AGENCIA PROVINCIAL DE
SEGURIDAD VIAL
RESOLUCIÓN Nº 0098
SANTA FE, Cuna de la Constitución
Nacional, 24 OCT 2014
VISTO:
el Expediente Nº 00101-0198500-3 del Sistema de Información de Expedientes mediante el cual la Municipalidad de Villa Cañás suscribe el respectivo CONVENIO DE COORDINACIÓN Y COMPLEMENTACIÓN PARA EL CONTROL DE TRANSITO Y LA SEGURIDAD VIAL;
CONSIDERANDO:
Que en el Anexo I del Decreto Provincial Nº 2065/09 se aprobó el modelo de convenio de coordinación y complementación para el control del tránsito y seguridad vial efectuado por funcionarios autorizados al efecto;
Que en este marco, la Agencia Provincial de Seguridad Vial en uso de sus facultades, suscribió en fecha 02 de septiembre de 2014 con la Municipalidad de Villa Cañás el convenio de Coordinación y Complementación para el Control de Tránsito y la Seguridad Vial el cual se encuentra inscripto en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales bajo el Nº 6260, al Folio Nº 234, Tomo XI;
Que en virtud de dicho convenio y por Resolución Nº 0093, de fecha fecha 14 de octubre de 2014, la Agencia Provincial de Seguridad Vial habilitó a la Municipalidad de Villa Cañás a fiscalizar y juzgar conductas, y ejecutar sanciones por la comisión infracciones relativas al tránsito y la seguridad vial ocurridas sobre rutas nacionales y provinciales que atraviesan su jurisdicción municipal, y que fueran comprobadas por agentes provinciales y/o municipales;
Que a partir de dicho esquema de intervención territorial acotada, y habida cuenta la escasa cantidad de Juzgados Administrativos de Faltas asentados en los Municipios y Comunas de la Provincia en condiciones de ser habilitados en el marco de lo previsto en la Resolución Nº 0027/10 de la Agencia Provincial de Seguridad Vial, resulta lógico suponer que no podrá brindarse servicio de juzgamiento a innumerables causas contravencionales surgidas de operativos de control realizados en distintos tramos críticos de rutas nacionales y provinciales de la Provincia, ajenos al territorio del distrito autorizado;
Que previendo tal situación, la Ley Provincial Nº 13.169 dispone en su artículo 145 que: “Hasta tanto el Poder Ejecutivo pueda implementar la puesta en funcionamiento de la Justicia Administrativa de Faltas de Tránsito Provincial, la Provincia concertará convenios para facultar a los Municipios y Comunas a los fines de que los Juzgados de Faltas Municipales o Comunales entiendan en el juzgamiento de las infracciones labradas en rutas y caminos provinciales y nacionales que atraviesan el territorio. La intervención de estos juzgados locales podrá extenderse a las infracciones ocurridas fuera de la jurisdicción a la cual pertenecen”;
Que asimismo la Ley Provincial Nº 13.133, artículo 8, prescribe: “La Agencia Provincial de Seguridad Vial como autoridad de aplicación de la presente ley y de las políticas provinciales vinculadas a la seguridad vial, coordinará con las autoridades nacionales, provinciales, municipales y comunales las medidas tendientes a su efectivo cumplimiento. A tal efecto, queda facultada a suscribir convenios de complementación y coordinación con estas autoridades y con otras instituciones y organizaciones no gubernamentales”;
Atendiendo a la necesidad de realizar controles de tránsito y seguridad vial sobre los tramos de la Ruta Provincial Nº 4s resulta necesario someter a la jurisdicción de la Municipalidad de Villa Cañás las tareas de juzgamiento de conductas y ejecución de sanciones por la comisión de infracciones relativas al tránsito y la seguridad vial ocurridas en el tramo desde el km 86,64 al 101,38 de la Ruta Provincial Nº 4s acceso a la localidad de San Eduardo inclusive;
Que habiendo tomado conocimiento las áreas técnicas y jurídicas del organismo, no encontraron objeciones que formular a la presente y conforme a las facultades conferidas por la Ley Provincial Nº 13.133, el artículo 145º de la Ley Nº 13.169 y concordantes;
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE LA
AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL
RESUELVE:
ARTICULO 1º: Autorizar a la Municipalidad de Villa Cañás a realizar tareas de juzgamiento de conductas y ejecución de sanciones por la comisión de infracciones relativas al tránsito y seguridad vial ocurridas en el siguiente tramo de la ruta provincial Nº 4s, inclusive aquéllos que se encuentren fuera de su distrito, a saber:
RP 4s: Desde el km 86,64 hasta el km 101,38 acceso a la localidad de San Eduardo inclusive.
ARTICULO 2º: La intervención de la Municipalidad en el juzgamiento y ejecución sobre dichos tramos será exclusiva, salvo especificación en contrario. La Agencia Provincial de Seguridad Vial se reserva la facultad de extender o reducir mediante resoluciones generales o particulares los tramos de rutas otorgados en el artículo anterior.
ARTICULO 5º: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
S/C. 12107 Oct. 29 Oct. 30
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ADMINISTRACION PROVINCIAL
DE IMPUESTOS
RESOLUCION GENERAL N° 037/2014
SANTA FE “Cuna de la Constitución
Nacional”, 22 de octubre de 2014.-
VISTO :
El expediente Nº 13301-0246879-4 del registro del Sistema de Información de Expedientes por el cual se propicia la implementación de un régimen especial de anticipos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para toda actividad que involucre la introducción en la Jurisdicción, de carne bovina, ovina, caprina, porcina, aviar y/o sus subproductos -cueros- y pescados, sea para su comercialización en el mismo estado o para ser sometida a un proceso de industrialización, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 147 del Código Fiscal (t.o. 1997 y modificatorias) faculta a la Administración Provincial de Impuestos a disponer el pago de anticipos en la forma, condiciones, plazos y con los requisitos que ésta disponga;
Que en tal sentido, resulta necesario implementar un régimen especial de anticipos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para quienes realicen actividades que involucren la introducción, dentro de los límites geográficos de la Provincia de Santa Fe, de carne bovina, ovina, caprina, porcina, aviar y/o sus subproductos -cueros- y pescados, sea para su comercialización en el mismo estado o para ser sometida a un proceso de industrialización;
Que estarán obligados al pago de tales anticipos los frigoríficos, mataderos, establecimientos faenadores, abastecedores, supermercados, hipermercados o similares, e intermediarios que intervengan en el despacho de la carne y subproductos a la Provincia de Santa Fe;
Que los pagos se realizarán según el tipo de producto que se trate, sean carnes bovina, ovina, caprina, porcina, aviar o pescado, como sus subproductos, en función a las unidades y valores que se fijen para cada caso;
Que los pagos deberán ser realizados antes de ingresar al territorio provincial y ser exhibidos en los controles que efectúe la Administración Provincial de Impuestos en las rutas de la Provincia de Santa Fe;
Que ante el incumplimiento por parte de los sujetos obligados, el pago podrá ser exigido al comprador, al depositario, al tenedor y/o en su caso al transportista, quienes serán responsables del mismo en sustitución de aquellos;
Que la liquidación de la obligación se realizará mediante una aplicación informática a la que se accederá mediante la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) y Clave Fiscal otorgada por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP);
Que aquellos sujetos obligados que abonen dichos anticipos del impuesto, podrán deducirlos en las declaraciones juradas mensuales;
Que la medida que se implementa tiende evitar la evasión tributaria en el comercio de carne, en especial aquella que ingresa desde otras provincias, lo cual además de generar un perjuicio en la recaudación fiscal, provoca una competencia desleal con los frigoríficos, mataderos, establecimientos faenadores y abastecedores radicados en la Provincia;
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por los artículos 18, 21 y cc. del Código Fiscal - Ley 3456, texto según Ley 13260;
Que ha tomado intervención la Dirección General Técnica y Jurídica mediante Dictamen Nº 442/2014 de fs. 7,
POR ELLO:
EL ADMINISTRADOR PROVINCIAL
DE IMPUESTOS
RESUELVE :
ARTÍCULO 1º: Establécese un “Régimen Especial de Anticipos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos –CARNES Y SUBPRODUCTOS-” aplicable a toda actividad que involucre la introducción, dentro de los límites geográficos de la Provincia de Santa Fe, de carne bovina, ovina, caprina, porcina, aviar y/o sus subproductos y pescados, con destino a la Provincia de Santa Fe, sea para su comercialización en el mismo estado o para ser sometida a un proceso de industrialización.
ARTÍCULO 2º: Están obligados a efectuar el pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que deviene del Régimen Especial establecido en el artículo 1º, los frigoríficos, mataderos, establecimientos faenadores, abastecedores, supermercados, hipermercados o similares e intermediarios -comisionistas, consignatarios, cooperativas o similares-, que intervengan en las operaciones y dispongan el traslado a la Provincia de Santa Fe. El cumplimiento de esta obligación por alguna de las partes involucradas en la operación libera a la/s otra/s, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 7º de la presente norma.
ARTÍCULO 3º: Los sujetos obligados deberán realizar el pago con antelación al traslado hacia la Provincia de Santa Fe de los bienes indicados en el artículo 1º de la presente como así también deberán generar el Código de Operación de Traslado (COT) en los términos dispuestos por Resoluciones Generales -API- Nros. 21/09, 24/09, 30/09 y/o la/s que en el futuro la/s reemplace/n.
La falta de cumplimiento de esta obligación por parte de los sujetos mencionados en el artículo 2º, generará la responsabilidad para los sujetos establecidos en el artículo 7º de la presente norma.
ARTÍCULO 4º: Los sujetos que realicen el transporte interjurisdiccional de los bienes a que refiere el artículo 1º de la presente resolución, previo a la carga de los mismos, deberán exigir la entrega de la documentación correspondiente al pago a cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, así como al Código de Operación de Traslado (COT), la cual deberá ser exhibida en los controles establecidos en las rutas de la Provincia de Santa Fe.
ARTÍCULO 5º: El pago a cuenta en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, establecido en el artículo 1º, se determinará en función a los siguientes valores, según el tipo de producto que se trate.
Carnes Especie Unidad de Valor de
medida Referencia $
Bovina Por Kg. 1,50
Ovina Por Kg. 1,00
Caprina Por Kg. 1,00
Porcina Por Kg. 0,65
Aviar Por Kg. 0,45
Pescado Por Kg. 0,50
Subproductos
Cuero Vacuno Por unid. 0,80
ARTÍCULO 6º: La aplicación informática denominada “Régimen Especial de Anticipos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos - CARNES Y SUBPRODUCTOS” permitirá la generación del volante de pago correspondiente. Para acceder a la aplicación informática los sujetos deberán utilizar la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) y la Clave Fiscal otorgada por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), la cual será autenticada por dicho Organismo en cada oportunidad en que ingresen a la misma.
La Administración Provincial de Impuestos dictará la resolución que determinará el procedimiento a seguir por parte de los sujetos involucrados para cumplir con lo dispuesto en la presente resolución general.
ARTÍCULO 7º: Ante la falta de pago por parte de los sujetos obligados, conforme a los términos del artículo 2º, el mismo podrá ser exigido al comprador, al depositario, al tenedor y/o en su caso al transportista, quienes serán responsables del pago en sustitución de los sujetos designados en el artículo 2º de la presente.
ARTÍCULO 8º: Las liquidaciones de los pagos revestirán el carácter de declaración jurada. La falta de cumplimiento dará lugar a la aplicación de multas por infracción a los deberes formales previstos en el Código Fiscal.
ARTÍCULO 9º: El incumplimiento del pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, en los términos de la presente Resolución, se constatará mediante Acta de Verificación conforme a los artículos 22 in fine y 36 del Código Fiscal – Ley 3456, texto según Ley 13260, la que sustentará la emisión de la liquidación de pago correspondiente.
ARTÍCULO 10º: El pago previsto en la presente Resolución podrá ser deducido por quien lo hubiere efectuado; se computará a partir del anticipo mensual correspondiente al mes en que se produjo el mismo.
ARTÍCULO 11º: La Administración Provincial de Impuestos verificará en las rutas de la Provincia de Santa Fe el cumplimiento de las disposiciones previstas en la presente Resolución en forma conjunta con la Policía de la Provincia de Santa Fe y/o con la Agencia de Seguridad Vial y/o con el Ministerio de la Producción de la Provincia de Santa Fe, a través de la dependencias que correspondan
ARTÍCULO 12º: La presente resolución será de aplicación para todas las operaciones que se realicen a partir del 14 de Noviembre de 2014.
ARTÍCULO 13º: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
C.P.N. José Daniel Raffín
Administrador Provincial de Impuestos.
S/C. 12108 Oct. 29
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MINISTERIO DE ECONOMIA
RESOLUCION Nº 644
SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional, 20 de Octubre de 2014.
VISTO:
El expediente N° 00320-0004557-6 del registro del Sistema de Información de Expedientes, donde obran los antecedentes relacionados con la convocatoria para un procedimiento de selección de personal a los fines de posibilitar el ingreso de 1 (uno) agente a planta permanente y con carácter provisional -Art. 4° de la Ley N° 8525- en la Dirección General de Formación de Recursos Humanos de esta Jurisdicción, autorizado por Resolución N° 722/13; y
CONSIDERANDO:
Que en virtud a los cambios producidos en la nómina de funcionarios y personal interviniente en el Comité de Selección, la Subsecretaría de Recursos Humanos y Función Pública solicita se modifique la conformación del mismo;
Que atento a ello, corresponde rectificar la composición del Comité de Selección establecido en el Anexo II de la Resolución N° 722/13;
POR ELLO:
EL MINISTRO DE ECONOMIA
RESUELVE:
ARTICULO 1° - Rectificar la Composición del Jurado insertada en el Anexo II de la Resolución N° 722/13, el cual quedará conformado según se detalla a continuación:
2 - Comité de Selección
El proceso de selección estará a cargo de un Comité de Selección -Art. 7° del Decreto N° 0291/09- compuesto por:
a) El señor Secretario de Recursos Humanos y Función Pública, C.P.N. JUAN CARLOS PUCCIARELLI.
b) El señor Subsecretario de Recursos Humanos y Función Pública Psic. GUILLERMO COULTER, o en su reemplazo y en carácter de suplente, la señora Asistente Técnica Coordinadora de la Dirección Provincial de Formación Laboral de los Trabajadores Públicos, Lic. MARIELA S. VAUDAGNA.
c) El señor Director General de Recursos Humanos y Función Pública, Dr. FRANCISCO BERRAZ MONTYN, o en su reemplazo y en carácter de suplente, el Subdirector General Legal y Técnico Dr. DANIEL CARLOS SANDIANO.
d) El señor subdirector General de Formación de Recursos Humanos, Arq. RUBEN OSVALDO CHIAPPERO, o en su reemplazo y en carácter de suplente, el Coordinador General de Recursos Humanos, LEONARDO SEVERO CASTRO.
e) La señora Directora General de Administración, C.P.N. IVANNA ARCE de FASSINO o en su reemplazo y en carácter de suplente, la señora Subdirectora General de Administración, C.P.N. ANA MARIA GIANDOMENICO.
ARTICULO 2° - Regístrese, comuníquese y archívese.
S/C 12095 Oct. 29
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RESOLUCION N° 634
SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 20 de Octubre de 2014.
VISTO:
El expediente Nº 00304-0008092-2 del registro del Sistema de Información de Expedientes, mediante el cual se propicia el Llamado a Concurso para cubrir el cargo vacante de Jefe de División Estados Contables, Categoría 4 - Agrupamiento Administrativo de la Contaduría General de la Provincia; y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Nº 1729/09, homologatorio del Acta Paritaria Central N° 5, reemplazó el Capítulo XIV “Régimen de los Concursos” del Escalafón General, derogando además las restricciones impuestas en la materia por el Decreto N° 3924/87, facultándose así al titular de la Jurisdicción a efectuar llamados a concurso;
Que el cargo a cubrir corresponde al tramo superior de la Repartición citada anteriormente, y el mismo se encuentra vacante;
Que la Secretaría de Recursos Humanos y la Función Pública ha tomado intervención en autos, ejerciendo el correspondiente control técnico sobre los aspectos formales e instrumentales del procedimiento;
Que asimismo, las entidades sindicales U.P.C.N. y A.T.E. han tomado conocimiento del perfil previsto para el puesto, y han propuesto los miembros de su Comisión Directiva que integrarán el Jurado del Concurso como miembros titulares y suplentes del mismo;
Que la gestión encuadra en las disposiciones establecidas por el Capítulo XIV “Régimen de Concursos” del Decreto-Acuerdo N° 2695/83, modificado por su similar N° 1729/09;
POR ELLO:
EL MINISTRO DE ECONOMIA
RESUELVE:
ARTICULO 1° - Llamar a concurso interno para cubrir el cargo vacante de Jefe de División Estados Contables, Categoría 4 - Agrupamiento Administrativo de la Contaduría General de la Provincia.
ARTICULO 2° - La descripción del puesto y determinación del perfil solicitado, así como las condiciones generales y particulares exigibles, se encuentran detallados en el Anexo I”. La composición del Jurado, el procedimiento de inscripción, las etapas de la selección, fecha, lugar y hora en que se llevará a cabo cada una de ellas y la ponderación relativa correspondiente para la determinación del orden de mérito según la Categoría a concursar, se explicitan en el Anexo II de la presente, ambos formando parte integrante de la misma.
ARTICULO 3° - Establecer que, en caso de existir inconvenientes con las fechas estipuladas para las evaluaciones de antecedentes, técnica y psicotécnica, y entrevista personal, el jurado del concurso mediante acta podrá cambiar la misma, con notificación fehaciente a los postulantes.
ARTICULO 4° - Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
ANEXO I
PERFIL DE PUESTO
Cargo a cubrir: Categoría 4 - Agrupamiento Administrativo - Jefe de División Estados Contables.
Sector: Contaduría General de la Provincia.
Lugar de prestación de Servicios: Centro Cívico Gubernamental - Avda. Arturo Illia 1151 - Ciudad de Santa Fe.
Número de Puestos a cubrir: 1 (uno).
FUNCIONES ESENCIALES DEL PUESTO
Colaborar en el control de las cuentas contables donde replican las ejecuciones presupuestarias de recursos y gastos considerando su clasificación económica.
Intervenir en la compatibilización de los saldos financieros de las cuentas bancarias administradas por el Tesoro Provincial con los registros contables.
Participar en el control de la determinación de los saldos no invertidos de los recursos afectados de las entidades que integran el Sector Público Provincial No Financiero, verificando la composición de los saldos financieros disponibles.
Intervenir en el proceso de armonización de la información financiera, presupuestaria y contable que exponen los estados contables de las entidades descentralizadas.
Asistir en la elaboración de los informes anuales de los Estados Contables remitidos por las entidades descentralizadas.
Intervenir en la conciliación de los registros activos y pasivos expuestos en los estados contables de las entidades que integran la Administración Provincial.
Realizar un permanente seguimiento de las cuentas contables transitorias de cada ejercicio financiero de la Administración Central.
Colaborar en la realización de los ajustes contables mensuales y de cierre de ejercicio.
Participar en el control de los Estados Contables que integran la Cuenta de Inversión.
Conocimientos Generales:
- De la organización del Estado:
Ley N° 12.817 - Ley de Ministerios y modificatorias.
Constitución de la Provincia de Santa Fe (particularmente en los aspectos hacendales).
- Del Personal:
Estatuto del Personal de la Administración Pública - Ley N° 8.525.
Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública - Decreto-Acuerdo N° 2695/83 y modificatorios.
Decretos N°s. 1729/09 y 0274/11 (y normas concordantes).
Decreto-Acuerdo N° 1919/89 - Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias.
Conocimiento general de la normativa específica inherente a la Jurisdicción:
Ley N° 12510 de Administración, Eficiencia y Control del Estado y su reglamentación.
Ley de Presupuesto vigente.
Conocimiento de Clasificadores Presupuestarios.
Conocimiento de los estados contables de las Entidades que integran el Sector Público Provincial No Financiero.
Conocimiento de los planes de cuentas contables y su interrelación con los clasificadores presupuestarios.
Recomendación Técnica N° 1 y 2 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas para el Sector Público.
Marco conceptual para la Contabilidad Gubernamental de la Provincia de Santa Fe.
Disposiciones y Circulares de la Contaduría General de la Provincia.
Conocimiento Técnicos no específicos:
Conocimiento del Sistema Informático Provincial de Administración Financiera.
Manejo de herramientas informáticas: Procesador de textos, planillas de cálculo, Internet, correo electrónico y firma digital.
Excelente nivel de expresión oral y escrita.
Requisitos de Estudios o Experiencia:
Nivel secundario (Excluyente), preferentemente con terminalidad relacionada a las Ciencias Económicas.
Preferentemente con estudios superiores en el área de Ciencias Económicas.
Preferentemente acreditar capacidad y conocimientos en el manejo del Sistema Integrado Provincial de Administración Financiera (SIPAF.)
Características Personales:
Trato amable y respetuoso con los distintos integrantes de la repartición y con personas ajenas a la misma.
Capacidad para la organización de sus funciones y del trabajo en equipo.
Comportamiento estable y armónico ante situaciones conflictivas o de resolución perentoria.
Integridad, honestidad y ética.
ANEXO II
COMPOSICION DEL JURADO
El Jurado estará integrado de la siguiente manera:
Presidente: El señor Secretario de Planificación y Política Económica a cargo de la Subsecretaría de Administración y de Coordinación Económica Territorial, C.P.N. PABLO ANDRES OLIVARES
Titulares:
El señor Contador General de la Provincia, C.P.N. RAUL EDUARDO GIMENEZ.
La señora Jefe de Análisis de los Estados Financieros de las Entidades Públicas y Obligaciones a cargo del Tesoro de la Contaduría General de la Provincia C.P.N. NORA DEL CARMEN ORSI.
La señora Subcontadora General de la Provincia, C.P.N. ANA CRISTINA CONSOLI.
La señora Directora General de Administración, C.P.N. IVANNA LILIAN ARCE de FASSINO.
El señor DARIO ADOLFO COSTA, en representación de UPCN.
El señor, VICTOR HUGO CAFFARATTI, en representación de UPCN.
El señor GERMAN DARIO RAMELLO, en representación de UPCN.
El señor RUBEN PEREYRA, en representación de A.T.E.
Suplentes:
La señora Jefe de Asesoramiento Técnico de la Contaduría General de la Provincia Sra. SUSANA GUADALUPE RUSCITTI.
La señora Jefa de Contabilidad General de la Contaduría General de la Provincia C.P.N. SANDRA SPEZIALE.
El señor Coordinador General de Obligaciones a cargo del Tesoro y Municipios y Comunas, C.P.N. JULIO BLANC.
La señora Subdirectora General de Administración, C.P.N. ANA MARIA GIANDOMENICO.
La señora MONICA PAYA, en representación de UPCN.
El señor HUGO RODRIGUEZ, en representación de UPCN.
El señor ROBERTO FRANCUCCI, en representación de UPCN.
La señora ANDREA LUJAN, en representación de A.T.E.
LUGAR y FECHA DE PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN
Coordinación General de Personal de la Dirección General de Administración, sita en calle Avda. Pte. Arturo Illía Nº 1151- 6to. Piso - Centro Cívico Gubernamental de la ciudad de Santa Fe. (Puerta Nº 617)
Desde el día 27/10/14 hasta el 07/11/14, en el horario de 8 hs. a 12 hs.
Se deberá bajar el Formulario de Inscripción de la página web oficial o podrán ser retirados en el lugar mencionado, en el horario de 8 hs. a 12 hs.
Esta Jurisdicción tendrá a su cargo la difusión del concurso y el llamado del mismo se difundirá durante diez (10) días, a partir del 20/10/14 y la inscripción permanecerá abierta hasta cinco (5) días posteriores al fin de su difusión, de acuerdo a lo establecido en el artículo 92° del Decreto Nº 1729/09.
Los postulantes deberán acompañar al formulario de inscripción, una copia impresa de su Curriculum Vitae, una fotocopia de las dos primeras hojas de su D.N.I. o documento equivalente, con constancia del último cambio de domicilio realizado; y de todos los antecedentes relativos a los datos consignados en el referido formulario (ejemplo: certificados de estudios, diplomas, constancias de título en trámite, certificados de trabajo desempeñados y demás comprobantes pertinentes). Las fotocopias requeridas deberán encontrarse debidamente certificadas por la Institución Emisora respectiva, por la Oficina de Certificaciones de los Tribunales Provinciales o por Escribano Público, como así también las certificaciones digitalizadas deberán estar legalizadas por el Organismo o Entidad emisor. La documentación deberá presentarse en un sobre cerrado que contenga la leyenda: “CONCURSO”, seguido de la identificación del puesto a concursar, apellido, nombre y número de D.N.I. del postulante, todas las hojas deberán estar numeradas y firmadas, indicándose la totalidad de las hojas que componen la presentación (ejemplo: 1 de 10 ó 1/10). No serán considerados los antecedentes respecto de los cuales no se acompañe documentación probatoria.
Los aspirantes, en ocasión de registrar su inscripción, deberán constituir domicilio legal y dirección de correo electrónico a todos los efectos emergentes de la convocatoria, en el que se tendrán por válidas todas las notificaciones que se efectúen.
Se emitirá una constancia firmada y sellada por el Ministerio de Economía en la que se consignará la fecha de recepción, siendo ésta la única documentación admitida a los efectos de acreditar la inscripción.
No se admitirá la invocación de nuevos títulos, antecedentes o trabajos con posterioridad al cierre del plazo de inscripción.
Todos los datos denunciados por los aspirantes tendrán carácter de Declaración Jurada.
Cualquier falsedad incurrida en ellos será causal inmediata de eliminación del Concurso, de lo que será debidamente notificado el postulante alcanzado, con mención de la causal.
No constituirá causal de nulidad del procedimiento la ausencia de alguno de los integrantes del órgano de selección durante el desarrollo de las etapas establecidas, pudiendo ser reemplazado por otro funcionario que se designe oportunamente.
La presentación de la solicitud de inscripción en la convocatoria importa el pleno conocimiento y aceptación de los aspirantes de las bases establecidas en el presente procedimiento, como asimismo la modalidad de designación resultante, el área en que han de prestar servicios y las tareas exigidas.
La falta de documentación debidamente certificada, que acredite la posesión de los requisitos exigidos en la convocatoria para la inscripción, invalidará la presentación al concurso.
ETAPAS DEL LLAMADO A CONCURSO INTERNO
La participación de los concursantes en todas las etapas previstas es obligatoria, pudiendo ser causal de exclusión del concurso la no concurrencia a alguna de ellas. La dependencia en que reviste el agente que se presente a concurso, autorizará y facilitará su participación en todas las etapas del concurso, debiendo el mismo presentar al efecto las constancias pertinentes.
Etapa I: Evaluación de Antecedentes:
Fecha: A partir del 10/11/14 en horario a determinar por el jurado.
Lugar: Sala de Reuniones del Ministerio de Economía, sita en calle Avda. Pte. Arturo Illía Nº 1151- 6to. Piso -Centro Cívico Gubernamental- de la ciudad de Santa Fe.
La calificación de antecedentes será numérica de O a 100 puntos, conforme lo dispuesto por el artículo 102° del Decreto N° 1729/09 - Régimen de Concursos.
Etapa II: Evaluación Técnica:
Fecha: A partir del 27/11/14, en horario a determinar por el jurado.
Lugar: A confirmar por el jurado del Concurso, de acuerdo a la cantidad de participantes inscriptos. Se notificará a los postulantes junto con la evaluación de antecedentes.
La calificación será numérica de O a 100 puntos, teniendo en cuenta lo indicado en el artículo 103° del Decreto N° 1729/09 - Régimen de Concursos.
Etapa III: Entrevista Personal:
Fecha: A partir del 09/12/14, en horario a determinar por el jurado.
Lugar: Sala de Reuniones del Ministerio de Economía, sita en calle Avda. Pte. Arturo Illía Nº 1151- 6to. Piso -Centro Cívico Gubernamental- de la ciudad de Santa Fe.
Se calificará de 0 a 100 puntos, conforme lo dispuesto por el artículo 105° del Decreto N° 1729/09-Régimen de Concursos.
Orden de Méritos:
El Jurado tendrá un plazo de diez (10) días hábiles computados a partir de la Entrevista Personal para elaborar el Orden de Méritos.
En esta fase, se deberá calcular el puntaje bruto ponderado de cada Etapa.
Para ello se multiplicará el puntaje bruto de cada Etapa por la ponderación relativa establecida previamente. Se sumaran los puntajes brutos ponderados y se obtendrá el puntaje global ponderado. Con este puntaje global se realizará el Orden de Mérito.
El Orden de Mérito se confeccionará con los puntajes globales ponderados cuyo valor sea igual o mayor a 50 puntos. En el caso de que ninguno de los concursantes alcance este puntaje, el concurso se declarará desierto, debiendo precederse a convocar a concurso abierto.
La presidencia del Jurado procederá a notificar fehacientemente a los aspirantes el puntaje obtenido y el orden de méritos confeccionados en base al mismo, dentro de los cinco (5) días de la fecha de elaborado el dictamen respectivo.
Cada etapa tendrá el siguiente peso relativo porcentual para la conformación del Orden de Méritos:
Categoría 4:
Evaluación Antecedentes 30%
Evaluación Técnica 50%
Entrevista Personal 20%
Total 100%
Nota:Se publica sin los formularios de inscripción pudiéndose consultar en la página web del Gobierno de la Provincia de Santa Fe.
S/C 12094 Oct. 29
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DIRECCION PROVINCIAL
DE VIALIDAD
NOTIFICACION
En relación a los autos administrativos Nº 16102-0030100-0 del Registro del Sistema de Información de Expedientes, caratulados Acta de Constatación de Infracción Nº 2158 de fecha 18/10/2012 se procede a notificar fehacientemente por este medio conforme lo preceptuado en los artículos 20° inc. e) y 28° del Decreto Nº 10.204/58, al infractor Sr. Feijoo Pablo Manuel con último domicilio conocido en Calle Josa Lanza N° 3813, de la localidad de San Salvador, Provincia de Córdoba, de lo establecido en la Resolución Nº 219 dictada el 19 de Abril de 2013 por el Ing. Juan José Bertero, Administrador General de la Dirección Provincial de Viaticad y que textualmente en su parte pertinente expresa lo siguiente: Visto … y Considerando … Resuelve: ARTICULO 1°.- Aprobar el Acta de Infracción N° 2158 de fecha 18/10/2012, conforme lo dispone la normativa vigente. ARTICULO 2º.- Intimar al conductor - cargador el Sr. BALDISSONE FABIAN ALEJANDRO, con domicilio en Maipú 1262 de la localidad de Morteros, provincia de Córdoba, y a los transportistas BENAVIDEZ CLAUDIA VERONICA, con domicilio en Alberdi 1575 de la localidad de Morteros, Provincia de Córdoba, y FEIJOO PABLO MANUEL, con domicilio en Josa Lanza 3813 de la localidad de San Salvador, Provincia de Córdoba, para que en el plazo perentorio e improrrogable de 20 (veinte) días de recibida la presente abonen la suma de $ 25.103,30 (PESOS VEINTICINCO MIL CIENTO TRES CON 30/100), con más el 1% de interés mensual desde la fecha en que se cometió la infracción y hasta su efectivo pago, bajo apercibimiento de precederse a la ejecución para el cobro por vía judicial. El pago deberá efectuarse en el domicilio de la Dirección General de Finanzas y Presupuesto de la Dirección Provincial de Vialidad, calle Bv. Muttis 880, de esta ciudad de Santa Fe, mediante cheque de cualquier Banco y Plaza que se extenderá a nombre de la Dirección Provincial de Vialidad de Santa Fe con la aclaración al dorso “para ser depositado en la Cta. 9716/07”, pudiendo suscribir convenio de pago en cuotas. ARTICULO 3º.- La falta de pago en el término acordado dará lugar a la iniciación del juicio ejecutivo a cuyo efecto se autoriza a la Dirección de Asuntos Jurídicos a promoverlo contra el conductor - cargador del camión marca Scania, modelo R113H, Dominio Chasis RFQ - 994 y Dominio Acoplado GOG - 757, Sr. BALDISSONE FABIAN ALEJANDRO, con domicilio en Maipú 1262 de la localidad de Morteros, Provincia de Córdoba, y los transportistas BENAVIDEZ CLAUDIA VERONICA, con domicilio en Alberdi 1575 de la localidad de Morteros, Provincia de Córdoba, y FEIJOO PABLO MANUEL, con domicilio en Josa Lanza 3813 de la localidad de San Salvador, Provincia de Córdoba, para tendiente al cobro de la suma de $ 25.103,30 (PESOS VBINTICISCO MIL CIENTO TRES CON 30/100), con más los intereses que correspondan a la fecha que se cometió la infracción y hasta el momento de su efectivo pago. ARTICULO 4º. Regístrese, comuníquese y archívese. Lo que se publica en el BOLETIN OFICIAL a sus efectos y por el término y apercibimientos legales.
S/C 12104 Oct. 29 Oct. 30
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NOTIFICACION
En relación a los autos administrativos N° 16102-0032690-6 del Registro del Sistema de Información de Expedientes, caratulados Acta de Constatación de infracción Nº 2405 de fecha 31/03/2014, se procede a notificar fehacientemente por este medio conforme lo preceptuado en los artículos 20º y inc. e) y 28º del Decreto Nº 10.204/58, a los infractores Sr. Knoll Haroldo Roberto, con último domicilio conocido en calle Eulogio C. Cabral Nº 540 de la localidad de Riachuelo, Provincia de Corrientes y Sr. Ezequiel Diego Weibert con último domicilio conocido en calle San Miguel esquina Salta de la localidad de Corrientes, Provincia de Corrientes de lo establecido en la Resolución N° 657 dictada el 14 de Julio de 2014 por el Ing. Juan José Bertero, Administrador General de la Dirección Provincial de Vialidad y que textualmente en su parte pertinente expresa lo siguiente: Visto … y Considerando … Resuelve: ARTICULO 11.- Aprobar el Acta de Infracción Nº 2405 de fecha 31/04/2014, conforme lo dispone la normativa vigente. ARTICULO 2°.- Intimar al conductor Sr. Hardy Rhiner Jorge Eliezer, con domicilio en Barrio Federal C10 de la localidad de Villa Ocampo, Provincia de Santa Fe, el transportista Knoll Haroldo Roberto, con domicilio en calle Eulogio C. Cabral n° 540 de la localidad de Riachuelo, Provincia de Corrientes, y el cargador Ezequiel Diego Weibert con domicilio en calle San Miguel esquina Salta de la localidad de Corrientes, Provincia de Corrientes, para que en un plazo perentorio e improrrogable de 20 (veinte) días de recibida la presente, abonen la suma de $ 21.504,47 (Pesos veintiún mil quinientos cuatro con 47/100), con más el 1% de interés mensual desde el momento en que se cometió la infracción y hasta la fecha de su efectivo pago, bajo apercibimiento de procederse a la ejecución por vía judicial. El pago deberá efectuarse en el domicilio de la Dirección General de Finanzas y Presupuesto de la Dirección Provincial de Vialidad, sito en Bv. Muttis N° 880 de esta Ciudad de Santa Fe, mediante cheque de cualquier banco y plaza que se extenderá a nombre de la Dirección Provincial de Vialidad de Santa Fe, con la aclaración al dorso para ser depositado en la Cta. N° 9716/07, pudiendo suscribirse convenio de pago en cuotas. ARTICULO 3°.- La falta de pago en el término acordado dará lugar a la iniciación del juicio ejecutivo, a cuyo efecto se autoriza a la Dirección General de Asuntos Jurídicos a promoverlo contra el conductor del camión Marca Volkswagen, Modelo 17220, Dominio Chasis JHS 716 con Dominio acoplado BOR 725, siendo el conductor Sr. Hardy Rhiner Jorge Eliezer, con domicilio en Barrio Federal C10 de la localidad de Villa Ocampo, Provincia de Santa Fe, el transportista Knoll Haroldo Roberto, con domicilio en calle Eulogio C. Cabral nº 540 de la localidad de Riachuelo, Provincia de Corrientes, y el cargador Ezequiel Diego Weibert con domicilio en calle San Miguel esquina Salta de la localidad de Corrientes, Provincia de Corrientes, al pago de la multa la cual asciende a la suma de $ 21.504,47 (Pesos veintiún mil quinientos cuatro con 47/100), con más el 1% de interés mensual desde el momento en que se cometió la infracción y hasta el momento de su efectivo pago. ARTICULO 4°.- Regístrese, comuníquese y archívese.
Lo que se publica en el BOLETIN OFICIAL a sus efectos y por el término y apercibimientos legales.
S/C 12103 Oct. 29 Oct. 30
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NOTIFICACION
En relación a los autos administrativos Nº 16102-0031091-6 del Registro del Sistema de Información de Expedientes, caratulados Acta de Constatación de Infracción N° 2037 de fecha 15/05/13 se procede a notificar fehacientemente por este medio conforme lo preceptuado en los artículos 20º inc. e) y 28º del Decreto Nº 10.204/58, al infractor GARAY JULIO EDUARDO, con último domicilio conocido en Zona Rural de la localidad de Villa Ocampo, Provincia de Santa Fe, de lo establecido en la Resolución Nº 047 dictada el 27 de Enero de 2014 por el Ing. Juan José Bertero, Administrador General de la Dirección Provincial de Vialidad y que textualmente en su parte pertinente expresa lo siguiente: Visto … y Considerando … Resuelve … “ARTICULO 1º.- Aprobar el Acta de Infracción N° 2037 de fecha 15/05/13, conforme lo dispone la normativa vigente. ARTICULO 2°.- Intimar a GARAY JULIO EDUARDO, en carácter de conductor, con domicilio en Zona Rural de la localidad de Villa Ocampo, Provincia de Santa Fe, al transportista KNOLL HAROLDO ROBERTO, con domicilio en Eulogio Cabral 540 de la localidad de Riachuelo, Provincia de Corrientes y al cargador TODO PALLETS con domicilio en Barrio Las Tomas de la localidad de Santa Rosa, Provincia de Corrientes, para que abonen en el plazo perentorio e improrrogable de 20 días de recibida la presente la suma de $ 17.189,19 (Pesos Diecisiete Mil Ciento Ochenta y Nueve con 19/100), con más el 1% de interés mensual desde la fecha en que se cometió la infracción y hasta su efectivo pago, bajo apercibimiento de precederse a la ejecución para el cobro por vía judicial. El pago deberá efectuarse en el domicilio de la Dirección General de Finanzas y Presupuesto de la Dirección Provincial de Vialidad, Bv. Muttis N° 880 de esta ciudad de Santa Fe, mediante cheque de cualquier Banco y Plaza que se extenderá a nombre de la Dirección Provincial de Vialidad de Santa Fe con la aclaración al dorso “para ser depositado en la Cta. 9715/07”, pudiendo suscribir convenio de pago en cuotas. ARTICULO 3º.- La falta de pago en el término acordado dará lugar a la iniciación del Juicio Ejecutivo, a cuyo efecto se autoriza a la Dirección General de Asuntos Jurídicos a promoverlo contra el conductor del vehículo marca Ford Cargo, Modelo 1722, Dominio Chasis EEN 063- Dominio Acoplado AXT 639, GARAY JULIO EDUARDO, con domicilio en Zona Rural de la localidad de Villa Ocampo, Provincia de Santa Fe, el transportista KNOLL HAROLDO ROBERTO, con domicilio en Eulogio Cabral 540 de la localidad de Riachuelo, Provincia de Corrientes y el cargador TODO PALLETS con domicilio en Barrio Las Tomas de la localidad de Santa Rosa, Provincia de Corrientes, tendiente al cobro de la suma de $ 17.189,19 (Pesos Diecisiete mil Ciento Ochenta y Nueve con 19/100), con más los intereses que correspondan desde la fecha en que se cometió la infracción y hasta el momento de su efectivo pago. ARTICULO 4º. Regístrese comuníquese y archívese.
Lo que se publica en el BOLETIN OFICIAL a sus efectos y por el término y apercibimientos legales.
S/C 12102 Oct. 29 Oct. 30
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NOTIFICACION
En relación a los autos administrativos N° 16102-0033000-2 del Registro del Sistema de Información de Expedientes, caratulados Acta de Constatación de Infracción Nº 2463 de fecha 12/06/2014 se procede a notificar fehacientemente por este medio conforme lo preceptuado en los artículos 20° inc. e) y 28° del Decreto Nº 10.204/58, al infractor Ravamedo Ojeda Jorge Orlando son último domicilio conocido en Zona Urbana s/n de la localidad de La Criolla, Provincia de Santa Fe, de lo establecido en la Resolución Nº 814 dictada el 21 de Agosto de 2014 por el Ing. Juan José Bertero, Administrador General de la Dirección Provincial de Vialidad y que textualmente en su parte pertinente expresa lo siguiente: Visto … y Considerando … Resuelve … “ ARTICULO 1°.- Aprobar el Acta de Infracción N° 2463 de fecha 12/06/2014, conforme lo dispone la normativa vigente. ARTICULO 2º.- Intimar al conductor Ravamedo Ojeda Jorge Orlando, con domicilio en Zona Urbana s/n de la localidad de La Criolla, Provincia de Santa Fe, el transportista y cargador Conti Maximiliano Roberto, con domicilio en Zona Urbana s/n, de la localidad de Vera y Pintado, Provincia de Santa Fe, para que en un plazo perentorio e improrrogable de 20 (veinte) días de recibida la presente, abonen la suma de $ 43.243,93 (Pesos cuarenta y tres mil doscientos cuarenta y tres con 93/100), con más el 1% de interés mensual desde el momento en que se cometió la infracción y hasta la fecha de su efectivo pago, bajo apercibimiento de procederse a la ejecución por vía judicial. El pago deberá efectuaras en el domicilio de la Dirección General de Finanzas y Presupuesto de la Dirección Provincial de Vialidad, sito en Bv. Muttis Nº 880 de esta Ciudad de Santa Fe, mediante cheque de cualquier banco y plaza que se extenderá a nombre de la Dirección Provincial de Vialidad de Santa Fe, con la aclaración al dorso para ser depositado en la Cta. N° 9716/07, pudiendo suscribirse convenio de pago en cuotas. ARTICULO 3º.- La falta de pago en el término acordado dará lugar a la iniciación del juicio ejecutivo, a cuyo efecto se autoriza a la Dirección General de Asuntos Jurídicos a promoverlo contra el conductor del camión Marca Volkswagen, Modelo 19320 E, Dominio Chasis KTA 418, Dominio Acoplado MSM 795 siendo el conductor Ravazaedo Ojeda Jorge Orlando, con domicilio en Zona Urbana s/n de la localidad de La Criolla, Provincia de Santa Fe, el transportista y cargador Conti Maximiliano Roberto, con domicilio en Zona Urbana s/n, de la localidad de Vera y Pintado, Provincia de Santa Fe, al pago de la multa la cual asciende a la suma de $ 43.243,93 (Pesos cuarenta y tres mil doscientos cuarenta y tres con 93/100) con más el 1% de interés mensual desde el momento en que se cometió la infracción y hasta el momento de su efectivo pago. ARTICULO 4°.- Regístrese, comuníquese y archívese.”
Lo que se publica en el BOLETIN OFICIAL a sus efectos y por el término y apercibimientos legales.
S/C 12101 Oct. 29 Oct. 30
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EMPRESA PROVINCIAL
DE LA ENERGIA
CONCURSO PUBLICO DE PRECIO
Nº 9899
Objeto: Contratación en alquiler de un vehículo utilitario tipo furgón liviano mod. 2007 en adelante, por 1500 hs., para el servicio en Agencia Comercial Santo Tome E.P.E.
Apertura de Propuestas: día 14/11/14 Hora: 10,00.
Consultas Técnicas a: Movilidad y Transporte E.P.E. - Tacuarí 6151 - Santa Fe.
Entrega de Pliego e Informes: Empresa Provincial de la Energía Primera Junta 2558 - 1er. Piso - Of. 4.- Santa Fe - Tel. 0342 – 4505849
S/C 12113 Oct. 29 Oct. 31
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