picture_as_pdf 2013-11-29

REGISTRADA BAJO EL Nº 13367


LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA

CON FUERZA DE

LEY:


ARTÍCULO 1.- Facúltase al Poder Ejecutivo a desafectar del dominio público provincial un inmueble de 27.248 metros cuadrados designado con la Partida Inmobiliaria Nº 09-18-00 086124/0001, Sección Nº 01, zona suburbana, Manzana-Parcela Nº 007000001, inscripto el Dominio en el Registro General de la Propiedad bajo el Nº 058579, Fº 00871, Tº 124 Impar, de la localidad de Humboldt, departamento Las Colonias.

ARTÍCULO 2.- Autorízase al Poder Ejecutivo a donar a la Comuna de Humboldt, el inmueble descripto en el artículo anterior conforme Ordenanza Nº 10/2012 de la Comuna de Humboldt.

ARTÍCULO 3.- La donación se realiza con el cargo de que el inmueble se destine a espacio verde con fines recreativos y lúdicos de acceso libre para toda la comunidad.

ARTÍCULO 4.- Los gastos que se originen con motivo de la aplicación de la presente, son a cargo de la Comuna de Humboldt.

ARTICULO 5.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS TRES DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL TRECE.

Luis Daniel Rubeo

Presidente Cámara de Diputados

Jorge Henn

Presidente Cámara de Senadores

Jorge Raúl Hurani

Secretario Cámara de Diputados

Ricardo H. Paulichenco

Secretario Legislativo Cámara de Senadores


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 20 NOV 2013

De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.

Rubén D. Galassi

Ministro de Gobierno y Reforma del Estado.

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