picture_as_pdf 2009-06-30

SECRETARIA DE TECNOLOGIAS PARA LA GESTION


RESOLUCION Nº 0045


Santa Fe, 23 de Junio de 2009

VISTO:

El Expediente N° 00201-0132766-0 del registro del Sistema de Información de Expedientes, mediante el cual la Dirección General de Despacho del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe gestiona autorización para utilizar software propietario; y -

CONSIDERANDO:

Que la Ley Provincial N° 12.360, referida al uso de software libre, expresa en su Título IV - Excepciones -, Artículo 4° “La Autoridad de Aplicación será el encargado de establecer los casos en que podrá utilizarse software propietario .... “, atribución que fuera encomendada al Ministerio de Hacienda y Finanzas en el Título III - Autoridad de Aplicación Artículo 3°;

Que la ley N° 12.817, en su artículo 17°, incisos 30 y 31, asigna al Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado las competencias específicas de entender en la definición y gestión de los estándares tecnológicos, procesos y procedimiento aplicables a la mejora de la gestión y a la incorporación de las Nuevas Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones (TICS) y de entender en la formulación y desarrollo de políticas informáticas;

Que a los fines del desarrollo de las competencias que se le asignan al Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado se aprobó su organigrama funcional por Decreto N° 0038/07, creándose diversos órganos intraministeriales y entre ellos, la Secretaría de Tecnologías para la Gestión bajo la dependencia directa e inmediata de su titular;

Que el Decreto N° 0205/07, en su Artículo 1° transfiere a la órbita de la Secretaría de Tecnologías para la Gestión del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado a la Dirección General de Informática dependiente del ex Ministerio de Hacienda y Finanzas;

Que la autorización solicitada por la Dirección General de Despacho del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe, en lo referido a una (1) licencias de Ms Windows última versión en español, está relacionada con la necesidad de ser instalado en una (1) computadora personal que ya posee el organismo solicitante;

Que los sistemas Habilitación y Publicación de Resoluciones son sistemas informáticos ya existentes y en uso, que al momento de la promulgación de la Ley 12.360 ya se encontraban finalizados su análisis y desarrollo, realizado en lenguaje de programación propietario que requiere sistema operativo MS Windows para su ejecución;

Que el Decreto 1820/2005 establece en el Art. 4° inciso -b- “En aquellas situaciones que se trate de sistemas heredados, cuya migración a un software que se ajuste a la presente Ley, requiera un esfuerzo desmedido...”, que es el caso en el que se encuentran estos sistemas;

Que conforme lo expuesto, se considera procedente autorizar a la Dirección General de Despacho del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe, en carácter de excepción, a adquirir y utilizar el software propietario peticionado;

POR ELLO:

EL SECRETARIO DE TECNOLOGIAS PARA LA GESTION

RESUELVE:

1°.- Autorizar a la Dirección General de Despacho del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe la compra e instalación del software propietario de conformidad al siguiente detalle:

MS Windows última versión en español, una (1) Licencia.

2°.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

Ing. JAVIER ECHANIZ

Secretario de Tecnologías

para la Gestión

S/C 3307 Jun. 30

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RESOLUCION Nº 0044


Santa Fe, 23 de Junio de 2009

VISTO:

Por el Expediente N° 00501-0096322-8 del registro del Sistema de Información de Expedientes, la Sectorial de Informática del Ministerio de Salud gestiona para la Subsecretaría de Inclusión de Personas con Discapacidad de dicho Ministerio la autorización para utilizar software propietario; y -

CONSIDERANDO:

Que la Ley Provincial N° 12.360, referida al uso de software libre, expresa en su Título IV - Excepciones, Artículo 4º “La Autoridad de Aplicación será el encargado de establecer los casos en que podrá utilizarse software propietario.... “, atribución que fuera encomendada al Ministerio de Hacienda y Finanzas en el Título III - Autoridad de Aplicación - Artículo 3°;

Que el Decreto N° 1820/05 en su Artículo 4° “Excepciones”, detalla los casos en los cuales el software puede exceptuarse;

Que la ley Nº 12.817, en su artículo 17º, incisos 30 y 31, asigna al Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado las competencias específicas de entender en la definición y gestión de los estándares tecnológicos, procesos y procedimiento aplicables a la mejora de la gestión y a la incorporación de las Nuevas tecnologías de la Información y de las Comunicaciones (TICS) y de entender en la formulación y desarrollo de políticas informáticas;

Que a los fines del desarrollo de las competencias que se le asignan al Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado se aprobó su organigrama funcional por Decreto N° 0038/07, creándose diversos órganos intraministeriales y entre ellos, la Secretaría de Tecnologías para la Gestión bajo la dependencia directa e inmediata de su titular;

Que el Decreto N° 0205/07, en su Artículo 1º transfiere a la órbita de la Secretaría de Tecnologías para la Gestión del Ministerio de Gobierno y Reforma del estado a la Dirección General de Informática dependiente del ex Ministerio de Hacienda y Finanzas;

Que la autorización solicitada para la Subsecretaría de Inclusión de Personas con Discapacidad es para el uso de una (1) licencia del sistema operativo Windows para ser utilizada en una computadora portátil realizándose la gestión de compra por Nota N° 8162/2009 de dicho Ministerio;

Que las computadoras portátiles (notebooks) en sus últimos modelos, se debe considerar que no existe certificación de los fabricantes de correcto funcionamiento bajo ambientes (Sistema Operativo) de software libres;

Que esto es contemplado por el Decreto 1.820/2005, Artículo 4°, a) “....O aún cuando se haya podido encontrar un software en los términos del Artículo 1° de la Ley, no sea posible adquirir el necesario soporte y/o respaldo Técnico por parte del fabricante o de un tercero equivalente, ...” ;

Que los Departamentos Técnicos de la Secretaría de Tecnologías para la Gestión informan que las mismas funcionan correctamente únicamente en entornos operativos Windows;

Que conforme a lo expuesto, se considera procedente autorizar a la Subsecretaría de Inclusión de Personas con Discapacidad del Ministerio de Salud en carácter de excepción, el uso del software propietario peticionado.

POR ELLO:

EL SECRETARIO DE TECNOLOGIAS PARA LA GESTION

RESUELVE:

1°.- Autorizar la gestión para que la Subsecretaría de Inclusión de Personas con Discapacidad del Ministerio de Salud pueda utilizar software propietario de conformidad al siguiente detalle, con destino al equipamiento informático adquirido a través de la Nota N° 8162/2009:

MS WINDOWS última versión en español, una (1) Licencia

2°.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

Ing. JAVIER ECHANIZ

Secretario de Tecnologías

para la Gestión

S/C 3306 Jun. 30

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