REGISTRADA BAJO EL Nº 13067
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA
CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1°.-
Declárase de interés general y sujeta a expropiación la fracción de terreno,
parte de mayor extensión, ubicada en la manzana 238 de la ciudad de Venado Tuerto,
que, forma la esquina noroeste y mide aproximadamente 32,85 m de frente sobre
calle 2 de Abril y 9,60 m de frente sobre calle J. B. Justo, encerrando una
superficie aproximada de 315 m2 propiedad del Olimpia Basketball Club, cuyo
dominio figura inscripto al N° 028826 - T° 105 - F° 00272 - Fecha 30-11-1948 -
departamento General López - Sección Propiedades del Registro General Rosario;
P.I.I.: 17-13-01 355119/0000. La fracción se corresponde con el salón de
fiestas, hall de distribución y depósito de la institución propietaria, de
acuerdo con el esquema del edificio que se agrega como Anexo I donde figura
señalada el área a expropiar.
ARTICULO 2°.- El
inmueble referido en el Artículo anterior será destinado al funcionamiento de
las dependencias de la Secretaría de Desarrollo para la Ciudadanía, dependiente
del Ministerio de Desarrollo Social.
ARTICULO 3°.- El
gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley se atenderá con el crédito
pertinente del ejercicio vigente. En caso de no contarse con crédito
específico, el Poder Ejecutivo efectuará las adecuaciones presupuestarias que
resulten necesarias.
ARTICULO 4°.-
Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE
SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS OCHO DIAS DEL MES
DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIEZ.
Dra. GRISELDA TESSIO
Presidenta
Cámara de Senadores
EDUARDO ALFREDO DI
POLLINA
Presidente
Cámara de Diputados
Dr. FABIAN LIONEL BASTIA
Sub Secretario
Cámara de Senadores
Dr. LISANDRO RUDY
ENRICO
Secretario
Parlamentario
Cámara de Diputados
DECRETO Nº 0543
Santa Fe, 20 de abril de 2010
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VISTO:
La aprobación de la
Ley que antecede Nro. 13067 efectuada por la H. Legislatura;
DECRETA:
Promúlgase como Ley
del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial,
publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde
observarla y hacerla observar.
BINNER
Dr. Antonio Juan Bonfatti
Nota: Se publica sin
el anexo correspondiente.
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