COMUNA DE PIÑERO
APERTURA REGISTRO OPOSICION
Motivo: aporte por contribución de mejoras para la obra de Gas Natural en planta Urbana de Piñero.
Destinatarios: Contribuyentes comprendidos dentro de la planta urbana.
Fecha: desde el 10 de diciembre 2010 al 10 de enero de 2011.
Lugar: Comuna de Piñero - S. Pacheco y 9 de Julio - Tel. 03402 - 461151/461735
Horario: de lunes a viernes de 7:30 a 12 horas.
$ 150 122867 Dic. 29 En. 12
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SECRETARIA DE TECNOLOGIA PARA LA GESTION
RESOLUCION Nº 0118
Santa Fe, 22 de diciembre de 2010.
VISTO:
El Expediente N° 00401-0201516-6 del Sistema de Información de Expedientes, mediante el cual la Sectorial de Informática del Ministerio de Educación gestiona autorización para utilizar software propietario; y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Provincial N° 12.360, referida al uso de software libre, expresa en su Título IV - Excepciones -, Artículo 4° "La Autoridad de Aplicación será el encargado de establecer los casos en que podrá utilizarse software propietario...", atribución que fuera encomendada al Ministerio de Hacienda y Finanzas, en el Título III - Autoridad de Aplicación - Artículo 3°;
Que la ley N° 12.817, en su articulo 17°, incisos 30 y 31, asigna al Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado las competencias específicas de entender en la definición y gestión de los estándares tecnológicos, procesos y procedimiento aplicables a la mejora de la gestión y a la incorporación de las Nuevas tecnologías de la información y de las Comunicaciones (TICS) y de entender en la formulación y desarrollo de políticas informáticas;
Que a los fines del desarrollo de las competencias que se le asignan al Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado se aprobó su organigrama funcional por Decreto N° 0038/07, creándose diversos órganos intraministeriales y entre ellos, la Secretaría de Tecnologías para la Gestión bajo la dependencia directa e inmediata de su titular;
Que el Decreto N° 0205/07, en su Artículo 1° transfiere a la órbita de la Secretaria de Tecnologías para la Gestión del Ministerio de Gobierno y Reforma del estado a la Dirección General de Informática dependiente del ex Ministerio de Hacienda y Finanzas;
Que la autorización solicitada por la Sectorial de Informática del Ministerio de Educación es para el uso de cuatro (4) licencias del software ORACLE Database Standard Edition las cuales 2 (dos) son para el servidor que soportará el datawarehouse del aplicativo; Sistema de gestión ejecutiva) y las otras 2 (dos) son para instalar en el servidor proxi que permitirá el acceso a Base de datos Oracle en Intranet desde PHP en Internet, y que la gestión de compra se realizará por este mismo expediente;
Que las aplicaciones ISIEME y SIGAE Web ya existen, y al momento de la promulgación de la Ley 12.360 ya se encontraban en uso desde hace años, realizadas con herramientas de desarrollo Oracle y soportadas en bases de datos Oracle, requiriendo para su actualización y mantenimiento el software que es motivo de esta excepción;
Que a los efectos de cumplimentar con lo normado por la Ley 12360 y el Decreto 1820/2005 en el Artículo 6to. de este último, la Sectorial de Informática presentó en su inventario de sistemas el software que se utilizó oportunamente para desarrollar estas aplicaciones;
Que el Decreto 1820/2005 establece en el Art. 4° inciso -b- "En aquellas situaciones que se trate de sistemas heredados, cuya migración a un software que se ajuste a la presente Ley, requiera un esfuerzo desmedido...", que es el caso en el que se enmarca este pedido de excepción;
Que en cuanto a política informática la Provincia mantiene desde hace varios años la utilización preferente del software libre, lo que ha permitido la elaboración de diversas aplicaciones informáticas que comprenden varios miles de programas, que se encuentran hoy instalados en diversos Organismos que desarrollan sus actividades en toda la Administración.
Que esta tecnología ha creado un notable grado de independencia y autonomía con relación a los productos propietarios y consecuentemente de sus proveedores y si bien requiere de una significativa inversión en capacitación, en el largo plazo redundará en importantes ahorros de recursos para el Estado Provincial;
Que si bien aun se mantiene una gran cantidad de programas y sistemas propietarios heredados, tal cuestión obedece a que las funcionalidades cubiertas por los mismo no pueden ser abandonadas ni convertidas en el corto plazo, no obstante lo cual la Secretaría de Tecnologías para la Gestión recomienda enfáticamente la elaboración de planes de migración que faciliten la transición de la situación actual a una que se ajuste a la legislación vigente en el mas corto lapso de tiempo posible;
Que los planes de migración deben permitir superar las limitaciones existentes en materia de software libre dando la solución adecuada a las necesidades actuales sin condicionar, modificar o contradecir la política general fijada para el sector y ya en ejecución, dirigida a sustituir los modelos denominados propietarios por otros que brinden la más amplia libertad de su utilización a la Provincia;
Que conforme lo expuesto, se considera procedente autorizar a la Sectorial de Informática del Ministerio de Educación en carácter de excepción, a adquirir y usar el software propietario peticionado;
Por ello;
EL SECRETARIO DE TECNOLOGIAS PARA LA GESTION
RESUELVE:
ARTICULO 1° - Autorizar a la Sectorial de informática del Ministerio de Educación a utilizar software propietario de conformidad al siguiente detalle:
ORACLE Database Standard Edition, cuatro (4) Licencias.
ARTICULO 2° - Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
Ing. JAVIER ECHANIZ
Secretario de Tecnologías
para la Gestión
S/C 5685 Dic. 29
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RESOLUCION Nº 0119
Santa Fe, 22 de diciembre de 2010.
VISTO:
El Expediente Nº 00301-0062130-4 del Sistema de Información de Expedientes, mediante el cual la Sectorial de informática del Ministerio de Economía de la Provincia de Santa Fe gestiona autorización para utilizar software propietario; y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Provincial N° 12.360, referida al uso de software libre, expresa en su Título IV - Excepciones -, Artículo 4° "La Autoridad de Aplicación será el encargado de establecer los casos en que podrá utilizarse software propietario...", atribución que fuera encomendada al Ministerio de Hacienda y Finanzas, en el Título III - Autoridad de Aplicación - Artículo 3°;
Que la ley N° 12.817, en su artículo 17°, incisos 30 y 31, asigna al Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado las competencias específicas de entender en la definición y gestión de los estándares tecnológicos, procesos y procedimiento aplicables a la mejora de la gestión y a la incorporación de las Nuevas tecnologías de la Información y de las Comunicaciones (TICS) y de entender en la formulación y desarrollo de políticas informáticas;
Que a los fines del desarrollo de las competencias que se le asignan al Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado se aprobó su organigrama funcional por Decreto N° 0038/07, creándose diversos órganos intraministeriales y entre ellos, la Secretaría de Tecnologías para la Gestión bajo la dependencia directa e inmediata de su titular;
Que el Decreto N° 0205/07, en su Artículo 1° transfiere a la órbita de la Secretaría de Tecnologías para la Gestión del Ministerio de Gobierno y Reforma del estado a la Dirección General de Informática dependiente del ex Ministerio de Hacienda y Finanzas;
Que la autorización solicitada por la Sectorial de Informática del Ministerio de Economía de la Provincia de Santa Fe, está relacionada con la solicitud de adquisición de quince (15) licencias de MS Windows última versión en español, que se gestionan en el expediente 00301-0061584-2.
Que sobre las licencias de MS Windows, siempre a tenor de cumplir con la Ley Nº 12360, el motivo por el que se podría autorizar la excepción es el establecido en el Art. 4° inciso -b- "En aquellas situaciones que se trate de sistemas heredados... del Decreto N° 1820/2005;
Que en cuanto a política informática la Provincia mantiene desde hace varios años la utilización preferente de software libre, lo que ha permitido la elaboración de diversas aplicaciones informáticas que comprenden varios miles de programas, que se encuentran hoy instalados en diversos Organismos que desarrollan sus actividades en toda la Administración.
Que esta tecnología ha creado un notable grado de independencia y autonomía con relación a los productos propietarios y consecuentemente de sus proveedores y si bien requiere de una significativa inversión en capacitación, en el largo plazo redundara en importantes ahorros de recursos para el Estado Provincial;
Que si bien aun se mantiene una gran cantidad de programas y sistemas propietarios heredados, tal cuestión obedece a que las funcionalidades cubiertas por los mismo no pueden ser abandonadas ni convertidas en el corto plazo, no obstante lo cual la Secretaria de Tecnologías para la Gestión recomienda enfáticamente la elaboración de planes de migración que faciliten la transición de la situación actual a una que se ajuste a la legislación vigente en el más corto lapso de tiempo posible;
Que los planes de migración deben permitir superar las limitaciones existentes en materia de software libre dando la solución adecuada a las necesidades actuales sin condicionar, modificar o contradecir la política general fijada para el sector y ya en ejecución, dirigida a sustituir los modelos denominados propietarios por otros que brinden la mas amplia libertad de su utilización a la Provincia;
Que conforme lo expuesto, se considera procedente autorizar a la Sectorial de Informática del Ministerio de Economía de la Provincia de Santa Fe en carácter de excepción, a adquirir y usar el software propietario peticionado;
Por ello:
EL SECRETARIO DE TECNOLOGIAS PARA LA GESTION
RESUELVE:
ARTICULO 1°.- Autorizar a la Sectorial de Informática del Ministerio Economía de la Provincia de Santa Fe, a utilizar software propietario de conformidad al siguiente detalle:
- MS Windows, última versión en español, quince (15) licencias.
ARTICULO 2°.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
Ing. JAVIER ECHANIZ
Secretario de Tecnologías
para la Gestión
S/C 5686 Dic. 29
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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
RESOLUCION Nº 0512
SANTA FE, "Cuna de la Constitución Nacional"
VISTO:
El expediente Nº 02001-0008756-5, del Registro del Sistema de Información de Expedientes - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS -, relacionado con el pedido de A.T.E. – sección Rosario – para prorrogar el período de inscripción en el procedimiento de selección de acompañantes juveniles establecido en la Resolución Nº 0429/10; y;
CONSIDERANDO:
Que el Secretario General Adjunto de la Asociación Trabajadores del Estado -A.T.E.- solicita prórroga del período de inscripción para el proceso de selección de acompañantes juveniles para desempeñarse en el I.R.A.R. dependiente de la Dirección Provincial de Justicia Penal Juvenil;
Que en este sentido, argumenta que el personal contratado del mencionado Instituto no ha podido presentar la documentación en tiempo y forma;
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos se ha expedido mediante dictamen Nº 0756 de fecha 16 de diciembre de 2010;
Que se meritua como necesaria la prórroga del período de inscripción oportunamente dispuesto por la Resolución Nº 0429/10, atendiendo al pedido de la señalada Entidad Gremial;
POR ELLO:
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º: Modificar el Anexo II de la Resolución Nº 429/10, ampliando los plazos de inscripción desde la publicación de la presente – por los medios previstos en la normativa – hasta el 30 de diciembre de 2010.
ARTICULO 2º: Regístrese, comuníquese, publíquese, remítase copia de las actuaciones a la Subsecretaría de Inclusión para Personas con Discapacidad dependiente del Ministerio de Salud, comuníquese a la U.P.C.N., Seccional Rosario y A.T.E. Consejo Directivo Provincial Rosario y archívese.
Dr. Héctor Superti
Ministro de Justicia
y Derechos Humanos
S/C 5687 Dic. 29
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Administración Federal de
Ingresos Públicos
(A.F.I.P.)
REMATE POR
MIRTHA N. CARDINALETTI
Por disposición de la Administración Federal de Ingresos Públicos (A.F.I.P.), con intervención del Juzgado Federal N° 2-F de Rosario, a cargo de la Dra. Sylvia Aramberri, Secretaria del Dr. Luis Chede, se hace saber que en los autos caratulados "FISCO NACIONAL (A.F.I.P.) c/ CARBONARI LUIS HECTOR s/ EJECUCION FISCAL", Exp.N° 41.807-F, Boleta de Deuda N° 40.124/08, se ha dispuesto que la Martillera Mirtha Nora Cardinaletti venda en pública subasta el día 15 de Febrero de 2011, a las 16,30 horas, la que se llevará a cabo en la Asociación de Martillero de Rosario, sita en calle Entre Rios Nº 238, y donde se encontrará expuesta la bandera de remate, lo siguiente que según titulo se describe así: La parte proindivisa proporcional del terreno, de las cosas comunes y la Unidad Cochera "A-07" del Edificio "Binian III", Avenida Pellegrini Nº 742/746/748/750, ubicada en la planta primer subsuelo del edificio. Encierra una superficie total de bienes de propiedad exclusiva de 8,60 m2., y una superficie de bienes de propiedad común de 14,59 m2., correspondiéndole un valor proporcional con relación al conjunto del inmueble de 0,55 %.- INSCRIPCION DOMINIO Tº 803 Fº 302 Nº 146.289 DPTO. ROSARIO P.H.- Informe del Reg. Gral. de Propiedades: Consta inscripto el dominio a nombre del demandado, no registrándose hipotecas, pero si lo siguiente: Embargos: Al Tº 115 E Fº 8235 Nº 396.883 del 26.10.2006 por $ 1.434,29 o/Juz.Ejec.Civil 2º Nom. Rosario, Exp.Nº 895/2000, autos "Municipalidad de Rosario c/Carbonari, Luis Hector s/ Apremio"; y Al Tº 117 E Fº 2670 Nº 343.817 del 16.05.2008 por $ 61.812,28.- o/los presentes autos; e Inhibiciones: Al Tº 118 I Fº 11276 Nº 405.294 del 20.11.06 por $ 60.242,54 o/Juz.Federal Nº 1-S, Exp.Nº 40.926/2003, autos "Fisco Nac. (DGI) c/Carbonari Libero y Carbonari Luis Hector s/Ejec. Fiscal"; Al Tº 120 I Fº 5938 Nº 360.113 del 02.07.2008 por $ 72.000 o/Juz. Civil, Comercial y Laboral Nº 1, Cda. de Gómez, Exp.Nº 679/2002, autos "Bco. de la Nación Argentina Fiduciario del Fideicomiso Bisel c/Carbonari Libero y otros s/Demanda Ejecutiva; Al Tº 120 I Fº 10954 Nº 404.037 del 05.11.2008 por $ 24.000 o/Juz. Civil, Comercial y Laboral Nº 1, Cda. de Gómez, Exp.Nº 653/2003, autos "Bco. de la Nacion Argentina Fiduciario del Fideicomiso Bisel c/Carbonari Silvio y Otros s/Demanda Ejecutiva"; y Al Tº 120 I Fº 122739 Nº 422.290 del 29.12.2008 por $ 3.000 o/Juz. de Ejecución Civil 2º Nom. Rosario, Exp.Nº 3443/2002, autos "La Segunda Coop. Ltda.. de Seguros Grales. c/Carbonari Luis s/Juicio Ejecutivo".- Saldrá a la venta con la condición de "Desocupado", con la Base de $ 40.000.- Si por la Base no hubiere postores saldrá nuevamente a la venta con una Retasa del 25 % de la Base o sea $ 30.000.- y de persistir la falta de oferentes por la Retasa la subasta se declarará desierta.- El que resulte comprador deberá abonar en el acto de subasta el 20 % del precio de compra como seña, con mas el 3 % de comisión a la Martillera, todo en efectivo o cheque certificado de plaza.- El saldo de precio de compra deberá ser depositado judicialmente dentro de los cinco días de notificado el auto aprobatorio de la subasta, en el Banco de la Nación Argentina de Rosario, Sucursal 3020, a la orden del Juzgado y para los presentes autos.- Obran agregados en autos acta de constatación del inmueble y fotocopias del título de propiedad a disposición de los interesados, acotándose que luego de la subasta no se aceptaran reclamaciones por insuficiencias o faltas de cualquier naturaleza. Todos los impuestos, tasas, servicios, expensas comunes y/o contribuciones que se adeudaren, como así también los gastos de transferencia de dominio e I.V.A. si correspondiere serán a cargo de los compradores.- Para el caso de compra en comisión el adquirente deberá designar en el acto de remate la identidad de la persona por la que adquiere, acompañando la autorización para tal actuación, estableciéndose el término de 3 días para la ratificación por la persona indicada, o en su defecto se lo tendrá por adjudicatario definitivo y deberá acreditar su condición ante la A.F.I.P. con fotocopia de la documentación pertinente. De resultar inhábil el día designado para la subasta la misma se realizara al día siguiente hábil a la misma hora y en el mismo lugar.- El inmueble será exhibido el día 14 de Febrero de 2011 de 10 a 12 horas.- En cumplimiento de la Resolución Gral. de la A.F.I.P. se deja constancia que el N° de C.U.I.T. del ejecutado es 20-06177116-7 y de la Martillera C.U.I.T. 27-04292229-9 (Monotributista).- Todo lo que se hace saber a los efectos que por derecho hubiere lugar. Rosario, 16 de Diciembre de 2010. Fdo.: Dra. Marisa Giordano de Camiletti (Agente Fiscal de la A.F.I.P.). Todo conforme Ley Nac. 25.239 y su modificatoria Decreto 65/2005.-
S/C 122999 Dic. 29 Dic. 30
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REMATE POR
MIRTHA N. CARDINALETTI
Por disposición de la Administración Federal de Ingresos Públicos (A.F.I.P.), con intervención del Juzgado Federal N° 1-A de Rosario, a cargo del Dr. Hector Zucchi, Secretaria de la Dra. Mercedes Andrada, se hace saber que en los autos caratulados "FISCO NACIONAL (A.F.I.P.) c/ AESCHLIMANN HORACIO DANIEL s/ EJECUCION FISCAL", Exp.N° 39.726-A, Boleta de Deuda N° 40.174/02, se ha dispuesto que la Martillera Mirtha Nora Cardinaletti venda en pública subasta el día 09 de Febrero de 2011, a las 14,30 horas, la que se llevará a cabo en el local cedido sito en Bv.Balcarce 946 de la ciudad de Cañada de Gómez, Pcia. de Santa Fe, y donde se encontrará expuesta la bandera de remate, lo siguiente: Un lote de terreno baldío, sito en calle Derqui s/nº, entre las calles La Rioja y Tucumán de la ciudad de Cañada de Gómez, Pcia. de Sta.Fe., Dpto. Iriondo, ubicado a los 59,83 m. hacia el Oeste de la esquina de Derqui y Tucumán y según Plano Nº 143.606 del año 2.000, se designa como Lote Cinco-A de la manzana Nº 226 N y. se compone de 23,18 m. de frente al Sud, por 52,30 m. de fondo, lindando: al Sud con calle Derqui, al Oeste con propiedad de Anselmo Broglia y otros, al Norte con mas terreno del mismo propietario, y al Este con la fracción numero "Cinco-B" del mismo plano y manzana antes citados. Encierra una superficie total de 1.212,31 m2. INSCRIPCION DOMINIO Tº 276 Fº 29 bis 9 Nº 333.114 DPTO. IRIONDO.- Informe del Reg. Gral. de Propiedades: Consta inscripto el dominio a nombre del demandado, no registrándose hipotecas, pero si lo siguiente: Embargo: Al Tº 119 E Fº 3707 Nº 368.568 del 25.08.2010 por $ 479.539,68 o/los presentes autos; e Inhibiciones: Al Tº 121 I Fº 10.363 Nº 389.169 del 12.11.09 por $ 230.000.- o/Juz.Federal Nº 2-B de Rosario, Exp.Nº 95/2008, autos "Carbonari Sandra Mariela y Ots. s/ Evasión Fiscal – Ley 24.769"; Al Tº 122 I Fº 283 Nº 308.959 del 04.02.2010 por $ 995.284,90 o/Juz.Federal Nº 2-B de Rosario, Exp.Nº 4241/1999, autos "Fis.Nac. (AFIP) c/ Comercial Ancona S.H. s/ Ejec. Fiscal; y Al Tº 122 I Fº 3408 Nº 328.959 del 21.04.2010 por $ 479.539,68 o/los presentes autos.- Saldrá a la venta con la condición de "Desocupado", con la Base de $ 90.000.- Si por la Base no hubiere postores saldrá nuevamente a la venta con una Retasa del 25 % de la Base o sea $ 67.500.- y de persistir la falta de oferentes por la Retasa la subasta se declarará desierta.- El que resulte comprador deberá abonar en el acto de subasta el 10 % del precio de compra como seña, con mas el 3 % de comisión a la Martillera, todo en efectivo o cheque certificado de plaza. El saldo de precio de compra deberá ser depositado judicialmente dentro de los cinco días de notificado el auto aprobatorio de la subasta., en el Banco de la Nación Argentina de Rosario, Sucursal 3020, a la orden del Juzgado y para los presentes autos.- Obran agregados en autos acta de constatación del inmueble, fotocopia de la Hijuela Segunda – Transferencia por Sucesión, que corresponde a la inscripción del dominio a nombre del ejecutado, como suficiente titulo de propiedad, fotocopia del plano de mensura y fotocopia de la declaratoria de herederos, a disposición de los interesados, acotándose que luego de la subasta no se aceptaran reclamaciones por insuficiencias o faltas de cualquier naturaleza. Todos los impuestos, tasas, servicios y/o contribuciones que se adeudaren, como así también los gastos de transferencia de dominio e I.V.A. si correspondiere serán a cargo del comprador.- Para el caso de compra en comisión el adquirente deberá designar en el acto de remate la identidad de la persona por la que adquiere, acompañando la autorización para tal actuación, estableciéndose el término de 3 días para la ratificación por la persona indicada, o en su defecto se lo tendrá por adjudicatario definitivo y deberá acreditar su condición ante la A.F.I.P. con fotocopia de la documentación pertinente. De resultar inhábil el día designado para la subasta la misma se realizara al día siguiente hábil a la misma hora y en el mismo lugar.- Para la exhibición y mayores informes comunicarse con la Martillera Te. 0341-4402392 (de tarde).- En cumplimiento de la Resolución Gral. de la A.F.I.P. se deja constancia que el N° de C.U.I.T. del ejecutado es 20-12256204-3 y de la Martillera C.U.I.T. 27-04292229-9 (Monotributista).- Todo lo que se hace saber a los efectos que por derecho hubiere lugar. Rosario, 16 de Diciembre de 2010. Fdo.: Dra. Marisa Giordano de Camiletti (Agente Fiscal de la A.F.I.P.). Todo conforme Ley Nac. 25.239 y su modificatoria Decreto 65/2005.-
S/C 123000 Dic. 29 Dic. 30