picture_as_pdf 2009-07-30

TRAC-VIAL S.R.L.


MODIFICACION DE CONTRATO


Por disposición del Sr. Juez de 1° Instancia en lo Civil y Comercial a cargo Registro Público de Comercio de Rosario, Secretaría a cargo del Dr. Hugo O. Vigna, por resolución dentro del expediente “TRAC-VIAL S.R.L.” N° 1978/09, se ordenó la publicación del presente edicto en el BOLETIN OFICIAL a los efectos que hubiere lugar y para conocimiento de terceros interesados, todo ello, para hacer saber que en fecha 16 de Julio del 2009 por asamblea de socios se procedió a la prórroga del plazo de duración de la sociedad, la designación de nuevos gerentes y la redacción de un nuevo texto ordenado del contrato social, y por lo tanto, la sociedad posee:

1) Denominación Social: “TRAC-VIAL S.R.L.”.

2) Domicilio Social: Garay N° 6353 de la ciudad de Rosario (Santa Fe).

3) Plazo de Duración: hasta el 12 de Junio del 2060.

4) Objeto Social: la comercialización y la reparación de máquinas viales y de todo otro tipo, su alquiler, el movimiento de tierra, así como la compraventa, fabricación y provisión de repuestos para las mismas.

5) Socios: el Sr. Luis Héctor Cenacchi, argentino, mayor de edad, comerciante, casado en 1° nupcias con doña Susana Viamonte, nacido el 30 de Noviembre de 1939, titular del LE N° 6.027.983, con domicilio en la calle 25 de Mayo N° 1657 de Pérez, Claudia Celina Cenacchi, argentina, mayor de edad, comerciante, casada en 1° nupcias con Fabio Javier Codarini, nacida el 12 de Enero de 1967, titular del D.N.I. N° 18.557.379, con domicilio en calle San Lorenzo N° 969 de Pérez, Silvina Cecilia Cenacchi, argentina, mayor de edad, comerciante, casada en 1° nupcias con Carlos Adrián Palitta, nacida el 1º de Febrero de 1972, titular del D.N.I. N° 22.398.798, con domicilio en calle San Lorenzo N° 993 de Pérez, y Marisa Andrea Cenacchi, argentina, mayor de edad, estudiante, casada en 1° nupcias con Iván Chiummiento, nacida el 11 de Septiembre de 1978, titular del D.N.I. N° 26.724.472, con domicilio en calle Borzone N° 867 de Pérez.

6) Capital: es de Pesos Setenta Mil ($ 70.000), dividido en siete mil cuotas (7.000) de diez pesos ($ 10) cada una, totalmente suscripto e integrado por los socios.

7) Administración y Representación: estará a cargo del socio Sr. Luis Héctor Cenacchi (L.E. N° 6.027.983) quien actuará en forma individual, y de los Señores Silvina Cecilia Cenacchi (D.N.I. N° 17.982.707) y Fabio Javier Codarini (D.N.I. N° 17.579.818) quienes actuarán en forma conjunta, todos ellos, en todos y cada uno de sus asuntos, con el cargo de gerente.

8) Fecha de Cierre del Ejercicio: El ejercicio social finaliza el 31 de diciembre de cada año.

9) Disolución y liquidación: Para el supuesto de disolución por causa legal o contractual. La asamblea de socios deberá designar uno o más liquidadores quienes deberán ejercer sus funciones de acuerdo con la Ley de Sociedades Comerciales.

10) Fiscalización: La fiscalización de las operaciones sociales estará a cargo de todos los socios conforme el derecho de contralor que les confieren los Artículos 55, 158 y 284 de la Ley 19,550 (texto ordenado), pudiendo a tal fin en cualquier momento inspeccionar libros, cuentas y demás documentos de la Sociedad.

$ 73 74008 Jul. 30

__________________________________________


MANJARES S.R.L.


CONTRATO


1) Fecha del instrumento constitutivo: Rosario, 4 de Julio de 2009.

Socios: Sandra Verónica Cuenca, argentina, soltera, mayor de edad, nacida el I día 16 de Agosto de 1968, D.N.I. 20.305.664, de profesión comerciante, con domicilio en calle Juan Manuel de Rosas (ex 25 de Diciembre) Nº 2339, de esta ciudad y Carlos Rafael Ortíz López, cubano, divorciado según Resolución Judicial N° 822 del Tribunal Colegiado de Familia N° 3 de Rosario de fecha 16 de diciembre de 2002, mayor de edad, nacido el 13 de Julio de 1974, D.N.I. MERCOSUR 93.925.159, de profesión comerciante, con domicilio en calle Uriarte 709 de esta ciudad.

Denominación y domicilio: “MANJARES S.R.L.”, con domicilio en la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.

Duración: diez años.

Objeto: 1) La realización de servicios y eventos gastronómicos. 2) Contratar, subcontratar todo tipo de espectáculos, publicidades y eventos, por cuenta propia y/o asociado a terceros.

Capital: El capital social se fija en la suma de: sesenta mil pesos ($ 60.000), dividido en seis mil (6000) cuotas de diez pesos ($ 10) cada una, que los socios: suscriben e integran de la siguiente manera: La socia Sandra Verónica Cuenca suscribe, tres mil (3000) Cuotas de Capital, o sea la suma de treinta mil pesos ($ 30.000) que integra: siete mil quinientos ($ 7.500) en este acto en dinero en efectivo y el saldo, o sea la suma de veintidós mil quinientos pesos ($ 22.500), también en efectivo dentro de un año contado a partir de la firma del presente; y el socio Carlos Rafael Ortíz López suscribe, tres mil (3000) Cuotas de Capital, o sea la suma de treinta mil pesos ($ 30.000) que integra: siete mil quinientos ($ 7.500) en este acto en dinero en efectivo y el saldo, o sea la suma de veintidós mil quinientos pesos ($ 22.500), también en efectivo dentro de un año contado a partir de la firma del presente.

Administración: Estará a cargo de Uno o más Gerentes socios o no.

Fiscalización: La fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios.

Cierre del ejercicio: 30 de junio de cada año.

Gerencia: Se designa a la socia Sandra Verónica Cuenca.

Sede social: Calle Juan Manuel de Rosas 2339 de la ciudad de Rosario.

$ 30 74024 Jul. 30

__________________________________________


EVANS S.R.L.


CONTRATO


Los señores Evans Daniel María, argentino, nacido el 24 de Mayo de 1.945, D.N.I. N° 6.061.672, divorciado de acuerdo a la resolución N° 124 del 03/03/1989 del Tribunal Colegiado de Familia de la 4° Nominación de la ciudad de Rosario, de profesión comerciante, domiciliado en Balcarce 40 bis, de la localidad de Rosario, Pcia. de Santa Fe; y Evans Pablo Cristian, argentino, nacido el 31 de Mayo de 1.979, D.N.I. N° 27.134.518, Soltero, de profesión comerciante, domiciliado en Alvarez Thomas 2387, de la localidad de Rosario; constituyeron el 17 de Junio de 2009 la Sociedad de Responsabilidad Limitada “EVANS”, con domicilio legal en calle Gallo 311 de la localidad de Rosario, la cual tendrá por objeto la realización por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros las siguientes actividades en el país o en el extranjero: Fabricación y comercialización de cascos para embarcaciones y accesorios realizados con plástico reforzado en fibra de vidrio. En cumplimiento de sus fines, la sociedad podrá realizar todos los actos y contratos que se relacionan con su objeto. El plazo de duración será de 99 años. El capital social inicial es de $ 60.000. La administración estará a cargo de Evans Daniel María y Evans Pablo Cristian como socios - gerentes, así también como la representación legal, la cual será ejercida en forma indistinta, la fiscalización la realizarán los dos socios. La sociedad cerrará sus ejercicios todos los 30 de Junio.

$ 15 74022 Jul. 30

__________________________________________


ISM SERVICIOS S.R.L.


MODIFICACION DE CONTRATO


Tornabene Ezequiel Jesús Javier, cede en plena propiedad a Sánchez Fabián Román 667 cuotas de capital de $ 10 cada una y Tornabene Ezequiel Jesús Javier cede a Mannocchi Sergio Gustavo 666 cuotas de capital a $ 10 cada una. La cesión se realiza en la suma de $ 13.330.

Fecha de instrumento: 30 de abril de 2009

$ 15 74026 Jul. 30

__________________________________________


JUAN CARLOS FIORITO y OTRO S.R.L.


EDICTO COMPLEMETARIO


Domicilio - Sede Social; La Sociedad se denomina Juan Carlos Fiorito y Otro S.R.L. y tiene su domicilio legal en la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, según acta acuerdo del 14 de marzo de 2008 calle San Martín 3444.

$ 15 74001 Jul. 30

__________________________________________


HUGO MELANO y ASOCIADOS S.R.L.


DESIGNACION DE AUTORIDADES


Según lo resuelto en reunión de socios del 22 de julio de 2009, se designo al señor Lucas Melano de nacionalidad argentina, nacido el 30 de Junio de 1978, de profesión comerciante, de estado civil soltero, con domicilio en calle Ayacucho 1354 Piso 10° Dpto. A de la ciudad de Rosario con DNI N° 26.575.833 como único gerente de la sociedad.

$ 15 74002 Jul. 30

__________________________________________


HERRAJES ARGENTINA S.R.L.


MODIFICACION DE CONTRATO


1) Socios: Angel Pedro Espina, argentino, nacido el 9 de enero de 1935, L.E. N° 6.009.385, comerciante, casado en 1° nupcias con Angela Elvira Aragona, domiciliado en calle Buenos Aires N° 1680 de la ciudad de Rosario, Pcia. de Santa Fe y doña Beatriz Rosa Espina, argentina, nacida el 23 de enero de 1940, L.C. N° 3.893.147, comerciante, divorciada de sus 1° nupcias de José Ricardo Gasparini, según Divorcio Vincular,

dictado por Resolución N° 569/88 de fecha 8 de junio de 1988 por ante el Tribunal Colegiado de Instancia Unica en lo Civil, Expte. 2486, domiciliada en calle José Ingenieros Nº 4123, de la comuna Funes, provincia de Santa Fe.

2) Razón Social: HERRAJES ARGENTINA S.R.L.

3) Fecha de los Instrumentos Modificatorios: 26/05/09 y 26/06/09.

4) Fecha de Constitución: 27/09/1971. Inscripta en Contratos el 27/10/1971, al T° 122 Folio 5.454, N° 1.726.

5) Domicilio: Paraguay 1476, de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe.

6) Reactivación Societaria: En virtud de haberse vencido el Contrato Social el 31/12/07, los socios deciden por unanimidad la reconducción (reactivación) de la sociedad por el término de 5 años a partir de la inscripción de la presente reactivación en el Registro Público de Comercio, haciéndose responsables por todos los actos sociales producidos desde la fecha de vencimiento señalada y la presente. Por lo tanto, la cláusula Tercera del Contrato Social queda redactada de la subsiguiente manera:

Tercera: Duración: El término de duración de la Sociedad se fija en 5 (cinco) años a partir de la inscripción de la presente reactivación en el Registro Público de Comercio.

7) Capital: Se dispone el aumento del Capital de la Sociedad hasta la suma de Pesos Cuarenta Mil ($ 40.000), de los cuales se encuentran suscriptos e integrados Cuatro Mil Pesos ($ 4.000). La integración del aumento de Capital, es decir, la suma de Pesos Treinta y Seis Mil ($ 36.000) se realiza 25% en efectivo en este acto y el saldo restante en dinero en efectivo, dentro del plazo de un año a contar desde la fecha de este contrato. Por tal razón, la cláusula “Quinta” del Contrato Social queda redactada de la siguiente forma:

Quinta: Capital: El Capital Social se fija en la suma de Pesos Cuarenta Mil ($ 40.000), dividido en Cuatro Mil (4.000) cuotas de Pesos Diez ($ 10) cada una, siendo suscriptas por los socios en la siguiente proporción: don Angel Pedro Espina: Dos Mil Seiscientas (2.600) cuotas de Pesos Diez ($ 10) cada una, que importan la suma de Pesos Veintiséis Mil ($ 26.000); y doña Beatriz Rosa Espina: Mil Cuatrocientas (1.400) cuotas de Pesos Diez ($ 10) cada una, que importan la suma de Pesos Catorce Mil ($ 14.000). Los socios integran el 25% (veinticinco por ciento) del aumento en efectivo y se comprometen a integrar el saldo en dinero en efectivo dentro del término de un año a contar desde la fecha de este contrato. Se encuentra integrado Cuatro Mil Pesos ($ 4.000) del Capital anterior.

8) Uso Firma Social: Se decide modificar la cláusula Sexta del contrato social, estableciendo que los socios - gerentes actuarán en forma indistinta en el uso de la firma social. Por tal razón la cláusula Sexta del contrato social queda redactada de la siguiente manera:

Sexta: Administración, dirección y representación: Estará a cargo de ambos Socios. A tal fin usarán sus propias firmas con el aditamento de “socio-gerente”, precedida de la denominación social, quienes actuarán en forma indistinta.

Los gerentes en el cumplimiento de sus funciones, podrán efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales, sin limitación alguna, incluidos los especificados en los artículos Nros. 782 y 1881 del Código Civil y decreto 5965/63, art. 9, con la única excepción de prestar fianzas o garantías a favor de terceros por asuntos, operaciones o negocios ajenos a la sociedad.

9) Ordenar Texto del Contrato Social: En virtud del requerimiento del Registro Público de Comercio, Expediente N° 1750/09 de fecha 2 de junio de 2009 se procede a redactar el texto ordenado del contrato social que incorpore todas las modificaciones aprobadas hasta la fecha.

Se ratifican todas las cláusulas del Contrato Social que no han sufrido modificaciones.

$ 74 74020 Jul. 30

__________________________________________