picture_as_pdf 2004-12-29

REGISTRADA BAJO EL Nº 12394

 

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE

SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y :

 

ARTÍCULO 1.- Apruébase en todos sus términos el Convenio y Anexo suscriptos el día 04 de Agosto de 2003 entre el Banco de la Nación Argentina y el gobierno de la provincia de Santa Fe, representado por el entonces Ministro de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio, actual Ministerio de la Producción, con el objeto de establecer una línea de crédito especial con destino al sector ganadero de la provincia de Santa Fe.

Dicho Convenio y Anexo fue aprobado por decreto 2847/03 e inscripto en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales el 11-08-03, bajo el 1795, Folio 99, Tomo IV, que se agrega como anexo y forma parte de esta ley.

 

ARTICULO 2.-Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS TREINTA DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CUATRO.

Edmundo Carlos Barrera

Presidente

Cámara de Diputados

María Eugenia Bielsa

Presidenta

Cámara de Senadores

Marcos Corach

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

Ricardo Paulichenco

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores

 

DECRETO Nº 2774

 

SANTA FE, 21 dic 2004

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

V I S T O :

La aprobación de la Ley que antecede Nro. 12.394 efectuada por la H. Legislatura;

D E C R E T A :

Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.

OBEID

Roberto Armando Ceretto

 

La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto - 3 de Febrero 2649 2° Piso - Santa Fe Tel.0342-4506607 - e-mail:ditecleg@arnet.com.ar

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