REGISTRADA BAJO EL Nº 12979
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA
CON FUERZA DE
LEY:
Prórroga Ley Nº 12954.
Programa de Crisis Ocupacional.
ARTÍCULO 1º.- Prórrogase por el término de 180 (ciento ochenta) días a partir de su vencimiento, la Ley Nº 12954 Programa de Crisis Ocupacional.
ARTÍCULO 2º.- La presente ley tendrá vigencia a partir de la fecha de su promulgación.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL NUEVE.
Eduardo Alfredo Di Pollina
Presidente
Cámara de Diputados
Griselda Tessio
Presidenta
Cámara de Senadores
Lisandro Rudy Enrico
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados
Fabián Bastía
Subsecretario
Cámara de Senadores
SANTA FE, 24 JUN 2009
De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.
Antonio Juan Bonfatti
Ministro de Gobierno y
Reforma del Estado.
3309
++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++