REGISTRADA BAJO EL Nº 13218
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1.- Incorpóranse a la Planta de Personal del Presupuesto vigente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, los cargos que por esta Ley se crean, según el detalle obrante en Planilla Anexa que forma parte de la presente.
ARTÍCULO 2.- Las creaciones netas autorizadas por esta Ley, se incorporarán a la Planta de Personal vigente de la Jurisdicción 21 - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
Los cargos que se crean se deben transferir al Ministerio Público de la Acusación, al Servicio Público Provincial de la Defensa Penal y a los Tribunales Penales una vez llevados a cabo los concursos respectivos por sus autoridades.
ARTÍCULO 3.- El costo que demande la aplicación de la presente Ley, será atendido dentro del nivel de gasto autorizado en la Ley de Presupuesto del corriente ejercicio.
ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES. DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS DIECISIETE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL ONCE.
Eduardo Alfredo Di Pollina
Presidente
Cámara de Diputados
Norberto Betique
Presidente Provisional
Cámara de Senadores
Eduardo Rubén Nini
Subsecretario
Cámara de Diputados
Ricardo H. Paulichenco
Secretario Legislativo
Cámara de Senadores
DECRETO Nº 2702
SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 18 NOV 2011
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VISTO:
La aprobación de la Ley que antecede Nº 13.218 efectuada por la H. Legislatura;
DECRETA:
Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-
BINNER
Hector Carlos Superti
La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado - 3 de Febrero 2649- 2° Piso - Santa Fe - Tel. 0342-4506607 - e-mail:ditecleg@arnetbiz.com.ar
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