picture_as_pdf 2016-03-30

DESTRUCCIÓN DE

EXPEDIENTES


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 5° Nom. de Rosario, Dr. Iván D. Kvasina, Secretaría del Dr. Alfredo Farias, se hace saber que por Resolución Nº 140 de fecha 18 de febrero de 2016, se ha dispuesto: "1) Precédase a la destrucción de la documental reservada en Secretaría, perteneciente a causas que no registran movimientos posteriores al 31 de diciembre de 2004, la que se llevará a cabo a partir del día 27 de abril de 2016. 2) Hágase saber que los interesados que acrediten interés legítimo en alguna de esas documentales, podrán presentarse hasta el día 06 de abril de 2016 inclusive, ante este Juzgado, de lunes a viernes, de 8 a 12 hs., a fin de efectuar el requerimiento que estimen pertinente. No se admitirá reclamo alguno con posterioridad a tal fecha. 3) Publíquese edictos en el BOLETÍN OFICIAL tres veces en 20 días y dos avisos en el Diario La Capital - un miércoles y un domingo. 4) Remítase copia de la presente a la Presidencia de la Excma. Cámara de Apelación Civil y Comercial de Rosario. Insértese y hágase saber.". Fdo. Dr. Iván D. Kvasina -Juez-; Dr. Alfredo Farias -Secretario. Rosario, 24 de febrero de 2016.

S/C 285117 Mar. 30

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CONSEJO DE LA MAGISTRATURA


ENTREVISTAS ORALES Y PÚBLICAS EN EL CONCURSO MÚLTIPLE DESTINADO A CUBRIR TRES CARGOS DE JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE DISTRITO EN LO CIVIL Y COMERCIAL 2º Y 13º NOMINACION DE ROSARIO Y JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE DISTRITO EN LO CIVL Y COMERCIAL 2º NOMINACION DE SAN LORENZO


El Presidente del Consejo de la Magistratura informa que se llevarán cabo las Entrevistas Orales y Públicas en el concurso para cubrir tres cargos de Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial 2º y 13º Nominación de Rosario y Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial 2º Nominación de San Lorenzo, a los siguientes postulantes: Dres. KLEBCAR, Mónica; GOTLIEB, Verónica; BERTUNE, Stella Marís; DELLA SIEGA, Fabio Marcelo; MALVESTITI, Marisa Mónica; SIEMIENCZUK, Astrid Barbara; LANATA, Alejandro Héctor; BONOMELLI, Edgardo Mario; ROLDÁN, Guillermo; CARBAJO, Luciano Daniel y CAMAÑO, Cecilia Andrea.-

La misma se celebrará el día Jueves 14 de Abril de 2016 a partir de las 09.00 hs en el Aula Magna de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Rosario sita en calle Córdoba 2020 – Rosario.

Participación ciudadana: podrán estar presentes y participar de la entrevista toda persona física o jurídica con domicilio en la Provincia de Santa Fe. Los interesados podrán efectuar preguntas conforme a los parámetros establecidos en el art 8° de la Resolución Nº 0153/13. Enviar las mismas por escrito a la sede del Consejo de la Magistratura – Amenábar 2689 – 3000 Santa Fe, T.E. 0342-4573533, 0342-4506600 interno 1205 ó en forma digital en el correo conmagsfe@santafe.gov.ar. Quienes hagan llegar sus preguntas deberán acreditar su domicilio en la provincia con la presentación del documento de identidad en la sede del Consejo de la Magistratura al momento de su presentación o el día de la entrevista en el lugar fijado para la misma.

Plazo de recepción: hasta el día Miércoles 13 de Abril de 2016 a las 12 hs.

CUERPO COLEGIADO ENTREVISTADOR:

Dr. Alejandro A. Menicocci Presidente del Consejo de la Magistratura, Dra. María Victoria STRATTA (Titular) - Dra. Stella Maris TOSELLO (Suplente) por la lista unificada en reemplazo del Colegio de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial ( Resolución Nº 101/10); Dra. Mariela FREGONA (Titular)- Dr. Juan Alberto DOLINSKY (Suplente) por los Colegios de Abogados de la Provincia y Dr. Abel De MANUELE (Titular)- Dr. Benjamín GUBERMAN (Suplente) por el Estamento Académico.

Dr. Alejandro A. Menicocci

Presidente Consejo de la Magistratura

Provincia de Santa Fe

S/C 16815 Mar. 30 Ab. 1

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MINISTERIO DE SALUD


ORDEN Nº 28


Santa Fe, 14 MAR 2016

VISTO:

El expediente nº 00501-0125865-7 relacionado con el legajo 084-03902-8-22-12-10658 de renovación de la habilitación para funcionar conforme Ley Nº 9.847, modificatoria Nº 10.169, su reglamentación del establecimiento de salud con internación “SANATORIO PSIQUIATRICO NUESTRA SEÑORA DEL CARMEN” de la ciudad de Rosario, Departamento Rosario de la provincia de Santa Fe; y

CONSIDERANDO:

Que el establecimiento precitado renovó la Habilitó para funcionar por Orden nº 11 el 05 de Febrero de 2.013, bajo denominación e identificación de “Sanatorio Psiquiátrico Nuestra Señora del Carmen” – foja 131 y 132;

Que conforme lo manifestado por la Lic. C. M. Truscello y Arq. Gabriel Ortiz Auditores del Nodo Rosario, según Auditoría en Terreno realizada en fecha 25 de Enero de 2.016, “se constato que en el Sanatorio Psiquiátrico Nuestra Señora del Carmen sito en calle General Paz nº 5.450 de la ciudad de Rosario se encuentra cerrado y sin pacientes en su interior” fojas 153;.

Que por lo expuesto deviene procedente disponer la Baja del “Sanatorio Psiquiátrico Nuestra Señora del Carmen”;

Por ello, en virtud de las facultades conferidas a la Dirección

General de Auditoría Médica por Resolución Ministerial Nº 848/96;

El Director General de Auditoría Médica

O R D E N A:

1º. Dar de Baja al establecimiento de salud con internación “SANATORIO PSIQUIATRICO NUESTRA SEÑORA DEL CARMEN” ubicado en calle General Paz Nº 5.450 de la ciudad de Rosario, Departamento Rosario, Provincia de Santa Fe, en razón de haber cerrado según lo informado por la Lic. C. M. Truscello y Arq. Gabriel Ortiz Auditores del Nodo Rosario, según Auditoría en Terreno realizada al establecimiento.

2º. Dejar constancia en el expediente precitado de la medida adoptada precedentemente.

3º. Previa tramitación de estilo, archívese.

S/C 16840 Mar. 30 Mar. 31

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MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN


NOTIFICACION


Por el presente se hace saber al señor Sr. Hernán Luis PIANETTI BARONI que en los autos caratulados: “Sec. del Sist. Hídrico Forestal y Minero E/Acta de Infracción Nº 003946 Ley 12212. Art. 10 y 2 de la de la misma Ley Resol. 201/6 Sr.PIANETTI BARONI Hernan Luis”, se ha dictado la Resolución N° 1024 del 15 de septiembre de 2015, la cual en su parte pertinente establece: “Visto el Expediente. Nº 00701-0081669-4 del Sistema de Información de Expedientes, y CONSIDERANDO.. Por ello..“...ARTÍCULO 1°.- Sancionar al señor Hernán Luis PIANETTI BARONI, D.N.I Nº 27.954.695, con domicilio en zona urbana, de la localidad de San Justo, Departamento San Justo, Provincia de Santa Fe, con multa de un valor correspondiente a 4.000 M.T. (CUATRO MIL MÓDULOS TRIBUTARIOS), equivalentes a la fecha, a la suma de $ 400 (PESOS CUATROCIENTOS), y proceder al comiso definitivo de 1 red de 50 mts de longitud, por infracción al artículo 10 de la Ley Nº 12212, tenencia de especies de pescado fuera de medida reglamentaria; ARTÍCULO 2°.- El pago de la multa deberá hacerse efectivo dentro de los quince (15) días a partir de recibida la notificación fehaciente, mediante depósito bancario en la Cuenta Nº 9681/00 del Nuevo Banco de Santa Fe S.A., a nombre del Ministerio de la Producción. Realizado el pago deberá acreditarlo en la oficina de Caza y Pesca, sita en Aristóbulo del Valle Nº 8700 de Santa Fe. Dicho acto será el comprobante válido para la finalización de las actuaciones administrativas.- ARTÍCULO 3°.- Establecer que en caso de no hacerse efectivo el pago de la multa dispuesta en el artículo 1º, se requerirá la intervención de Fiscalía de Estado, a los efectos de proceder a su cobro por vía judicial.- ARTÍCULO 4º.- Dejar constancia en el Registro de Infractores correspondiente la infracción que se sanciona, en orden a lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley Nº 12212, modificado por el artículo 1 de la Ley Nº 12482.- ARTÍCULO 5º.- Regístrese, comuníquese y archívese.- Firmado: C.P.N. Carlos Alcides FASCENDINI – Ministro de la Producción”.. Además se hace saber que, conforme lo dispuesto por Ley Nº 12071, le asiste el derecho a interponer recurso en los términos del artículo 42º y siguientes del Decreto Nº 10204/58, dentro del plazo de diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente. Conforme al artículo 2° no tendrá validez la constancia de depósito que arroje un cajero automático, sin la verificación original de la entidad bancaria receptora. En consecuencia, queda Usted debidamente notificado. Atentamente.

S/C 16826 Mar. 30 Mar. 31

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NOTIFICACION


Por el presente se hace saber a la Sr. Claudio Cesar ZAMANDUZ, que en los autos caratulados: “Secretaría del Sistema Hídrico, Forestal y Minero E/Acta de Infracción Nº 006060 Ley N° 12212 Artículos 10 y 24 (Falta licencia pesca comercial y especie fuera de medida) Sr. ZAMANDUZ Claudio”, se ha dictado la Resolución Nº 765 de fecha 18 de agosto de 2015, la cual en su parte pertinente establece: Visto el Expediente Nº 00701-0087123-3 del Sistema de Información de Expedientes, y CONSIDERANDO:...... Por ello...“...EL MINISTRO DE LA PRODUCCIÓN R E S U E L V E: ARTÍCULO 1°.- Sancionar al señor Claudio Cesar ZAMANDUZ, D.N.I. Nº 29.206.710, con domicilio en El Leyes S/N°, localidad de Los Zapallos, Departamento Garay, Provincia de Santa Fe, con multa de un valor correspondiente a 10.000 M.T. (DIEZ MIL MÓDULOS TRIBUTARIOS), equivalentes a la fecha a la suma de $ 2.000 (PESOS DOS MIL), y proceder al comiso definitivo de 30 tarariras, por infracción a los artículos 24 y 10 de la Ley N° 12212, sin licencia habilitante para la pesca comercial y tenencia de especies de pescado fuera de medida reglamentaria.- ARTÍCULO 2º.- La suma a la que refiere el artículo 1° deberá depositarse a la orden del Ministerio de la Producción en la Cuenta N° 9681/00 del Nuevo Banco de Santa Fe S.A., dentro de los quince (15) días contados a partir de la notificación fehaciente de la presente. Realizado el pago deberá acreditarlo en la oficina de Caza y Pesca, sita en Aristóbulo del Valle N° 8700 de la ciudad de Santa Fe. Dicho acto será el comprobante válido para la finalización del acto administrativo.- ARTÍCULO 3º.- Establecer que en caso de no hacerse efectivo el pago de la multa dispuesta en el artículo 1º, se requerirá la intervención de Fiscalía de Estado, a los efectos de proceder a su cobro judicial.- ARTÍCULO 4º.- Dejar constancia en el Registro de Infractores correspondiente la infracción que se sanciona, en orden a lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley Nº 12212, modificado por el artículo 1 de la Ley Nº 12482.- ARTÍCULO 5º.- Regístrese, comuníquese y archívese.- Firmado: C.P.N Carlos Alcides FASCENDINI – Ministro de la Producción.-" . Además se hace saber que, conforme lo dispuesto por Ley Nº 12071, le asiste el derecho a interponer recurso en los términos del artículo 42º y siguientes del Decreto Nº 10204/58, dentro del plazo de diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente. Conforme al artículo 2° no tendrá validez la constancia de depósito que arroje un cajero automático, sin la verificación original de la entidad bancaria receptora.

S/C 16831 Mar. 30 Mar. 31

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NOTIFICACION


Por el presente se hace saber al señor Sr. Pablo José RANALDI que en los autos caratulados: “Sec. del Sist. Hídrico Forestal y Minero E/Acta de Infracción Nº 005288. Ley de pesca, art. 24, 10, 44 de la misma y art. 2 de Ley 12722. Sr. Pablo José RINALDI”, se ha dictado la Resolución N° 642 del 24 de julio de 2015, la cual en su parte pertinente establece: “Visto el Expediente. Nº 00701-0085485-6 del Sistema de Información de Expedientes, y CONSIDERANDO..Por ello..“...ARTÍCULO 1°.- Sancionar al señor Pablo José RANALDI, D.N.I. Nº 21.048.531, con domicilio en Ruta 1 Km 22 s/n, de la Localidad de Arroyo Leyes, Departamento Garay, Provincia de Santa Fe, con multa de un valor correspondiente a 8.000 M.T. (OCHO MIL MÓDULOS TRIBUTARIOS), equivalentes a la fecha, la suma de $ 8.000 (PESOS OCHOCIENTOS), y proceder al comiso definitivo de 1 red, 3 dorados, 1 surubí atigrado, 1 surubí pintado, por infracción a los artículos 10 y 44 de la Ley N° 12212, tenencia de especie de pescado fuera de medida reglamentaria, tenencia de arte de pesca fuera de medida reglamentaria, y tenencia de especie de pescado prohibida permanentemente (dorado).- ARTÍCULO 2º.- El pago de la multa deberá hacerse efectiva dentro de los quince (15) días a partir de recibida la notificación fehaciente, mediante depósito bancario en la cuenta Nº 9681/00 del Nuevo Banco de Santa Fe S.A., a nombre del Ministerio de la Producción. Realizado el pago deberá acreditarlo en la oficina de Caza y Pesca, sita en calle Aristóbulo del Valle Nº 8700 de la ciudad de la ciudad de Santa Fe. Dicho acto será el comprobante válido para la finalización de las actuaciones administrativas.- ARTÍCULO 3°.- Establecer que en caso de no hacerse efectivo el pago de la multa dispuesta en el artículo 1º, se requerirá la intervención de Fiscalía de Estado, a los efectos de proceder a su cobro por vía judicial.- ARTÍCULO 4º.- Dejar constancia en el Registro de Infractores correspondiente la infracción que se sanciona, en orden a lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley Nº 12212, modificado por el artículo 1 de la Ley Nº 12482.- ARTÍCULO 5º.- Regístrese, comuníquese y archívese.- Firmado: C.P.N. Carlos Alcides FASCENDINI – Ministro de la Producción”. Además se hace saber que, conforme lo dispuesto por Ley Nº 12071, le asiste el derecho a interponer recurso en los términos del artículo 42º y siguientes del Decreto Nº 10204/58, dentro del plazo de diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente. Conforme al artículo 2° no tendrá validez la constancia de depósito que arroje un cajero automático, sin la verificación original de la entidad bancaria receptora. En consecuencia, queda Usted debidamente notificado. Atentamente.

S/C 16828 Mar. 30 Mar. 31

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NOTIFICACION


Por el presente se hace saber al señor Sr. Juan Carlos PONCE que en los autos caratulados: “Sec. Sist. Hídrico Forestal y Minero E/ Acta de Infracción Nº 5511. Ley 12212 Sr. Juan Carlos PONCE. Poseer especie prohibida en forma permanente”, se ha dictado la Resolución N° 1073 del 21 de septiembre de 2015, la cual en su parte pertinente establece: “Visto el Expediente. Nº 00701-0083510-5 del Sistema de Información de Expedientes, y CONSIDERANDO..Por ello..“...ARTICULO 1°.- Sancionar al señor Juan Carlos PONCE, DNI Nº 17.432.142, con domicilio en Bella Vista s/n, Puerto local, de la localidad de Arroyo Seco, Departamento Rosario, Provincia de Santa Fe, con multa de un valor correspondiente a 7.000 M.T. (SIETE MIL MÓDULOS TRIBUTARIOS), equivalentes a la fecha, la suma de $ 700 (PESOS SETECIENTOS), y proceder al comiso definitivo de 7 dorados, 1 surubí, 20 kilogramos de filet, por infracción a los 10 de la Ley N° 12212 y artículo 2 de la Ley N° 12722, tenencia de especies de pescado fuera de medida reglamentaria (surubí) y tenencia de especies de pescado prohibida permanentemente (dorado).- ARTÍCULO 2º.-El pago de la multa deberá hacerse efectiva dentro de los quince (15) días a partir de recibida la notificación fehaciente, mediante depósito bancario en la cuenta Nº 9681/00 del Nuevo Banco de Santa Fe S.A., a nombre del Ministerio de la Producción. Realizado el pago deberá acreditarlo en la oficina de Caza y Pesca, sita en Aristóbulo del Valle Nº 8700 de la ciudad de Santa Fe. Dicho acto será el comprobante válido para la finalización de las actuaciones administrativas.- ARTICULO 3°.- Establecer que en caso de no hacerse efectivo el pago de la multa dispuesta en el artículo 1º, se requerirá la intervención de Fiscalía de Estado, a los efectos de proceder a su cobro por vía judicial.- ARTÍCULO 4º.- Dejar constancia en el Registro de Infractores correspondiente la infracción que se sanciona, en orden a lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley Nº 12212, modificado por el artículo 1º de la Ley Nº 12482 y artículo 64° del Decreto N°2410/04.- ARTÍCULO 5º.- Regístrese, comuníquese y archívese.- Firmado: C.P.N. Carlos Alcides FASCENDINI – Ministro de la Producción”. Además se hace saber que, conforme lo dispuesto por Ley Nº 12071, le asiste el derecho a interponer recurso en los términos del artículo 42º y siguientes del Decreto Nº 10204/58, dentro del plazo de diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente. Conforme al artículo 2° no tendrá validez la constancia de depósito que arroje un cajero automático, sin la verificación original de la entidad bancaria receptora. En consecuencia, queda Usted debidamente notificado. Atentamente.

S/C 16827 Mar. 30 Mar. 31

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NOTIFICACION


Por el presente se hace saber a la firma AEROAPLICACIONES SAN JAVIER, que en los autos caratulados: “Direc. Gral. de Sanidad Vegetal E/Acta de Inspección N° 12068 Ley N° 11273 Sres. Aeroaplic. San Javier – San Javier”, se ha dictado la Resolución Nº 628 de fecha 20 de julio de 2015, la cual en su parte pertinente establece: Visto el Expediente Nº 00701-0094418-2 del Sistema de Información de Expedientes, y CONSIDERANDO:...... Por ello...“...EL MINISTRO DE LA PRODUCCIÓN R E S U E L V E: ARTÍCULO 1°.- Sancionar con multa de $ 19.075 (PESOS DIECINUEVE MIL SETENTA Y CINCO) equivalente al valor de 1.750 litros de gas oil al precio fijado en el Decreto N° 2289/02, a la firma AEROAPLICACIONES SAN JAVIER propiedad del señor Pedro Marcelo AGUIRRE, con domicilio en Zona Rural de Colonia San José, Departamento San Javier de ésta provincia, por infracción a los artículos 4 y 11 de la Ley N° 11273 y artículo 7° inciso 3) del Anexo “A” del Decreto reglamentario N° 0552/97, según el Acta N° 12068 de fecha 11 de septiembre de 2013.- ARTÍCULO 2º.- La suma a que refiere el artículo 1° deberá depositarse a la orden del Ministerio de la Producción en la Cuenta Control Fitosanitario N° 19109-00 del Nuevo Banco de Santa Fe S.A., bajo apercibimiento de girar los antecedentes a Fiscalía de Estado para gestionar el cobro judicial.- ARTÍCULO 3º.- Comprobado el depósito, se trasferirá el cincuenta (50) por ciento del monto fijado en el artículo 1° de la presente, a la cuenta y orden de la Municipalidad de San Javier, a los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el último párrafo del artículo 27 de la Ley N° 11273.- ARTÍCULO 4º.- Emplazar a la infractora para que en el término de treinta (30) días de notificada la presente, adecúe su funcionamiento a las normas de la Ley N° 11273, Decreto Reglamentario N° 0552/97, bajo apercibimiento de gestionar su inhabilitación.-ARTÍCULO 5°.- Regístrese, comuníquese y archívese.- Firmado: C.P.N. Carlos Alcides FASCENDINI – Ministro de la Producción.-". Además se hace saber que, conforme lo dispuesto por Ley Nº 12071, le asiste el derecho a interponer recurso en los términos del artículo 42º y siguientes del Decreto Nº 10204/58, dentro del plazo de diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente.

S/C 16830 Mar. 30 Mar. 31

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NOTIFICACION


Por el presente se hace saber al señor Efrain Edgardo BOTELHO que en los autos caratulados: “Sec. del Sist. Hídrico Forestal y Minero E/Acta de Infracción Nº 004243 Ley 12212. Sr. Edgardo E BOTELHO. Ejercer la pesca en meses de veda” se ha dictado la Resolución N° 023 del 16 de enero de 2016, la cual en su parte pertinente establece: “Visto el Expediente. Nº 00701-0086646-0 del Sistema de Información de Expedientes, y CONSIDERANDO.... Por ello....“...EL MINISTRO DE LA PRODUCCIÓN R E S U E L V E: ARTICULO 1°.- Sancionar al señor Efrain Edgardo BOTELHO, DNI Nº 28.159.919, con domicilio en Barrio San Francisco Javier, de la localidad de San Javier, Departamento San Javier, Provincia de Santa Fe, con multa de un valor correspondiente a 6.000 M.T. (SEIS MIL MÓDULOS TRIBUTARIOS), equivalentes a la fecha, la suma de $ 600 (PESOS SEISCIENTOS), y proceder al comiso definitivo de 20 sábalos, 6 bogas 5 armados, 1 dientudo y 3 patí, por infracción al artículo 38 de la Ley N° 12212, sin licencia habilitante para el acopio de pescado.- ARTÍCULO 2º.-El pago de la multa deberá hacerse efectiva dentro de los quince (15) días a partir de recibida la notificación fehaciente, mediante depósito bancario en la cuenta Nº 9681/00 del Nuevo Banco de Santa Fe S.A., a nombre del Ministerio de la Producción. Realizado el pago deberá acreditarlo en la oficina de Caza y Pesca, sita en Aristóbulo del Valle Nº 8700 de la ciudad de Santa Fe. Dicho acto será el comprobante válido para la finalización de las actuaciones administrativas.- ARTICULO 3°.- Establecer que en caso de no hacerse efectivo el pago de la multa dispuesta en el artículo 1º, se requerirá la intervención de Fiscalía de Estado, a los efectos de proceder a su cobro por vía judicial.- ARTÍCULO 4º.- Dejar constancia en el Registro de Infractores correspondiente la infracción que se sanciona, en orden a lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley Nº 12212, modificado por el artículo 1º de la Ley Nº 12482.- ARTÍCULO 5º.- Regístrese, comuníquese y archívese.- Firmado: C.P.N. Carlos A. FASCENDINI Ministro de la Producción”.

Además se hace saber que, conforme lo dispuesto por Ley N° 12071, le asiste el derecho a interponer recursos en los términos del artículo 42° y siguientes del Decreto N° 10204/58, dentro del término de diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente

Conforme al artículo 2° no tendrá validez la constancia de depósito que arroje un cajero automático, sin la verificación original de la entidad bancaria receptora.

En consecuencia, queda Ud. debidamente notificado.

S/C 16829 Mar. 30 Mar. 31

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DIRECCION PROVINCIAL DE CONTRATACIONES Y

GESTION DE BIENES


DISPOSICIÓN Nº 059


Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”, 22 de Marzo de 2016.

V I S T O:

Los informes elevados por el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia, solicitando la inscripción de una (01) firma como nuevo proveedor y la renovación de antecedentes de otras; y

CONSIDERANDO:

Que dicho Registro manifiesta que las mismas han cumplido con los requisitos exigidos por el Decreto Nº 5100/55 y Disposición DPCyS Nº 221/09, quedando debidamente encuadradas en las disposiciones vigentes;

Que los distintos estamentos técnicos han tomado la respectiva intervención sin observaciones que formular;

Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes de los Decretos N° 5100/55 y 2479/09;

POR ELLO:

EL SUBDIRECTOR GENERAL DE

CONTRATACIONES A/C

D I S P O N E:

ARTÍCULO 1: Inscríbase en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a la siguiente firma: BIOTRAC S.A. CUIT Nº 30-71479197-0.

ARTÍCULO 2: Renuévese la inscripción en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: BIODYNAMICS S.R.L. CUIT N° 30-64710189-1; D.C.D. PRODUCTS S.R.L. CUIT N° 30-66393469-0; DROGUERIA LIDER S.R.L. CUIT N° 30-71001111-3; PHARMA G.B.G. S.A. CUIT N° 30-70855906-3.

ARTÍCULO 3: Regístrese, comuníquese y archívese.

S/C 16837 Mar. 30 Mar. 31

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DISPOSICIÓN Nº 061


Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”, 22-03-2016

V I S T O:

Los informes elevados por el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia, solicitando la renovación de antecedentes de varias firmas proveedores; y

CONSIDERANDO:

Que dicho Registro manifiesta que las mismas han cumplido con los requisitos exigidos por el Decreto Nº 5100/55 y Disposición DPCyS Nº 221/09, quedando debidamente encuadradas en las disposiciones vigentes;

Que los distintos estamentos técnicos han tomado la respectiva intervención sin observaciones que formular;

Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes de los Decretos N° 5100/55 y 2479/09;

POR ELLO:

EL SUBDIRECTOR GENERAL DE

CONTRATACIONES A/C

D I S P O N E:

ARTÍCULO 1: Renuévese la inscripción en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: AVANZAR S.R.L. CUIT Nº 30-67484634-3; COIRINI S.A. CUIT Nº 30-60042275-4; GRUPO PRIALIS S.R.L CUIT Nº 30-61535758-4; HERRERO RICARDO LUIS CUIT Nº 20-08106354-1; KETRA S.R.L. CUIT Nº 33-69456154-9; MEDISER S.R.L CUIT Nº 30-68546557-0; NESTOR TRIVISONNO S.R.L. CUIT Nº 30-68468343-4; “EXCEL COPIERS” de WENGER OSCAR EDUARDO CUIT Nº 20-13053236-6.

ARTÍCULO 2: Renuévese la inscripción en el Registro oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de doce (12) meses a partir de la presente a las siguientes firmas: “AMOBLAMIENTOS BARREIRA” de BARREIRA LEONARDO JAVIER CUIT Nº 20-25786457-0; CARE S.R.L. CUIT Nº 30-71107423-2

ARTÍCULO 3: Regístrese, comuníquese y archívese.

S/C 16833 Mar. 30 Mar. 31

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COMUNA DE PAVÓN


USUCAPIÓN ADMINISTRATIVA

(LEY NACIONAL 24320).


La Comuna de Pavón, departamento Constitución, Provincia de Santa Fe informa que instruye Usucapión administrativa en los términos de la Ley Nacional N° 24320, respecto de una fracción de terreno Designado como Lote 18 Manzana 26 Plano 80543/1974 Partida inmobiliaria 191900/415097/0337/7 Ubicado sobre calle Los Claveles, Entre calles Las Rosas y Los Gladiolos Superficie 400 m2, Empadronado a nombre de INCON SCA, que tiene las siguientes medidas: 10 m. de frente por 40 m. de fondo, entre los siguientes linderos: al noroeste lote 17, al sureste lote 19, al noreste Los Claveles, al suroeste lote 27 del barrio Rincón de Pavón, de este pueblo de Pavón, Departamento Constitución, Provincia de Santa Fe, y que es el lote designado como LL En el plano de mensura para adquisición por usucapión Duplicado n° 789 Constitución confeccionado por la Agrimensora Teresa Martín, expediente nº 13402- 1416717/7, dominio inscripto en Registro General de Rosario al tomo 147 folio 51, número 119920, departamento Constitución. Quienes aleguen derecho sobre dicho terreno, podrán deducir oposición adjuntando la documental pertinente y acreditante en la sede de la Comuna de Pavón, Provincia de Santa Fe, sita en Santa Fe n° 206 de esa localidad, de lunes a viernes de 8 a 12.30 hs., dentro de los diez (10) días hábiles administrativos posteriores a la fecha de la última publicación. Firmado José López, Presidente Comunal, Zulma Camelli, Secretaria.

S/C 286621 Mar. 30 Ab. 1

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La Comuna de Pavón, departamento Constitución, Provincia de Santa Fe informa que instruye Usucapión administrativa en los términos de la Ley Nacional N° 24320, respecto de una fracción de terreno Designado como Lote 27 Manzana 4 Plano 80543/1974 Partida inmobiliaria 191900/415097/0516 Ubicado sobre calle Av. Las Amapolas, Entre calles Las Magnolias y Los Claveles Superficie 400 m2, Empadronado a nombre de IN CON S.C.A, que tiene las siguientes medidas: 10 m. de frente por 40 m. de fondo, entre los siguientes linderos: al NOROESTE lote 12, al SURESTE Av. Las Amapolas, al NOReste lote 26, al SURoeste lote 28 Del barrio Rincón de Pavón, de este pueblo de Pavón, Departamento Constitución, Provincia de Santa Fe, y que es el lote designado como G En el plano de mensura para adquisición por usucapión Duplicado n° 785 Constitución confeccionado por la Agrimensora Teresa Martín, expediente n° 13402- 1401018/9, dominio inscripto en Registro General de Rosario al tomo 147 folio 51, número 119920, departamento Constitución Quienes aleguen derecho sobre dicho terreno, podrán deducir oposición adjuntando la documental pertinente y acreditante en la sede de la Comuna de Pavón, Provincia de Santa Fe, sita en Santa Fe n° 206 de esa localidad, de lunes a viernes de 8 a 12.30 hs., dentro de los diez (10) días hábiles administrativos posteriores a la fecha de la última publicación. Firmado José López, Presidente Comunal, Zulma Camelli, Secretaria.

S/C 286623 Mar. 30 Ab. 1

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La Comuna de Pavón, departamento Constitución, Provincia de Santa Fe informa que instruye Usucapión administrativa en los términos de la Ley Nacional N° 24320, respecto de una fracción de terreno Designado como Lote 33 Manzana 5 Plano 80543/1974 Partida inmobiliaria 191900/415097/0720 Ubicado sobre calle Los Azahares esquina Las Violetas hacia el suroeste, Superficie 312,3 m2 , Empadronado a nombre de IN CON SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES, que tiene las siguientes medidas y linderos, al Noreste 31,23 linda calle las Violetas, al sureste 10 mts. linda calle Los Azahares, al Noroeste 10 mts. linda lote 8 y al Suroeste 31,23 linda lote 34 Del barrio Rincón de Pavón, de este pueblo de Pavón, Departamento Constitución, Provincia de Santa Fe, Y que es el lote designado como G En el plano de mensura para adquisición por usucapión DUPLICADO n° 816 CONSTITUCIÓN confeccionado por la Agrimensora Teresa Martín, expediente n° 13402- 1441455/8, dominio inscripto en Registro General de Rosario al tomo 147 folio 51, número 119920, departamento Constitución. Quienes aleguen derecho sobre dicho terreno, podrán deducir oposición adjuntando la documental pertinente y acreditante en la sede de la Comuna de Pavón, Provincia de Santa Fe, sita en Santa Fe n° 206 de esa localidad, de lunes a viernes de 8 a 12.30 hs., dentro de los diez (10) días hábiles administrativos posteriores a la fecha de la última publicación. Firmado José López, Presidente Comunal, Zulma Camelli, Secretaria.-

S/C 286624 Mar. 30 Ab. 1

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La Comuna de Pavón, departamento Constitución, Provincia de Santa Fe informa que instruye Usucapión administrativa en los términos de la Ley Nacional Nº 24320, respecto de una fracción de terreno Lote 6 Manzana 4 Plano 80543/1974 Partida inmobiliaria 191900/415097/ 0276 Ubicado sobre calle Los Aromos a los 51 mts. de Las Margaritas hacia el noreste, Entre calles Los Claveles y Las Margaritas Superficie 400 m2, Empadronado a nombre de de PRIMUCCI NORBERTO y Otros, que tiene las siguientes medidas y linderos, al Noroeste 10,00 mts. linda calle Los Aromos, al sureste 10,00 mts. linda lote 33, al Noreste 40,00 mts. linda lote 7 y al Suroeste 40,00 linda lote 5 Del barrio Rincón de Pavón, de este pueblo de Pavón, Departamento Constitución, Provincia de Santa Fe, Y que es el lote designado como P En el plano de mensura para adquisición por usucapión DUPLICADO n° 780 CONSTITUCIÓN confeccionado por la Agrimensora Teresa Martín, expediente n° 13402- 1441452/5, dominio inscripto en Registro General de Rosario al tomo 180 folio 476/7, número 151866, departamento Constitución. Quienes aleguen derecho sobre dicho terreno, podrán deducir oposición adjuntando la documental pertinente y acreditante en la sede de la Comuna de Pavón, Provincia de Santa Fe, sita en Santa Fe n° 206 de esa localidad, de lunes a viernes de 8 a 12.30 hs., dentro de los diez (10) días hábiles administrativos posteriores a la fecha de la última publicación. Firmado José López, Presidente Comunal, Zulma Camelli, Secretaria.

S/C 286625 Mar. 30 Ab. 1

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La Comuna de Pavón, departamento Constitución, Provincia de Santa Fe informa que instruye Usucapión administrativa en los términos de la Ley Nacional N° 24320, respecto de una fracción de terreno Designado como “lote 5 “ de la Manzana 27, del plano n° 80543, partida inmobiliaria 191900- /415097/0403 y que se encuentra ubicado en calle Los Gladiolos entre Los Claveles y Las Magnolias y cuyas medidas son 10 mts. de frente al noroeste por 40 mts. de fondo y linda al suroeste con lote 4, al Sureste lote 10, al noroeste calle Los Gladiolos y al noreste lote 6 todo ello de acuerdo al plano duplicado 815, expediente 1441453-6 del S.C.I.T .-según el cual actualmente es el lote D con una superficie de 400 m2. empadronado a nombre de LITORAL SANTAFESINO S.A. dominio inscripto en Registro General de Rosario al tomo 212 folio 152, número 142613, departamento Constitución. Quienes aleguen derecho sobre dicho terreno, podrán deducir oposición adjuntando la documental pertinente y acreditante en la sede de la Comuna de Pavón, Provincia de Santa Fe, sita en Santa Fe n° 206- de esa localidad, de lunes a viernes de 8 a 12.30 hs., dentro de los diez (10) días hábiles administrativos posteriores a la fecha de la última publicación. Firmado José López, Presidente Comunal, Zulma Camelli, Secretaria

S/C 286618 Mar. 30 Ab. 1

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La Comuna de Pavón, departamento Constitución, Provincia de Santa Fe informa que instruye Usucapión administrativa en los términos de la Ley Nacional N° 24320, respecto de una fracción de terreno designado como: “4” de la Manzana 4, del plano no 80543, partida inmobiliaria 191900/415097-0702/3 y que se encuentra ubicado calle Los Aromos, entre Los Claveles y Las Margaritas, y cuyas medidas son 10 m. de frente por 40 m. de fondo y linda al Norte lote 5, al SUR lotes 3 y 40, al ESTE lote 35 y al OESTE Los Aromos, todo ello de acuerdo al plano duplicado 784, expediente 140101910 del S.C.I.T., según el cual actualmente es el lote E con una superficie de 400 m2., empadronado a nombre de PIANILLI IMPORTACIONES S.R.L. y dominio inscripto en el Registro General de Rosario al Tomo 182 Folio 418/426 n° 162582/583 Depto. Constitución Quienes aleguen derecho sobre dicho terreno, podrán deducir oposición adjuntando la documental pertinente y acreditante en la sede de la Comuna de Pavón, Provincia de Santa Fe, sita en Santa Fe n° 206 de esa localidad, de lunes a viernes de 8 a 12.30 hs., dentro de los diez (10) días hábiles administrativos posteriores a la fecha de la última publicación. Firmado José López, Presidente Comunal, Zulma Camelli, Secretaria.

S/C 286627 Mar. 30 Ab. 1

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La Comuna de Pavón, departamento Constitución, Provincia de Santa Fe informa que instruye Usucapión administrativa en los términos de la Ley Nacional N° 24320, respecto de una fracción de terreno Designado “lote 15” de la Manzana 22, del plano no 80543, partida inmobiliaria 191900-/415097/0837 y que se encuentra ubicado en calle Las Magnolias entre calles Los Gladiolos y Las Rosas y cuyas medidas son 10 mts. de frente al noreste por 40 mts. de fondo y linda con calle Las Magnolias, al Sureste lote 16, al suroeste lote 30 y al noroeste lote 14 todo ello de acuerdo al plano duplicado 818, expediente 1441450-3 del S.C.I.T .-según el cual actualmente es el lote A con una superficie de 400 m2. empadronado a nombre de LITORAL SANTAFESINO S.A. dominio inscripto en Registro General de Rosario al tomo 197 folio 1, número 200092, departamento Constitución. Quienes aleguen derecho sobre dicho terreno, podrán deducir oposición adjuntando la documental pertinente y acreditante en la sede de la Comuna de Pavón, Provincia de Santa Fe, sita en Santa Fe n° 206 de esa localidad, de lunes a viernes de 8 a 12.30 hs., dentro de los diez (10) días hábiles administrativos posteriores a la fecha de la última publicación. Firmado José López, Presidente Comunal, Zulma Camelli, Secretaria.

S/C 286615 Mar. 30 Ab. 1

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La Comuna de Pavón, departamento Constitución, Provincia de Santa Fe informa que instruye Usucapión administrativa en los términos de la Ley Nacional Nº 24320, respecto de una fracción de terreno Designado “lote 16” de la Manzana 27, del plano nº 80543, partida-inmobiliaria 191900-/415097/0836 y que se encuentra ubicado en calle Las Magnolias entre calles Los Gladiolos y Las Rosas y cuyas medidas son 10 mts. de frente al noreste por 40 mts. de fondo y linda con calle Las Magnolias, al Sureste lote 17, al suroeste lote 29 y al noroeste lote 15 todo ello de acuerdo al plano duplicado 818 expediente 1441450-3 del S.C.I.T .-según el cual actualmente es el lote B con una superficie de 400 m2. empadronado a nombre de LITORAL SANTAFESINO S.A. dominio inscripto en Registro General de Rosario al tomo 197 folio 1, número 200092, departamento Constitución. Quienes aleguen derecho sobre dicho terreno, podrán deducir oposición adjuntando la documental pertinente y acreditante en la sede de la Comuna de Pavón, Provincia de Santa Fe, sita en Santa Fe no 206 de esa localidad, de lunes a viernes de 8 a 12.30 hs., dentro de los diez (10) días hábiles administrativos posteriores a la fecha de la última publicación. Firmado José López, Presidente Comunal, Zulma Camelli, Secretaria.

S/C 286616 Mar. 30 Ab. 1

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La Comuna de Pavón, departamento Constitución, Provincia de Santa Fe informa que instruye Usucapión administrativa en los términos de la Ley Nacional N° 24320, respecto de una fracción de terreno Designado “lote 27” de la Manzana 27, del plano no 80543, partida inmobiliaria 191900-/415097/0843 y que se encuentra ubicado en calle Los Claveles entre calles Los Gladiolos y Las Rosas y cuyas medidas son 10 mts. de frente al suroeste por 40 mts. de fondo y linda con calle Los Claveles, al Sureste lote 26, al noreste lote 18 y al noroeste lote 28 todo ello de acuerdo al plano duplicado 818, expediente 1441450-3 del S.C.I.T .-según el cual actualmente es el lote C con una superficie de 400 m2. empadronado a nombre de LITORAL SANTAFESINO S.A. dominio inscripto en Registro General de Rosario al tomo 197 folio 1, número 200092, departamento Constitución. Quienes aleguen derecho sobre dicho terreno, podrán deducir oposición adjuntando la documental pertinente y acreditante en la sede de la Comuna de Pavón, Provincia de Santa Fe, sita en Santa Fe n° 206 de esa localidad, de lunes a viernes de 8 a 12.30 hs., dentro de los diez (10) días hábiles administrativos posteriores a la fecha de la última publicación. Firmado José López, Presidente Comunal, Zulma Camelli, Secretaria

S/C 286617 Mar. 30 Ab. 1

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