picture_as_pdf 2017-06-30

FIRMAT

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


POR

AUGUSTO LEO VIRGILIO


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 16 en lo Civ., Com. y Lab. de Firmat, a cargo de la Dra. Sylvia Cristina Pozzi, Secretaria a cargo de la Dra. Laura Barco hace saber que en autos “LAS LILAS SOC. CIVIL c/CARTABIA DANIEL ANTONIO y JUAN JOSÉ y/o FERNANDO P. s/APREMIO”; (Exp. Nº 1409 año 2012), se ha dispuesto que el Martillero Augusto Leo Virgilio, CUIT Nº 20-06044231, proceda a vender en pública subasta el día 28 de Julio del 2017, a las 10,30, en las puertas del Juzgado Comunal de Bombal, el inmueble que más adelante se describe, con La Base de $ 10.502,22 (Avalúo Inmobiliario), y en caso de no haber ofertas sobre la misma, con la retasa de ley pertinente y/o en su defecto Sin Base y al Mejor Postor; haciéndose saber que para el supuesto eventual de que si el día fijado para la subasta fuere inhábil, el remate se efectuará el día siguiente hábil posterior, en el mismo lugar y a la misma hora, subastándose el siguiente Inmueble: Un lote de terreno con todo lo edificado, clavado y plantado situado en la localidad de Bombal, Departamento Constitución, Provincia de Santa Fe, designado como Lote F 1, según plano N° 123.287/1987 de la Manzana Treinta y Cuatro, compuesto de quince metros de frente al Nord-Este, por cincuenta y cinco metros de fondo, y linda: al Nord-Este, con calle pública, al Sud-Este, con el lote “g”, al Sud-Oeste, con el lote “e”, y al Nord-Oeste, con el lote “c”, todos de la misma Manzana. Encierra una superficie total de 825 Mts.2. Nota de Dominio: Tomo 210, Folio 187, N° 116.487 - Dpto. Constitución. Del informe del Registro Gral. de la Propiedad de Rosario, consta inscripto el Dominio del Inmueble a subastar a nombre del co-demandado Fernando Pedro Nardi, L.E. Nº 6.101.859. No Registrando Hipoteca ni Inhibiciones, pero si el siguiente Embargo: Al Tomo 122 E, Folio N° 1742 Nº 337764 orden Juzgado de 1ra. Inst. C., C. y Lab. Nº 16 de Firmat, en Autos Las Lilas Sociedad Civil c/Cartabia, Daniel Antonio y Juan José y/o Nardi Hugo y/o Fernando P. s/Apremio; (Exp. N° 1409 año 2012. Del informe del A.P.I., consta que se adeuda Impuesto Inmobiliario años 2015/16/17 al 2017, por la suma de $ 397,50. Del informe expedido por el Municipio de Bombal, consta que se adeudan impuestos municipales por tasa general de inmuebles urbano la suma de $ 10.331,00 al mes de Mayo de 2017; razón por la cual se deja expresa constancia que la suma que se adeudan por impuesto inmobiliario y Municipal, y/o cualquier otro impuesto nacional, provincial y/o municipal que gravare el inmueble y se adeudaren, serán a cargo exclusivo del y/o de los compradores a partir de la fecha de aprobación de la subasta, así como los gastos e impuestos de transferencia. Que obra glosado en autos el pertinente Extracto de Dominio del inmueble a subastar, a disposición de los interesados en Secretaría del Juzgado, en el mismo se relaciona EL Título del Inmueble a subastar previéndose alcances del Articulo 494 C.P.C.C., además todos los informes evacuados, no aceptándose reclamo alguno después de la subasta por insuficiencia de los mismos. Del Oficio de constatación practicado que obra glosado en autos, consta que el inmueble a subastar se encuentra ocupado por terceras personas en calidad de inquilinos. El y/o los compradores abonaran en el acto del remate para el inmueble, el 20% del precio de compra en dinero efectivo o cheque certificado, con más la Comisión de Ley al Martillero, e I.V.A. si correspondiere, el saldo lo depositarán judicialmente aprobado el remate. Todo lo cual se hace saber a los efectos pertinentes a que por derecho hubiere lugar. Firmat, 19 de Junio de 2017. Dra. Laura Barco, Secretaria.

$ 475 327570 Jun. 30 Jul. 4

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