picture_as_pdf 2015-04-30

MINISTERIO DE SEGURIDAD


DECRETO Nº 3396


SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional”,

26 Septiembre de 2014.


VISTO:

El expediente Nº 00201-0120885-9 y agregados Nros. 00101-0166179-0, 00201-0800125-V, 00201-0138278-2, 00201-1000184-V, 00101-0196318-2, 00101-0209254-6, 00201-0150716-3, 00201-0155445-9 y 00201-0156733-8, del registro del Sistema de Información de Expedientes, en cuyas actuaciones la Jefatura de Policía de la Provincia eleva la solicitud formulada; con patrocinio letrado, por el Comisario Supervisor HECTOR RUBEN RAMIREZ, a fin de que una Junta de Calificaciones Ad Hoc analice la posibilidad de recomposición de la carrera policial del nombrado a partir del 1° de enero de 2003; y


CONSIDERANDO:

Que según lo informado por la Jefatura de Policía la Provincia, el mencionado funcionario policial registraba causas judiciales y administrativas en trámite, las cuales han finalizado en fecha 26 de abril de 2007 y 31 de mayo de 2007 respectivamente;

Que por tal motivo el causante entiende que debería ser tratado por una Junta de calificaciones Ad Hoc que analice sus posibilidades de ascenso;

Que interviene la Asesoría Letrada General de la Policía de la Provincia mediante Dictamen N° 4314/07;

Que por lo expuesto, y atento al Dictamen N° 0006/08 de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Seguridad, corresponde hacer lugar a lo solicitado por el empleado policial Héctor Rubén Ramírez, y en consecuencia, disponer la constitución de una Junta de Calificaciones Ad Hoc, que analice sus posibilidades de ascenso a partir del 1° de enero de 2003;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°: Ha lugar, por las razones expuestas precedentemente, a la solicitud formulada, con patrocinio letrado, por el Comisario Supervisor HECTOR RUBEN RAMIREZ (Clase 1960 - C.U.I.L. 23-14061171-9), y en consecuencia, ordénase la constitución de una Junta de Calificaciones Ad Hoc a los fines de analizar la posibilidad de recomposición de la carrera policial del nombrado en relación a sus iguales, a partir del 1° de enero de 2003.

ARTICULO 2º: Regístrese, comuníquese y archívese.

BONFATTI

Dr. Raúl Alberto Lamberto

S/C 13117 Ab. 30

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DECRETO Nº 1587


SANTA FE, “Cuna de Constitución Nacional”,

02 de Junio de 2014

VISTO:

El Expediente Nº 00201-0013867-2, del registro del Sistema de Información de Expedientes, relacionado con el reclamo administrativo interpuesto por el empleado de la Policía de la Provincia SANTIAGO ALBERTO CASCO tendiente a obtener la correcta liquidación y pago del haber no remunerativo de la Ley N° 9561; y

CONSIDERANDO:

Que según surge del informe del Padrón elaborado por Fiscalía de Estado para el cumplimiento del cometido regalado por el Decreto Nº 2227/10, el reclamante efectuó los planteos judiciales que dieron lugar al procedimiento transaccional diseñado por la Ley N° 13120 - Decreto N° 2227/10 y normas concordantes-, y, en el caso particular, incluso adhirió a la propuesta transaccional realizada por la Provincia de Santa Fe;

Que conforme lo expresado, y atento al Dictamen N° 394/13 de Fiscalía de Estado, corresponde hacer efectivas las consecuencias previstas en la respectiva Acta de Adhesión, declarando extinguido el presente reclamo administrativo, y tener presente la renuncia contenida en aquel instrumento;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°: Declárase extinguido el reclamo administrativo relacionado con la liquidación y pago del haber no remunerativo de la Ley N° 9561 interpuesto por el empleado de la Policía de la Provincia SANTIAGO ALBERTO CASCO (Clase 1946 - C.U.I.L. 20-06068540-2), de conformidad a las condiciones previstas en la respectiva Acta de Adhesión suscripta por el nombrado, teniendo presente la renuncia contenida en la misma.

ARTICULO 2°: Regístrese, comuníquese y archívese.

BONFATTI

Dr. Raúl Alberto Lamberto

S/C 13124 Ab. 30

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DECRETO Nº 0911


La Dirección General de Despacho del Ministerio de Seguridad, hace saber por el presente edicto según aplicación del Decreto 10204, Art. 20 hacer saber el siguiente decisorio:

SANTA FE “Cuna de la Constitución Nacional” 10 de Abril 2014


VISTO: el expediente N° 00205-0008534-5 del registro del Sistema de Información de Expedientes y Considerando:

POR ELLO

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1° Déjase cesante en la Dirección General del Servicio Penitenciario de la Provincia al Subayudante (CG) Claudio Oscar José Gómez (Clase 1978 - CUIL 20-26633686-2), por infracción a la falta prevista en el Art. 10° parte general e Inc. 21) del Decreto N° 1090/79 y Art. 42° Inc. 1 del mismo cuerpo legal.

ARTICULO 2° De Forma.

BONFATTI

Dr. Raúl Lamberto

S/C 13120 Abr. 30

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DECRETO N° 3396


La Dirección General de Despacho del Ministerio de Seguridad, hace saber por el presente edicto según aplicación del Decreto 10204, Art. 20, hace saber el siguiente decisorio:

SANTA FE FE “Cuna de la Constitución Nacional” 14 de Mayo 2013

VISTO el expediente N° 00201-01116330-5 del registro del Sistema de Información de Expedientes y Considerando.

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE PROVINCIA

DECRETA

ARTICULO 1° Rechazar, por las razones expuestas precedentemente, el reclamo administrativo previo interpuesto, a través de apoderado en los términos de la Ley N° 7234 y sus modificatorias, por el Sr. Ovidio Edgardo Bled (Clase 1946 M.I. 7.878.920 9) tendiente a obtener la suma de pesos cincuenta mil (50.000) por daños irrogados por 1 proceso judicial y sumario administrativo.

ARTICULO 2° De Forma.

BONFATTI

Dr. Raúl Lamberto

S/C.- 13118 Ab. 30

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Decreto N° 0258


La Dirección General de Despacho del Ministerio de Seguridad, hace saber por el presente edicto según aplicación del Decreto 10204, Art. 20, hace saber el siguiente decisorio:

SANTA FE FE “Cuna de la Constitución Nacional” 05 de Febrero 2014


VISTO el expediente N° 00201-0150213-5 del registro del Sistema de Información de Expedientes y Considerando:

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA

ARTICULO 1° Aplícase la sanción disciplinaria de extinción (Destitución) a la señora Griselda Analía Pucheta (Clase 1981 - CUIL 27-28572693-5) que revista como Suboficial de Policía en la Policía de la Provincia Departamento Rosario, por infracción la norma contenida en el Art. 43°, Inc. f), de conformidad al Art. 44°, Inc. c, ambos de la Ley Personal Policial N° 12.521/06.

ARTICULO 2° De Forma.

BONFATTI

Dr. Raúl Lamberto

S/C.- 13114 Ab. 30

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DECRETO N° 0927


La Dirección General de Despacho del Ministerio de Seguridad, hace saber por el presente edicto según aplicación del Decreto 10204, At. 20, hace saber el siguiente decisorio:

SANTA FE “Cuna de la Constitución Nacional” 23 de Abril 2013


VISTO el expediente N° 00101-0112112-2 del registro del Sistema de Información de Expedientes y Considerando

POR ELLO

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA

ARTICULO 1° Rechazase, por las razones expuestas precedentemente, el reclamo administrativo previo interpuesto, a través de apoderados, por la Suboficial de la Policía de la Provincia Fabiana Camila Zamora (Clase 1975 M.I. 23.982.212) tendiente a que se le abonen las sumas que considera se le adeudan por el período comprendido entre el 23 de marzo y el 5 de agosto de 19999, en el que se realizara adiestramiento en el Centro de Instrucción en Destino de la Unidad Regional I (Dto. La Capital)

ARTICULO 2° De Forma

BONFATTI

Dr. Raúl Lamberto

S/C 13113 Ab. 30

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DECRETO Nº 0343


La Dirección General de Despacho del Ministerio de Seguridad, hace saber por el presente edicto según aplicación del Decreto 10204. Art. 20, hace saber el siguiente decisorio:

SANTA FE “Cuna de la Constitución Nacional” 18 de Febrero 2014

VISTO el expediente N° 00201-0114408-9 del registro del Sistema de Información de Expedientes y Considerando

POR ELLO

EL GOBERNADOR DE PROVINCIA

DECRETA

ARTICULO 1° Rechazase, por las razones expuestas precedentemente, el recurso de revocatoria interpuesto, por el Sr. Alberto Héctor Rubén Soneyro (Clase 1961 M.I. 14.949.298) contra el Decreto N° 801 de fecha 10 e Abril de 2006.

ARTICULO 2° De Forma

BONFATTI

Dr. Raúl Lamberto

S/C 13111 Ab. 30

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MINISTERIO DE SEGURIDAD


REF. EXPTE. Nº 00201-0150454-6.

PROVIDENCIA


SEÑOR MINISTRO:

Se deberá correr traslado al apelante, por el término de diez (10) días a fin de que exprese agravios y funde su impugnación (Art. 49 Decreto 10.204/58); con la transcripción del Art. 19, conforme lo normado por el Art. 36 última parte, ambos del texto legal aludido.

DCCION. GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS.

Santa Fe, Cuna de la Constitución Nacional, 14 de Mayo de 2012.

S/C 13123 Ab. 30

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RESOLUCION Nº 575


La Dirección General de Despacho del Ministerio de Seguridad, hace saber por el presente edicto según aplicación del Decreto 10204, Art. 20, hacer saber el siguiente decisorio:

SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 08 de Octubre 2009

VISTO el expediente Nº 00201-0126939-9 del registro del Sistema de Información de Expedientes y Considerando

POR ELLO

EL MINISTRO DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTICULO 1° Rechazar por las razones expuestas precedentemente, el reclamo efectuado por el ex empleado policial Ramón Orlando Sosa (M.I. 11.183.424), tendiente a la actualización e incremento del sueldo básico de conformidad a lo establecido en los artículos 137,138 y Anexo 5 (Ley N° 7752) - “Tabla de valores de los Sueldos Básicos del Personal de la Provincia; Ley del Personal Policial N° 6769, y normativas concordantes

ARTICULO 2° De Forma.

Dr. Raúl Lamberto Ministro

S/C 13125 Ab. 30

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RESOLUCION Nº 1019


La Dirección General de Despacho del Ministerio de Seguridad, hace saber que el presente edicto según aplicación del Decreto 10204,Art. 20, hace saber el siguiente decisorio:

SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional” 04 de Julio 2013


VISTO el expediente N° 00201-0154544-0 del registro del Sistema de Información de Expedientes y Considerando

POR ELLO

EL MINISTRO DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTICULO 1° Aceptar al Sr. Carlos Ernesto Britez ( Clase 1963 - CUIL 20-16267414-6), quien revista como Oficial de Policía (GS9 en la Policía de la Provincia - Departamento Rosario, el Retiro Voluntario solicitado, para acogerse a los beneficios de la jubilación ordinaria, de conformidad al encuadre legal citado en el primer considerando, cuyo otorgamiento será a partir del efectivo agotamiento de las licencias ordinarias que se le estuvieran adeudando, si correspondiere.

ARTICULO 2° De Forma

Dr. Raúl Lamberto

S/C 13122 Ab. 30

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RESOLUCION Nº 1833


La Dirección General de Despacho el Ministerio de Seguridad, hace saber por el presente edicto según aplicación del Decreto 10204, Art. 20, hace saber el siguiente decisorio:


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional” 24 de Septiembre 2014


VISTO el expediente N° 00201-0128212-7 del registro del Sistema de Información de Expedientes y Considerando

POR ELLO

EL MINISTRO DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTICULO 1° Declarar desierto, conforme los apercibimientos previstos en el Artículo 49, última parte del Decreto N° 10294/54, el recurso de apelación interpuesto por el Sr. Roberto Luján Alfonso (Clase 1963 M.I. 16.325.125) contra la Resolución de la Jefatura de Policía de la Provincia N° 1721 de fecha 12 de noviembre de 2007, que hiciera suyo lo actuado por la junta de Reclamos en Acta N° 127/07,ratificando la calificación y el encuadramiento de origen que se le impusiera al nombrado “ Inhabilitado - Art. 91°,Inciso e), de la Ley N° 6769,con vistas a las promociones del 1° de enero 2005.

ARTICULO 2° De Forma

Dr. Raúl Lamberto

S/C 13121 Ab. 30

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RESOLUCION N° 0545


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”

25 DE Marzo de 2014


Visto el expediente N° 00201-0157099-6, del registro del Sistema de Información de Expedientes - MINISTERIO DE SEGURIDAD, en cuyas actuaciones la Jefatura de Policía de la Provincia eleva la renuncia presentada por la señora Liliana Marisel Cabrera, quien revista como Suboficial de Policía (Escalafón General - Sub-Escalafón Seguridad), por razones de Indole particular; y

CONSIDERANDO:

Que conforme a las constancias obrantes en autos surge que la causante no tiene sumarios administrativos ni penal en trámite, como así tampoco tiene deudas con el Estado Provincial, ni se le adeuda licencia alguna;

Que la gestión encuadra en las previsiones de los Arts. 8°, Inc. a) y 93°, de la Ley N° 12.521 del Personal Policial;

Que en consecuencia, atento al Dictamen Nº 1841/2013 de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de este Ministerio y a la autorización conferida por el Poder Ejecutivo a los señores Ministros, según el Art. 1°, Inc. c) del Decreto - Acuerdo N° 3879/68, corresponde acceder a lo solicitado;

POR ELLO,

EL MINISTRO DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTICULO 1°: Dar por aceptada a la señora LILIANA MARISEL CABRERA (Clase 1982 - CUIL 27-29465617-6), quien revista como Suboficial de Policía (Escalafón General - Sub-Escalafón Seguridad) en la Policía de la Provincia - Departamento Rosario, la renuncia presentada por razones de índole particular, a partir del 01.10.2012.-

ARTICULO 2°: Regístrese, hágase saber y archívese.-

Dr. Raúl Lamberto - Ministro

S/C 13119 Ab. 30

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RESOLUCION N° 2058


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional” 29 Oct. 2014

VISTO:

El expediente Nº 00201-0152609-8, del registro del Sistema de Información de Expedientes, relacionado con el recurso de revocatoria y apelación en subsidio interpuesto, con patrocinio letrado, por la señora MACARENA BELEN ESPINDOLA, contra la Resolución del Instituto de Seguridad Pública de la Provincia (I.Se.P.) N° 1146 de fecha 17 de febrero de 2012, que desestimara su ingreso a la Carrera de Auxiliar en Seguridad, Ciclo 2012-2013;y

CONSIDERANDO:

Que conforme consta en autos, la apelante fue notificada el 17 de mayo de 2013 del corrimiento del traslado de las actuaciones, por el término de diez (10) días, a fin de que se exprese agravios y funde su impugnación, conforme el Artículo 49° del Decreto N° 10204/58;

Que de acuerdo a lo dispuesto en el segundo párrafo del Artículo 49° de la norma legal precitada: “...la contestación del traslado deberá ser presentada dentro del expresado término de diez días. Vencido el mismo sino se presentara se declarará desierto el recurso...”;

Que en el presente caso, desde la fecha de notificación para que la recurrente exprese agravios (17/05/2013), no se registran antecedentes tendientes a cumplimentar con la carga procedimental referida;

Que por lo expuesto, y atento al Dictamen N° 1193/13 de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de este Ministerio, corresponde declarar desierto el recurso interpuesto;

POR ELLO, y acorde a lo dispuesto en el Articulo 3° del Decreto N° 916/08;

EL MINISTRO DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTICULO 1°: Declarar desierto, conforme los apercibimientos previstos en el Artículo 49°, última parte, del Decreto Nº 10204/58, el recurso de apelación interpuesto, con patrocinio letrado, por la señora MACARENA BELEN ESPINDOLA (M.I. 36.627.516), contra la Resolución del Instituto de Seguridad Pública de la Provincia (LSe.P.) N° 1146 de fecha 17 de febrero de 2012, que desestimara su ingreso a la Carrera de Auxiliar en Seguridad, Ciclo 2012-2013.

ARTICULO 2°: Regístrese, hágase saber y archívese.

S/C.- 13116 Ab. 30

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RESOLUCION N° 0546


SANTA FE, “ Cuna de la Constitución Nacional”,25 de Marzo 2014


Visto el expediente N° 00205-0009932-6, del registro del Sistema de Información de Expedientes - Servicio Penitenciario - MINISTERIO DE SEGURIDAD, en cuyas actuaciones al señor Diego Roque Guillermo Roldan, quien revista como Ayudante de 3ra. (CG) en la Dirección General del Servicio Penitenciario de la Provincia, solicita licencia extraordinaria sin goce de haberes, conforme a lo previsto en el Art. 37° del Decreto N° 0549/81; y

CONSIDERANDO:

Que de los antecedentes y constancias obrantes en autos surge que el recurrente reúne los requisitos exigidos para gozar de tal beneficio;

Que se cuenta con la opinión favorable del Secretario de Asuntos Penitenciarios a cargo de la Dirección General del Servicio Penitenciario de la Provincia;

Que la Asesoría Jurídica del Servicio Penitenciario, considera procedente el pedido;

Que conforme a la autorización conferida por el Poder Ejecutivo, según el Art. 10° Inc. 3) del Decreto- Acuerdo N° 0916 del 4 de abril de 2008.

EL MINISTRO DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTICULO 1°: Dar por concedida licencia extraordinaria sin goce de haberes, conforme a lo previsto por el Art. 37° del Decreto N° 0549/81 al señor DIEGO ROQUE GUILLERMO ROLDAN (Clase 1982 - CUIL 20-29348435-0) quien revista como AYUDANTE DE 3ra. (CG) en la Dirección General del Servicio Penitenciario de la Provincia por el término de veinticuatro (24) meses, contados a partir del 2 de octubre de 2013.-

ARTICULO 20: Regístrese, hágase saber y archívese.-

Dr. Raúl Lamberto - Ministro

S/C.- 13115 Ab. 30

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RESOLUCION N° 0927


SANTA FE “Cuna de la Constitución Nacional” 04 de Junio 2014


VISTO el expediente N° 00201-0062811-9 del registro del Sistema de Información de Expedientes y Considerando

POR ELLO

EL MINISTRO DE SEGURIDAD

RESUELVE

ARTICULO 1° Rechazar, por las razones expuestas precedentemente, el reclamo administrativo previo a tenor de la Ley N° 7234, interpuesto por el Sr. Hugo Roldan (MJ. 5.698.209), mediante apoderados, tendiente a obtener el resarcimiento de los daños padecidos como consecuencia del accidente de tránsito ocurrido en fecha 11 de febrero 1999, en la intersección de las calles España y San Lorenzo de la ciudad de Rosario (Dto. homónimo), cuando se desplazaba en su automóvil marca Kia, modelo Besta 9C dominio ABP 568, en el que resulto involucrado el móvil policial N° 1261, perteneciente a la Brigada de Orden Urbano de la Unidad Regional II (Dto. Rosario), conducido en la ocasión por el agente Miguel Alcides Tolosa.

ARTICULO 2° De Forma

Dr. Raúl Lamberto - Ministro

S/C 13112 Ab. 30

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