picture_as_pdf 2015-04-30

SANATORIO REGIONAL GALVEZ S.A. y SANATORIO GALVEZ S.R.L.


ESCISION


Por tres días se hace saber, conforme al Art. 88 de la Ley 19.550, que:

a) Sanatorio Regional Gálvez S.A., con domicilio en San Martín Nº 272 de la ciudad de Gálvez, Santa Fe, inscripta bajo el Nº 100 al F° 18 del Libro 12 de Estatutos de SA del Registro Público de Comercio de la ciudad de Santa Fe, el 06/08/2.013; y Sanatorio Gálvez S.R.L, con domicilio en Sarmiento N° 303, inscripta bajo el N° 828 al F° 379 del Libro 8° de S.R.L. del Registro Público de Comercio de la ciudad de Santa Fe, el año 1968, adecuación de Contrato Social a la Ley 19.550 inscripto bajo el N° 571 al F° 321 del Libro 1° de S.R.L. (Ley 19.550), en Santa Fe el 06/08/1974; han resuelto por sendas Asambleas Extraordinarias Unánimes de fecha 27/03/2015 la escisión de sus patrimonios a fin de destinar su capital a la constitución de nueva sociedad.-

b) La nueva sociedad se denomina Sanatorios Integrados S.A., y tiene su domicilio social en calle San Martín N° 272 de la ciudad de Gálvez, Santa Fe.-

c) El Balance Especial de Escisión de cada sociedad ha sido confeccionado al 31/12/2014 y se integra según el siguiente detalle: Sanatorio Regional Gálvez S.A. es titular de Activo de $ 3.980.095,57, Pasivo de $ 2.446.141,56 y Patrimonio Neto de $ 1.533.954,01; Sanatorio Gálvez S.R.L. es titular de Activo de $ 4.280.995,17, Pasivo de $ 2.145.256,99 y Patrimonio Neto de $ 2.135.738,18.-

d) El patrimonio que se destina a la constitución de la nueva sociedad es el que se detalla:

Sanatorio Regional Gálvez S.A. escinde íntegramente su patrimonio conformado por: Activo de $ 3.980.095,57 y Pasivo de $ 2.446.141,56; y Sanatorio Gálvez S.R.L. escinde parcialmente su patrimonio destinando Activo de $ 4.206.480,82 y Pasivo de $ 2.145.256,99.-

Reclamos de ley a dirigidos al Escribano Germán R. Monteverde, Registro Nº 611 de Gálvez, en la oficina sita en calle Belgrano Nº 766 de la Ciudad de Gálvez, Provincia de Santa Fe, en el horario de 09 a 12hs.- Lo que se publica a sus efectos en los diarios “BOLETIN OFICIAL” y “El Litoral” de la Ciudad de Santa Fe.-

Gálvez, Abril de 2.015.-

$ 375 259395 Ab. 30 May. 5

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CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONÓMICAS


Resolución de Presidencia Nº 01/2015

RATIFICACION RESOLUCION TECNICA Nº 41 -FACPCE-


Normas Contables Profesionales, desarrollo de cuestiones de aplicación general: aspectos de reconocimientos y medición para entes pequeños VISTO:

La Resolución Técnica 41 sobre “Normas Contables Profesionales, desarrollo de cuestiones de aplicación general: aspectos de reconocimientos y medición para entes pequeños” y,

CONSIDERANDO que:

1- La Junta de Gobierno de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas aprobó la Resolución Técnica 41 que dispone sobre alternativas de aplicación de criterios contables en función de la dimensión patrimonial de los entes, componiendo el antiguo debate sobre la pertinencia de ajustar las normas contables generales a la particularidad del establecimiento en orden a la significación cuantitativa de la hacienda.

2- En el trámite de preparación de la norma se dio cumplimiento al procedimiento que rige las funciones del CENCyA que asegura la participación de los órganos técnicos consultivos y de gobiernos y el conocimiento de la materia por parte de este Consejo Profesional al intervenir en las secuencias de formación de la regla técnica contable.

3- La Resolución de la Junta de Gobierno ha recomendado a los Consejos miembros el tratamiento en la jurisdicción local de la Resolución Técnica 41 y homologar su vigencia a partir del 1 de julio de 2015 aunque autorizando la aplicación anticipada para los ejercicios iniciados a partir del 1 de enero del 2014.

4- La medida, corresponde reconocer, viene a satisfacer el reclamo de los matriculados de contar con normas técnicas especificas para exponer la información contable económica financiera del patrimonio de los comitentes cuya moderada magnitud exige reglas adecuadas que respondan a una calidad mínima suficiente para elaborar la información contable útil a los usuarios para adoptar decisiones.

6- Por las razones enunciadas debemos propiciar la pronta vigencia del nuevo ordenamiento superando el diferimiento que causa el calendario de sesiones ordinarias del Consejo Superior y a este fin emplear en la emergencia las facultades que al Presidente de Consejo Superior le confiere el decreto Nº 4.700/60, artículo Nº 9º inciso d) cuya vigencia subsiste en todo aquello que no fuere incompatible con la Ley Nº 8.738 y hasta tanto se sancione un nuevo decreto reglamentario de la ley orgánica del Consejo.

Por ello, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 33º inciso f) de la Ley 8.738 y 8º inciso d) del decreto Nº 4700/60.

El Presidente del Consejo Superior del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Santa Fe.

RESUELVE:

Artículo 1º: Aplicar en el ámbito de competencia de este Consejo a partir de la presente resolución, la RT 41 denominada “Normas Contables Profesionales, desarrollo de cuestiones de aplicación general: aspectos de reconocimientos y medición para entes pequeños” la que como anexo A forma parte inescindible de la presente Resolución.

Artículo 2°: Establecer la vigencia de la RT 41 a partir del 1 de julio de 2015 autorizando su aplicación anticipada para los ejercicios iniciados a partir de 1 de enero de 2014.

Artículo 3º: Regístrese, dar cuenta de la presente al Consejo Superior para que tenga tratamiento en la reunión inmediata que éste celebre, hágase conocer a los matriculados, comuníquese a las Cámaras, a la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas; publíquese por un día en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe, en los medios de difusión de ambas Cámaras y archívese.

Santa Fe, 23 de Abril de 2015.

Dr. Dante H. Musuruana

Contador Público


NOTA: Se publica sin los anexos pudièndose consultar en la pàgina del Consejo Profesional de Ciencias Ecòmicas

$ 126 259795 Ab. 30