalizadas Online. El Proceso se puede dividir en tres etapas representativas:

(inicio)- Etapa 1 - Solicitud de Partida

Etapa 2 > Gestión de Solicitudes

Etapa 3 > Gestión del Pago

(fin)

Etapa 1:

• Subprocedimiento Solicitud de Partida: El Solicitante ingresa la solicitud de Partida vía Web. El Sistema asigna un N° de Trámite, calcula el costo, cantidad de días y aclara que no se le dará continuidad al mismo hasta que no se registren pagos por el monto calculado. Cabe aclarar que no se podrán solicitar por este medio Solicitudes libres de costos. (Certificado de escasos recursos).

Etapa 2:

• Subprocedimiento de Gestión de Solicitudes: El Banco informa los depósitos en cuenta. Se procede a la conciliación de los pagos con las solicitudes. Se seleccionan las solicitudes a las que se le dará continuidad y se notifica al solicitante el resultado de la conciliación.

Etapa 3:

• Subprocedimiento Gestión del Pago: Finalizado el período, se confecciona un detalle de los pagos efectuados y los montos que deberán abonarse al Proveedor del servicio postal.

2. Alcance.

• Partidas que se podrán solicitar: Se gestionarán solo las partidas digitalizadas al día de la fecha.

• Tipo de Trámite: Urgente y Web.

• Medio de envío: Correspondencia a través de Correo Argentino - Servicio Expreso.

• Los medios de pago permitidos son:

• Pago por ventanilla Bancaria.

• Pago Link.

• Santa Fe Servicios.

• Home Banking.

• Link Celular

3. Unidades Involucradas en Procedimiento de Solicitud de Partida.

• Solicitante

4. Diagrama del Procedimiento de Solicitud de Partida.

4.1. Descripción de la simbología del Diagrama de Procedimiento.

Documento: Representa una notificación.

Tarea: Agrupa un conjunto de actividades que agregan valor a la gestión.

Traslado: Muestra el movimiento de un documento.

Decisión: Representa una tarea del procedimiento con diferentes caminos de acción que pueden surgir ante una circunstancia planteada.

Procedimiento externo: Indica la ejecución de un procedimiento externo.

4.2. Gráfico del Diagrama del Procedimiento de Solicitud de Partida.

Solicitud de Partida

Solicitante -(inicio)

1 Solicitud de Partida

2 Pagar Solicitudes - (fin)

5. Descripción del Procedimiento de Solicitud de Partida

Solicitante

<Solicitar Partida (Referencia: Tarea 01 del Diagrama de Procedimiento)>

• El Solicitante ingresa los datos de la Partida requerida y sus datos personales. El Sistema informa si la partida se encuentra o no disponible para ser solicitada por este medio.

• El sistema genera un comprobante donde se informan los datos de la solicitud sumado a un código de barras para que el Solicitante pueda efectuar el pago.

• En el caso que el ciudadano no pueda imprimir el comprobante deberá anotar los números del código de barra y código Link.

<Pagar Solicitud (Referencia: Tarea 02 del Diagrama de Procedimiento)>

• El Solicitante efectúa el pago por uno de los siguientes medios:

• Pago por Ventanilla Bancaria: Con el comprobante emitido por el sistema el solicitante realiza el pago en una sucursal del NBSF. El depósito para el inicio del trámite se encontrará disponible para el inicio del trámite hasta los 30 días.

• Pago Link: El sistema informa el importe de la operación, el número de solicitud y el código que se debe ingresar en el Cajero. El Pago se podrá realizar desde cualquier Cajero de la red Link y el depósito estará acreditado en la Cuenta del NBSF para el inicio del trámite.

• Santa Fe Servicios: Con el comprobante emitido por el sistema el solicitante realiza el pago en un puesto de Santa Fe Servicios. El deposito para el inicio del trámite se encontrará disponible para el inicio del trámite.

• Link Celular: La solicitud podrá ser abonada a través del teléfono celular con los datos de la solicitud y el número de Link Pagos.

• Home Banking: La solicitud podrá ser abonada a través del portal del NBSF www.bancobsf.com.ar con los datos de la solicitud y el número de Link Pagos.

6. Unidades Involucradas en Procedimiento de Ingreso del Pago y Gestión de Partida.

• NBSF

• Sistema / Conciliador de Cuentas

• Personal Autorizado del Registro Civil

• Solicitante.

7. Diagrama del Procedimiento de Ingreso del Pago y Gestión de Partida.

7.1. Descripción de la simbología del Diagrama de Procedimiento.

Documento: Representa una notificación.

Tarea: Agrupa un conjunto de actividades que agregan valor a la gestión.

Traslado: Muestra el movimiento de un documento.

Decisión: Representa una tarea del procedimiento con diferentes caminos de acción que pueden surgir ante una circunstancia planteada.

Procedimiento externo: Indica la ejecución de un procedimiento externo.

7.2. Gráfico de Diagrama del Procedimiento Ingreso del pago y Gestión de Partida.

8. Descripción del Procedimiento de Ingreso del Pago y Gestión de Partida

NBSF <Generar Informe de pagos (Referencia: Tarea 01 del Diagrama de Procedimiento)>

• El Nuevo Banco de Santa Fe informa todos los movimientos en concepto de pago de solicitudes de Partida.

• El archivo entregado se debe encontrar en un formato de importación compatible con el sistema para poder realizar la conciliación automática.

• Para todos los modos de pago debe informar los siguientes datos:

• N° de Solicitud: N° otorgado por el sistema en la Solicitud. (Excepto Transferencia Bancaria)

• N° de Transacción Bancaria: N° de operación otorgado por la entidad bancaria

• Monto pagado. (Tener en cuenta la conversión de moneda)

• Sucursal Bancaria.

• Fecha de Pago.

Conciliador de Cuentas <Conciliar Montos (Referencia: Tarea 02 del Diagrama de Procedimiento)>

• Se ingresan al Sistema los datos brindados por el NBSF y se procede a la conciliación de Pagos con Solicitudes.

• Las Solicitudes que se encuentra debidamente pagadas se pasan al estado de "Pagadas".

• Aquellas Solicitudes cuyos montos pagados sean menores a los necesarios se dejarán en estado "Pendiente" a efectos de que el solicitante se comunique con el registro civil; esto sólo puede suceder si se abona un servicio por un monto menor al pactado.

 • En ambos casos se envía un correo electrónico al Solicitante informando el cambio de estado.

<Enviar Correo Electrónico con Notificación de Aprobación (Referencia: Tarea 03 del Diagrama de Procedimiento)>

• El Sistema confecciona un correo electrónico con los datos de la Solicitud y los otorgados por el NBSF e Informa el inicio del trámite y la fecha estimada de entrega.

<Enviar Correo Electrónico con Notificación de Diferencias (Referencia: Tarea 07 del Diagrama de Procedimiento)>

• El Sistema confecciona un correo electrónico con los datos de la Solicitud y los otorgados por el NBSF e informa las diferencias y mecanismos a seguir para regularizar el inicio del trámite.

Sector de Partidas Web

<Imprimir Partidas (Referencia: Tarea 04 del Diagrama de Procedimiento)>

• El Sistema genera un lote de partidas que se deben imprimir, el usuario imprime el lote de partidas, junto a sus solicitudes, y cambia el estado de las solicitudes a "Impresa".

• El Sistema Guarda un registro de las solicitudes impresas para posteriores análisis de demanda y auditorias.

• Las partidas ya salen con una leyenda que  reemplazan al anterior timbrado y denotan en la misma una leyenda de declaración jurada del depósito en banco.

<Ensobrar Partida (Referencia: Tarea 06 del Diagrama de Procedimiento)>

• Personal del Registro Civil, imprime las etiquetas con los datos de las solicitudes certificadas y pagadas.

• Las Solicitudes de Partida pasan al estado enviadas.

• Coloca dentro de sobres las copias de las Partidas, pega las etiquetas respectivas y guarda en bolsas para su posterior retiro por Correo Argentino.

Archivo

<Certificar Copias (Referencia: Tarea 05 del Diagrama de Procedimiento)>

• Personal Autorizado del Registro Civil procede a la certificación de las copias de Partidas impresas.

9. Unidades Involucradas en Procedimiento de Pago.

• Sector de Pago.

10. Diagrama del Procedimiento en Procedimiento de Pago.

10.1. Descripción de la simbología del Diagrama de Procedimiento.

Documento: Representa una notificación.

Tarea: Agrupa un conjunto de actividades que agregan valor a la gestión.

Traslado: Muestra el movimiento de un documento.

Decisión: Representa una tarea del procedimiento con diferentes caminos de acción que pueden surgir ante una circunstancia planteada.

Procedimiento externo: Indica la ejecución de un procedimiento externo.

10.2. Gráfico del Diagrama del Procedimiento de Pago a A.P.I., Correo Argentino y Banco NBSF.

Procedimiento de Pago - Sector de Pago

Inicio -         1-Generar Detalle de Pago

                   2- Pagar a Correo Argentino

                   3- Registrar Resultados

Fin

11. Descripción del Procedimiento de Pago a A.P.I., Correo Argentino y Banco NBSF.

Area de Pago

<Generar Detalle de Pagos (Referencia: Tarea 01 del Diagrama de Procedimiento)>

• Cada 30 días, se confecciona un informe donde se detalla de manera discriminada los totales a pagar en concepto de:

• Correo argentino.

<Pagar a Correo Argentino (Referencia: Tarea 02 del Diagrama de Procedimiento)>

• Acorde a los precios establecidos por convenio vigente y lo detallado en el informe de pago se realiza una transferencia bancaria, a la cuenta de correo argentino.

<Registrar Resultados (Referencia; Tarea 03 del Diagrama de Procedimiento)>

• Se registran en el sistema los pagos efectuados.

12. Anexo - Diagrama General del Procedimiento de Partidas solicitadas vía Web

S/C             4905                 Jul. 30

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