REGISTRADA BAJO EL Nº 13367
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA
CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1.- Facúltase al Poder Ejecutivo a desafectar del dominio público provincial un inmueble de 27.248 metros cuadrados designado con la Partida Inmobiliaria Nº 09-18-00 086124/0001, Sección Nº 01, zona suburbana, Manzana-Parcela Nº 007000001, inscripto el Dominio en el Registro General de la Propiedad bajo el Nº 058579, Fº 00871, Tº 124 Impar, de la localidad de Humboldt, departamento Las Colonias.
ARTÍCULO 2.- Autorízase al Poder Ejecutivo a donar a la Comuna de Humboldt, el inmueble descripto en el artículo anterior conforme Ordenanza Nº 10/2012 de la Comuna de Humboldt.
ARTÍCULO 3.- La donación se realiza con el cargo de que el inmueble se destine a espacio verde con fines recreativos y lúdicos de acceso libre para toda la comunidad.
ARTÍCULO 4.- Los gastos que se originen con motivo de la aplicación de la presente, son a cargo de la Comuna de Humboldt.
ARTICULO 5.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS TRES DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL TRECE.
Luis Daniel Rubeo
Presidente Cámara de Diputados
Jorge Henn
Presidente Cámara de Senadores
Jorge Raúl Hurani
Secretario Cámara de Diputados
Ricardo H. Paulichenco
Secretario Legislativo Cámara de Senadores
SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 20 NOV 2013
De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.
Rubén D. Galassi
Ministro de Gobierno y Reforma del Estado.
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