MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD
NOTIFICACIÓN DE EDICTOS
En relación a los autos administrativos N°16102-0033860-2 y su agregado Expte. Nº 16101-0147709-9 del Registro del Sistema de Información de Expedientes, caratulados Acta de Constatación de Infracción N° 2597 de fecha 09/12/14 se procede a notificar fehacientemente por este medio conforme lo preceptuado en los artículos 21° inc. c) y 29° del Decreto N° 4174/15, a los infractores BERDUN TORRES ROBERTO LUCIANO, con último domicilio conocido en Güemes S/N de la localidad de Margarita, Provincia de Santa Fe y a la firma CO.MI. S.A. con última domicilio conocido en Ruta Nac. 12 Km. 1324 de la localidad de Ituzaingó, Provincia de Corrientes, de lo establecido en la Resolución N° 1040 dictada el 16 de agosto de 2016 por el Ing. Civil Jorge Pablo Seghezzo, Administrador General de la Dirección Provincial de Vialidad y que textualmente en su parte pertinente expresa lo siguiente: Visto…y Considerando…Resuelve: “ARTICULO 1º.- Aprobar el Acta de Infracción N° 2597 de fecha 09/12/14, conforme lo dispone la normativa vigente. ARTICULO 2º.- Rechazar el descargo interpuesto por el Sr. MARTÍNEZ REINALDO ANÍBAL, contra el Acta de Infracción Nº 2597 de fecha 09/12/14 con respecto a la reducción del monto. ARTICULO 3º.- Intimar a BERDUN TORRES ROBERTO LUCIANO en carácter de conductor, con domicilio en Güemes S/N de la localidad de Margarita, Provincia de Santa Fe, al transportista MARTÍNEZ REINALDO ANÍBAL con domicilio en Pje. San Roque de la localidad de Colonia Durán, Provincia de Santa Fe y al cargador CO.MI. S.A. con domicilio en Ruta Nac. 12 Km. 1324 de la localidad de Ituzaingó, Provincia de Corrientes, para que en el plazo perentorio e improrrogable de 20 (veinte) días de recibida la presente abonen la suma de $ 110.904,60 (PESOS CIENTO DIEZ MIL NOVECIENTOS CUATRO CON 60/100), con más el interés resarcitorio y por financiación de las Tasas Activas Promedios que establece el Banco Nación para los operaciones de Descuentos comerciales desde el momento en que se cometió la infracción y hasta la fecha de su efectivo pago, bajo apercibimiento de procederse a la ejecución para el cobro por vía judicial. El pago deberá efectuarse en el domicilio de la Dirección General de Finanzas y Presupuesto de la Dirección Provincial de Vialidad, Bv. Muttis N° 880, de esta ciudad de Santa Fe, mediante cheque de cualquier Banco y Plaza que se extenderá a nombre de la Dirección Provincial de Vialidad de Santa Fe, con la aclaración al dorso “para ser depositado en la Cta. 9716/07”, pudiendo suscribir convenio de pago en cuotas. ARTICULO 4º.- La falta de pago en el término acordado dará lugar a la iniciación del juicio ejecutivo y/o la acción que jurídicamente corresponda, a cuyo efecto se autoriza a la Dirección General de Asuntos Jurídicos a promoverlo contra el conductor del Camión marca Scania, Modelo T114GB, Dominio Chasis CTJ 985, Dominio Acoplado IZN 940, BERDUN TORRES ROBERTO LUCIANO con domicilio en Güemes S/N de la localidad de Margarita, Provincia de Santa Fe, el transportista MARTÍNEZ REINALDO ANÍBAL con domicilio en Pje. San Roque de la localidad de Colonia Durán, Provincia de Santa Fe y el cargador CO.MI. S.A. con domicilio en Ruta Nac. 12 Km. 1324 de la localidad de Ituzaingó, Provincia de Corrientes, tendiente al cobro de la suma de $ 110.904,60 (PESOS CIENTO DIEZ MIL NOVECIENTOS CUATRO CON 60/100), con más los intereses que correspondan desde la fecha en que se cometió la infracción y hasta el momento de su efectivo pago. ARTICULO 5º.- Regístrese, comuníquese y archívese..”
Lo que se publica en el BOLETÍN OFICIAL a sus efectos y por el término y apercibimientos legales.
S/C 19607 May. 30 May. 31
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SUBSECRETARIA DE
CONTRATACIONES Y
GESTION DE BIENES
RESOLUCIÓN Nº 132
Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”
23/05/2017
V I S T O:
Los informes elevados por el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia, solicitando la inscripción de cuatro (04) firmas como nuevas proveedoras y la renovación de antecedentes de otras; y
CONSIDERANDO:
Que dicho Registro manifiesta que las mismas han cumplido con los requisitos exigidos por la Ley 12.510/05 y su Decreto Reglamentario N° 1104/16 en concordancia con la Disposición DPCyGB Nº 268/16, quedando debidamente encuadradas en las disposiciones vigentes;
Que los distintos estamentos técnicos han tomado la respectiva intervención sin observaciones que formular;
Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes de los Decretos N° 1104/16, 2479/09 y 294/17;
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE
CONTRATACIONES Y GESTIÓN
DE BIENES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1: Inscríbase en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: INTERSERVIT S.R.L. CUIT Nº 30-70781805-7; RIGHI GABRIEL CÉSAR CUIT Nº 20-14134134-1.
ARTÍCULO 2: Inscríbase en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de seis (06) meses a partir de la presente, a la siguiente firma: CONYLOG S.R.L. CUIT Nº 30-71054397-2.
ARTÍCULO 3: Inscríbase en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de un (01) mes a partir de la presente, a la siguiente firma: “LA CASA DEL BUCEADOR” de PINO SUB S.A. CUIT Nº 30-56406838-8.
ARTÍCULO 4: Renuévese en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: DISTRIBUIDORA MAS S.R.L. CUIT Nº 30-70765128-4; INSTRUEQUIPOS S.A. CUIT Nº 33-56829370-9; LABORATORIO INTERNACIONAL ARGENTINO S.A. CUIT Nº 30-50167689-2.
ARTÍCULO 5: Renuévese en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de doce (12) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: “MAFRA-ELEMENTOS MÉDICOS” de CICCHIRILLO VÍCTOR DANIEL CUIT Nº 23-12700264-9.
ARTÍCULO 6: Regístrese, comuníquese y archívese.
S/C 19610 May. 30 Jun. 1
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CONCURSO PÚBLICO N° 01 / 17
OBJETO DEL LLAMADO: “CONTRATACION DE UN SERVICIO DE CONSULTORIA PARA LA PROVISION, INSTALACION Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DE SOLUCIONES PARA LOS SISTEMAS DE INFORMACION HOSPITALARIA CON DESTINO AL MINISTERIO DE SALUD” .
FECHA LÍMITE Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS: Las ofertas serán recepcionadas hasta el día 21 de Junio a las 12 horas, en la Subsecretaría de Contrataciones y Gestión de Bienes: Mendoza 2905 - Primer Piso - de la ciudad de Santa Fe.
FECHA Y LUGAR DE APERTURA DE OFERTAS: se efectuará el día 22 de Junio del año 2017 a las 12:00 horas, en la Subsecretaria de Contrataciones y Gestión de Bienes: Mendoza 2905 - Primer Piso - de la ciudad de Santa Fe.
COSTO DEL PLIEGO: $ 66.000.-, discriminado de la siguiente manera:
Descripción Valor del pliego
Renglón N° 1 $ 16.500 -
Renglón N° 2 $ 39.600 -
Renglón N° 3 $ 4.620 -
Renglón N° 4 $ 5.280 -
Total $ 66.000 -
VALOR TASA RETRIBUTIVA DE SERVICIOS: $ 216 -
VENTA DE PLIEGOS: De acuerdo a las formas previstas en el Pliego de Bases y Condiciones para lo cual se consultará el mismo en el Sitio Web de la Provincia bajo el título “Compras”.
INFORMES:
Subsecretaría de Contrataciones y Gestión de Bienes
Mendoza 2905 – Primer Piso - Santa Fe
Tel./Fax: 0342-457-3722/3725 – internos 113 y 130.
Correo Electrónico: gestiondecontrataciones@santafe.gov.ar
Sitio Internet: www.santafe.gov.ar
S/C 19609 May. 30 May. 31
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TRIBUNAL DE CUENTAS
EDICTO
Por disposición de la Sala II del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe, se ha dispuesto publicar el presente Edicto a los fines de hacer saber al Sr. Montenegro José, D.N.I. N.º 26.208.204, que en auto caratulado: Expediente Nro. 00901-0070946-0 SIE -TCP, s/ Resolución de Emplazamiento S II Nº 0267 de fecha 10/05/2017, referida al Balance de Movimiento de Fondos del Ministerio de Desarrollo, correspondiente al período Julio a Septiembre de 2013, la cual en su parte pertinente establece: “VISTO:... CONSIDERANDO:... RESUELVE: Artículo 1º: Emplazar a la Responsable para que dentro del término de 15 (quince) días hábiles, a contar desde la fecha de recepción de la presente, contesten por escrito los reparos formulados acompañando documentos y probanzas suficientes, bajo apercibimiento de dictar resolución definitiva formulando el cargo y oportunamente ejecutarlo. Artículo 2º: Regístrese, notifíquese y resérvese hasta el vencimiento del término acordado.- Firmado: CPN Oscar Marcos Biagioni – Presidente / Dr. Gerardo Gasparrini –Vocal / CPN María del Carmen Crescimanno – Vocal / CPN Claudia E. Aragno – Secretaria Sala II”.
S/C 19606 May. 30 May. 31
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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Santa Fe, 3 de mayo de 2017.
VISTOS: Estos caratulados “LEY PROVINCIAL Nº 12.851/08 - JUS UNIDAD DE HONORARIO PROFESIONAL DE ABOGADOS Y PROCURADORES”, (Exp. Nº 831/2008); y,
CONSIDERANDO: Que en los autos del epígrafe, originados en el dictado de la Ley Provincial Nº 12.851 y en mérito a lo previsto en el artículo 32 de dicha norma, se dispuso que la Dirección General de Administración de este Poder Judicial, haga saber el valor de la unidad Jus alli mencionada.
Que mediante Acta Nº 23, Punto 6, del 10 de junio de 2008, el Alto Cuerpo dispuso delegar en la Secretaría de Gobierno, la facultad de que en el futuro, de producirse la modificación en la base de cálculo del valor de la misma, disponga lo conducente para su publicación, con comunicación al Cuerpo.
Que atento lo cual y conforme lo previsto por el art. 32 de la Ley 12.851 de Honorarios de Abogados y Procuradores, antecedentes de índole similar, y al incremento salarial dispuesto para todo el personal del Poder Judicial, del 10% a partir del 1º de marzo de 2017 (vid. Acuerdo de la Excma. Corte Suprema de Justicia del 25.4.2017, Acta Nº 14, Punto 8º), se ha modificado la base de cálculo del valor JUS, el cuál representa el dos por ciento (2%) de la remuneración total, deducidos los adicionales porcentuales particulares, del cargo de Juez de Primera Instancia de Distrito.
Que ello asi, la Dirección General de Administración de este Poder Judicial se expide en consecuencia (vid. Informe del 3.5.2017).
Por lo expuesto, lo establecido en los artículos 92 de la Constitución Provincial, 19 y 22 de la Ley Nº 10.160 (t.o. según Decreto Nro. 0046/98) y las facultades conferidas por Acuerdo de fecha 20.10.99, Acta 41, punto único, la Secretaría de Gobierno de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe,
RESUELVE: I.- Establecer que el monto de la Unidad Jus prevista en el artículo 32 de la Ley 12.851 es de $ 1.705,02 (pesos un mil setecientos cinco con dos centavos), a partir del 1ro. de marzo de 2017.
II.- Poner ello en conocimiento de los Colegios Profesionales de Abogados y Procuradores de la Provincia y Caja Forense.
III.- Comunicarlo asimismo mediante medios electrónicos, a las distintas unidades jurisdiccionales de la Provincia.
IV.- Disponer la publicación del presente decisorio en el Boletín Oficial de la Provincia, por el término de cinco días.
Regístrese, hágase saber y dése cuenta al
Cuerpo.
S/C 19603 May. 30 Jun. 5
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