FDF SEGUROS DE PERSONAS S.A. Y LESS S.R.L.
CONVENIO DE AGENTE INSTITORIO
Por disposición del Sr. Juez de 1° Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1° Nominación a cargo del Registro Público de Comercio, se hace saber que en los autos Caratulados FDF SEGUROS DE PERSONAS SA Y LESS SRL s/AGENTE INSTITORIO, Expte. 1149, folio 244 año 2007, por el cual se ha celebrado convenio entre FDF Seguros de Personas SA como entidad de seguros debidamente constituida en adelante la aseguradora y por otra LESS SRL en adelante en agente en el ámbito de la ley 17.418. A tal fin el agente actuará como Agente Institorio. Se ha convenido lo siguiente: 1° La Aseguradora designa al Agente para promover seguros en Santa Fe y donde tenga sucursales agencias o representaciones.
2° comprende la difusión de planes de seguro, coberturas y sus modificaciones dentro de las condiciones de la aseguradora.
3° el agente actúa por su cuenta sin reconocimiento de relación de dependencia.
4° el agente nombrará colaboradores a su cuenta y los comisiones que le abone la Aseguradora serán a cuenta de las que se establecen por todo concepto.
5° por cada operación que contrate el agente la aseguradora abonará las retribuciones Que se pacten, sobre las primas únicamente.
6° Sistema Operativo: Inspecciones previas de la aseguradora sobre los riesgos Que se cubran: Propuestas de seguros. Estas y los endosos se enviaran a la aseguradora en original y con antecedentes. Inspecciones y tasación de siniestros el agente enviará las denuncias con la documentación correspondiente según lo establezca la aseguradora. La aseguradora efectuará las inspecciones dentro de las 72 hs. Pago de siniestro por la Aseguradora con cheque a la orden del beneficiario, la agente no podrá efectuar pago alguno. Cobranza directamente por la aseguradora o por la agente con el depósito diario de la recaudación. Rendición de cobranza semanalmente por el agente y remitidas los días lunes con las boletas de depósito.
7° el agente suministrará toda la documentación a la aseguradora.
8° este convenio tendrá vigencia desde el 31/12/08 renovándose automáticamente por año calendario salvo que se haya extinto.
9° causas de extinción: 1. Acuerdo de partes. 2 decisión de la aseguradora y/o agente.
10° en cuanto a la cláusula precedente las partes renuncian a indemnizaciones de cualquier concepto derivadas de este convenio.
11° el agente puede mencionar a la aseguradora en publicidad propaganda o promoción de este convenio.
12° en divergencias se someterá a jurisdicción de tribunales ordinarios de Santa Fe.
13° se constituyen los domicilios legales para aseguradora Avda. Mayo 819 1° Piso Capital Federal y agente en Derqui 2210 de Santo Tomé. Pcia. de Santa Fe.
Santa Fe, 27 de Mayo del 2008. Jorge A. Gómez, secretario.
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GRUPO UNION S.A.
COMUNICADO
Se comunica a los deudores de Grupo Unión S.A cuyos créditos se cobran mediante código de descuento perteneciente a la Mutual de Jubilados Retirados y Pensionados Provinciales, que mediante contrato de Cesión de Créditos Sin Recurso suscripto el día 14 de mayo de 2008 ha cedido su cartera de créditos al Nuevo Banco de Santa Fe S.A. domiciliado en calle Tucumán 2545, Piso 2° de la ciudad de Santa Fe. El detalle de los créditos que integran la cartera de créditos cedida ha sido certificada por el Escribano Público Patricia L. Paredes, titular del Registro N° 343 de la Ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe. Se hace constar que los interesados en compulsar el detalle de los créditos que integran la cartera de créditos cedida deberán dirigirse a la sede de Grupo Unión S.A , sita en calle Sarmiento N° 702 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe y la sede de la Mutual de Jubilados Retirados y Pensionados Provinciales, sita en calle Santa Fe 870 de la ciudad de Rosario Provincia de Santa Fe.
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ALFA
COMUNICADO
Se comunica a los deudores de Alfa Cooperativa de Crédito, Consumo y vivienda Ltda. cuyos créditos se cobran mediante Código de descuento de su titularidad, que mediante contrato de Cesión de Cartera de Créditos en Prenda y Garantía suscripto el día 12 de Mayo de 2008, ha cedido su cartera de créditos al Nuevo Banco de Santa Fe S.A., domiciliado en calle Tte. Gral. Juan D. Perón 338 de la ciudad Autónoma de Buenos Aires. El detalle de los créditos que integran la cartera de créditos cedida ha sido certificada por el Escribano Público Martín Donovan titular del Registro N° 2349 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Se hace constar que los interesados en compulsar el detalle de los créditos que integran la cartera de créditos cedida deberán dirigirse a la sede de Alfa Cooperativa de Crédito, Consumo y vivienda, sita en J.E. Uriburu N° 754 piso 7 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
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PREVER COOPERATIVA
DE VIVIENDA, CREDITO
Y CONSUMO LTDA.
COMUNICADO
Se comunica a los deudores de Prever Cooperativa de Vivienda, Crédito y Consumo limitada, cuyos créditos se cobran mediante código de descuento de su titularidad, que mediante contrato de Cesión de Cartera de Créditos en Prenda y Garantía suscripto el día 14 de Mayo de 2008, ha cedido su cartera de créditos al Nuevo Banco de Santa Fe S.A., domiciliado en calle Pte. Gral. Juan D. Perón 338 de la ciudad Autónoma de Buenos Aires. El detalle de los créditos que integran la cartera de créditos cedida ha sido certificada por el Escribano Público Martín Donovan titular del Registro N° 2349 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Se hace constar que los interesados en compulsar el detalle de los créditos que integran la cartera de créditos cedida deberán dirigirse a la sede de Prever Cooperativa de Vivienda, Crédito y Consumo Limitada sita en calle L. N. Alem 619 Piso 9 de la ciudad de Buenos Aires.
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PABLO ABEL PEREZ
AUTORIZACION PARA COMERCIAR
Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Primera Nominación se ha dispuesto ordenar la autorización para ejercer el comercio conferida por Abel Francisco Pérez y Silvia Beatriz Holzinger, a favor de su hijo Pablo Abel Pérez, D.N.I. N° 33.728.769. Publíquese edictos en el Boletín Oficial por el término de ley. Santa Fe, 14 de Mayo de 2008. - Fdo. Dr. Jorge A. Gómez, secretario a/c.
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COLEGIO PROFESIONAL DE MAESTROS MAYORES DE OBRAS Y TECNICOS DE LA PROVINCIA DE SANTA FE
DISTRITO I
CONVOCATORIA A ELECCIONES
Convóquese a los matriculados del Colegio Profesional de Maestros Mayores de Obras y Técnicos de la Provincia de Santa Fe - Distrito I (Ley 10.946), a elecciones generales para la renovación, por finalización de mandatos, y por un período de 3 años, de los siguientes cargos, Directorio: un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Tesorero, un Secretario de Actas, tres Vocales Titulares, tres Vocales Suplentes; Tribunal de Disciplina y Etica Profesional: tres miembros titulares y tres miembros suplentes; Representantes ante Asambleas Provinciales: quince representantes.
El acto eleccionario se realizará en la sede del Colegio sito en calle San Martín 1748 1° Piso - 3000 (Santa Fe), el día 01/08/08 dentro del horario de 9:00 hs. a 17:00 hs. para los matriculados de la ciudad de Santa Fe y para los matriculados con domicilio constituido fuera de la localidad sede del Distrito correspondiente, podrán optar por votar por correo.
M.M.O. Sergio I. Romero
Presidente
NOTA: Son electores los Maestros Mayores de Obras y Técnicos inscriptos en la matrícula, que no adeudaren cuota de matriculación y/o inscripción anual y no se hallaren suspendidos.
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