picture_as_pdf 2011-11-29

REGISTRADA BAJO EL Nº 13214


LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:


ARTÍCULO 1.- Apruébase el convenio suscripto entre la Caja de Asistencia Social - Lotería de Santa Fe y la Lotería Nacional Sociedad del Estado, en fecha 28 de septiembre de 2.009, para desarrollar en forma conjunta el Primer Programa Ejecutivo de Cooperación Interinstitucional sobre Gestión de Calidad en el marco del instrumento aprobado por Ley Nº 13.104.

El mencionado convenio fue inscripto en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales el 12 de enero de 2010, bajo el N° 3839, Folio 221, Tomo VII, aprobado ad-referéndum de esta Legislatura por Decreto N° 0273 del 23 de febrero de 2.010 que se agrega como anexo y forma parte integrante de esta Ley.

ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS TRES DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL ONCE

Eduardo Alfredo Di Pollina

Presidente

Cámara de Diputados

Norberto Betique

Presidente Provisional

Cámara de Senadores

Lisandro Rudy Enrico

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

Ricardo H. Paulichenco

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores


DECRETO Nº 2661


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”,

14 NOV 2011

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

VISTO:

La aprobación de la Ley que antecede Nº 13.214 efectuada por la H. Legislatura;

DECRETA:

Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-

BINNER

Angel José Sciara

La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado - 3 de Febrero 2649- 2° Piso - Santa Fe - Tel. 0342-4506607 - e-mail:ditecleg@arnetbiz.com.ar

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