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TRIBUNAL COLEGIADO


Por el presente se hace saber que por disposición del Juez de tramite del Tribunal Colegiado de Familia Número Cinco, Primera Secretaría de la ciudad de Santa Fe, en autos caratulados LONGO, LIDIA BEATRIZ c/VENTIMIGLIA, ALDO ALFONSO s/Divorcio Vincular; (Expte. Nº 1112 - CUIJ 21-10561113-4 - Año: 2012), se ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 23 de Noviembre de 2012. Hágase saber que ha sido designado Juez de Trámite el Dr. Alejandro Azvalinsky (Art. 543 C.P.C.C.). Notifíquese. Fdo.: Dr. Alejandro Azvalinky - Juez; Dra. Adriana Lorena Benítez - Secretaria. Otro Decreto: Santa Fe, 10 de Noviembre de 2015. Atento a la entrada en vigencia del Código Civil y Comercial de la Nación (t.o. ley 26.994), declárese abstracta la pretensión de divorcio vincular introducida en el presente proceso (Art. 436 y ss. del citado cuerpo normativo). En consecuencia, téngase por interpuesta petición de Divorcio y formulada propuesta reguladora. De la petición de divorcio formulada por Lidia Beatriz María Longo y lo manifestado en relación a atribución, distribución de bienes, compensaciones económicas y prestaciones alimentarias, hágase saber a Aldo Alfonso Ventimiglia. Notifíquese. con transcripción del Art. 438 del Código Civil y Comercial. Notifíquese. Fdo.: Dr. Alejandro Azvalinsky - Juez; Dr. Carlos Molinari - Secretario. Otro Decreto: Santa Fe, 5 de Noviembre de 2018. Agréguense. Téngase presente lo manifestado. A los fines y en la forma solicitada, publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL y hall de este tribunal. Notifíquese. Fdo.: Dr. Alejandro Azvalinsky - Juez; Dr. Carlos Molinari - Secretario. Artículo 438 del C.C.C.N.: Requisitos y procedimiento del divorcio: Toda petición de divorcio debe ser acompañada de una propuesta que regule los efectos derivados de éste; la omisión de la propuesta impide dar trámite a la petición. Si el divorcio es peticionado por uno solo de los cónyuges, el otro puede ofrecer una propuesta reguladora distinta. Al momento de formular las propuestas, las partes deben acompañar los elementos en que se fundan; el juez puede ordenar, de oficio o a petición de las partes, que se incorporen otros que se estiman pertinentes. Las propuestas deben ser evaluadas por el juez, debiendo convocar a los cónyuges a una audiencia. En ningún caso el desacuerdo en el convenio suspende el dictado de la sentencia de divorcio. Sí existe desacuerdo sobre los efectos del divorcio, o si el convenio regulador perjudica de modo manifiesto los intereses de los integrantes del grupo familiar, las cuestiones pendientes deben ser resueltas por el juez de conformidad con el procedimiento previsto en la ley local. Se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y en el hall de planta baja de estos Tribunales. Santa Fe, 20 de Noviembre de 2018. Carlos Molinari, secretario.

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Por disposición de la Sra. Jueza del Trámite del Tribunal Colegiado de Familia N° 5 de Santa Fe, Dra. Mariana Herz, 2da. Secretaría, en los autos caratulados Expte. CUIJ Nº 21-10702520-8. SDNAF (SPINELLI J.L. y Otros) s/Control de Legalidad, se notifica a la Sra. María Ester Acosta D.N.I. N° 40.121.966, con domicilio desconocido, lo dispuesto en autos: Santa Fe, 3 de Agosto de 2018. Autos y Vistos:... Y Considerando:... Resuelve: 1°) Disponer la Privación de la Responsabilidad Parental de la Sra. María Ester Acosta, respecto de sus hijos menores de edad llamados Juan Luis Spinelli, María Luisa Spinelli y Sergio Daniel Spinelli, a su progenitora. 2) Notifíquese la presente a la Sra. Defensora General. Protocolícese, agréguese copia, notifíquese en los términos del Art. 66 de la ley 12.967. Oportunamente archívese. Fdo: Mariana Herz, Jueza; Carlos Molinari, Secretario a/c. Santa Fe, 25 de Octubre de 2018. Agréguese la cédula sin diligenciar que se acompaña, y téngase presente lo manifestado. Atento lo solicitado y constancias de autos, procédase a notificar a la Sra. María Ester Acosta, por edictos, conforme lo normado por el artículo 73 del C.P.C.C. Notifíquese. Fdo:. Mariana Herz, Jueza; Patricia Ebenegger, Secretaria. 8 de Noviembre de 2018.

S/C 27109 Nov. 28 Dic. 3

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


Por así estar dispuesto en los autos MENEGAZZO JESUAN ALBERTO s/Quiebra; (Expte. Nº 21-02002203-2), el Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena, ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 20 de Noviembre de 2018. Autos y Vistos:...; Considerando:...; Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Menegazzo Jesuan Alberto, apellido materno Sandrigo, argentina, D.N.I. Nº 35.654.043, CUIL Nº 2035654043-4, mayor de edad, empleado, domiciliado realmente en Padre Genesio 3301, de esta ciudad de Santa Fe y legal en calle Angel Cassanello 680 de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar al deudor para que cumplimente los requisitos a que refiere el Art. 86 L.C. 5) Intimar al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos a la fallida los que serán ineficaces. 7) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia de la fallida y su entrega al Síndico. 8) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del Art. 103 L.C.Q. 9) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del Art. 88 L.C.Q., se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 13) de la presente. 10) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 11) Intimar al fallido para que dentro de las cuarenta y ocho horas constituya domicilio procesal en el lugar de tramitación del juicio, con apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado. 12) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B”, para el día 21/11/2018 a las 10.00 hs. A tal fin, comuníquese a la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial. 13) Disponer la inmediata incautación de los bienes del fallido por medio del Sr. Oficial de Justicia ó Juez competente correspondiente, a cuyo fin se librará el mandamiento y/u oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del Art. 177 L.C.Q. Asimismo, se librará oficio a la empleadora a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos en las remuneraciones afectables que percibe el mismo, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra, debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos. Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiéndase a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento. 14) Fijar el día 12/02/2019, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. A tal fin, se fija el arancel previsto en la ley 27.170, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral, y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles. 15) Fijar el día 27/02/2019 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 16) Señalar el día 29/03/2019 como fecha hasta la cual Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 17/05/2019 para la presentación del Informe General. 17) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos ofíciese. Fecho: exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los Art. 132 y por su remisión el Art. 21 ambos de la L.C.Q. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 18) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el Art. 89 L.C.Q., en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 19) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 20) Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el Art. 275 inc. 1 y 2 LCQ., con las únicas excepciones allí dispuestas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese. Conste que habiendo resultado sorteado Síndico la CPN Ortiz Nancy Cristina en la audiencia celebrada en el día de la fecha, desígnaselo en tal carácter. Comparezca cualquier día y hora de audiencia a aceptar el cargo. Notifíquese. Fdo. Dra. Viviana Naveda Marcó - Secretaria - Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena - Jueza.

S/C 375870 Nov. 29 Dic. 5

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Por así estar dispuesto en los autos FERNANDEZ CLAUDIO EDUARDO s/Quiebra (Expte. N° 21-02000821-8), el Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena, ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 09 de Noviembre de 2018. Autos y Vistos:...; Considerando:...; Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Fernandez Claudio Eduardo, apellido materno Miño, argentina, D.N.I. N° 26.540.142, CUIL Nº 20-26540142-3, mayor de edad, empleado, domiciliado realmente en calle Pasaje Barreto 9827 de Santa Fe y legal en calle 25 de Mayo 2126 Piso 2 Depto B de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar al deudor para que cumplimente los requisitos a que refiere el Art. 86 L.C. 5) Intimar al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos a la fallida los que serán inefícaces. 7) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia de la fallida y su entrega al Síndico. 8) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del Art. 103 L.C.Q. 9) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del Art. 88 L.C.Q., se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 13) de la presente. 10) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 11) Intimar al fallido para que dentro de las cuarenta y ocho horas constituya domicilio procesal en el lugar de tramitación del juicio, con apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado. 12) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B”, para el día 14/11/2018 a las 10.00 hs. A tal fin, comuníquese a la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial. 13) Disponer la inmediata incautación de los bienes del fallido por medio del Sr. Oficial de Justicia ó Juez competente correspondiente, a cuyo fin se librará el mandamiento y/u oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del Art. 177 L.C.Q. Asimismo, se librará oficio a la empleadora a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos en las remuneraciones afectables que percibe el mismo, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra, debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos. Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraidas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiéndase a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento. 14) Fijar el día 08/02/2019, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. A tal fin, se fija el arancel previsto en la ley 27.170, en el 10% del salario minimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral, y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles. 15) Fijar el día 25/02/2019 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 16) Señalar el día 27/03/2019 como fecha hasta la cual Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 15/05/2019 para la presentación del Informe General. 17) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos ofíciese. Fecho: exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los Art. 132 y por su remisión el Art. 21 ambos de la L.C.Q. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 18) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el Art. 89 L.C.Q en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 19) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 20) Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el Art. 275 inc. 1 y 2 LCQ., con las únicas excepciones allí dispuestas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese. Conste que habiendo resultado sorteado Síndico el CPN Carlos Alberto Sara en la audiencia celebrada en el día de la fecha, desígnaselo en tal carácter. Comparezca cualquier día y hora de audiencia a aceptar el cargo. Notifíquese. Fdo. Dra. Viviana Naveda Marcó - Secretaria - Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena -Jueza.

S/C 375867 Nov. 29 Dic. 5

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Por así estar dispuesto en los autos ECHAGÜE DELIA s/Quiebra; (Expte. Nº 21-02000611-8), el Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena, ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 09 de Noviembre de 2018. Autos y Vistos:...; Considerando:...; Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Echagüe Delia, apellido materno Piedrabuena, argentina, D.N.I. N° 4.449.102, CUIL Nº 27-04449102-3, mayor de edad, jubilada, domiciliado realmente en calle Moreno 2741 Depto 1 y legal en calle 25 de Mayo 2126 Piso 2 Depto B de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar al deudor para que cumplimente los requisitos a que refiere el Art. 86 L.C. 5) Intimar al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos a la fallida los que serán ineficaces. 7) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia de la fallida y su entrega al Síndico. 8) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del Art. 103 L.C.Q. 9) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del Art. 88 L.C.Q., se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 13) de la presente. 10) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 11) Intimar al fallido para que dentro de las cuarenta y ocho horas constituya domicilio procesal en el lugar de tramitación del juicio, con apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado. 12) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B”, para el día 14/11/2018 a las 10.00 hs. A tal fin, comuníquese a la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial. 13) Disponer la inmediata incautación de los bienes del fallido por medio del Sr. Oficial de Justicia ó Juez competente correspondiente, a cuyo fin se librará el mandamiento y/u oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del Art. 177 L.C.Q. Asimismo, se librará oficio a la empleadora a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos en las remuneraciones afectables que percibe el mismo, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra, debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos. Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiéndase a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento. 14) Fijar el día 08/02/2019, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. A tal fin, se fija el arancel previsto en la ley 27.170, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral, y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles. 15) Fijar el día 25/02/2019 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 16) Señalar el día 27/03/2019 como fecha hasta la cual Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 15/05/2019 para la presentación del Informe General. 17) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos oficíese. Fecho: exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los Art. 132 y por su remisión el Art. 21 ambos de la L.C.Q. Ordenar que, por Secretaria, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 18) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el Art. 89 L.C.Q en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 19) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 20) Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el Art. 275 inc. 1 y 2 LCQ., con las únicas excepciones allí dispuestas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese. Conste que habiendo resultado sorteado Síndico la CPN Kofman Judit en la audiencia celebrada en el día de la fecha, desígnaselo en tal carácter. Comparezca cualquier día y hora de audiencia a aceptar el cargo. Notifíquese. Fdo. Dra. Viviana Naveda Marcó - Secretaria - Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena - Jueza.

S/C 375865 Nov. 29 Dic. 5

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Por así estar dispuesto en los autos AMARILLO MARÍA CAROLINA s/Quiebra; (Expte. Nº 21-02001441-2) el Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena, ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 20 de Noviembre de 2018. Autos y Vistos:...; Considerando:...; Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Amarillo María Carolina, apellido materno Silva, argentina, D.N.I. N° 33.068.567, CUIL Nº 27-33068567-6, mayor de edad, empleada, domiciliado realmente en Avenida Freyre 1733 Piso 11, de esta ciudad de Santa Fe y legal en calle Juan de Garay 2448 de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar al deudor para que cumplimente los requisitos a que refiere el Art. 86 L.C. 5) Intimar al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos a la fallida los que serán ineficaces. 7) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia de la fallida y su entrega al Síndico. 8) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del Art. 103 L.C.Q. 9) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del Art. 88 L.C.Q., se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 13) de la presente. 10) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 11) Intimar al fallido para que dentro de las cuarenta y ocho horas constituya domicilio procesal en el lugar de tramitación del juicio, con apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado. 12) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B”, para el día 21/11/2018 a las 10.00 hs. A tal fin, comuníquese a la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial. 13) Disponer la inmediata incautación de los bienes del fallido por medio del Sr. Oficial de Justicia ó Juez competente correspondiente, a cuyo fin se librará el mandamiento y/u oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del Art. 177 L.C.Q. Asimismo, se librará oficio a la empleadora a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos en las remuneraciones afectables que percibe el mismo, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra, debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos. Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiéndase a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento. 14) Fijar el día 12/02/2019, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. A tal fin, se fija el arancel previsto en la ley 27.170, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral, y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles. 15) Fijar el día 27/02/2019 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 16) Señalar el día 29/03/2019 como fecha hasta la cual Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 17/05/2019 para la presentación del Informe General. 17) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos ofíciese. Fecho: exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los Art. 132 y por su remisión el Art. 21 ambos de la L.C.Q. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 18) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el Art. 89 L.C.Q en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 19) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 20) Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el Art. 275 inc. 1 y 2 LCQ., con las únicas excepciones allí dispuestas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese. Conste que habiendo resultado sorteado Síndico la CPN Maldonado Marcela Beatriz en la audiencia celebrada en el día de la fecha, desígnaselo en tal carácter. Comparezca cualquier dia y hora de audiencia a aceptar el cargo. Notifíquese. Fdo Dra. Viviana Naveda Marcó - Secretaria - Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena - Jueza.

S/C 375864 Nov. 29 Dic. 5

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Por así estar dispuesto en los autos BAGILET VANONA VERONICA s/Quiebra; (Expte. N° 21-01996930-1), el Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena, ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 20 de Noviembre de 2018. Autos y Vistos:...; Considerando:...; Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Bagilet Vanina Verónica, apellido materno Ottogalli, argentina, D.N.I. Nº 28.684.212, CUIL Nº 27-28684212-2, mayor de edad, empleada, domiciliado realmente en Rene Favaloro 756, de la ciudad de Coronda y legal en calle Córdoba 3499 de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar al deudor para que cumplimente los requisitos a que refiere el Art. 86 L.C. 5) Intimar al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos a la fallida los que serán ineficaces. 7) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia de la fallida y su entrega al Síndico. 8) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias (para asegurar el cumplimiento del Art. 103 L.C.Q. 9) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del Art- 88 L.C.Q., se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 13) de la presente. 10) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 11) Intimar al fallido para que dentro de las cuarenta y ocho horas constituya domicilio procesal en el lugar de tramitación del juicio, con apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado. 12) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B”, para el día 24/10/2018 a las 10.00 hs. A tal fin, comuníquese a la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial. 13) Disponer la inmediata incautación de los bienes del fallido por medio del Sr. Oficial de Justicia ó Juez competente correspondiente, a cuyo fin se librará el mandamiento y/u oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del Art. 177 L.C.Q. Asimismo, se librará oficio a la empleadora a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos en las remuneraciones afectables que percibe el mismo, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra, debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos. Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiéndase a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento. 14) Fijar el día 14/02/2019, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. A tal fin, se fija el arancel previsto en la ley 27.170, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral, y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles. 15) Fijar el día 01/03/2019 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 16) Señalar el día 03/04/2019 como fecha hasta la cual Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 21/05/2019 para la presentación del Informe General. 17) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos ofíciese. Fecho: exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los Art. 132 y por su remisión el Art. 21 ambos de la L.C.Q. Ordenar que, por Secretaria, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 18) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el Art. 89 L.C.Q., en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 19) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 20) Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el Art. 275 inc. 1 y 2 LCQ., con las únicas excepciones allí dispuestas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese. Conste que habiendo resultado sorteado Síndico el CPN Rebechi Marcelo Carlos en la audiencia celebrada en el día de la fecha, desígnaselo en tal carácter. Comparezca cualquier día y hora de audiencia a aceptar el cargo. Notifíquese. Fdo Dra. Viviana Naveda Marcó - Secretaria - Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena Jueza.

S/C 375863 Nov. 29 Dic. 5

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Por disposición del Sr. Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación de Santa Fe, en los autos caratulados ROJAS ROQUE FABIÁN s/Solicitud Propia Quiebra; (Expte. CUIJ Nº 21-01969740-9 Año: 2015) de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación, se ha ordenado: Santa Fe, 22 de Octubre de 2018. Señalar el 10 de Diciembre de 2018 inclusive como fecha en la cual los acreedores podrán presentar sus pedidos de verificación ante el síndico. Señalar el 22 de Febrero de 2019 como fecha en la que el síndico deberá presentar el informe individual sobre los créditos y la del 5 de Abril de 2019, para que presente el informe general. Publíquense edictos con las nuevas fechas. Notifíquese. Santa Fe, 23 de Noviembre de 2018. Fdo. Dr. Lizasoain (Juez) - Dr. Tosolini (Secretario).

S/C 375886 Nov. 29 Dic. 5

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En los autos caratulados PALACIOS, ROSA ANGÉLICA s/Solicitud Propia Quiebra; CUIJ Nº 21-01977641-4, que tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Santa Fe, se ha puesto de manifiesto el Informe final y Proyecto de Distribución s/Art 218 LCQ por el término de ley y fueron regulados los honorarios de la Síndica CPN María Florencia Santiago en $ 47.921,03 y de la apoderada de la fallida Dra. Carolina Luciana Susana Walker Torres en $ 20.537,58. Publíquense edictos en legal forma. Firmado: Dr. Pablo Silvestrini (Secretario) - Dr. Carlos F. Marcolin (Juez). Jorge A. Gómez, secretario s/c.

S/C 375911 Nov. 29 Dic. 12

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En los autos caratulados AMARILLO, HORACIO ALBERTO s/Pedido de Quiebra; CUIJ Nº 21-01983268-3, que tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Santa Fe, se ha puesto de manifiesto el Informe final y Proyecto de Distribución s/ Art. 218 LCQ por el término de ley y fueron regulados los honorarios de la Síndica CPN María Florencia Santiago en $ 52.713,12 y de la apoderada de la fallida Dra. María Elena Schafer en $ 22.591,35. Publíquense edictos en legal forma. Firmado: Dr. Pablo Silvestrini (Secretario) - Dr. Carlos F. Marcolin (Juez). Jorge A. Gómez, secretario s/c.

S/C 375910 Nov. 29 Dic. 12

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Tercera Nominación, 2da. Secretaria de la ciudad de Santa Fe, en autos HAEDO NEREA SOLEDAD c/ALDAO ÁNGELA ROSA IGNACIA y Otros s/Desalojo; Expte. CUIJ 21-15788330-2, se hace saber que el juicio del rubro persigue el desalojo del inmueble ubicado en calle Pje. Miguel Cervantes Saavedra 3747 de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, habiéndose ordenado inscribir como litigioso el inmueble referido inscripto bajo el N° 59883, folio 2608, Tomo 182 Impar, Dpto. La Capital. Se transcribe la parte pertinente del decreto que lo ordena: Santa Fe, 12 de Octubre de 2018. Previa notificación por edictos, que se publicarán por tres días en el BOLETIN OFICIAL, inscríbase como litigioso el inmueble objeto de autos. A sus efectos: ofíciese al Registro General de la Propiedad. Concédase la autorización solicitada. Notifíquese. 12 de Noviembre de 2018. Fdo. Dra. Ileana Díaz (Secretaria); Dr. Héctor Canteros (Juez).

$ 33 375887 Nov. 29 Dic. 3

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De acuerdo a lo dispuesto en resolución de fecha 22 de Noviembre de 2018, por el Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación del Distrito Judicial Nº 1, se hace saber que en los autos caratulados SACCO SERGIO OMAR S/Concurso Preventivo - Hoy Quiebra; Expte. CUIJ 21-01071434-3-5, en e marco de la realización de bienes se ha presentado oferta de compra directa de las siguientes fracciones de campo, titularidad del fallido las cuales se identifican de la siguiente manera: 1) Inscripto al Folio Real Matrícula H. 1892, del Departamento Santa María de Oro Provincia de Chaco, de una Superficie de 202.97.44 Ha. y 2) Chacra 101 Colonia el Ñandubay - inscripto al folio real matrícula Nº 1191, del Departamento Fray J. Santa María de Oro, provincia de Chaco, de una superficie de 151 has, 57 as. 60 dcm, haciendo ambas parcelas un total de trescientas cincuenta y siete has, con cincuenta y cinco as, (55) y cuatro (04) Dcm por un total de pesos quince millones ($ 15.000.000), con lo cual se convoca a los interesados al mejoramiento de las mismas, por el término de tres días. La resolución que ordenan la presente medida en lo pertinente dice: Santa Fe, 22 de Noviembre de 2018. Proveyendo escrito cargo Nro. 13307 (fs. 775): Téngase presente. Como se solicita. A consideración del Actuario. Proveyendo escrito cargo nro. 13382 (fs. 777): Por contestada la vista ordenada por decreto de fecha 08/11/2018. Atento lo solicitado por la Sindicatura, notifíquese al acreedor hipotecario la oferta de compra directa al acreedor hipotecario. Asimismo, publíquese por edicto en el Boletín Oficial la última oferta de compra efectuada, convocando a los interesados al mejoramiento de la misma, por el término de tres días. Proveyendo escrito cargo nro. 13536 (fs. 772/780). Agréguese los comprobantes de pago efectuados. De lo solicitado, córrase vista a la Sindicatura. Notifíquese. Fdo. Dra. Ana Rosa Alvarez (Juez) Dr. Walter Eduardo Hrycuk (Secretario). Por lo que se ordena la publicación de edictos por el término de dos días conforme a lo dispuesto por el art. 89 de la Ley 24522 en el Boletín Oficial. Santa Fe, 23 de Noviembre de 2018. El presente no tributa previo pago en virtud del Ser. Párrafo del art. 89 de la ley 24522.

S/C 375949 Nov. 29 Nov. 30

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Por así ordenarlo el Señor Juez en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Santa Fe, en autos caratulados: “FRANCO, CELIA MARCELINA c/TACTAGI, JONATAN EXEQUIEL s/Ordinario - Filiación Extramatrimonial y Alimentos” Expte CUIJ N° 21-00269926-2, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante JONATAN EXEQUIEL TACTAGI, D.N.I. Nº 31.879236, quien falleciera en fecha 27 de Febrero de 2017, en la vecina ciudad de Laguna Paiva, provincia de Santa Fe, para hacer valer sus derechos en los autos mencionados. Para mayor seguridad se transcribe la parte pertinente del decreto que así lo dispone: Santa Fe 3 de Julio de 2018: Cítese a los herederos de Jonatan Exequiel Tactagi a comparecer a estar a derecho en los términos y bajo apercibimientos estableados en el art. 597 del CPCC. Notifíquese por cédula en el último domicilio del causante y por edictos a publicarse en el Boletín Oficial y en el Hall de Tribunales, sin perjuicio de la notificación por cédula a los presuntos herederos que prima facie tuvieran domicilio conocido Notifíquese. – Santa Fe, 29 de agosto de 2018 - Fdo.: Dr. Maurutto (Secretario) – Dra. Marín (Juez).

$ 45 375906 Nov. 29 Dic. 3

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Por disposición del Señor Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación de la ciudad de Santa Fe, Dr. Diego Raúl Aldao, en autos caratulados “BANCO MACRO S.A. c/DI TERLIZZI, RODOLFO MARIO s/Ejecutivo”, CUIJ N° 21-00903317-0, se hace saber lo siguiente: Santa Fe, 21 de Junio de 2018. AUTOS Y VISTOS:...; RESULTA:... y; CONSIDERANDO:...; RESUELVO: 1) Mandar llevar adelante la ejecución por el capital reclamado, con más los intereses expuestos en el considerando precedente, desde la mora hasta su efectivo pago, e I.V.A. según legislación fiscal. 2) Imponer las costas a la accionada vencida. 3) Diferir la regulación de honorarios hasta que se practique liquidación. 4) Ordenar a los profesionales actuantes que procedan al retiro de la documental presentada en autos, por Secretaría y bajo constancia. Hágase saber, insértese, expídase copia”. Santa Fe, 7 de setiembre de 2018 - Fdo.: Dr. Diego Raúl Aldao, Juez. - Dra. Alicia Isabel Roteta, Secretaria.

$ 33 375861 Nov. 29 Dic. 3

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Por disposición del Señor Juez de 1ra. Inst. en lo Civil y Comercial de la 6ta. Nom. de esta ciudad, se ha ordenado la presente publicación conforme al Art. 70 del Cod. Civ. y Comercial, donde en autos: “FARIAS MARÍA GABRIELA s/Cambio de Apellido, CUIJ 21-01985810-0, la Sra. María Gabriela Farias D.N.I. 22.168.410 a solicitado el su cambio de apellido, al uso únicamente del apellido materno Albini, corriéndose traslado a quien se oponga por el término de ley. Seguidamente se transcribe el decreto: “Santa Fe, 28 de Mayo de 2018... Cumplimente lo requerido por el Sr. Fiscal... Notifíquese. Fdo.: Dra. Toloza (Secretaria) - Dr. Lizasoain (juez a/c).

$ 45 375888 Nov. 29 Dic. 3

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 1 en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados HERNÁNDEZ, ELIANA CRISTINA s/Solicitud Propia Quiebra - CUIJ 21-02002546-5, en fecha 12/11/2018 se designó Síndico a la CPN. María Victoria Galán, domiciliada legalmente en calle San Martín 2244 (Galería Santa Fe) - Piso 1 - Oficina 5 de la ciudad de Santa Fe y que el horario de atención es de Lunes a Viernes de 16 a 19hs. Fdo. Dr. Lucio Alfredo Palacios (Juez) - Dr. Jorge Alberto Gómez (Secretario). Publíquense edictos en el Boletín Oficial por el término de cinco días, sin cargo (art. 89 Ley 24522). Santa Fe, 21 de Noviembre de 2018. Jorge Alberto Gómez, Secretario.

S/C 375898 Nov. 29 Dic. 5

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El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación de la ciudad de Santa Fe, a cargo de la Jueza Dra. Ana Rosa Alvarez, Secretaría a cargo del Dr. Walter Eduardo Hrycuk, sito en calle San Jerónimo 1551, hace saber que en los autos caratulados: LEIVA, GEORGINA ELISABET s/Pedido de Quiebra; (CUIJ Nº 21-01985197-1), en Santa Fe, 22 de Octubre de 2018: Autos y Vistos:... Considerando:... Resuelvo: 1) Regular en la suma de $ 52.713,126 los honorarios profesionales del Síndico interviniente en autos, CPN María del Pilar Piva y en la suma de $ 22.591,35 equivalentes a 9,48 unidades jus los correspondientes a la abogada del fallido, Dra María Clara Tálame. Córrase vista a la Caja Forense y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas. Publíquense edictos. 2) En vista de lo resuelto habrá de readecuarse el proyecto de distribución conforme los honorarios regulados. 3) Regístrese, hágase saber y agréguese copia al legajo que prescribe el artículo 279 LCQ. Dr. Walter Eduardo Hrycuk (Secretario) Dra. Ana Rosa Alvarez (Jueza).

S/C 375956 Nov. 29 Nov. 30

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación, se ha dispuesto en los autos caratulados OLIVER, DANIEL JUAN s/Quiebra; (CUIJ 21-01985729-5) de tramite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo civil y comercial de la Novena Nominación, secretaría a cargo de la autorizante, mediante decreto de fecha 12 de Noviembre de 2018. Por presentado informe final y proyecto de distribución. Pónganse los mismos de manifiesto en la Oficina por el término de ley. Proveyendo escrito cargo Nº 11921: Por evacuada la vista. Téngase presente. Notifíquese.- Santa Fe, 23 de Noviembre de 2018. - Fdo. Dr. José Ignacio Lizasoain (Juez) - Dr. Néstor Antonio Tosolini (Secretarios).

S/C 375958 Nov. 29 Nov. 30

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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia del Distrito N° 18 en lo Civil, Comercial y Laboral, de la ciudad de San Justo, se hace saber que en los autos: MARTÍNEZ, MARTÍN LUCIANO s/Quiebra; (Expte. 897 Año 2018) se ha dispuesto: 1: Disponer la apertura de la quiebra de Martín Luciano Martínez, D.N.I. Nº 26.977.655, con domicilio real en calle 22 Bis N° 2710, barrio Levequi de la ciudad de San Justo y a los efectos legales en calle Av. 9 de Julio N° 2212 de esta ciudad de San Justo, provincia de Santa Fe. 3) Ordenar al fallido y a terceros la entrega al Síndico de los bienes de pertenencia del primero. Intimar al deudor para: a) que entregue a Sindicatura, dentro de las veinticuatro horas de que aquel acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad; b) que cumpla con los requisitos del artículo 86 Ley 24.522 en el plazo de ley. 4) Ordenar la prohibición de hacer pagos al fallido, bajo el apercibimiento de ser ineficaces, excepto salario con las especificaciones del párrafo 12) Disponer la intercepción de la correspondencia, la que será entregada al Síndico a los efectos del articulo 114 de la ley 24.522. 8) Fijar hasta el día 28 de Diciembre de 2018 la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes al Síndico, en la forma establecida en el artículo 200. El día siguiente hábil al vencimiento del plazo, la Sindicatura presentará la lista de los peticionantes, y copia simple de la demanda verificatoria. Secretaría, 22 de Noviembre de 2018. - Firmado: Dra. Laura Alessio - Juez; Dra. María Itatí Göhringer - Secretaria.

S/C 375859 Nov. 29 Dic. 5

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Por orden del Sr. Juez a cargo del Juzgado de 1” Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral Nº 19 de la ciudad de Esperanza, Pcia. de Santa Fe en los autos caratulados: TOSCO, GABRIELA LAURA s/Sucesorio” Expte Nº 931/2018, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante de GABRIELA LAURA TOSCO, D.N.I. 16.607.968, para que dentro del término y bajo apercibimientos de ley comparezcan a hacer valer sus derechos, lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y hall de Tribunales. Esperanza, 21 de noviembre de 2018.

$ 45 375896 Nov. 29 Dic. 5

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Por disposición de la Oficina de trámites Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de distrito en lo Civil y Comercial de la 1° Nominación de de Santa Fe), en autos caratulados: BROTTO, MARÍA LUISA s/Sucesorio, (CUIJ 21-02002786-7), se cita, se llama, y se emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Brotto, María Luisa, D.N.I. 10.338110, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. - Secretaria, 23 de setiembre de 2018 - Dr. Hugo Beltramo (Secretario).

$ 45 375955 Nov. 29 Dic. 5

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Por disposición de la oficina de tramites Sucesorios (Juzgado de Primer infancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Santa Fe) en los autos caratulados DURAN CARLOS ROGELIO Y OTROS s/Declaratoria de Herederos; CUIJ 21-02002697-6, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de los Sres.: Duran Carlos Rogelio D.N.I. 6.227.432, y María Ester González D.N.I. Nº 3.966.128; para que comparezcan a hacer valer sus derecho dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. – Secretario, 23 de noviembre de 2018. - Fdo: Dr. Hugo Raúl Beltramo, secretario.

$ 45 375957 Nov. 29

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Por disposición del Sr. Juez de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 11ª Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados MARTÍNEZ, JOSÉ IGNACIO S/Sucesorio y su acumulado MARTÍNEZ, JOSÉ IGNACIO s/Declaratoria de Herederos CUIJ Nº 21-02001999-6, Año 2018 se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, y legatarios de don JOSÉ IGNACIO MARTÍNEZ, D.N.I. Nº 12.348.771, para que comparezcan a ser valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en el Hall de tribunales de acuerdo a lo dispuesto por el Art. 67 del C.P.C. y C. Santa Fe, 12 de Noviembre de 2018. - Dra. Marina A. Borsotti, Prosecretaria.

$ 45 375954 Nov. 29

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Por así ordenarlo el señor Juez en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Santa Fe, en autos caratulados: MARCHI, JUAN BAUTISTA s/Sucesorio y su Acumulado BONAPARTE OFELIA ZORAIDA s/Sucesorio; CUIJ Nº 21-01975031-8, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la causante Ofelia Zoraida Bonaparte, DNI N° 1.124.907, quien falleciera en fecha 1 de Junio de 2016, en la vecina ciudad de San José del Rincón, provincia de Santa Fe, para hacer valer sus derechos en los autos mencionados. Para mayor seguridad se transcribe la parte pertinente del decreto que así lo dispone: Santa Fe 7 de Septiembre de 2016: ... y publíquense edictos por un (1) día en el BOLETÍN OFICIAL, citando a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes para que así lo acrediten en el término de treinta (30) días. Santa Fe, 27 de junio de 2018 - Fdo.: Dra. Fuentes (Secretaria). - Dr. Marcolín (Juez).

$ 45 375904 Nov. 29

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Por disposición de la Oficina de Trámites Sucesorios de la ciudad de Santa Fe, provincia homónima, en autos GONZÁLEZ MARINA s/Sucesorio; (Expte. Nº 21-02001874-4 - Año 2018), se notifica, cita y emplaza a herederos, legatarios y acreedores del causante, doña Marina González, D.N.I N° 1.121.374, para que en el término y bajo los apercibimientos de ley comparezcan a hacer valer sus derechos, lo que se publica por el término legal en el BOLETÍN OFICIAL y en la Sede Judicial respectiva. Santa Fe, 21 de Noviembre de 2018. – Hugo Raúl Beltramo, Secretario.

$ 45 375912 Nov. 29

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial de la 7a Nominación de esta ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados LARA, ÓSCAR RAÚL s/Sucesorio; (CUIJ 21-01989154-9), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Óscar Raúl Lara, D.N.I. Nº 6.206.242, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el hall de Tribunales. Santa Fe, 05 de Noviembre de 2018. Dr. Jorge Alberto Gómez, Secretario.

$ 45 375890 Nov. 29 Dic. 5

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Por disposición de la Oficina de Trámites Sucesorio (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Santa Fe, por los autos caratulados SAUCEDO, MARCOS RAFAEL s/Declaratoria de Herederos; Expte. 21-02000568-5, se cita, se llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de don Saucedo Marcos Rafael D.N.I. 6.239.740, fallecido el día 21 de Agosto de 2018 en San José del Rincón, provincia de Santa Fe, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en el Hall de Tribunales. Dra. Estela Cristina López Bustos. Secretaria. Santa Fe, 21 de Noviembre de 2018. Hugo Raúl Beltramo, Secretario.

$ 45 375893 Nov. 29 Dic. 5

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Por disposición de la Secretaría encargada de la Oficina de Trámites Sucesorios, dependiente del Poder Judicial de la provincia de Santa Fe, Primera Circunscripción, de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados MERLO, AMÉRICA NORMA s/Sucesorio; CUIJ Nº 21-02001165-0, que se tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial de Distrito de la Novena Nominación, ciudad de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Doña América Norma Merlo (D.N.I. Nº 3.241.094), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, 14 de Noviembre de 2018. – Estela López Bustos, Secretaria.

$ 45 375847 Nov. 29

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SAN JORGE

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del señor Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, y Laboral de Distrito Nº 11 de la ciudad de San Jorge (S.F.), en autos HUANCO, JONATAN EMANUEL s/Sucesorio; (Expte. N° 625/2018), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Dn. Jonatan Emanuel Huanco, D.N.I. N° 36.226.453, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales, lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de Ley. San Jorge, 27 de Julio de 2018.

$ 45 364183 Nov. 29 Dic. 12

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 11 en lo Civil, Comercial y Laboral de San Jorge, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Carlos María Venica, D.N.I. 11.028.460, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales en autos: VENICA, CARLOS MARÍA s/Sucesorio; (Expte. 1431/2018), que tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 11 Civil. Comercial y Laboral de San Jorge. Lo que se publica a sus efectos, en forma y bajo apercibimientos de ley, en BOLETÍN OFICIAL y otro ejemplar se exhibe en el hall de estos Tribunales en el lugar dispuesto por la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Santa Fe, conforme a la Ley Provincial N° 11.287. San Jorge, 14 de Noviembre de 2018. – Araceli Pilar Alberto, prosecretaria.

$ 217,80 375908 Nov. 29 Dic. 5

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CERES

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito N° 10 en lo Civil, Comercial y Laboral, Única Secretaría de la ciudad de Ceres, dictada en autos: FERNÁNDEZ, NILDA ROSA s/Sucesorio - CUIJ Nº 21-17427290-2 Año 2.018, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios y a todos aquellos que se creyeran con derecho sobre los bienes de Nilda Rosa Fernández, D.N.I. N° 912.197, C.U.I.L. N° 27-00912197-3, para que comparezcan a éste Juzgado a hacer valer sus derechos, dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Se publicará a esos efectos en el BOLETÍN OFICIAL de la ciudad de Santa Fe. Ceres, 12 de Noviembre de 2018. – Viviana Gorosito Palacio, Secretaria.

$ 45 375902 Nov. 29 Dic. 5

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 10 en lo Civil, Comercial y Laboral, Secretaría única de la ciudad de Ceres, en autos caratulados: RAMALLO CLARA y Otro s/Sucesorio; CUIJ 21-17427292-9, se cita, llama y emplaza, a los herederos, acreedores, legatarios y a todos aquellos que se creyeran con derechos sobre los bienes de los causantes, doña Clara Ramallo L.C. N° 2.417.491 y Don Hernán Eduardo Huber D.N.I. N° 6.279.989, para que comparezcan a éste Juzgado a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Ceres, 23 de Noviembre de 2018. - Viviana Gorosito Palacio, Secretaria.

$ 45 375915 Nov. 29 Dic. 5

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 10 en lo Civil, Comercial y Laboral, Secretaría única de la ciudad de Ceres, en autos caratulados: MALDONADO NELIDA y Otro s/ Sucesorio” CUIJ 21-17427293-7 , se cita, llama y emplaza, a los herederos, acreedores, legatarios y a todos aquellos que se creyeran con derechos sobre los bienes de los causantes, doña Nelida Maldonado L.C. No 3.465.243 y Don Ramón Ledesma D.N.I. Nº 7.097.872 para que comparezcan a éste Juzgado a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Ceres, 23 de Noviembre de 2018. Viviana Gorosito Palacio, Secretaria.

$ 45 375916 Nov. 29 Dic. 5

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VERA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


En los autos caratulados VARGAS JORGE RENE c/AGUIRRE LORENZO s/Usucapión, Expte. Nº 208, Año 2018, que tramita por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de la Segunda Nominación de Vera, provincia de Santa Fe, el señor Juez a cargo ha dispuesto que se cite, llame y emplace a los herederos y/o sucesores del señor Lorenzo Aguirre D.N.I. B Viviana Gorosito Palacio, Secretaria. Nº 06.332.256 para que hagan valer sus derechos. Vera, 7 de Noviembre de 20l8. Beatriz Delber de Fabbro, Secretaria.

$ 33 375850 Nov. 29 Dic. 5

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de Vera, Provincia de Santa Fe - Segunda Nominación- Distrito Judicial Nº 13 - sito en calle Eugenio Alemán 1858, en autos: “DRIUSSI, DIEGO RAFAEL c/MORETTO, CARMEN ANA Y OTROS s/Prescripción Adquisitiva Expte. Nº 115/2018, Cítese y emplácese a los demandados para que en el término de diez días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimientos de rebeldía. Notifíquese por cédula en el domicilio denunciado y conforme lo dispuesto por el Art. 73 y 597 del C.P.C. y C. Cíteselos por Edictos en el Boletín Oficial y Puertas del Juzgado por el término de ley y bajo apercibimientos de rebeldía. Notifíquese. Feto: Dr. Juan Manuel Rodrigo (Juez) - Dra. Valeria L. Tourn (Prosecretaria). Vera, 12 de Noviembre de 2018. – Beatriz Delber de fabbro, Secretaria.

$ 33 375843 Nov 29

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RAFAELA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 5 en lo Civil y Comercial de la 3º Nominación de la ciudad de Rafaela, se cita y emplaza a los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante CLIDIS NELVA PICCO DNI 2.407.770 para que en el término y bajo apercibimiento de ley comparezcan a hacer valer sus derechos, a sus efectos se publican edictos en el Boletín Oficial y en Sede Judicial por el término de ley en los autos: “Expte. Nº 879 Año – 2018 -Picco. Clidis Nelva s/sucesorio”. Firmado: Dra. Mendoza (Juez) Dra. Castellano (Secretaria) Rafaela 2018

$ 45 371992 Nov. 29 Dic. 5

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación con asiento en Rafaela, se ha dispuesto publicar el presente edicto por el término de CINCO DIAS, haciendo saber que en fecha 26 de noviembre de 2018, se resolvió en los Autos Caratulados “Expte. CUIJ 21-23923155-9 – COOP. AGRIC. GAN. LTDA. G. LEHMANN c/ INWINKELRIED ASTRINO, Diego A. s/ Promueve pedido de Quiebra”, lo siguiente: RESUELVO: 1)Declarar la apertura de la quiebra directa necesaria de DIEGO ALEJANDRO INWINKELRIED ASTRINO, poseedor del D.N.I. Nº 22.715.671, con C.U.I.T. Nº 20-22715671-7, con domicilio en calle Hermana Fortunata Nº 92 de Rafaela, Departamento Castellanos, Provincia de Santa Fe.- 2) Disponer la inscripción de la presente quiebra ante el Registro Nacional de Concursos y Quiebras, cuya creación fuera prevista en el art. 295 de la ley 24522. Se anotará la inhibición general de los bienes del fallido en el Registro General de la Propiedad y en el Registro Nacional de la Propiedad Automotor. - 3) Dictada la presente resolución a los fines de la aplicación de los arts. 107, sigs. y conc. de la LCQ, se le ordena al síndico que resulte designado proceder a la inmediata incautación de los bienes, libros, documentación, papeles que pudieran encontrarse en poder del fallido, a cuyo fin se lo faculta para obrar en la forma que estime más conveniente, de acuerdo con la naturaleza del patrimonio del deudor y conforme a las previsiones de los arts. 177, sigs. y conc. de la ley 24522.- 4) Ordenar al deudor y a terceros en cuyo poder se encuentren bienes de aquel, su inmediata entrega al síndico. 5) Bajo apercibimientos de ser declarados ineficaces, prohibir la realización de pagos al deudor. 6) Interceptar la correspondencia del deudor y disponer su entrega al síndico que se designe, sin abrirla, debiendo dicho funcionario judicial proceder a la apertura en presencia del fallido o por ante el Juzgado, entregándole al primero la que resulte de estricto orden personal. Para el cumplimiento de lo aquí ordenado, se oficiará las oficinas de Correo Oficial Argentino y Privados, con agencias en esta ciudad. 7) Ordenar se efectúen las comunicaciones pertinentes para asegurar el cumplimiento del art. 103 de la Ley 24.522. 8) Disponer la realización de los bienes del deudor a cuyo fin el síndico designado, en su condición de liquidador (art. 202 L.C.Q.) además de confeccionar un inventario de tales bienes, aconsejará la forma más conveniente de enajenación. Sin perjuicio de ello y para la eventualidad de que se proponga la enajenación singular por pública subasta de todos o algunos bienes de la fallida, se anticipa que todas las gestiones y trámites preliminares, como el consiguiente remate, deberán estar a cargo de un martillero a designarse por sorteo, debiendo este auxiliar reunir las condiciones previstas por el art. 261 de la ley 24522. 9) Designar la audiencia del próximo día 29 de noviembre del 2018, a la hora 10, para que tenga lugar la designación de un síndico que intervendrá en autos y el que surgirá por sorteo de la lista de CPN que a los fines de la ley 24522, confeccionara la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y del Trabajo, de la Vº Circunscripción judicial para este juzgado de Distrito. Comuníquese a la Oficina de Sorteos de Peritos, Martilleros y Síndicos, de esta sede conforme a lo dispuesto por CSJSF Acuerdo Ordinario de fecha 5/12/2017, Acta 48, p. 12 – Circular Nº 123/17. Se notificará día y hora de realización de la referida audiencia, al representante de la delegación local del Consejo de Ciencias Económicas. 10) Fijar el día 28 de febrero de 2019 como fecha hasta la cual los acreedores de la fallida podrán presentar al síndico sus pedidos de verificación de créditos, conforme a las previsiones del art. 32 L.C.Q. Asimismo, establecer el 16 de abril de 2019 como fecha para que la sindicatura presente el informe individual (art. 35 L.C.Q.), y el 30 de mayo de 2019 para que haga lo propio con el informe general (art. 39 L.C.Q.). 11) Establecer que por Secretaría, dentro de las 24 horas de dictada la presente resolución, se proceda a la publicación de edictos en el Boletín Oficial, por el término y bajo las previsiones del art. 89 L.C.Q. 12) Comunicar el estado de la presente resolución a la Administración Provincial de Impuestos. 13) Intimar al fallido, para que dentro del término de veinticuatro horas, entregue al Sindico a designarse los libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad. 14) Intimar al fallido para que dentro de las cuarenta y ocho horas, constituya domicilio procesal en esta ciudad, con apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado.-

SECRETARIA, 27 de noviembre de 2018-

S/C 376185 Nov. 29 Dic. 5

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El Juzgado de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial, 3ª Nom., a cargo de la Dra. Carolina Castellano Secretaria; Dr. Ana Laura Mendoza, Juez, de la ciudad de Rafaela, Pcia. de Santa Fe. En los autos caratulados BAZAR AVENIDA S.A. c/SAGARDOY CARLOS ALBERTO S/Ordinario 201/2009, se notifica al demandado Sagardoy Carlos Alberto (D.N.I. N°: 24.906.304) de la siguiente resolución: - Rafaela, 24/04/2018. Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO:... RESUELVO: Hacer lugar a la demanda condenando al demandado a abonar a la actora, en el término de diez días, la suma de pesos tres mil ochocietnos diecisiete con 38/100 ($ 3.817,38) con más los intereses que tengo dicho el los considerandos, desde que la suma es debida y hasta su efectivo pago al acreedor, mas IVA sobre intereses. Imponer costas a la parte demandada vencido. Teniendo en cuenta que las presentes actuaciones se encuentra contemplada en el art. 4 ss.cc. de la ley 12.851, se regulan en la suma de $ 3.751,06 equivalente a 2 unidades jus los honorarios del Dr. Cristian Canello por la labor desarrollada en autos. Los honorarios devengarán un interés moratorio equivalente al que cobra el banco de la Nación Argentina en sus operaciones de descuentos de documentos a treinta días, lo que se aprecia en conformidad a lo dispuesto por el art. 768 inc. c) del CCC, y se aplican desde la fecha en que adquiera firmeza el presente proveído, mediante la notificación por cédula de los honorarios al obligado al pago. Córrase vista a Caja Forense. Notifíquese por cédula. Notifíquese. Archívese el original, expídase copia y hágase saber. Firmado: Dra. Carolina Castellano, Secretaria; Dra. Ana Laura Mendoza, Juez.”- Publíquese en Boletín Oficial y en sede judicial por tres (3) días. art. 77 CPCC. de Santa Fe. Otro decreto:”Rafaela, 24/08/2018. ...Atento a lo manifestado, notifíquese al demandado por edictos que se publicarán por el término de ley en el Boletín Oficial y en Sede Judicial. Notifíquese. Firmado: Dr. Marcela Olivera; Prosecretaria, Dr. Ana Laura Mendoza, Juez. – Rafaela, 29 de agosto de 2018 – Marcela Olivera, Prosecretaria.

$ 121,50 375926 Nov. 29 Dic. 3

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El Juzgado de La Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial, 3ª Nom., a cargo de la Dra. Carolina Castellano Secretaria; Dr. Ana Laura Mendoza, Juez, de la ciudad de Rafaela, Pcia. de Santa Fe. En los autos caratulados CONSUMO S.A. c/LUCERO ELENA s/Ordinario 1196/2009, se notifica al demandado Lucero Elena (D.N.I. N° 5.110.224) de la siguiente resolución: Rafaela, 31/05/2018. RESULTA...; CONSIDERANDO... RESUELVO: Hacer lugar a la demanda, condenando a la parte demandada a abonar a la actora, en el término de diez días, la suma de pesos ocho mil trescientos diecisiete con 05/100 ($ 8.317,05), con mas los intereses que tengo dicho en los considerandos, desde que la sulna es debida y hasta su efectivo pago al acreedor, más IVA sobre intereses. Imponer las costas a la parte demandada vencido. Teniendo en cuenta que las presentes actuaciones se encuentra contemplada en el art. 4 ss.cc de la ley 12.851, se regulan en la suma de $ 8.664,92 equivalente a 4 unidades jus los honorarios del Dr. Silvio Fontanini, por la labor desarrollada en autos. Los honorarios devengarán un interés moratorio equivalente al que cobra el Banco de la Nación Argentina en sus operaciones de descuentos de documentos a treinta días, lo que se aprecia en conformidad a lo dispuesto por el art. 768 inc. c) del CCC, y se aplican desde la fecha en que adquiera firmeza el presente proveído, mediante la notificación por cédula de los honorarios al obligado al pago. Córrase Vista a Caja Forense. Notifíquese por cédula. Notifíquese. - Firmado: Dr. Carolina Castellano; Secretario, Dr. Ana Laura Mendoza, Juez. Otro decreto: “Rafaela, 17/10/2018... Notifíquese al demandado por edictos que se publicarán por el término de ley en el Boletín Oficial y en Sede Judicial. Notifíquese. Firmado: Dr. Carolina Castellano; Secretario, Dr. Ana Laura Mendoza, Juez. Publíquese en Boletín Oficial y en sede judicial por tres (3) días. art. 77 CPCC. de Santa Fe. – Rafaela, 30 de Octubre de 2018 – carolina Castellano, Secretaria.

$ 121,50 385927 Nov. 29 Dic. 3

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El Juzgado de la Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial, 3° Nom., a cargo de la Dra. Carolina Castellano Secretaria; Dr. Ana Laura Mendoza, Juez, de la ciudad dé Rafaela, Pcia. de Santa Fe. En los autos caratulados: CONSUMO S.A. c/ROMA PABLO CRISTIAN s/Apremio 808/2015, se notifica al demandado Roma Pablo Cristian (D.N.I. N° 26.106.190) de la siguiente resolución: Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO:... RESUELVO: 1) Ordenar se lleve adelante la ejecución hasta que la parte actora se haga íntegro cobro de la suma de pesos trece mil setecientos noventa y uno con 49/100 ($ 13.791,49), la que se discrimina de la siguiente forma: a) ($ 8.827,77) en concepto de capital, intereses e IVA s/intereses; ($ 1.064,68) en concepto de gastos; b) y el Dr. Cristian César Canello se haga íntegro cobro de la suma ($ 3.899,04) en concepto de honorarios, IVA s/honorarios y aportes a cargo del demandado, conforme liquidación aprobada en el principal, con más el interés tasa activa promedio mensual, no acumulativa que cobra el Banco de la Nación Argentina para las operaciones de descuento de documentos a treinta días, desde que cada suma es debida y hasta su efectivo pago, mas el IVA que correspondiere sobre intereses y honorarios. II)- Imponer las costas a la parte demandada vencida. III) Regular honorarios oportunamente hasta que se practique liquidación conforme art. 8 de la ley 12.851. Archívese el original, expídase copia y hágase saber. Notifíquese. - Firmado: Dra. Carolina Castellano, Secretaria; Dra. Ana Laura Mendoza, Juez. Otro decreto: “Rafaela, 03/10/2018. Notifíquese al demandado por edictos que se publicarán por el término de ley en el Boletín Oficial y en Sede Judicial. Notifíquese. Firmado: Dr. Carolina Castellano; Secretario, Dr. Ana Laura Mendoza, Juez. Publíquese en Boletín Oficial y en sede judicial por tres (3) días art. 77 C.P.C.C. de Santa Fe. – Rafaela, 22 de octubre de 2018 – Carolina Castellano, Secretaria.

$ 121,50 375929 Nov. 29 Dic. 3

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El Juzgado de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial, 3ª Nom., a cargo de la Dra. Carolina Castellano Secretaria; Dr. Ana Laura Mendoza, Juez, de la ciudad de Rafaela, Pcia. de Santa Fe. En los autos caratulados CONSUMO S.A. c/PONCE DOMINGO SIXTO s/Ordinario 890/2009, se notifica al demandado Ponce Domingo Sixto (D.N.I. N° 10.591.769) de la siguiente resolución:: “Rafaela, 14 de diciembre de 2016. Teniendo en cuenta que, conforme a lo dispuesto por Art. 4 ss.cc. de la Ley 12.851 resulta aplicable la cantidad de 2 unidades jus es la estimación de los aranceles en cuestión, regúlanse en la suma de $ 3.100,04 los honorarios profesionales correspondientes al Dr. Cristian Canello, por la labor desarrollada en autos, los cuales podrán ser actualizados automáticamente al valor de la unidad jus vigente al momento de efectuarse el pago. Vista Caja Forense. Formúlense los aportes de ley. Establézcase para dicha regulación de honorarios, en caso de no abonarse en término, un interés equivalente a la tasa activa promedio mensual no acumulativa, cobrada y pagada por el Banco de la Nación Argentina para las operaciones de descuento de documentos a treinta días, desde la fecha en que se constituya en mora al obligado al pago mediante la notificación por cédula de los honorarios y hasta el momento del efectivo pago. Notifíquese por cédula. Notifíquese. Firmado: Dra. Carolina Castellano, Secretaria; Dra. Ana Laura Mendoza, Juez.

Otro decreto:”Rafaela, 03/10/2018. Notifíquese al demandado por edictos que se publicarán por el término de ley en el Boletín Oficial y en Sede Judicial. Notifíquese. Firmado: Dr. Carolina Castellano; Secretario, Dr. Ana Laura Mendoza, Juez. - Publíquese en Boletín Oficial y en sede judicial por tres (3) días. art. 77 C.P.C.C. de Santa Fe. Carolina Castellano, Secretaria.

$ 121,50 375934 Nov. 29 Dic. 3

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El Juzgado de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial, 3ª Nom., a cargo de la Dra. Carolina Castellano Secretaria; Dr. Ana Laura Mendoza, Juez, de la ciudad de Rafaela, Pcia. de Santa Fe. En los autos caratulados BAZAR AVENIDA S.A. c/AZCARAY MAXIMILIANO s/Apremio 762/2016, se notifica al demandado Azcaray Maximiliano (D.N.I. N°: 32.952.726) de la siguiente resolución: “Rafaela, 02 de marzo de 2017. Teniendo en cuenta que, conforme a lo dispuesto por Art. 7 de la Ley 12.851 resulta aplicable la cantidad de 1,9 unidades jus en la estimación de los aranceles en cuestión, regúlanse en la suma de $ 2.945,04 los honorarios profesionales correspondientes al Dr. Cristian Canello, por la labor desarrollada en autos, los cuales podrán ser actualizados automáticamente al valor de la unidad jus vigente al momento de efectuarse el pago. Vista Caja Forense. Formúlense los aportes de ley.

Establézcase para dicha regulación de honorarios, en caso de no abonarse en término, un interés equivalente a la tasa activa promedio mensual no acumulativa, cobrada y pagada por el Banco de la Nación Argentina para las operaciones de descuento de documentos a treinta días, desde la fecha en que se constituya en mora al obligado al pago mediante la notificación por cédula de los honorarios y hasta el momento del efectivo pago. Notifíquese por cédula. Notifíquese. Firmado: Dra. Carolina Castellano, Secretaria; Dra. Ana Laura Mendoza, Juez.” Otro decreto: “Rafaela, 03/10/2018.. Notifíquese al demandado por edictos que se publicarán por el término de ley en el Boletín Oficial y en Sede Judicial. Notifíquese. Firmado: Dr. Carolina Castellano; Secretario, Dr. Ana Laura Mendoza, Juez. - Publíquese en Boletín Oficial y en sede judicial por tres (3) días. art. 77 CPCC. de Santa Fe. – Rafaela, 22 de octubre de 2018 – Carolina Castellano, Secretaria.

$ 121,50 375931 Nov. 29 Dic. 3

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El Juzgado de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial, 3ª Nom., a cargo de la Dra. Carolina Castellano Secretaria; Dra. Ana Laura Mendoza, Juez, de la ciudad de Rafaela, Pcia. de Santa Fe. En los autos caratulados: CONSUMO S.A. c/BOGADO DANIEL ÓSCAR s/Apremio 978/2015, se notifica al demandado Bogado Daniel Oscar (D.N.I. N° 16.522.821) de la siguiente resolución: “RAFAELA, 17 de marzo de 2016. Apruébase la liquidación de fs. 19 en cuanto por derecho corresponda. Teniendo en cuenta que, conforme a lo dispuesto por Art. 7 de la ley 6767, modificada por la Ley 12.851 resulta aplicable la cantidad de 4,79 unidades jus en la estimación de los aranceles en cuestión, regúlanse en la suma de $ 5.764,42 los “honorarios profesionales correspondientes al Dr. Juan Carlos Gabiani, por la labor desarrollada en autos. Vista Caja Forense. Formúlense los aportes de ley. Establézcase para dicha regulación de honorarios, en caso de no abonarse en término, un interés equivalente a la tasa activa promedio mensual no acumulativa, cobrada y pagada por el Banco de la Nación Argentina para las operaciones de descuento de documentos a treinta días, desde la fecha en que se constituya en mora al obligado el pago mediante la notificación por cédula de los honorarios y hasta el momento del efectivo pago. Notifíquese por cédula. Notifíquese. Firmado: Dra. Carolina Castellano, Secretario; Dr. Ana Laura Mendoza, Juez. Publíquese en Boletín Oficial y en sede judicial por tres (3) días. art. 77 CPCC. de Santa Fe. Otro decreto: “Rafaela, 29/08/2018.... Téngase presente lo manifestado. Notifíquese al demandado por edictos que se publicarán por el término de ley en el Boletín Oficial y en Sede Judicial. Notifíquese. Firmado; Dr. Marcela Olivera; Prosecretaria, Dra. Ana Laura Mendoza, Juez. – Rafaela, 5 de setiembre de 2018 – Carolina Castellano, Secretaria.

$ 52,50 375787 Nov. 29 Dic. 3

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El Juzgado de la Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial, 1ª Nom., a cargo de la Dra. Sandra Cerliani Secretaria; Dr. Elido Ercole, Juez, de la ciudad de Rafaela, Pcia. de Santa Fe. En los autos caratulados BAZAR AVENIDA S.A. c/GARCÍA ELSA HAIDEE s/Ordinario 402/2011, se notifica al demandado García Elsa Haidee (D.N.I. N° 2318136¿¿..??) de la siguiente resolución:”Rafaela, 22/08/2018: Téngase presente lo manifestado y la liquidación practicada al sólo efecto regulatorio. En la suma de pesos dos mil ciento sesenta y seis con 23/100 (1 jus) con más los intereses que percibe el Banco de la Nación Argentina para operaciones de descuento de documentos a treinta días (tasa activa) en el supuesto de mora (art. 32 Ley Nº 12.851), regúlanse los honorarios profesionales del Dr Cristian Canello por sus trabajos realizados en autos. Hágase saber que una vez firme el presente proveído dichos honorarios se condiderarán como deuda dineraria, conforme el criterio sustentado por la C.S.J.S.F En autos “Expte. C.S.J. Nº 578 Año 2011 Municipalildad de Santa Fe c/Bergagna Eduardo - Apremio Fiscal (Expte. N° 12l - Año 2010) s/Recurso de Inconstitucionalidad”, de la fecha 01/08/2017, al cual me remito y adhiero. Notifíquese al obligado al pago mediante edictos Notifíquese. Firmado: Dr. Sandra Cerliani; Secretario, Dr. Elido Ercole, Juez.” Publíquese en Boletín Oficial y en sede judicial por tres (3) días. art. 77 CPCC. de Santa Fe. – rafeal, 8 de octubre de 2018 – Nicolás A. Pasero, Prosecretario.

$ 52,50 375784 Nov. 29 Dic. 3

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El Juzgado de la Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial, 1ª Nom., a cargo de la Dra. Sandra Cerliani Secretaria; Dr. Elido Ercole, Juez, de la ciudad de Rafaela, Pcia. de Santa Fe. En los autos caratulados CONSUMO S.A. c/RUSTOY DORA GABRIELA s/Ordinario 1086/2009, se notifica al demandado Rustoy Dora Gabriela (D.N.I. Nº 18.562.082) de la siguiente resolución: Téngase presente lo manifestado y la liquidación practicada al sólo efecto regulatorio. En la suma de pesos dos mil ciento sesenta y seis con 23/100 (1 jus) con mas los intereses que percibe al Banco de la Nación Argentina para operaciones de descuento de documentos a treinta días (tasa activa) en el supuesto de mora (art. 32 Ley 12.851) regúlanse los honorarios profesionales del Dr. Silvio Fontanini por los trabajos realizados en autos Hágase saber que una vez firme el presente proveído dichos honorarios se considerarán como deuda dineraria conforme al criterio sustentado por la C.S.J.S.F. En autos “ Expte. C.S.J. Nº 578 Año 2011 Municipalidad de Santa fe c/Bergagna Eduardo - apremio Fiscal (Expte N° 121 Año 2010) s/recurso se inconstitucionalidad”, de fecha 01/08/2017, al cual me remito y adhiero. Vista a la Caja Forense. Formúlense los aportes de ley. Notifíquese al obligado al pago mediante edictos. Notifíquese. Firmado: Dr. Sandra Cerliani; Secretario, Dr. Elido Ercole, Juez.”Publíquese por edictos. en Boletín Oficial y en sede judicial por tres (3) días. art. 77 CPCC. de Santa Fe. Rafaela, 22 de octubre de 2018. – Nicolás A. Pasero, prosecretario

$ 52,50 375783 Nov. 239 Dic. 3

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El Juzgado de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial, 4ª Nom., a cargo de la Dra. Carina Gerbaldo Secretaria; Dr. María José Alvarez Tremea, Juez, de la ciudad de Rafaela, Pcia. de Santa Fe. En los autos caratulados CONSUMO S.A. c/VILLARREAL JORGE CLEMENTE s/Apremio 128/2014, se notifica al demandado Villarreal Jorge Clemente (D.N.I. N° 5.395.689) el Sr. Juez ha ordenado lo siguiente: “Rafaela, 30 de Mayo de dos mil dieciséis.- Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO:... RESUELVO: Mandar llevar adelante la ejecución hasta que a la parte acreedora se le haga íntegro pago del capital reclamado, con más los intereses ya dispuestos en los autos principales, I.V.A. sobre los intereses, desde la fecha de la mora y hasta el efectivo pago, con más las costas del juicio. Practicada liquidación, se regularán honorarios. Archívese el original, hágase saber, expídase copia. Notifíquese. Firmado: Dra. Carina Gerbaldo, Secretaria, Dra. María José Alvarez Tremea, Juez. Publíquese en Boletín Oficial y en sede judicial por desidias, art. 77 y 81 CPCC. de Santa Fe. – Agostina Silvestre, Prosecretaria.

$ 52.50 375799 Nov. 29 Dic. 3

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Por disposición de la Sra. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 5 en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de la ciudad de Rafaela (Sta. Fe), se cita, llama y emplaza por el término y bajo apercibimientos de Ley a los Herederos, Legatarios y Acreedores de la Sra. NILDA ANTINORI, D.N.I. Nº 6.309.094, para que comparezcan para hacer valer sus derechos en autos: “Expte. N° 721/2018 - ANTINORI, NILDA s/Sucesorio”. - Rafael, 13 de noviembre de 2018 - Fdo. Dra. Carina Gerbaldo, Secretaria.

$ 45 375762 Nov. 29 Dic. 5

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Rafaela, en autos Expte. 334 Año 2017 BERNARDI LETICIA LUISA s/Sucesorio, se cita y emplaza a acreedores, legatarios y herederos de Letizia Luisa Bernardi L.C. 6.300.495 para que dentro del término y bajo apercibimientos de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos. Sucesorio promovido por Estudio Fortbetil. Publicaciones por el término de ley en el Boletín Oficial y conforme artículo 67 C.P.C.C. - Rafaela, 31 de Octubre de 2018. - Fdo. Hail (Juez) Carinelli (Secretaria). Mauro García, Prosecretario.

$ 45 3759546 Nov. 29 Dic. 5

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La Jueza de Primera Instancia de Distrito, Civil y Comercial, 2da. Nominación de Rafaela, en: “Expte. N° 549 - 2018 RICCIARDINO ADOLFO SEBASTIAN s/Sucesorio”, cita, y emplaza a estar a derecho a herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho sobre los bienes del causante Adolfo Sebastian Ricciardino D.N.I. Nº 06.293.936 por el término de treinta días para que comparezcan a hacer valer sus derechos. Publicaciones de ley. – Rafaela, 20 de noviembre de 2018 - Dra. Álvarez Tremea, Juez - Dra. Gerbaldo, Secretaria.

$ 45 375862 Nov. 29 Dic. 5

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Por disposición del Sr. juez de Primera instancia de Distrito N° 5 en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de. Rafaela, jueza A/C Dra. Ana Laura Mendoza y Secretaria Dra. Sandra Cerliani, en los autos caratulados “Expte. N° 474/2018 - ACASTELLO, OSMAR RAFAEL s/Sucesorio, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Osmar Rafael Acastello – D.N.I. 6.289.182’- argentino, casado, con último domicilio en Belgrano 738 de la ciudad de Rafaela, Provincia de Santa Fe, fallecido en fecha 20/01/2017, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de 30 días y bajo apercibimientos legales, lo que se publica en el Boletín Oficial. – Rafaela, 9 de noviembre de 2018 – Nicolás A. Pasero, Prosecretario.

$ 45 375920 Nov. 29 Dic. 5

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RECONQUISTA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Juez de Distrito N° 4 en lo Civil y Comercial Segunda Nominación, de la ciudad de Reconquista, provincia de Santa Fe, en autos: “CRACOGNA, MARTA MARÍA s/Concurso Preventivo (Hoy Quiebra)“ - Expte. N° 747/1998, se ha ordenado la providencia que a continuación se transcribe: Reconquista, 30 de octubre de 2018. AUTOS Y VISTO:... CONSIDERANDO:... RESUELVO: 1) Rehabilitar a la fallida Sra. Marta María Cracogna D.N.I. 5.163.853, domiciliada en Olessio N° 418 de esta ciudad. 2) Levantar la inhibición general que pesa sobre Marta María Cracogna, oficiando a los registros correspondientes. 3) Publicar edictos de ley. Hágase saber, insértese y agréguese copia. - Fdo.: Dra. María Luz Cracogna, Jueza.- Dr. José Boaglio - Secretario, lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial de Santa Fe, por el término de ley (cinco veces en diez días). En la ciudad de Reconquista, a los 12 días del mes de noviembre de 2018. – José A. Boaglio, Secretario.

$ 258 375712 Nov. 29 Dic. 5

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El Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, de Distrito Nº 4, de la Tercera Nominación de Reconquista, Provincia de Santa Fe, ha dispuesto en los autos: “FABBRO PRESTES ÁNGEL s/Declaratoria de Herederos y Sucesorio - Expte. 562/2018 que se cite y emplace a todos los que se consideren con derecho a los bienes de la herencia de Fabbro Orestes Ángel, para que dentro del término legal comparezca a estos autos a hacerlos valer. Lo que se publica a los efectos de ley. - Reconquista, 12 de Noviembre de 2018.

María Martina Ballario, Secretaria.

$ 45 375691 Nov. 29 Dic. 5

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito N° 4, Tercera Nominación y en virtud de lo expresado por el art. 592 del C.P.C.C.S.F., se cita y emplaza a los herederos, legatarios o acreedores del Señor Colussi José Lorenzo, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos: “COLUSSI JOSÉ LORENZO s/Declaratoria de Herederos” Expte. 465/2018, dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Reconquista, 12 de Noviembre de 2018. Fdo. Dra. Margarita Cismondi , Jueza – Dra. María Martina, Ballario, Secretaria.

$ 45 375754 Nov. 29 Dic. 5

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 4, en lo Civil y Comercial Primera Nominación, de esta ciudad de Reconquista (Sta. Fe) y en virtud de lo expresado por el art. 592 del C.C.C., se cita y emplaza a los herederos, legatarios o acreedores de los Sres. Duarte Luciano, D.N.I. 1.798.530 y del Sr. Duarte Oscar Alcides, D.N.I. 16.237.892, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos: “DUARTE LUCIANO Y OTROS s/Declaratoria de Herederos” Expte. 340/2018, dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Reconquista, 7 de Noviembre de 2018. Fdo. Dr. Gastón Germán Caglia, Secretario – Dr. José María Zarza, Juez.

$ 45 375753 Nov. 29 Dic. 5

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito N° 4, en lo Civil y Comercial Segunda Nominación, de esta ciudad de Reconquista (Sta. Fe) y en virtud de lo expresado por el art. 592 del C.C.C., se cita y emplaza a los herederos, legatarios o acreedores del Sr. Reynoso Santos Domingo, D.N.I. Nº 13.528.083, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos: “REYNOSO SANTOS DOMINGO s/Declaratoria de Herederos” Expte. 334/2018, dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Reconquista, 2 de noviembre de 2018. Fdo. Dr. José Boaglio, Secretario.

$ 45 375752 Nov. 29 Dic. 5

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Por estar así dispuesto por el Señor Juez de Primera Instancia Civil y Comercial de Distrito N° 4 - Tercera Nominación - Reconquista (SF). Se cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios y acreedores de Don Raffin Juan Carlos D.N.I. Nº 10.309.366 para que comparezcan en los autos caratulados: RAFFIN JUAN CARLOS s/Declaratoria de Herederos - Expte. 163 del año 2018. - Reconquista, 30 de Octubre de 2018. Dra. María Martina Ballario, secretaria, Dra. Margarita Alejandra Cismondi, Jueza.

$ 45 375779 Nov. 29

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Por disposición del Señor Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 4 en lo Civil y Comercial de la 2ª Nominación de la ciudad de Reconquista (Provincia de Santa Fe), sito en calle San Martín N° 1.060 de la ciudad de Reconquista (Provincia de Santa Fe), Secretaría a cargo del Dr. José A. Boaglio, en los autos caratulados: “CORREA WENCESLAO HORACIO s/Sucesorio” (Expte. N° 01/2013), se ha resuelto citar, llamar y emplazar a los herederos, acreedores, legatarios y todos aquellos que se crean con derecho a los bienes dejados por el causante Sr. Wenceslao Horacio Correa (D.N.I. N° 6.329.904), para que comparezcan a hacer valer sus legítimos derechos, en el término y bajo los apercibimientos de ley. Publíquense los Edictos en el BOLETÍN OFICIAL y HALL CENTRAL DE TRIBUNALES, según lo dispuesto por la Ley N° 11.287 y de conformidad con lo resuelto por Acuerdo Ordinario celebrado el 07-02-1996, Acta N° 3, de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe. Reconquista, 5 de noviembre de 2018. Dr. José A. Boaglio (Secretario).

$ 45 375766 Nov. 29 Dic. 5

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