TRUCKSTORE S.A.
DESIGNACION DE NUEVO DIRECTORIO
Se hace saber que por instrumento de fecha 08 de noviembre de 2013, se ha procedido a elegir un nuevo Directorio, quedando integrado el mismo de la siguiente manera:
Presidente: Raúl Manuel Corna, D.N.I. N° 10.778.959, Vicepresidente: Carmen Margarita Chau D.N.I. N° 5.448.550, Directores Titulares: Federico Raúl Corna D.N.I. N° 27.515.528, María Cecilia Corna D.N.I. N° 29.001.532, María Inés Corna D.N.I. N° 30.115.127 y Director Suplente: Juan Carlos Morandini L.E. N° 6.063.247. Todos los mencionados aceptan el cargo para los que fueron designados, fijando asimismo, de acuerdo con lo prescripto en el art. 256, último párrafo de la ley 19.550 y sus modificaciones, el siguiente domicilio especial para todos los directores: Avda. 25 de Mayo N° 2056 Bis de Rosario, Provincia de Santa Fe.
$ 45 230391 May. 30
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BROKER HELVETICA S.A.
DESIGNACION DE NUEVO DIRECTORIO
Se hace saber que por instrumento de fecha 07 de mayo de 2012, se ha procedido a elegir un nuevo Directorio, quedando la nueva composición del mismo de la siguiente manera: Presidente: Raúl Manuel Corna, D.N.I. 10.778.959, Vicepresidente: Carmen Margarita Chau, L.C. 5.448.550, Director Titular: Ricardo Mario Romegialli, D.N.I. 28.575.217 y Director Suplente: Federico Raúl Corna, D.N.I. 27.515.528. Todos los mencionados aceptan el cargo para los que fueron designados, fijando asimismo, de acuerdo con lo prescripto en el art. 256, ultimo párrafo de la ley 19.550 y sus modificaciones, el siguiente domicilio especial para todos los directores: calle Salta N° 1165 Piso 8 de Rosario, Provincia de Santa Fe.
$ 45 230389 May. 30
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SPRING WHITE S.R.L.
MODIFICACION DE CONTRATO
1) Cesión de Cuotas: La Sra. Musso María Cristina, D.N.I. Nº 5.336.508, C.U.I.T. Nº 27-05336508-1, Dona, Cede y Transfiere con el consentimiento de su cónyuge Agustín Muguerza, la totalidad de las cuotas sociales que es titular en la sociedad relacionada y que representan Seiscientas (600) cuotas de capital a su valor nominal de $ 10 (pesos diez) cada una, totalizando la suma de $ 6.000 (pesos seis mil), siendo aceptadas y recibidas por la Sra. Muguerza Valeria Marcela.
2) Nueva Socia: Muguerza Valeria Marcela, D.N.I. N° 24.586.536, C.U.I.T. Nº 27-24586536-3, de nacionalidad argentina, nacida el 18/09/1975 y de profesión comerciante, casada en primeras nupcias con Augusto David López, D.N.I. N° 23.964.675, domiciliada en calle San José Nº 1569 de la ciudad de Funes Provincia de Santa Fe.
$ 45 230350 May. 30
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LEBHIN SALUD S.R.L.
CONTRATO
1. Fecha del Instrumento: 29/04/2014
2. Integrantes de la Sociedad: Héctor Hernán Intile, argentino, soltero, nacido el 12/06/1985, D.N.I. 31.565.836, C.U.I.L. 20-31565836-6, domiciliado en Gálvez 5139 de la ciudad de de Rosario, de profesión instrumentista quirúrgico; Leonardo Esteban Benincasa, argentino, divorciado en primeras nupcias de Marta Luz Oderda según sentencia Nro. 470 del 29/4/2009 del Tribunal Colegiado 3ª Nominación, nacido el 09/07/1978, D.N.I. 26.669.357, C.U.I.T. 20-26669357-6, domiciliado en Libertad 1299 de la localidad de Firmat, de profesión Comerciante.
3. Denominación: LEBHIN SALUD S.R.L.
4. Domicilio de la Sociedad: ciudad de Rosario, Depto. Rosario, Provincia de Santa Fe
5. Sede Social: Gálvez 5139 de la ciudad de Rosario, Dpto. Rosario, provincia de Santa Fe.
6. Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto las siguientes actividades: Servicios: a) suministro y/o servicios complementarios y/o servicios de alquiler de instrumental médico, odontológico y artículos ortopédicos. Comerciales: la comercialización por mayor y menor de prótesis, implantes, insumos hospitalarios y artículos de ortopedia blanda. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá desarrollar las actividades por cuenta propia en forma directa o bien actuando como representante de terceros o a través de la contratación de terceros, asociándose a ellos en cualquier forma jurídica lícita.
7. Duración: 5 (cinco) años a partir de la inscripción en el Registro Público de Comercio.
8. Capital Social: $ 150.000 (pesos ciento cincuenta mil) dividido en 1500 (mil quinientas) cuotas de $ 100 (pesos den) cada una, que los socios suscriben de la siguiente manera: el Sr. Héctor Hernán Intile, 750 (Setecientos cincuenta) cuotas y el Sr. Leonardo Esteban Benincasa 750 (Setecientos cincuenta) cuotas.
9. Administración y Representación: estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no. A tal fin usarán sus propias firmas con el aditamento “socio Gerente” o “gerente” según el caso, precedida de la denominación social, actuando en forma conjunta de a dos cualesquiera de ellos. Se han designado como gerentes de la sociedad al Sr. Socio Leonardo Esteban Benincasa y al Sr. Socio Héctor Hernán Intile.
10. Fiscalización: a cargo de todos los socios, prescindiéndose de la sindicatura conforme art. 284, ley 19550.
11. Fecha de Cierre de Ejercicio: 30 de Abril de cada año.
$ 65 230326 May. 30
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AWA GLOBAL S.A.
ESTATUTO
Fecha: 19 días del mes de Septiembre del año dos mil trece. Socios: Sr. Quagliato, Leonardo, argentino, nacido el 21 de agosto de 1978, D.N.I. Nro. 26.667.995, de apellido materno Fascella, con domicilio en la calle Chacabuco 1328 piso 2 de la ciudad de Rosario, casado en primeras nupcias con Natalia Celeste Serneels, C.U.I.T: 20-266667995-6, de profesión comerciante, Quagliato, José Ignacio, argentino, nacido 18 de abril de 1977, D.N.I. Nro. 25648652, de apellido materno Fascella, con domicilio en la calle Entre Ríos 118 Piso 8 Dpto. 2, de la ciudad de Rosario, casado en primeras nupcias con Yanina Turnaturi, C.U.I.T. 20-25648652-1 de profesión comerciante, Tommasi, Javier Alejandro, argentino, nacido el 30 de mayo de 1985, D.N.I. nro. 31681748, de apellido materno Martínez, con domicilio en calle Gaboto 208 de la ciudad de Rosario, soltero, C.U.I.T. 20-31681748-4, de profesión comerciante y Winkler, Alejandro Gustavo, argentino, nacido el 15 de marzo de 1974, D.N.I. nro. 23.645.766, de apellido materno Bianchini, con domicilio en la calle Jujuy 1640 Piso 3, de la ciudad de Rosario, soltero, C.U.I.T. 20-23645766-5, Nombre: se denomina “AWA GLOBAL Sociedad Anónima”. Plazo: Su duración es de 10 (Diez) años, contados desde la fecha de su inscripción ante el Registro Público de Comercio de Rosario, de Santa Fe. Objeto: Dedicarse a: a) Servidos de asesoría financiera privada y/o Agentes Productores y/o Agentes Asesores del Mercado de Capitales, dentro de los términos de la Ley 26.831 de la Comisión Nacional de Valores.- Capital: El capital social es de $ 300.000,00 (Pesos Trescientos Mil), representado por 3000 (tres mil) acciones de $100 (Pesos Cien) valor nominal cada una. Administración y representación: La administración de la sociedad estará a cargo de un directorio compuesto del número de miembros que fije la asamblea entre un mínimo de uno y un máximo de diez, quienes durarán en sus fundones dos (2) ejercidos, pudiendo ser reelectos. La asamblea debe designar suplentes en igual o menor número que los titulares y por el mismo plazo con el fin de llenar las vacantes que se produjeren, en el orden de su elección. Los directores en su primera sesión deben designar un presidente y -de corresponder- un vicepresidente; éste último reemplaza al primero en caso de ausencia o impedimento. El directorio funciona con la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros y resuelve por mayoría de votos presentes. En caso de empate, el voto del Presidente se computará doble siendo el último en votar. La representación legal de la sociedad corresponde al presidente del directorio o al Vicepresidente en su caso, quien actúa de manera individual para todos los actos y contratos que efectúe la sociedad. Fiscalización: Estará a cargo de los accionistas con los derechos que les confiere el artículo 55 de la Ley N° 19.550. Cierre ejercido: El ejercido cierra el 30 de abril de cada año. Integración de capital: El capital se suscribe e integra de la siguiente manera: a) Quagliato, Leonardo: suscribe 750 (setecientas cincuenta) acciones que representan $ 75.000 (Pesos: setenta y cinco mil) e integra la suma de $ 18.750 (Pesos dieciocho mil setecientos cincuenta. b) Quagliato, José Ignacio: suscribe 750 (setecientas cincuenta) acciones que representan $ 75.000 (Pesos: setenta y cinco mil) e integra la suma de $ 18.750 (Pesos dieciocho mil setecientos cincuenta) c) Tommasi, Javier Alejandro: suscribe 750 (setecientas cincuenta) acciones que representan $ 75.000 (Pesos: setenta y cinco mil) e integra la suma de $ 18.750 (Pesos dieciocho mil setecientos cincuenta) d) Winkler, Alejandro Gustavo: suscribe 750 (setecientas cincuenta) acciones que representan $ 75.000 (Pesos: setenta y cinco mil) e integra la suma de $ 18.750 (Pesos dieciocho mil setecientos cincuenta) Designación de directorio: Presidente: Winkler, Alejandro Gustavo, C.U.I.T. 20-23645766-5, Director Quagliato, Leonardo, C.U.I.T. 20-26667995-6, Director suplente: Quagliato, José Ignacio, C.U.I.T. 20-25648652-1, Director suplente: Tommasi, Javier Alejandro, C.U.I.T. 20-31681748-4.- Domicilio: Se decide establecer en calle Santa Fe 1211 piso 7 of. 3 y 4, de la ciudad de Rosario.
$ 135 230298 May. 30
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V&M INDUMENTARIA S.R.L.
CONTRATO
Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº I en lo Civil y Comercial, a cargo del Registro Público de Comercio de Rosario, se hace saber que relacionado con la firma V&M INDUMENTARIA S.R.L., inscripta en el Registro Público de Comercio de Rosario, en la Sección Contratos, en fecha: 9/06/09, al Tomo 160, Folio 13.037 N° 957: 1) Se establece que los datos personales de los Socios y de la Sra. Gerente son: Socia, Srta. López, Verónica Mariel, nacionalidad argentina, nacida el 17/08/1985, Licenciada en Psicología, soltera, domiciliada en calle Riobamba Nº 1082 de la ciudad de Rosario, con D.N.I. N° 31.758.724 y C.U.I.T. Nº 23-31758724-4. - Socio, Sr. López, Federico Sebastián, nacionalidad argentino, nacido el 13/03/1982, comerciante, soltero, domiciliado en calle 3 de Febrero Nº 717 Piso 6 Dpto. “B” de la ciudad de Rosario, con DNI. N° 29.402.609 y C.U.I.T. N° 20-29402609-7. Sra. Gerente Martino, Susana Beatriz, nacionalidad argentina, nacida el 09/08/1958, comerciante, domiciliada en calle Riobamba Nº 1082 de la ciudad de Rosario, con D.N.I. N° 12.527.882 y C.U.I.T. N° 27-12527882-0, casada en primeras nupcias con el Sr. López, Rubén Alberto D.N.I. Nº 12.111.036. Rosario, Mayo de 2014.
$ 58 230408 May. 30
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SAN CRISTOBAL BIENES
RAICES S.A.
DESIGNACION DE AUTORIDADES
La Asamblea General de accionistas celebrada el día 20 de Octubre de 2011 resolvió designar como directores titulares a los señores Enrique Héctor Ferrari, Dario Rubén Trape, Víctor Eladio Olguín, Alberto Ernesto José Manacorda, Jorge Ramón Borsani y Claudio Iglesias y como Síndicos titulares: Juan Salvador Tommasi, Carlos María Benítez y Ricardo Silberstein y Síndico Suplente: Roberto José Del Vecchio, Juan Carlos Inocencio Tell y Alberto Juan Tuells.
$ 45 230384 May. 30
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PUERTO AGRICOLA S.A.
DESIGNACION DE AUTORIDADES
Por disposición del Registro Público de Comercio de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, Secretaría de la Dra. Mónica Gesualdo por Resolución de fecha 6 de mayo de 2014 se ha dispuesto la publicación del siguiente edicto: por Asamblea General Ordinaria de fecha 25 de Marzo de 2014 se aprobó la designación como miembros del Directorio de Puerto Agrícola S.A. y con siguiente distribución de cargos: Presidente: Diego Matías Dondo, CUIT N° 20-26642294-7 y Cristian Leonardo Piatti - CUIT N° 23-25505444-9 hasta completar el presente ejercicio social que cierra el próximo 31 de diciembre de 2014, debiendo permanecer en sus funciones hasta la Asamblea General Ordinaria que considere los estados contables correspondientes al presente ejercicio social. Los directores designados han constituido domicilio en el domicilio legal de la sociedad sito en calle Paraguay 727, Piso 4° Oficina 11 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.
$ 45 230383 May. 30
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EMET INGENIERIA S.R.L.
USO DE FIRMAS.
Cláusula Sexta: Administración, dirección y representación: Estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no. A tal fin usarán sus propias firmas con el aditamento de “socio-gerente” o “gerente”, según el caso, precedida de la denominación social, actuando en forma individual y/o indistinta cada una de ellos.
$ 45 230376 May. 30
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ZU BANANA S.R.L.
RECONDUCCION Y AUMENTO
DE CAPITAL
Fecha del Instrumento: 19 de Mayo de 2014.
Integrantes de la Sociedad: Sergio Oscar Yabar, de apellido materno Sauro, argentino, nacido el 18/05/1971, de profesión comerciante, de estado civil soltero, con domicilio en Zona Rural Ruta 18 Km 15, de la localidad de Alvarez, con documento de identidad D.N.I. 22.091.632 y C.U.I.T. 20-22091632-5; y Zulema Nélida Sauro, de apellido materno Provenzano, argentina, nacida el 07/02/1944, de profesión comerciante, de estado civil viuda, con domicilio en Entre Ríos 5730, de la Ciudad de Rosario con D.N.I. 4.844.440 y C.U.I.T. 27-04844440-2.
Plazo de Duración: 15 años a contar desde la inscripción de la reconducción en el Registro Público de Comercio.
Capital Social: El capital social se fija en la suma de pesos ciento cincuenta y un mil quinientos ($ 120.000) divididos en un mil doscientas (1.200) cuotas de pesos cien ($ 100) cada una, que los socios suscriben e integran de la siguiente manera: Sergio Oscar Yabar suscribe novecientas sesenta (960) cuotas de capital o sea la suma de pesos noventa y seis mil ($ 96.000), y Zulema Nélida Sauro suscribe doscientos cuarenta (240) cuotas de capital o sea la suma de pesos veinticuatro mil ($ 24.000).
Administración y Representación: A cargo del Sr. Sergio Oscar Yabar en calidad de gerente. A tal fin usará su propia firma con el aditamento “gerente”.
Fiscalización: A cargo de todos los socios.
Fecha de Cierre del Ejercicio: 31 de Diciembre de cada año.
$ 52 230348 May. 30
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MARIO SORTI S.R.L.
PRORROGA DE DURACION
AUMENTO DE CAPITAL SOCIAL
Se hace saber que con fecha 25 de Abril del 2014, reunidos Sorti Alejandro Pablo, C.U.I.T. 20-17152458-0, nacido el 25 de Abril de 1965, comerciante, con domicilio en Darragueira 1448 de Rosario, Sorti Mario Alfredo, C.U.I.T.: 20-05996386-5, nacido el 11 de Julio de 1932, comerciante, con domicilio en Av. Avellaneda 635 bis de Rosario y Sorti Germán Andrés, C.U.I.T.: 20-18074514-9, nacido el 27 de Marzo de 1967, comerciante, con domicilio en Pje. Sívori 5334 también de Rosario, únicos socios de Mario Sorti S.R.L. deciden prorrogar la duración de la sociedad por diez (10) años, o sea hasta el 02 de Mayo del 2024 y aumentar el capital social llevándolo a la suma de $ 200.000, suscribiendo la totalidad e integrando el 25% en el acto y el resto en dos años en forma proporcional a sus actuales tenencias.
De tal forma las cláusulas involucradas en la modificación quedan redactadas de la siguiente manera:
Segunda: Duración: la duración de Mario Sorti S.R.L. es de 30 (treinta) años contados desde la fecha de su inscripción, es decir hasta el 02 de Mayo del 2024.
Cuarta: Capital: el capital social se fija en la suma de $ 200.000 (pesos doscientos mil), dividido en 20.000 (veinte mil) cuotas de $ 10,00 valor nominal cada una.
El Sr. Mario Sorti posee 10.400 cuotas representativas de $ 104.000 (pesos ciento cuatro mil), el Sr. Germán Andrés Sorti posee 4.800 cuotas representativas de $ 48.000 (pesos cuarenta y ocho mil) y el Sr. Alejandro Pablo Sorti posee 4800 cuotas representativas de $ 48.000 (pesos cuarenta y ocho mil).
Cuando el giro comercial de la sociedad lo requiera podrá aumentarse el capital indicado en el párrafo anterior, por el voto favorable de la mitad del capital, en asamblea de socios, que determinará el plazo y el monto de la integración.
$ 62 230302 May. 30
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PROCESADORA VIRASORO S.A.
INSCRIPCION DE DIRECTORIO
Fecha de la resolución social que aprobó la elección del directorio: 25 de abril de 2013.
Directorio: Presidente Jorge Carlos Guidetti, D.N.I. 6.039.219, C.U.I.T. 20-060392197 divorciado, comerciante, argentino. Vicepresidente: Marcelo Carlos Guidetti, D.N.I. 20.175.876, C.U.I.T. 23-2017 5876-9 soltero, comerciante, argentino. Síndico Titular: CP Ricardo Rodolfo Doctorovich, D.N.I. 8.287.369, C.U.I.T. 20-08287369-5 casado, Contador, argentino y Síndico Suplente: CP Ricardo Aníbal Doctorovich, D.N.I. 25.171.662, C.U.I.T. 20-25171662-6 casado. Contador, argentino.
El plazo de duración en sus funciones es hasta la Asamblea General Ordinaria que trate el Balance General que cierra el 31 de diciembre de 2015.
Todos los directores fijan el domicilio especial en Ovidio Lagos 4650 y los síndicos en Córdoba 955, de la ciudad de Rosario.
$ 45 230253 May. 30
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INDUSTRIA DEL LITORAL S.R.L.
MODIFICACION DE CONTRATO
Con fecha 31 de marzo de 2014, mediante expediente en trámite ante el Registro Público de Comercio de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, se produjeron los siguientes acontecimientos: 1) El Sr. Hernán Huerta renunció al cargo de Socio Gerente de INDUSTRIA DEL LITORAL S.R.L., el cual desempeñaba hasta la fecha en forma alternativa, individual e indistinta con el Sr. Guillermo Darío Giordani. Como consecuencia de dicha renuncia, el Sr. Guillermo Darío Giordani fue ratificado como único Socio Gerente de la sociedad; 2) El Sr. Hernán Huerta, argentino, casado en primeras nupcias con la Sra. Boglione Magdalena, nacido el 08 de agosto de 1974, D.N.I. N° 23.928.548, C.U.I.T. N° 20-23928548-2, con domicilio real en calle Maipú 1525 PB de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, de profesión comerciante, vende, cede y transfiere 400 (cuatrocientas) cuotas de $ 100,00 (pesos cien) o sea la suma de $ 40.000,00 (pesos cuarenta mil), que posee en la sociedad “INDUSTRIA DEL LITORAL S.R.L”, de la siguiente manera: 320 (trescientas veinte) cuotas de $ 100,00 (pesos cien) cada una o sea la suma de $ 32.000,00 (pesos treinta y dos mil) al Sr. Guillermo Darío Giordani, argentino, casado en primeras nupcias con la Sra. Moine Mariana Gisela, nacido el 15 de octubre de 1976, D.N.I. N° 25.381.788, C.U.I.T. N° 20-25381788-8, con domicilio real en calle Magallanes 502 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, de profesión comerciante, y 80 (ochenta) cuotas de $ 100,00 (pesos cien) cada una o sea la suma de $ 8.000,00 (pesos ocho mil) al Sr. Enrique Orlando Giordani, argentino, casado en primeras nupcias con la Sra. Maceira Antonia Norma, nacido el 27 de noviembre de 1947, D.N.I. N° 6.073.788, C.U.I.T. N° 20-06073788-7, con domicilio real en calle Magallanes 502 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, de profesión comerciante.
$ 68 230248 May. 30
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INNOVA RECURSOS HUMANOS
S.A.
ELECCION DE NUEVO DIRECTORIO
Fijación del número de Directores y elección de nuevo Directorio por terminación de mandato. En Asamblea General Ordinaria celebrada en San Lorenzo, Provincia de Santa Fe, el 12/07/13, al considerarse el Orden del Día, al punto 2) “Fijación del Nº de directivos y elección de nuevo directorio por terminación de mandato.” Se resolvió por unanimidad de votos presentes, fijar en Uno (1) el número de directores, el que tendrá el cargo de Presidente, eligiéndose para desempeñar dicho cargo al señor Gerardo Gabriel Martínez Palacios, D.N.I. 28.914.366, C.U.I.T. 20-28914366-2, argentino, nacido el 29/09/81 con domicilio real en Celedonio Escalada 1963, piso 2, Dto. 8 de San Lorenzo, Provincia de Santa Fe. Todo según consta en Acta de Asamblea General Ordinaria Nº 4. En reunión de Directorio celebrada en San Lorenzo, Provincia de Santa Fe, el 12/07/13, el Sr. Gerardo Gabriel Martínez Palacios, acepto el cargo y por unanimidad se aceptó la extinción del cargo de directores salientes y la aceptación del entrante. Todo según consta en Acta de Directorio Nº 4. En Asamblea General Ordinaria celebrada en San Lorenzo, Provincia de Santa Fe, el 20/01/14, al considerarse el Orden del Día, al punto 2) “Fijación y elección de Director Suplente”. Se resolvió por unanimidad de votos presentes, designar a la Sra. Támara Magali Wasylikone Pérez, D.N.I. 31.604.025, C.U.I.L. 27-31604025-5, argentina, mayor de edad, con domicilio real en Bv. Urquiza 556, piso 6, Dpto. “B” de San Lorenzo, Provincia de Santa Fe, casada con José Ignacio Volpi Baez. Todo según consta en Acta de Asamblea General Ordinaria Nº 5. En reunión de Directorio celebrada en San Lorenzo, Provincia de Santa Fe, el 20/01/14, la Sra. Támara Magali Wasylikone Pérez, acepta el cargo. Todo según consta en Acta de Directorio N° 6.
$ 70 230245 May. 30
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AGROPECUARIA VICTORIA
S.R.L.
DISOLUCION
Socios: Franco Martín García, nacido el 02/09/1988, de profesión comerciante de nacionalidad argentina, soltero, D.N.I. Nº 33.807.816, C.U.I.T. 20-33807816-2, con domicilio en Av. Pellegrini N° 720 piso 12 de Rosario y Yamile Soledad García, nacido el 16/10/1991, soltera, de nacionalidad argentina, de profesión comerciante, D.N.I. N° 36.003.664, C.U.I.T.: 20-36003664-8, con domicilio en Av. Pellegrini N° 720 piso 12 de Rosario.
Fecha de Resolución de la Sociedad que Aprobó la Disolución: 26/03/2014.
Disolución: Vencimiento anticipado del plazo de duración de la sociedad fijado anteriormente en 26/Marzo/2018 a la fecha de resolución 26/Marzo/2014.
Liquidación: A cargo del socio gerente Franco Martín García.
$ 45 230195 May. 30
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DROGUERIA ROSFAR S.A.
DESIGNACION DE DIRECTORIO
Presidente: Sr. Hugo Enrique Cochrane, argentino, nacido el 03 de Febrero de 1961, D.N.I. 14.206.754, C.U.I.T. Nº 20-14206754-5, casado en primeras nupcias con la Sra. Mónica Silvia Bernasconi, comerciante, con domicilio en la calle Av. Belgrano 730, piso 05, de la cuidad de Rosario.
Vicepresidente: Sr. Víctor Hugo Gallo, argentino, casado en primeras nupcias con la Sra. Lidia Graciela Luiselli nacido el 25 de Mayo de 1958, D.N.I. 12.525.069, C.U.I.T. Nº 20-12525069-7, comerciante, con domicilio en calle sol de Mayo 36, de la cuidad de Rosario.
Director Suplente: Sra. Lidia Graciela Luiselli, argentina, casada en primeras nupcias con el Sr. Víctor Hugo Gallo, nacida el 01 de Julio de 1958, D.N.I. N° 12.525.327, C.U.I.T. N° 27-12525327-5, comerciante, con domicilio en calle sol de Mayo 36, de la cuidad de Rosario.
Director Suplente: Sr. Juan Ignacio Cochrane, argentino, nacido el 27 de Noviembre de 1989, D.N.I. N° 34.744.914, C.U.I.T. N° 20-34744914-9, soltero, comerciante, con domicilio en la calle Av. Belgrano 730, piso 05, de la cuidad de Rosario.
Solicitud de Inscripción: Acta de Asamblea General Ordinaria Unánime de Accionistas N° 39 y Acta de Directorio N° 60 Ambas de Fecha 21 de Febrero de 2014 de la Sociedad Droguería Rosfar S.A.
$ 50 230184 May. 30
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RESPAT S.R.L.
AMPLIACION DE OBJETO SOCIAL
AUMENTO DE CAPITAL
La sociedad RESPAT S.R.L., inscripta en el Registro Público de Comercio bajo los siguientes registros: 19-05-2008, Tomo 159, Folio 10.118, N° 845, ha resuelto en Asamblea extraordinaria celebrada el 29 de Abril de 2014, por unanimidad:
a) Ampliación del Objeto Social. El mismo será el de dedicarse por cuenta propia o ajena, o asociada a tercero a las siguientes actividades: provisión de personal especializado, estudio, proyecto, asesoramiento, dirección ejecutiva, ejecución de obras de ingeniería y arquitectura y construcciones industriales; así como la fabricación de productos metalúrgicos para su instalación y montaje industrial, tales como equipos de recipientes a presión y calderas, y servicios termomecánicos.
b) Aumentar el capital social a la suma de pesos quinientos mil ($ 500.000). Como consecuencia de lo expresado, los artículos segundo y quinto del contrato social quedan redactados de la siguiente manera: Artículo 2: Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia o ajena, o asociada a tercero a las siguientes actividades: provisión de personal especializado, estudio, proyecto, asesoramiento, dirección ejecutiva, ejecución de obras de ingeniería y arquitectura y construcciones industriales; así como la fabricación de productos metalúrgicos para su instalación y montaje industrial, tales como equipos de recipientes a presión y calderas, y servicios termomecánicos. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad de adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este contrato. Artículo 5: Capital Social: El capital social se fija en la suma de Pesos quinientos mil ($ 500.000,00) dividido en 50.000 cuotas de pesos diez ($ 10) cada una, que los socios suscriben e integran en la forma que a continuación se detalla: el Señor Rossi Ricardo Roberto, veinticinco mil (25.000) cuotas sociales, que ascienden a la suma de Pesos Doscientos Cincuenta Mil ($ 250.000) y representan el cincuenta por ciento (50%) del capital social y la Señora Canóniga Vanina Elisabet, veinticinco mil (25.000) cuotas sociales, que ascienden a la suma de Pesos Doscientos Cincuenta Mil ($ 250.000) y representan el cincuenta por ciento (50%) del capital social. El capital se encuentra integrado de la siguiente manera: el capital anterior totalmente integrado más el 25 % del aumento que los socios integrantes de la sociedad, proporcionalmente a su participación en la sociedad, efectuarán, en dinero en efectivo, lo cual acreditarán al tiempo de ordenarse la inscripción en el Registro Público de Comercio mediante el respectivo comprobante de depósito en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. El resto de la integración se deberá hacer efectiva dentro del los trescientos sesenta y cinco días (365) desde la fecha del presente contrato.
$ 90 230189 May. 30
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TRANSPORTE LANIERI S.R.L.
CESION DE CUOTAS
Edicto de cesión de cuotas sociales. Se hace saber que por instrumento privado de fecha 21 de abril de 2014 el Señor Lanieri Gonzalo Miguel, cedió la totalidad de las cuotas de capital que tenía en la sociedad Transporte Lanieri S.R.L. a favor de Campos Alexis Maximiliano, argentino, soltero, D.N.I. 30.392.430, con domicilio en Dr. Rivas 850 de la ciudad de Rosario. Como consecuencia de la cesión de derechos las cuotas sociales de la sociedad quedan repartidas en la siguiente forma: Campos José Luis el 80% y Campos Alexis Maximiliano el 20% del total del Capital, continuando en el cargo de Socio Gerente el Sr. Campos José Luis.
$ 45 230165 May. 30
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LOGISTICA LANIERI S.R.L.
CONTRATO
1) Nombre de los Socios: Lanieri Gonzalo Miguel, argentino, nacido el 19 de Octubre de 1983, soltero, de profesión comerciante, domiciliado en Gutiérrez 1601 de Rosario, D.N.I. 30.488.428 C.U.I.T. 20-30488428-3 de apellido materno Gutiérrez y Lanieri María Florencia, argentina, nacida el 30 de julio de 1986, soltera, de profesión comerciante, domiciliada en Avda. Nuestra Señora del Rosario 294 piso 3 Dto. 4 de Rosario, D.N.I. 32.920.541 C.U.I.T. 27-32920541-5 apellido materno Gutiérrez.
2) Fecha de Instrumento Constitutivo: 28 de Abril de 2014.
3) Denominación: LOGISTICA LANIERI S.R.L.
4) Domicilio: En la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, pudiendo cambiar posteriormente el mismo y establecer agencias, sucursales, depósitos y/o representaciones en cualquier punto del país o del exterior. La sede social se establece en calle Armenia 1734 de esta ciudad.
5) Plazo de Duración: 10 años contados desde su inscripción en el Registro Público de Comercio.
6) Objeto Social: El objeto social de la empresa es para dedicarse por si o por terceros al Transporte de Carga a Nivel Nacional e Internacional: a) Alquiler de Unidades de Transportes, b) Explotación del transporte de mercaderías generales, fletes acarreos, encomiendas c) transporte terrestre en general y en especial, transporte de carga mediante la explotación de vehículos propios o de terceros y de concesiones de líneas de transporte de cargas nacionales, provinciales, pudiendo a tal efectos establecer agencias y sucursales en cualquier parte del país o del extranjero. De acuerdo a las reglamentaciones vigentes, en forma directa o indirecta por representación o en representación. La sociedad tiene plena capacidad jurídica para realizar todo tipo de actos, contratos y operaciones que se relacionan con su objeto social.
7) Capital Social: $ 250.000, representado por 1.000 cuotas de $ 250 c/u.
8) Administración y Representación Legal: A cargo de uno o más gerentes socios o no. Se designa como Socio Gerente a Lanieri Gonzalo Miguel.
9) Fiscalización: A cargo de todos los socios.
10) Fecha de Cierre del Ejercicio: 30 de Abril de cada año.
$ 64 230162 May. 30
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CEGIA S.R.L.
EDICTO COMPLEMENTARIO
1- Uso de firmas: El uso de firma de los socios gerentes es en forma indistinta.
$ 45 230159 May. 30
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PMS FLUVIAL S.R.L.
CONTRATO
1) Integrantes de la sociedad: el señor Eduardo Guillermo Dubois, de nacionalidad argentina, nacido el 02/03/1976, casado en primeras nupcias con Cecilia Evangelina Almirón, de profesión psicólogo, domiciliado en Zubiría 6285 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, DNI. 24.784.821, CUIT 20-24784821-6; y el señor Joaquín Gonzalo Portilla, de nacionalidad argentina, nacido el 08/12/1976, divorciado según acta 1620/13, del 04/10/2013, de profesión comerciante, domiciliado en Marull 573, Dpto. 3 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, DNI. 25.707.128, CUIT 20-25707128-7.
2) Fecha de instrumento de Constitución: 15 de mayo de 2014.
3) Razón social: PMS FLUVIAL S.R.L.
4) Domicilio: Marull 573 Dpto 3, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.
5) Objeto social: La sociedad tendrá por objeto, realizar por cuenta propia o de terceros, o asociaciones con terceros el transporte de carga de productos, vía fluvial y terrestre en cualquier parte de la República o del extranjero. Para el cumplimiento de su objeto social, la sociedad tiene plena capacidad jurídica de adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer actos que de ningún modo estén prohibidos por este contrato o por las leyes.
6) Plazo de duración: El término de duración de la sociedad se fija en diez (10) años a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio, salvo disolución anticipada resuelta por unanimidad de votos en asamblea de socios, e inscripta en debida forma.
7) Capital social: El capital social se fija en la suma de Pesos Trescientos Mil ($ 300.000), dividido en treinta mil (30.000) cuotas sociales, de pesos diez ($ 10) cada una.
8) Administración y fiscalización: La Dirección y Administración de los negocios sociales estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no, designándose como socio gerente al socio Sr. Joaquín Gonzalo Portilla. La fiscalización podrá ser ejercida por todos los socios, conforme lo dispuesto por la Ley 19.550.
9) Organización de la representación: El/los gerente/s obligara/n a la Sociedad, actuando conjunta, separada o indistintamente firmando en cada caso con su firma particular, precedida por la denominación social “PMS FLUVIAL S.R.L.” y con el aditamento de “Socio Gerente” o “Gerente”, según corresponda.
10) Fecha de cierre de ejercicio: 30 de abril de cada año.
$ 70 230138 May. 30
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ARGENTINA CLEARING S.A.
MODIFICACION DE ESTATUTO
Se hace saber, con relación a ARGENTINA CLEARINGA S.A. que en Asamblea Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de fecha 21.11.2013 se ha resuelto lo siguiente: a) la reforma parcial de los artículos 3, 10, 11, 12 y 16 del estatuto social los cuales han quedado redactados del siguiente modo: “art. 3: “Artículo 3: La Sociedad tiene por objeto: Actuar como Cámara Compensadora en los términos de la Ley 26831, el Decreto 1023/13 y sus modificatorias, con el fin de registrar, liquidar, compensar y garantizar Operaciones sobre valores negociables, Productos de inversión colectiva o cualquier otro producto de índole física y/o financiera, cualquiera fuera de negociación y plazo de liquidación (en adelante denominadas las “Operaciones”) y desarrollar actividades afines y complementarías a ese fin, siempre que sean compatibles con el objeto principal para la Comisión Nacional de Valores. Asimismo, podrá actuar como mandatario de personas autorizadas a intermediar en la oferta pública de valores negociables, o a celebrar transacciones sobre Valores negociables, bienes o productos susceptibles de negociación secundaria en mercados autorizados a fin de liquidar las Operaciones que celebren entre sí, y como Agente de custodia, registro y pago de fondos líquidos y de valores negociables, y desarrollar actividades afines y complementarias a ese fin. A tal fin la Sociedad desarrollará por sí o asociada a terceros, entre otras, las siguientes actividades: a) Administrar y custodiar los fondos, los valores negociables u otros bienes de terceros, transferidos a esta en propiedad fiduciaria para garantizar las Operaciones que registre, celebradas en los Mercados o entidades similares creados o a crearse, que se adhieran a la Sociedad; b) Administrar y liquidar diariamente, hasta el cierre o el vencimiento de los Contratos registrados, los Márgenes de Garantía y las Reposiciones diarias que surjan de los mismos conforme sus términos y condiciones, y las demás normas aplicables; c) Dictar y reformar los Reglamentos, Código de Conducta y demás normas que regirán las actividades de sus agentes y demás participantes, regulando, entre otros aspectos, las condiciones financieras, operativas y otras que deberán cumplir quienes soliciten autorización para actuar como agentes o participantes, así como las medidas aplicables en caso de incumplimientos a la normativa vigente, conforme a las atribuciones conferidas por la Comisión Nacional de Valores; d) Desarrollar estudios, proyectos, dictámenes, asesoramiento, investigaciones, estadísticas, informes, programas de promoción y análisis de todo tipo de mercados del ámbito nacional e internacional, pudiendo utilizar servicios informáticos, de procesamiento de datos y de comunicaciones interactivas de cualquier tipo; e) Realizar todo tipo de operaciones financieras legalmente admitidas tendientes a facilitar la concertación de Operaciones sobre valores negociables a efectos de la financiación de las actividades, operaciones y negocios que realice; f) Establecer cualquier forma asociativa con terceros, constituir Uniones Transitorias de Empresas, Joint Venturos y cualquier otro tipo de emprendimientos legalmente aceptados; g) Prestar servicios de consultoría sobre sistemas de clearíng y administración de riesgo; h) Prestar servicios informáticos sobre sistemas de clearíng y administración de riesgo; i) Constituir el fondo de garantía obligatorio en los términos del art. 45 de la ley 26.831 y del Decreto 1023/13 y sus modificatorias, que podrá organizarse bajo la figura fiduciaria o cualquier otra modalidad que apruebe la Comisión Nacional de Valores, destinado a hacer frente a los compromisos no cumplidos por los agentes y demás participantes, originados en Operaciones garantizadas; constituir fondos de garantía donde se mantendrán los fondos acumulados aportados por los obligados, por cuenta propia o de clientes, bajo la estructura de fideicomisos y otra estructura jurídica que autorice la Comisión Nacional de Valores; celebrar contratos de fideicomiso, pudiendo actuar en calidad de fiduciantes, fiduciario, beneficiario y/o fideicomisario; j) Actuar bajo las categorías de agente registrado en los términos de la Ley 26.831 y normas modificatorias y complementarias, a título enunciativo: Agente de Custodia de Productos de Inversión Colectiva; Agente de Distribución y Colocación Integral; Agente de Depósito Colectivo, entre otros, siempre que sean compatibles para la Comisión Nacional de Valores, y celebrar toda clase de acuerdos con otros Agentes registrados y/o sujetos o entidades del mercado de capitales, nacionales o extranjeros, y en general celebrar, en cumplimiento de su objeto, todos los contratos reales o personales y actos jurídicos que se requieran juicio del Directorio para el desarrollo del mercado de capitales; k) Liquidar los fondos y/o valores negociables custodiados, o los fondos de garantía en caso de incumplimiento de los agentes y demás participantes, de acuerdo con el Reglamento Interno, Normas Internas y disposiciones legales vigentes; I) Emitir valores negociables, obligaciones negociables, contraer empréstitos, librar, aceptar y endosar documentos y celebrar todo género de operaciones con entidades bancarias y financieras; m) Actuar como intermediario en la liquidación de Operaciones sobre valores negociables y/o cualquier otro producto de índole física y/o financiera, que implique la entrega de mercadería; n) Determinar la forma en que se custodiarán los valores negociables; ñ) Otorgar membresías a los agentes y demás participantes, sin requerir en ningún caso la acreditación de la calidad de accionista para actuar ante la Sociedad; o) Establecer los derechos y aranceles por los servicios, los que podrán ser diferenciados según la clase de instrumentos, el carácter de pequeñas y medianas empresas de las emisoras o la calidad de pequeño inversos; p) Realizar convenios con otras Cámaras Compensadoras; Mercados; Bolsas; Agentes de Depósito Colectivo y demás Agentes registrados, y en general, con entidades de similar objeto, nacional y/o extranjera; q) Gestionar las inversiones de los activos de los fondos de garantías con base en las decisiones de los agentes y demás participantes sin obligación de garantizar rendimiento y con derecho a recupero de gastos.; q) Gestionar las inversiones de los activos de los fondos de garantías con base en las decisiones de los agentes y demás participantes sin obligación de garantizar rendimiento y con derecho a recupero de gasto; r) El Directorio, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 12 del presente tendrá además, las siguientes facultades: transigir o someter a la decisión del Tribunal de Arbitraje de la Bolsa de Comercio de Rosario y otros Tribunales de Arbitraje institucionales, en forma permanente todas las acciones derivadas de la ley 19,550 de sociedades comerciales (f.o. 1984) y sus modificaciones, incluso las demandas de impugnación de resoluciones de los órganos sociales y las acciones de responsabilidad contra sus integrantes o contra otros accionistas, así como las acciones de nulidad de cláusulas de los estatutos o reglamentos. En todos los casos, los accionistas e inversores podrán optar por acudir a los tribunales competentes. Las reglamentaciones que se dicten, aplicables a la creación y funcionamiento de los tribunales arbitrales, deberán ser sometidas a la previa aprobación de la Comisión Nacional de Valores; administrar los fondos sociales, dar préstamos con garantía prendaría, hipotecaria o fianza o sin dichas garantías, en la forma y oportunidades que resuelva el Directorio y realizar todo tipo de operaciones financieras legalmente admitidas, excepto las operaciones comprendidas en la Ley de Entidades Financieras; s) La enumeración que antecede es simplemente enunciativa y no limitativa de las facultades del Directorio, el que podrá realizar todos los demás actos y contratos que estime necesarios para la dirección, administración y cumplimiento de los fines de la Sociedad. Queda facultado el Directorio para delegar cuestiones ejecutivas de las aplicaciones sociales en uno o más comités ejecutivos, que serán elegidos entre los miembros del Directorio, a los que deberá asignar funciones específicas, precisando el límite de sus facultades. También podrá designar otros comités integrados por directores y gerentes, con funciones consultivos y podrá delegar funciones ejecutivas en el Gerente General, conforme a lo previsto en el artículo 270 de la ley 19.550. Para el cumplimiento de su objeto la Sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes, o por este Estatuto, no resultando propósito realizar actividades que incorporen a la Sociedad entre las corporaciones regladas por el inc. 4 del art. 299 de la Ley 19.550. En todo momento la Sociedad adecuará su funcionamiento a la normativa vigente en la materia de su objeto.”,
Artículo 10: “El Directorio funciona con la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros y resuelve por mayoría de votos presentes. En caso de empate el presidente tendrá doble voto. Las reuniones del Directorio podrán celebrarse por modalidad de videoconferencia, siempre que: a) se desarrolle la reunión en la sede social, b) se cuente con un hardware y software que garantice técnicamente la interacción entre los participantes presenciales, y los que asistan vinculados, utilizando medios de transmisión simultánea de sonidos, imágenes y palabras c) el Director “a distancia” notifique con antelación a la reunión que asistirá “vinculado”. En este caso el quórum se computará sobre los Directores presentes y vinculados y les mayoría para la toma de decisiones se computará sobre la totalidad de los Directores, presentes y vinculados. Las reuniones de Directorio se transcribirán en un Libro de Actas que se llevará al efecto el cual será suscrito por los participantes presenciales y vinculados con tas formalidades y plazos que las leyes dispongan. En caso de que los vinculados se encuentren fuera del país, podrán designar por escrito o con documento usando firma electrónica previamente a la reunión del Directorio, un Director como apoderado para suscribir el acta en su nombre. El Consejo de Vigilancia dejará constancia de la regularidad de las decisiones adoptadas.
Artículo 11: “Cada director, como aval de su gestión deberá constituir una garantía mínima de $ 15.000 (pesos quince mil), o la suma que establezca la normativa vigente, de acuerdo a lo dispuesto por el Consejo de Vigilancia; la garantía podrá consistir en sumas de dinero en moneda nacional o extranjera o valores negociables, depositadas en entidades financieras o depositarias a la orden de la Sociedad; fianzas o avales bancarios; seguro de caución o seguro de responsabilidad civil en favor de la Sociedad. El costo deberá ser soportado por el Director”; Artículo 12: “El Directorio tiene todas las facultades para administrar y disponer de los bienes, incluso aquellas para las cuales la ley requiere poderes especiales conforme al art. 1881 del Código Civil y art. 9 del decreto ley 5965/63. Puede en consecuencia, entre otros actos: a) Celebrar en nombre de la Sociedad toda clase de actos jurídicos que tiendan al cumplimiento del objeto social; entre ellos operar con toda clase de bancos, compañías o entidades financieras o crediticias, oficiales o privadas; dar y revocar poderes especiales y generales, judiciales, de administración u otros, con o sin facultades de sustituir; iniciar, proseguir, contestar o desistir denuncias o querellas penales y realizar todo otro hecho o acto jurídico que haga adquirir derechos o contraer obligaciones a la sociedad; b) Dictar los Reglamentos de acuerdo con este Estatuto, las disposiciones legales y regulaciones vigentes, como así las modificaciones que estime pertinentes y que someterá previamente a su entrada en vigencia a la Comisión Nacional de Valores para su autorización. En caso de extrema urgencia, el Directorio podrá disponer las medidas que considere necesarias para el mejor desenvolvimiento de la Sociedad, debiendo comunicarlas dentro de las 24 horas a la Comisión Nacional de Valores para que se expida sobre las mismas; c) Emitir resoluciones en ejercicio de las facultades que le confieren este Estatuto y las regulaciones aplicable; d) Determinar los valores negociables que serán objeto de custodia, registro y pago, a través de la Sociedad así como la forma en la cual se prestará dicho servicio, y resolver sobre cualquier modificación en sus términos y condiciones, f) Establecer los requisitos que deben los agentes y demás participantes, y controlar su cumplimiento; g) Transferir y/o cerrar posiciones abiertas registradas en las respectivas Cuentas de los agentes y demás participantes; h) Proponer a la CNV la creación de categorías de agentes y/o participantes por productos, segmento o división o por características de los agentes o participantes. Los agentes y demás participantes deberán cumplir con los requisitos establecidos en el Reglamento y demás normas internas, así como abonar el canon y los mantenimientos que establezca el Directorio; i) Dictar las normas que establezcan en que casos y bajo qué condiciones garantizará por sí o por terceros el cumplimiento de las Operaciones que se realicen y registren, y si no se garantizan, expedir el certificado - título ejecutivo - a favor del agente o participante perjudicado por el incumplimiento de la contraparte, que lo solicite de acuerdo al Art. 41 de la ley 26.831 y sus modificaciones. Cuando la Sociedad garantice tales operaciones, su forma de liquidación quedará sujeta a las disposiciones que en general o en particular establezca el Directorio, no pudiendo otorgar ningún otro tipo de garantías o avales que puedan afectar su patrimonio por este tipo de operaciones, j) La Sociedad estará facultada para liquidar toda clase de Operaciones que tuviese pendiente un agente y/o participante en caso de que aquel se encontrara en concurso preventivo o haya sido declarado en quiebra. Si de la liquidación resultara un saldo en favor del concursado o fallido, la Sociedad lo depositará en el juicio respectivo; k) Establecer los sistemas de compensación y liquidación electrónicos, los cuales deberán garantizar la plena vigencia de los principios de protección al inversor, equidad, eficiencia, transparencia, no fragmentación, reducción del riesgo sistemático e interconexión con los sistemas de negociación, liquidación y compensación de otros Mercados y/o Cámaras Compensadoras, nacionales y/o del exterior. Dichos sistemas deberán contar con la previa autorización de la Comisión Nacional de Valores o del organismo competente”; Artículo 16: “El ejercicio económico de la Sociedad cierra el día 31 de julio de cada año. A esa fecha se confeccionan los Estados Contables conforme a las disposiciones en vigencia y normas, técnicas de la materia. La Asamblea puede modificar la fecha de cierre del ejercicio, inscribiendo la resolución pertinente en el Registro Público de Comercio y comunicándola a la autoridad de control. Las ganancias realizadas y líquidas se destinan: a) cinco por ciento hasta alcanzar el veinte por ciento del capital suscripto, para el fondo de reserva legal; b) Un 50% (cincuenta por ciento), como mínimo, al Fondo de Garantía del artículo 45° de la Ley 26.831 y sus modificatorias. Las sumas acumuladas en este Fondo que excedan el capital suscripto de la Sociedad, podrán ser capitalizadas por resolución de la Asamblea; c) a remuneración al Directorio y Consejo de vigilancia, en su caso, en los montos que disponga la Asamblea. El saldo tendrá el destino que decida la Asamblea. Los dividendos deben ser pagos en proporción a las respectivas integraciones dentro del año de su sanción.”
$ 430 230254 May. 30
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FIMET S.R.L.
CONTRATO
Por estar asi dispuesto en los autos caratulados: Fimet S.R.L. s/Prórroga, Modificación Art 2°, Texto ordenado (Expte. N° 313, Folio 77, Año 2014) tramitados por ante el Registro Público de Comercio con asiento en la ciudad de Santa Fe, se ha ordenado la siguiente publicación. En reunión de socios se dispuso: I- Prórroga del Contrato Social: Solicita la palabra el socio Gabriel Francisco Filippi y dice que en fecha próxima se produce el vencimiento del plazo del contrato social de la sociedad, por lo que propone prorrogar el mismo por el término de 15 (quince) años. Luego de un intercambio de opiniones entre los socios deciden por unanimidad prorrogar el Contrato Social por quince años. En virtud a lo resuelto, la cláusula Segunda del Contrato Social queda redactada de la siguiente manera: “Segunda: Su duración es de treinta (30) años, contados desde la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio, o sea desde el 20 de abril 1999. II- Texto Ordenado del Contrato Social: Dado las modificaciones realizadas los socios unánimemente deciden reordenar el contrato social de la siguiente manera:
1- Lugar y Fecha: 15/04/14 - Santa Fe - Santa Fe.
2- Socios: José Alberto Gómez, D.N.I. Nro. 6.613.002, argentino, domiciliado en Avenida Freyre 3188 de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, de profesión Ingeniero Mecánico, nacido el 24 de diciembre de 1.948 y Ernesto Rubén Ambroselli, D.N.I. Nro. 13.676.495, argentino, domiciliado en calle Córdoba 2673 de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, de profesión comerciante, nacido el 18 de enero de 1.960 y Gabriel Francisco Filippi, D.N.I. Nro. 14.808.739, argentino, domiciliado en calle Salvador del Carril 814 de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, de profesión Ingeniero Mecánico, nacido el 25 de agosto de 1962.
3) Razón Social: Fimet S.R.L.
4) Domicilio: Ejercito Argentino 3450 de la ciudad de Santo Tomé, Departamento La Capital, Provincia de Santa Fe.
5) Plazo de Duración: 30 (Treinta) años a partir de la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio.
6) Objeto Social: industrialización, fabricación y comercialización de equipos e implementos para la industria de plásticos reforzados y aceros con sus accesorios. Importación y Exportación.
7) Capital Social: $ 20.000,00 (Veinte mil pesos), dividido en 2.000 (dos mil) cuotas de $ 10,00 (Diez pesos) valor nominal cada una, que los socios suscriben e integran de la siguiente forma, José Alberto Gómez suscribe e integra 670 (seiscientos setenta) cuotas de valor nominal $10 (diez pesos) cada una, o sea la suma de $ 6.700 (seis mil setecientos Pesos) y Ernesto Rubén Ambroselli suscribe e integra 670 (seiscientos setenta) cuotas de valor nominal $10 (diez pesos) cada una, o sea la suma de $ 6.700 (seis mil setecientos) y Gabriel Francisco Filippi suscribe e integra 660 (seiscientos sesenta) cuotas de valor nominal $10 (Diez pesos) cada una, o sea la suma de $6.600 (seis mil seiscientos Pesos).
8) Administración y Representación: será ejercida por una o más personas, socios o no que revestirán el carácter de gerentes durando en sus funciones hasta ser removidos por reunión de socios.
9) Fiscalización: Estará a cargo de los socios.
10) Fecha de Cierre de Ejercicio: 30 de noviembre de cada año.
11) Designación de socios gerentes: Se designa como socio gerente a los Señores José Alberto Gómez, D.N.I. 6.613.002, Ernesto Rubén Ambroselli, D.N.I. 13.676.495 y Gabriel Francisco Filippi, D.N.I. 14.808.739.
12) Fijación sede social: Los socios fijan la sede social en calle Ejército Argentino 3450 de la ciudad de Santo Tomé, Departamento La Capital, provincia de Santa Fe, República Argentina.
Santa Fe, 22 de mayo de 2014. Jorge E. Freyre, secretario.
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